2. El Recurso Contencioso Tributario.
El recurso contencioso tributario, es un medio de
impugnación que puede ser utilizado en contra de los
actos administrativos que lleven relación tributaria
que afecten directamente a el particular, siendo su
objeto principal el poder anular el acto administrativo
de efecto particular que causa consecuencias a los
derechos e intereses de los mismos.
3. El Contencioso Tributario.
Es importante destacar que el Tribunal Supremo de Justicia y demás
Tribunales tienen la facultad de anular los actos administrativos; dentro de
la naturaleza administrativa se encuentra la jurisdicción tributaria, el juez
tiene la facultades o competencias que pueden dar la anualidad del acto
administrativo como también tiene el poder de saber el fondo de la
controversia
4. Objetivos del Procedimiento
Contencioso Administrativo
Los procedimientos contencioso administrativos se llevan bajo el
Control de la administración publica; los objetivos fundamentales
de esta son: cuidar la legalidad de los actos que emanan de la
Administración Pública, de tal manera que el Poder Judicial puede
llegar a establecer la invalidez de los actos administrativos,
proteger los intereses del administrado; de tal modo que el Poder
Judicial debe satisfacer las necesidades del administrado, siempre
que sean razonables y gocen de respaldo jurídico.
5. Algunos Principios de los procedimientos
tributarios
Principio de reserva de ley y
principio de jerarquía normativa
En este sentido podemos determinar dos
bases la legalidad de la jerarquía y la
legalidad que existe en reserva de ley,
este seria un punto; en segundo lugar "La
Constitución prevalece sobre toda norma
legal; la ley, sobre normas de inferior
jerarquía, y así sucesivamente"
Principio del debido
procedimiento
Este principio se basa a poder expresar,
argumentar y poder disfrutar del derecho
de un procedimiento legal, siguiendo
todos los parámetros comprendidos en la
ley.
los contenidos esenciales del derecho
al debido proceso:
Derecho a formular impugnatorios.
Juez Natural.
Derecho de defensa.
Derecho a ofrecer medios probatorios.
Derecho de acción.
Derecho a obtener una resolución
debidamente motivada.
6. Principio de imparcialidad
Este principio vela por el
cumplimiento de la ley sin
ninguna discriminación entre los
administrados, dándoles el
tratamiento y tutela igualitarios
frente al procedimiento,
resolviendo conforme a la ley.
Principio de Simplicidad
Los trámites establecidos por la
autoridad administrativa tendrán
que ser sencillos, debiendo
eliminarse toda complejidad que no
sea necesaria; resumiendo que los
requisitos exigidos deberán ser
racionales y proporcionales a los
fines que se persigue cumplir
7. Principio de Uniformidad
Este principio se basa en cuanto el procedimiento no
existan contradicciones ante hechos similares; por lo
cual estipula dicho articulo: De presentarse nuevos casos
o resoluciones con fallos contradictorios entre sí, el
Presidente del Tribunal deberá someter a debate en Sala
Plena para decidir entre el criterio que deba prevalecer,
constituyendo éste precedente de observancia obligatoria
en las posteriores resoluciones emitidas por el
Tribunal(154 Código Tributario)
8. Etapas del procedimiento contencioso-
tributario
La reclamación ante la Administración Tributaria.
La reclamación frente a la Administración Tributaria es la fase numero uno o primera etapa
del Procedimiento Contencioso Tributario y constituye la primera instancia en la vía
administrativa de dicho procedimiento.
Este recurso puede ser interpuesto contra actos administrativos que se relacionan con la
determinación de las obligaciones tributarias, ya sean formales o sustanciales.
La apelación ante el Tribunal Fiscal.
La Apelación ante el Tribunal Fiscal viene siendo segunda etapa del Procedimiento Contencioso Tributario, y
procede contra los siguientes actos:
*Resolución que resuelve el Recurso de Reclamación.
*Resolución Ficta que desestima el Recurso de Reclamación.
9. Acción de Amparo
Cuando se habla de acción de amparo se refiere o se utiliza cuando existen
demoras o la administración incurra en demora excesiva en la resolución del hecho,
y las mismas causen consecuencias irreparables, en el articulo 208 del Código
Tributario esta estipulado dicha acción.
Esta acción de amparo tributario cuanta con una similitud con el recurso por
omisión de acto debido, situado en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
El objeto fundamental de la acción de amparo tributario viene a satisfacer una
urgente necesidad de los ciudadanos: disponer de un medio que le permita hacer
actuar a la Administración Tributaria evitando los perjuicios derivados de la inercia
administrativa.
10. Requisitos de procedencia del amparo
tributario
• La Administración Tributaria debe haber incurrido en una demora excesiva en
resolver las peticiones que le formulan los interesados.
• El interesado debe haber urgido el trámite por escrito.
• La demora debe causar al interesado un perjuicio no reparable por los medios
procesales establecidos en el Código Orgánico o en leyes especiales.
• Presentar copia de los escritos mediante los cuales se ha urgido el trámite,
pruebas.