1. Universidad Fermín toro
Vicerrectorado académico
Facultad de ciencias jurídicas y políticas
Escuela de derecho
Procedimientos Especiales en Materia Laboral
Alumno:
Jesús Bermúdez
Araure, Junio 2015
2. ESTABILIDAD RELATIVA :
Es el derecho de los trabajadores de no ser
despedidos sin justa causa. Aquí el empleador no
requiere para poner fin a la relación laboral
calificar previamente la falta del laborante y
puede sustituir el reenganche por el pago de una
suma de dinero.
A diferencia de la estabilidad absoluta los trabajadores
amparados son los que se encuentran en determinadas
circunstancias que los amparan de inamovilidad, en
cambio en la estabilidad relativa los trabajadores
amparados son los permanentes que no sean de
dirección y con 1 mes de servicio al patrono, se incluyen
los contratados en el caso de los contratos a tiempo
indeterminado y los contratados por obra en los casos
de renovación.
3. Estabilidad
Procedimientos Especiales
El procedimiento judicial de estabilidad tiene una
finalidad dual: que el trabajador logre el
reenganche y que el patrono logre la calificación
justificada de despido.
Al despedirse el trabajador, el patrono debe
participar al juez de Sustanciación, Mediación y
Ejecución dentro de un lapso de 5 días hábiles, a
trabajador tiene un lapso de 10 días hábiles para
solicitar el derecho de reenganche ante el juez.
Si el juez sentencia a favor del trabajador, el
patrono debe reenganchar al trabajador dentro
de los tres días hábiles siguientes y este gozara
de todos sus derechos y beneficios.
4. Procedimientos Especiales
Estabilidad
Finalidad
Trabajador: Lograr
el reenganche
Patrono: Lograr la
calificación
justificada de
despido
Procedimiento
Una vez
despedido el
trabajador
Patrono: Dentro
de 5 días hábiles
siguientes debe
participarlo a juez
competente
Trabajador: Debe
acudir al juez
dentro de los 10
días hábiles
siguientes para no
perder el derecho
de reenganche
Si el juez
sentencia a favor
del trabajador
Patrono: Debe
cumplir con el
reenganche
dentro de los 3
días hábiles
siguientes
Trabajador: Debe
reenganchar y
gozara de los
salarios caídos
5. En el caso del que el patrono persista con el
despido deberá pagar los conceptos generados
por la relación de trabajo. De no estar de acuerdo
el trabajador, el juez procede a una audiencia en
el según día hábil para mediar y solucionar el
conflicto.
Procedimientos Especiales
Dentro de las facultades del juez esta la de
conciliar, de no lograrlo procederá al fallo. Hay
que destacar que en el proceso laboral puede
presentarse una oferta de pago por parte del
patrono
6. Procedimientos Especiales
Procedimiento por control de Legalidad
La parte afectada podrá solicitar el control de la
legalidad del asunto, mediante escrito dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo
correspondiente, este a la Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia de
manera inmediata.
En el caso de ser admitida la solicitud el Tribunal
Supremo de Justicia en Sala de Casación Social
fijara la audiencia, de inadmisible este informara
mediante un auto.
7. La ley de amparo señala que son objeto de protección a
través de la acción de amparo todos los derechos y
garantías constitucionales de los habitantes de
Venezuela, es decir serán objeto de amparo todos los
derechos que tienen los trabajadores garantizados, bien
sean ellos de carácter individual de cada trabajador o de
carácter colectivo como por ejemplo el derecho que
tienen los trabajadores a organizarse en sindicatos, el
derecho a la negociación colectiva, el derecho
a huelga entre otros derechos.
Derechos laborales protegidos por el Amparo
Constitucional laboral
8. Bibliografías:
Ley Orgánica del Trabajo Trabajador y las
Trabajadoras
Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Ley de Amparo Constitucional