Similar a ENJ-100 Módulo 6 modos de extinción de la instancia y la decisión sobre las costas - Herramientas para el Manejo y Fallo de Expedientes Civiles
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ENJ-100 Módulo 6 modos de extinción de la instancia y la decisión sobre las costas - Herramientas para el Manejo y Fallo de Expedientes Civiles
1. Módulo 6: Modos de
extinción de la instancia y
la decisión sobre las
costas.
Modos de extinción de la instancia y la decisión sobre las costas. está distribuido bajo una
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2. Introducción
Lo normal de toda instancia es que concluya con la sentencia que pone fin al litigio. Sin
embargo no siempre es así. Positivamente, la parte demandante que ha tenido la iniciativa
de introducir la demanda y con ella dar apertura a la instancia, bien puede desistir de
manera pura y simple o por transacción extrajudicial. La parte demandada tiene a su vez la
prerrogativa de aceptar parcial o totalmente la demanda y con ello evitar la instrucción
procesal, con lo cual hace uso de la aquiesciencia. Negativamente, las partes pueden
abandonar la instancia manteniendo una inercia por más de tres años, caso en el cual puede
intervenir la perención de la instancia.
Si la parte demandante no tuviera interés en continuar la instancia podrá desistir de ella o
de una o varias de sus pretensiones en justicia. El desistimiento en un medio de extinción,
pero amerita una valoración de pertinencia jurídica. La aquiescencia es un medio de
aceptación de las pretensiones de la parte demandante y que sólo la parte demandada
puede expresar, con lo cual el tribunal se libera de la motivación judicial.
3. Si la instancia ha sido abandonada, la parte demandada podrá requerir que se
declare la perención si ha transcurrido el plazo dispuesto por la ley. Parecería
fácil decir que la parte demandante que consciente dejar sin efecto su acción o si
la parte demandada acepta la demanda o si han abandonado el proceso,
simplemente se verifique y así se acoja, pero no. El Tribunal no se limita a esas
simples verificaciones, sino que deberá ponderar su pertinencia tomando en
cuenta quién puede hacer uso de ellas, el poder del mandatario, el momento
procesal y el interés público o privado envuelto en el asunto.
Por cualquiera de esas posibilidades, es decir por desistimiento, por
aquiescencia o por perención, el tribunal tendrá que rendir una decisión por la
cual evalúe su aceptación para la extinción de la instancia. Esta decisión en nada
juzga el apoderamiento del asunto introductivo, sino la pertinencia de estos
modos de extinción que, de acogerlos, lo desapoderan.
El estudio del tema nos conduce a comprender y analizar las condiciones
requeridas para poner fin a la instancia por una de estos modos procesales,
teniendo en cuenta sus motivos y sus efectos.
Introducción
4. Objetivos
Objetivo general:
Conocer los modos de extinción de la instancia e identificar adecuadamente quién
puede proponerlo en justicia, cuál es la vía procesal correcta de éste apoderamiento y el
carácter y alcance de la decisión a rendir y sus efectos respecto de la instancia y del
proceso
5. Objetivos específicos:
Lograr el dominio del tema en cada uno de los modos de extinción de la
instancia en su aspecto normativo.
Identificar cuál es la forma procesal para el planteamiento de los modos de
extinción de la instancia.
Caracterizar las condiciones inherentes a las partes que plantean el
desistimiento, la aquiescencia o la perención de la instancia.
Establecer los caracteres necesarios para la decisión a rendir en esta materia
Objetivos
6. Justificación
Una vez que el tribunal ha sido apoderado las partes tienen el derecho a una
decisión con la cual se cierre la instancia, a fin de que el proceso no quede en un
estado de indefinición y en su derecho a la respuesta judicial. En materia civil y
comercial prevalece el impulso procesal de parte interesada, muy especialmente
para llevar la instancia hacia su fin. El tribunal no tiene la facultad de hacer
extinguir la instancia a su sola iniciativa, sino que debe pronunciarse de las
pretensiones que se les va apoderando.
Cuando se le expone el desistimiento de la instancia, se le declara la
aquiescencia o se le apodera de la perención, rinde una decisión limitada a la
ponderación de estos aspectos y no sobre el fondo. Esta decisión amerita valores
jurídicos tales como la calidad y la capacidad del concluyente, el interés público o
privado envuelto en el asunto, la aceptación o la oposición de la contra parte y el
momento procesal de su pronunciamiento. Elementos que influyen en la valídez de
la decisión que la acoge o que la rechaza. No se trata de sola verificación de las
conclusiones. También es de interés la forma procesal en que se someten al
tribunal.
7. Por ello, el estudio de estos modos de extinción de la instancia es de suma
importancia, ya que permitirá a los participantes saber cuándo procede acoger
dichas pretensiones y cómo hacer la decisión al respecto, limitándose al
apoderamiento extintivo y no sobre el fondo de la contestación, identificando la
validez de la forma de apoderamiento y reconociendo el carácter previo de la
decisión a rendir y su influencia en el proceso en su conjunto. Al concluir esta
unidad, los participantes podrán redactar adecuadamente la decisión que se
pronuncia sobre los medios de extinción de la instancia sin decisión sobre el fondo
del asunto, luego de haberse asegurado de su validez para acogerla.
Justificación
8. Metodología
B-learning, que se caracteriza por una formación mixta, donde se
combina la formación presencial y la formación en línea a través del
Internet. Se integran las Nuevas Tecnologías de la Información y la
Comunicación de manera que puedan servir de herramienta de trabajo
tanto a alumnos como a profesores.
9. Contenido
Unidad I. El desistimiento.
En qué consiste el desistimiento.
En cuáles casos el desistimiento puede intervenir.
Personas que pueden desistir.
Forma y momento procesal para la validez del desistimiento.
10. Unidad II. La aquiescencia.
Qué es la aquiescencia y sus límites.
Personas que pueden dar aquiescencia y la forma procesal
correcta.
Sus efectos respecto de la sentencia a intervenir.
Contenido
11. Unidad III. La perención de la instancia.
Cuándo opera la perención de la instancia. Su distinción según el
grado de jurisdicción.
Personas con calidad para pedir la perención.
Sus efectos en el proceso.
Contenido
12. Bibliografía
Ley 302 sobre honorarios de abogados.
Constitución de la República Dominicana. Promulgada año 2010.
Código de Procedimiento Civil Dominicano y Legislación Complementaria. Séptima
Edición. Editora Dalis. 2006.
Anteproyecto de Código de Procedimiento Civil Dominicano.
Biaggi Lama, Juan Alfredo. Suplemento Jurisprudencial en Materia Civil y
Procedimiento Civil 2002-2003. Librería Jurídica Virtual y Ediciones Jurídicas Trajano
Potentini. 2004.
Biaggi Lama, Juan Alfredo. Un siglo de Jurisprudencia Civil 1909-2009.
PEREZ MENDEZ, Artagnan; Procedimiento Civil; Tomo I.
TAVARES Hijo, Froilán; Elementos de Derecho Procesal Civil Dominicano; Volumen
I.
Estevez Lavandier, Napoleón R. Ley No. 834 de 1978 Comentada y anotada.
Primera Edición. Editora Manatí. 2004.
Moronta Guzmán, Alberto Antonio. Hacia la comprensión de los Principios Rectores
del Proceso Civil. Escuela Nacional de la Judicatura.
Recopilaciones Jurisprudenciales Dominicanas e internacionales.
13. Actividades
Caso sobre Liquidación y la impugnación de gastos y
honorarios.
Caso sobre Valoración de los daños.
Caso de desistimiento (caso de demanda reconvencional)