La reproducción asistida incluye técnicas como la inseminación artificial, la fecundación in vitro y la microinyección espermática. La ley regula aspectos como la crioconservación de gametos y embriones, la investigación con ellos, los centros autorizados y una comisión nacional. Se prohíbe la clonación reproductiva pero se permite con fines de investigación, y se regula el diagnóstico genético preimplantacional para seleccionar embriones no afectados.
11. Introducción histórica Prohibía: - La obtención de embriones humanos con cualquier fin que no fuera la procreación - Clonación humana Solo permitía la investigación con embriones muertos o no viables
12. Introducción histórica Ley 45/2003, de 21 de noviembre Objetivo resolver el problema de los embriones congelados
18. Problemas biomédicos Utilización del término preembrión. Apertura a cualquier tipo de clonación humana que no sea la reproductiva. Favorecer el que se siga incrementado el número de embriones congelados. Favorecer la utilización de embriones congelados sobrantes de fecundación in vitro para su uso en experimentaciones biomédicas.
19. Problemas biomédicos Fomentar la utilización de embriones humanos frescos para investigaciones biomédicas. - Apertura al diagnóstico genético preimplantatorio. - Permitir la fecundación de ovocitos de animales con espermatozoides humanos, es decir abrir la posibilidad a la creación de híbridos entre hombre y animal
20. CAPÍTULO I. Disposiciones Generales (Artículo 1-4) Objetivo: * Regular: Aplicación técnicas en prevención tratamiento enf. Genéticas Utilización de gametos y preembriones humanos crioconservados
21. CAPÍTULO I. Disposiciones Generales Definición de Preembrión “Embrión in vitro constituido por el grupo de células resultantes de la división progresiva del óvulo desde que es fecundado hasta 14 días más tarde’’
22. CAPÍTULO I. Disposiciones Generales Prohíbe de la clonación en seres humanos con fines reproductivos A partir de los embriones clonados se pueden obtener células madre, que pueden ser utilizadas con fines experimentales
23. CAPÍTULO I. Disposiciones Generales Células madre Células que tienen la capacidad de poder cultivarse, reproducirse a si mismas y de poder producir células adultas de diferente progenie, es decir de diferentes tejidos
24. CAPÍTULO I. Disposiciones Generales Problema ético fundamental Para conseguir células madre hay que destruir el embrión del cual se obtienen
25. CAPÍTULO I. Disposiciones Generales Condiciones de aplicación: - Posibilidades de éxito - No supongan un riesgo para la salud - Aceptación de su aplicación - Consentimiento informado - Confidencialidad - Centros o servicios sanitarios autorizados por la autoridad sanitaria correspondiente
26. CAPITULO II. Participantes en las técnicas de reproducción asistida (Artículo 5-10) Donante: - Gratuito, formal, confidencial - Nunca carácter lucrativo o comercial - Más de 18 años y buen estado de salud psicofísica - Máximo 6 hijos del mismo donante
27. CAPITULO II. Participantes en las técnicas de reproducción asistida Usuario: Mujer mayor de 18 años Si está casada, necesario el consentimiento del marido Podrá ser usuaria o receptora de las técnicas reguladas en esta ley con independencia de su estado civil y orientación sexual No selección del donante por la receptora
28. CAPITULO II. Participantes en las técnicas de reproducción asistida Premoriencia del marido/pareja formal: - No podrá demostrarse filiación ni relación jurídica cuando el material reproductor no se encuentre en el útero - Consentimiento de utilizar su material reproductor 12 meses después de su muerte Prohibicion de la gestación por sustitución a cargo de una mujerque renuncia a la filiación - Filiación determinada por el parto - Reclamación de la paternidad del padre biológico
29. CAPITULO III. Crioconservación y otras técnicas coadyuvantes de las de reproducción asistida (Artículo 11-13) Destino de semen, ovocitos, tejido ovárico y preembriones crioconservados: - Utilización de la mujer o su cónyuge - Donación para reproducción o investigación - Cese de la conservación (finalizado el plazo) Consentimiento
30. CAPITULO III. Crioconservación y otras técnicas coadyuvantes de las de reproducción asistida La causa de la existencia de un elevado número de embriones humanos congelados es la búsqueda de la eficiencia en las técnicas de reproducción asistida
31. CAPITULO III. Crioconservación y otras técnicas coadyuvantes de las de reproducción asistida Esta eficiencia se consigue: Generando un número elevado de ovocitos en cada ciclo de estimulación ovárica. Fecundando todos los ovocitos obtenidos. Implantando una parte de ellos. Congelando los sobrantes para que puedan ser implantados posteriormente si falla el primer intento de implantación.
32. CAPITULO III. Crioconservación y otras técnicas coadyuvantes de las de reproducción asistida “Los preembriones sobrantes de la aplicación de las técnicas de fecundación in vitro que no sean transferidos a la mujer en un ciclo reproductivo podrán ser crioconservados en los bancos autorizados para ello’’
33. CAPITULO III. Crioconservación y otras técnicas coadyuvantes de las de reproducción asistida Diagnóstico genético preimplantacional Método de laboratorio que permite el estudio genético de los embriones antes de ser transferidos y por lo tanto antes de que se haya producido la implantación, para determinar si padecen alguna enfermedad hereditaria o si son portadores de algún factor genético de riesgo de enfermedad.
34. CAPITULO III. Crioconservación y otras técnicas coadyuvantes de las de reproducción asistida - Detección de enfermedades hereditarias graves sin tratamiento curativo posnatal. - Selección embrionaria de los embriones no afectados - Detección de otras alteraciones que puedan comprometer la viabilidad del embrión
35. CAPITULO III. Crioconservación y otras técnicas coadyuvantes de las de reproducción asistida Técnicas terapéuticas en el preembrión se realizaran si: - Finalidad: tratar una enfermedad o impedir su transmisión - La mujer informada y ha aceptado - Patologías con diagnóstico preciso que ofrezcan posibilidades razonables de curación - No modificación de caracteres hereditarios no patológicos ni de raza - Centros sanitarios autorizados con equipos cualificados
36. CAPITULO IV. Investigación con gametos y preembriones humanos (Artículo 14-16) Investigación con gametos: - No transferencia a la mujer ni para originar preembriones con fines de procreación Investigación con preembriones - Consentimiento de la pareja - No desarrollo in vitro mas de 14 días después de la fecundación del ovocito - Proyecto presentado y autorizado por las autoridades sanitarias - Traslado del resultado a la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida
37. CAPITULO V. Centros Sanitarios y equipos biomédicos (Articulo17-19) Autorización específica Equipos biomédicos cualificados. Responsables del secreto de la identidad, mala práctica con las técnicas, etc.
38. CAPITULO VI. Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida (Artículo 20) Órgano dirigido a : - Asesorar y orientar sobre la utilización de las técnicas de reproducción asistida - Actualización y difusión de los conocimientos científicos y técnicos - Elaboración de criterios funcionales y estructurales de los centros y servicios donde se realizan
39. CAPITULO VII. Registros Nacionales de Reproducción Asistida (Artículo 21-23) - Registro administrativo en el que se inscribirán los donantes y receptoras de gametos y preembriones con fines de reproducción, los hijos nacidos de cada donante. - Regulado por el Gobierno
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41. CAPITULO VIII. Infracciones y sanciones Sanciones - Infracciones leves hasta 1000 € - Infracciones graves 1001€-10000 € - Infracciones muy graves 10001€-1 millón €
42. Bibliografía Diapositivas: «La reproducción asistida» http://www.slideshare.net/itsasu/la-reproduccin-asistida Nueva Ley de Reproducción Asistida http://www.comayala.es/catequesis/repasistida.htm Monografias.com: «Técnicas de Reproducción Asistida» http://www.monografias.com/trabajos18/tecnicas-fecundacion/tecnicas-fecundacion.shtml Noticias Juridicas: Base de Datos de Legislación http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l14-2006.html
43. Bibliografía Sanitas – Reprodución Asistida http://www.eligesanitas.es/microsite-reproduccion-asistida/tecnicas.html Genética y Bioética http://cerezo.pntic.mec.es/~jlacaden/webmec11/repro_human03.html «Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida» - documento en formato PDF (0,9MB) http://www.observatoriobioetica.com/presentaciones/ley_trha.pdf