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Presentación ibrahamglis soto
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FAFCULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
POLITRAUMAS
TRAUMAS Y AFECCIONES LABORALES
Participante:
Ibrahamglis Soto
C.I.: 20.350.187
Materia: Medicina Legal
Prof.: Nilda Singer
SAIA E
BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE DE 2017
2. POLITRAUMAS
Politraumatizado
Es todo herido que presenta dos o más
heridas traumáticas graves periféricas,
viscerales o complejas y asociadas, que
conllevan una repercusión respiratoria o
circulatoria que suponen riesgo vital para el
paciente.
3. MEDIDAS DE PROTECCIÓN
Todo paciente que ingrese a un servicio de urgencias debe
ser considerado portador potencial de enfermedades
transmisibles y por tanto todo el personal debe observar las
Medidas Universales de Protección:
1. Uso de guantes, mascarilla (tapabocas), anteojos,
polainas y ropa impermeable, para proteger la piel y las
mucosas de cualquier contacto con sangre o líquidos
corporales.
2. Manejo cuidadoso de los elementos corto punzantes
(agujas, hojas de bisturí y otros elementos cortantes). Las
agujas no deben reenfundarse, doblarse ni desprenderse
de las jeringas.
4. 3. Manejo adecuado de sangre, líquidos corporales y
tejidos. Incluye no sólo el manejo de las muestras en
el área de urgencias, sino también su transporte y
manipulación en el laboratorio.
4. Lavado inmediato de las manos y superficies
corporales si se contaminaron con sangre u otros
fluidos corporales, antes y después del contacto con
los pacientes y siempre después de retirarse los
guantes.
MEDIDAS DE PROTECCIÓN
5. EVALUACIÓN FORENSE DEL
POLITRAUMATIZADO EN VIDA
Actualmente el ingreso de un politraumatizado en un
servicio de urgencias hospitalarias suele realizarse por una
ambulancia medicalizada, con lo cual el paciente suele
venir intubado, relajado, con collarete cervical y con una vía
periférica, por lo que el trabajo de enfermería es diferente
cuando el politraumatizado llega a urgencias por otros
medios (compañeros de trabajo o de accidente,
ambulancias sin el adecuado personal y equipo, etc...).
Los pasos a seguir en la asistencia a un politraumatizado
en un servicio de urgencias son:
6. Pasar de inmediato a la sala de
shock o de urgencias.
Colocar al paciente en la cama con
sumo cuidado y desnudarlo evitando
movimiento inadecuados, por lo que se
debe cortar la ropa.
Monitorizar y tomar las constantes
vitales (TA, pulso, frecuencia cardíaca,
saturación de oxígeno).
Estabilización del raquis cervical
(collarete).
Canalización de una o dos vías
periféricas.
Extracción de sangre para
hematimetría, bioquímica, coagulación,
pruebas cruzadas y saturación de
oxígeno.
7. Principales Causas:
Clasificación
1. TCE Leve o Concusión (ECG 13-15): contusión, amnesia
y dolor cabeza.
2. TCE Moderado (ECG 9-13): fatiga, mareo y cefalea.
3. TCE Grave o Severo (ECG 3- 8):no puede abrir sus ojos,
seguir ordenes y sufre de lesiones neurológicas.
8. Lesiones
•Primaria: Es la Lesión usada por la
transmisión de energía a los tejidos.
•Secundaria: los efectos locales y
sistemáticos causadas por la lesión primaria
como un edema cerebral, isquemia y hipoxia.
9. Consiste en el daño a la médula espinal que puede
abarcar simultáneamente las meninges, los vasos
sanguíneos y el tejido nervioso; es una lesión
ocasionada a la médula espinal a través de la columna
vertebral, en donde las vértebras cervicales tienen
mayor probabilidad de compromiso de lesión.
CAUSAS
• Accidentes automovilísticos
• Caídas
• Heridas de bala
• Lesiones Deportivas
11. TRAUMAS Y AFECCIONES
LABORALES
LESIÓN
Consiste en todo daño en el cuerpo de alguien o
cualquier alteración de la salud, producida por una causa
externa imputable a una persona.
LESIÓN FUNCIONAL O
CORPORAL
Es la discapacidad temporal
parcial y total permanente;
absoluta y gran discapacidad.
12. DISCAPACIDAD
Son todas aquellas condiciones físicas,
mentales y de los sentidos, que impidan la
realización de las actividades sociales,
laborales y cotidianas de la persona,
afectándolas en el desenvolvimiento diario de
dichas actividades.
13. DISCAPACIDAD TEMPORAL
Es la que es provocada ya sea por accidentes o
enfermedades, que incapacitan temporalmente a la
persona, para la realización de sus labores cotidianas,
tanto laborales, escolares, personales y sociales, pero
que una vez recuperado el organismo de las lesiones o
enfermedades, vuelve a obtener las funciones que
previamente perdió o disminuyó.
CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES
SEGÚN LA LOPCYMAT
14. DISCAPACIDAD PARCIAL
Es aquélla que, sin alcanzar el grado de total,
ocasiona al trabajador una disminución no inferior al
33% en su rendimiento normal para la profesión
habitual, sin impedirle la realización de las tareas
fundamentales de la misma.
15. DISCAPACIDAD TOTAL
PERMANENTE
Son todas aquellas discapacidades físicas o
mentales, que tienen un carácter permanente en la
persona, independientemente del origen y del tipo
del cual se trate en específico.
16. ENFERMEDAD OCUPACIONAL
Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados
patológicos contraídos o agravados con ocasión del
trabajo o exposición al medio en el que el trabajador
o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar,
tales como los imputables a la acción de agentes
físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas,
meteorológicas, agentes químicos, biológicos,
factores psicosociales y emocionales, que se
manifiesten por una lesión orgánica, trastornos
enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o
desequilibrio mental, temporales o permanentes.
17. ACCIDENTE LABORAL
Un accidente de
trabajo es lo que
sucede al trabajador
durante su jornada
laboral o bien en la
trayectoria del trabajo
a su casa o viceversa.
18. CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES
SEGÚN EL CPV
LEVÍSIMAS A GRAVÍSIMAS.
a) Leve: Lesiones que impliquen una discapacidad
determinada por reposo menor o igual a tres (03) días, que
no generen ningún otro tipo de complicación.
b) Moderado: Lesiones que impliquen una discapacidad
determinada por reposo mayor a tres días. No debe
generar complicaciones.
19. c) Grave: Lesiones que impliquen discapacidad
determinada por reposo mayor a tres días, con
complicaciones que permitan reinserción al trabajo pero
que impliquen posteriormente un cambio en la actividad
laboral o limitación de la tarea porque dejan algún tipo
de secuela.
d) Muy Grave: Lesiones que impliquen discapacidad
determinada por reposo mayor a tres días, con
complicaciones que no permitirán la reincorporación al
trabajo.
e) Mortal: Lesiones que impliquen la muerte en el
momento del accidente o posteriormente
20. BIBLIOGRAFÍA
Alfonzo-Guzmán, R. (2008). Nueva Didáctica del Derecho del
Trabajo. Caracas: Editorial Melvin C.A.
Castillo Serrano, M. (2007). Responsabilidades y Sanciones
Patronales por Incumplimiento de la norma LOPCYMAT. En
Castillo Serrano (Comp.), Legislación en Prevención, Salud y
Seguridad Laboral. (pp. 421-470).
Código Civil. (1982). Gaceta Oficial de la República de Venezuela
Nº 2.990. Fecha: Julio 26 de 1982.
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo (2005). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela Nº 38.236. Fecha: Junio 26 de 2005.
Ley Orgánica del Trabajo. (1997). Gaceta Oficial de la República de
Venezuela Nº 5.152 Extraordinaria. De fecha, Junio 19 de 1997.