2. Introducción
• Ha reconocido al sobrepeso y a la
obesidad, como problema de salud
pública mundial en diversas
poblaciones
• Países en desarrollo (problema es mayor)
• Países en vías de desarrollo (incremento paulatino)
3. • Dos intervenciones con evidencia
científica probada en la prevención de
ECNT son promoción:
o Alimentación saludable
o Incremento en la actividad física
• Factores que ayudan en la prevención y el
control del sobrepeso, obesidad y otras
enfermedades
4. Epidemiología de la obesidad
• Considera la obesidad como la
enfermedad nutricional más común del
mundo
Informe Mundial de la Salud, la obesidad
se ubica dentro de los diez primeros
lugares como factor de riesgo mundial
5. • Sin embargo, coexiste con la
desnutrición
La prevalencia de obesidad ocurre
tanto en poblaciones urbanas como
rurales
6.
7. Hombres mayores tasas sobrepeso
Mujeres mayores tasas obesidad
10. Encuesta nacional salud 2000
– Población diabética obesa 40.1%
– Población no diabética obesa 26.9%
– Obesa con hipertensión arterial 46.8%
– No obesa con hipertensión arterial 24.6%
11. Definición
Obesidad es una enfermedad
caracterizada por la acumulación
excesiva de grasa en forma de
tejido adiposo, que propicia efectos
negativos en la salud del individuo
12. • Los individuos obesos difieren no sólo por
el grado en el exceso de grasa
almacenada, si no también por la
distribución regional de la misma en el
cuerpo.
13. Distribución de la grasa
Permite distinguir dos tipos de obesidad:
– Androide, central o abdominal: el exceso
de grasa se localiza preferentemente en el
abdomen
– Ginecoide o periférica: la grasa se acumula
en la cadera y muslos.
14. Obesidad androide
• Asocia con un mayor riesgo de resistencia
a la insulina, hiperinsulinemia, intolerancia
a la glucosa, propensión a la diabetes tipo
2, hiperlipidemia, aterosclerosis, isquemia
o infarto del miocardio, hipertensión
arterial, gota, hiperuricemia, trastornos
menstruales, hiperandrogenismo y
síndrome ovárico poliquístico
15. Obesidad ginecoide
• Se relaciona principalmente con
insuficiencia venosa en extremidades
inferiores (várices) y artrosis de rodilla
16. • La distribución influye de manera
importante en los riesgos asociados con la
obesidad y los tipos de enfermedad que
pueden resultar.
• La distribución de la grasa abdominal es
independiente del IMC
17. Medición y clasificación del padecimiento
Índice de masa corporal (ICM) o de
Quetelet
más aceptado para la mayoría de los grupos de población
adulta, debido a que es el menos afectado por la talla y es fácil
de calcular
19. Obesidad infantil
México primer país en obesidad infantil
• El porcentaje de niños obesos en edad
escolar se estima entre 5 y 10%.
• Niños con valores mayores de +3
desviación estándar de peso para talla fue
de 1.4%.
20. • Con IMC, por arriba del percil 85 fueron,
en promedio, de 25.7% en niños y 28.6%
en niñas.
• En niños menores de 5 años solo 4.2%
están en riesgo.
21. • Estudio realizado en 4 comunidades
aisladas de México, resultados:
• En niños menores de 5 años solo 4.2%
están en riesgo.
• 17% de niños y 19% de niñas se
clasificaron con sobrepeso de acuerdo
con los límites propuestos por la Fuerza
de Trabajo en Obesidad.
22. Definición de obesidad en niños, con fines
epidemiológicos
• Los valores de IMC en niños son más bajos
que en los adultos y su interpretación
depende de la edad ya que este índice es
muy cambiante durante el desarrollo.
• La probabilidad de que un niño obeso lo siga
siendo en edad adulta es de 50% y si es
adolescente aumenta hasta 70%.
• La estimación de la heredabilidad es alta (50-
80 %).
23. Riesgos asociados con la
obesidad infantil
• Diabetes tipo 2 asociada a intolerancia a la
glucosa oral (IGO) en niños y adolescentes
obesos, 25 y 21% respectivamente, en edad
de 4 a 18 años.
• Hipertensión arterial: el peso corporal,
colesterol total y glucosa en ayuno tienen
efectos significativos en la presión arterial
sistólica, mientras que la edad, colesterol total
y LDL tienen efectos sobre la presión arterial
diastólica
24. • Los niños con obesidad e hipertensión
tienen niveles significativamente elevados
de colesterol total y LDL.
• Niños con antecedentes familiares de
eventos cardiovasculares presentan
mayor concentración de lipoproteína y en
conjunto con el IMC pueden ser
predictores para un evento cardiovascular.
25. Tratamiento
• Terapia familiar
• Reducción mínima en la ingestión de
energía es recomendable y sólo en
aquellos mayores de seis años.
• Disminución de alimentos con gran
contenido de azúcar y grasa.
• Hábitos familiares del consumo de frutas y
verduras sobre los azúcares y las grasas.
26. • Hábito de no consumir raciones de gran
volumen.
• Ejercicio físico.
• Reducción de tiempos de inactividad y
aumento del movimiento.
27. Evaluación del paciente con sobrepeso y obeso
Objetivo
Identificar factores que contribuyen al
desarrollo de la misma, así como
identificar a pacientes que necesitarán
tratamiento farmacológico, por lo que la
historia clínica debe ser completa.
28. Historia clínica
• Antecedentes familiares patológicos
• Antecedentes familiares no patológicos
• Medicamentos administrados actuales y
pasados
29. Examen físico
• Debe estar dirigido a los signos o
enfermedades que predispone la obesidad
y sus comorbilidades. Con el objeto de
encontrar posibles causas secundarias de
obesidad.
30. Evaluación y Tratamiento
• Propósito saber como se va a tratar. Se
deben incluir:
– Saber si el tratamiento es indicado
– Si el tratamiento es seguro para el paciente
– Si el paciente esta dispuesto y motivado a
perder peso.
31. • Aquellos con un IMC >30 deben ser
tomados en cuenta para tratamiento,
independientemente de la circunferencia
de cintura
• También personas con un IMC normal,
pero que tengan una circunferencia de
cintura >102 y 88cm
32. • La pérdida de peso esta contraindicada:
– En mujeres embarazadas y en periodo de
lactancia
– Pacientes con enfermedad aguda o en fase
terminal u otras enfermedades graves
– Padecimientos psiquiátricos y conductuales
tienen prioridad sobre la pérdida de peso
33. Antes de comenzar un programa de
pérdida de peso, los pacientes deben ser
evaluados en relación con el número y
gravedad de factores cardiovasculares.
34. • Explorar la disposición del paciente para
cambiar sus hábitos de vida (que lo lleva a
bajar de peso)
– Apoyo familia y amigos
– Riesgos y beneficios
– Actitud hacia a la actividad física
– Intentos pasado
– Tipo de barreras y limitaciones financieras
35. Técnicas de medición (Antropometría)
• Antropometría es un método sencillo, no
invasivo, disponible y utilizado a nivel
mundial para evaluar el estado nutricional
de sujetos de todas las edades y predecir
la salud, rendimiento y supervivencia.
36. • Involucra medidas sencillas para describir
las formas y dimensiones del cuerpo.
– Peso
– Talla
– Grosor de pliegues cutáneos
– Perímetros corporales
• Índices o estimaciones derivados de estos
37. Peso
Se recomienda:
• Medir el peso durante la mañana, en
ayuno y posterior a la evacuación de la
vejiga urinaria. Registrar el horario en el
que se realizo la medida
• Vestir una mínima cantidad de ropa
38. Circunferencia de cintura
• La medición no debe ser
tomada sobre la ropa
• El sujeto debe estar con
los pies juntos en
posición erguida, con
abdomen relajado.
• Medir la circunferencia
ente el punto medio de la
ultima costilla y el borde
superior de la cresta
iliaca
40. Factores de riesgo
• Tabaquismo
• Alteración de glucosa en ayunas (glucosa
entre 110-125md/dL.)
• Antecedentes familiares de infarto al
miocardio o muerte súbita
– Familiar varón en primer grado a una edad
mayor de 55
– Familiar mujer en primer grado mayor de 65 o
antes
41. Factores riesgo
• Colesterol de lipoproteínas de baja
densidad (LDL) >160
• HDL bajo
• Triglicéridos >150mg/dL
• Hipertensión o uso actual de fármacos
antihipertensivos
42. Tratamiento
• Determinar el grado de obesidad y estado
de riesgo
• Tratamiento incluye
No ganar peso
Mantenerlo
Reducción del exceso
• El paciente obeso no debe ser culpado
por su problema, ni por fracaso
tratamiento
43. Nutrición
Los hábitos alimenticios deben ser
cuidadosamente investigados, influyen en la
estrategia terapéutica
• Apetencia por los carbohidratos
• Mayor apetito vespertino
• En la madrugada come algo
44. • Frecuentemente u ocasionalmente
episodio de voracidad (atracón) con o sin
sensación de culpa
• Maniobras restrictivas (vómitos, laxantes,
diuréticos)
• Indispensable conocer si existen
variaciones de conducta alimentaria en
fases de ansiedad o depresión
45.
46. EJERCICIO FÍSICO
• En un adulto relativamente sedentario, el
metabolismo basal puede suponer 60 a
75% del gasto energético habitual, y
aunque bastante fijo, parece ser que se
reduce con la edad, debido a la pérdida de
masa muscular; el ejercicio físico puede
suponer 15-30% del gasto energético
total.
47. • Las personas sedentarias tienen, en
general, menor fuerza muscular,
flexibilidad, resistencia física y capacidad
pulmonar; su eliminación de lípidos es
más baja y su resistencia ósea es menor.
48. • Caminar con vigor, andar en bicicleta,
patinar, bailar, subir escaleras son
algunos ejemplos de actividad física.
• Iniciar por periodos de , 10 o 15 minutos,
en forma muy suave, lo puede hacer una,
dos o tres veces al día, de acuerdo con su
condición física y tiempo disponibles.
49. • Lo que se necesita para caminar:
• Zapatos cómodos o tenis ligeros con buen
soporte.
• Ropa cómoda de acuerdo con el clima.
• Lugar seguro.
• Hacerlo progresivamente e irse deteniendo si
hay cansancio.
• Permanecer erguido y no inclinarse
demasiado para no entorpecer la respiración.
• Caminar sobre pasto, tierra o en una pista.
• Beber agua durante y después de caminar.
50. • No usar ropa o fajas de goma o plástico.
• No aumentar la distancia de manera brusca.
• No realizar ejercicio estando enfermo.
• Realizar ejercicio de calentamiento.
• No hacer ejercicio después de una comida
abundante o cuando se sienta muy fatigado.
• En caso de presentar problemas como dolor,
palpitaciones, fatiga, deseos de volver el
estómago u otro malestar suspender el
ejercicio.
• Realizar movimientos suaves de
estiramiento, flexibilidad y fuerza en casa u
oficina.
51. Intensidad del ejercicio
• Esta puede ser determinada evaluando la
frecuencia cardiaca alcanzada durante el
ejercicio.
• La frecuencia máxima de un individuo es
aproximadamente 220 menos la edad.
• Para mejorar la capacidad aeróbica, el
ejercicio debe ser ejecutado a una intensidad
que produzca una frecuencia cardiaca de por
lo menos 70% de este máximo.
• La frecuencia cardiaca debe aumentar por lo
menos a 140.
52. FARMACOTERAPIA
• Se recomienda cuando los pacientes tengan un
IMC >30 sin enfermedades concomitantes y el
tratamiento con dieta y ejercicio no han sido
exitosos, o tengan un IMC >27 asociado con
enfermedades concomitantes.
• Están divididos en dos categorías: aquellos que
actúan en SNC y que influyen la conducta
alimentaria, el apetito y otros mecanismos; y los
fármacos que actúan de manera periférica en el
sistema gastrointestinal para inhibir la absorción o
percibir una sensación de plenitud.
53. Sibutramina
• Inhibe la recaptura de serotonina (5HT) y
noradrenalina (norapinefrina) liberadas por las
neuronas hipotalámicas, que están involucradas
en la regulación del balance de energía y por lo
tanto en el peso corporal, por lo que refuerzan y
prolongan la saciedad y limitan la caída de la tasa
metabólica consecuencia de la pérdida de peso.
• Los efectos colaterales son: náusea,
estreñimiento, mareo e insomnio; debido al efecto
que produce en el tono simpático se pueden
observar incrementos pequeños en la presión
sanguínea y frecuencia cardiaca.
54. Orlistat
• Actúa localmente en el tracto gastrointestinal, reduciendo la
absorción de grasa ingerida en aproximadamente 30%,
generando así pérdida de peso.
• La inhibición de la lipasa proporciona la eficiencia del
tratamiento apoyado en la expulsión intestinal de la grasa
ingerida.
• Limita la absorción de grasa y está indicado con una dieta
ligeramente hipocalórica baja en grasa para estimular el
ajuste a la dieta a largo plazo. Al reducir la absorción de
grasa después de su ingestión, puede mantenerse un déficit
de calorías más fácilmente en el largo plazo.
• Si se excede el consumo de grasa (30%) aumenta la
probabilidad de efectos colaterales gastrointestinales.
55. Metformina
• Es un medicamento antihiperglucémico cuyo
mecanismo de acción incluye principalmente
disminución en la producción hepática de
glucosa y aumento en la captación y
utilización de glucosa por los tejidos musculo
esqueléticos.
• Reduce el peso, el perímetro de cintura, los
niveles séricos de insulina y leptina; mejora
el perfil de lípidos así como las cifras de
tensión arterial, se recomienda su uso en
obesos no diabéticos.
56. Norma Oficial Mexicana
NOM-008-SSA3-2010
Tratamiento integral del
sobrepeso y la obesidad
NOM-008-SSA3-2010. Disponible en: http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4127/Salud/Salud.htm
57. Norma Oficial Mexicana
NOM-174-SSA1-1998
Manejo integral de la
obesidad
NOM-174-SSA1-1998. Disponible en: http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/174ssa18.html
58. NOM-008-SSA3-2010. Disponible en: http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4127/Salud/Salud.htm
Introducción
El sobrepeso y la obesidad se
caracterizan por la acumulación
anormal y excesiva de grasa corporal.
• Se acompañan de alteraciones metabólicas que incrementan
el riesgo para desarrollar comorbilidades (HTA, DM,
Cardiovasculares y cerebrovasculares; neoplasias mama,
endometrio, colon y próstata).
59. NOM-008-SSA3-2010. Disponible en: http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4127/Salud/Salud.htm
Introducción
La incidencia y prevalencia del
sobrepeso han aumentado de manera
progresiva durante los últimos decenios
y de modo alarmante en los últimos 20
años, hasta alcanzar cifras de:
• 10-20% infancia
• 30-40% adolescencia
• 60-70% adultos
60. NOM-008-SSA3-2010. Disponible en: http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4127/Salud/Salud.htm
Introducción
Su etiología es multifactorial y su
tratamiento debe ser apoyado en un
grupo multidisciplinario.
• Para la correcta interpretación de la
norma se tomaron en cuenta principios
científicos y éticos que orientan la
práctica médica, nutriológica y
psicológica. Además, podrán participar
otros profesionales, técnicos y
auxiliares de las disciplinas para la
salud.
61. NOM-008-SSA3-2010. Disponible en: http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4127/Salud/Salud.htm
Objetivo
Establece criterios sanitarios para
regular el tratamiento integral del
sobrepeso y la obesidad.
Establece los
lineamientos
sanitarios para regular
el manejo integral de
la obesidad.
62. Campo de aplicación
Profesionales, técnicos y auxiliares en
el área de la salud, así como los
establecimientos de atención médica
ambulatoria y hospitalaria que ostenten
y oferten servicios para el tratamiento
del sobrepeso y la obesidad
NOM-008-SSA3-2010. Disponible en: http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4127/Salud/Salud.htm
63. Referencias
• 3.1. NOM-015-SSA2-1994 –diabetes-.
• 3.2. NOM-030-SSA2-2009 –HTAS-.
• 3.3. NOM-043-SSA2-2005 -salud alimentaria-.
• 3.4. NOM-168-SSA1-1998 -expediente clínico-
• 3.5. NOM-178-SSA1-1998 –Unidades médicas
ambulatorios-.
• 3.6. NOM-197-SSA1-2000 -Hospitales y
consultorios de atención médica especializada-
NOM-008-SSA2-1993, Control de la nutrición,
crecimiento y desarrollo del niño y del
adolescente.
64. Disposiciones generales
• Todo paciente con sobrepeso u obesidad requerirá de
un tratamiento integral, en términos de lo previsto en
esta norma.
• Tratamiento integral, al conjunto de acciones que se
realizan a partir del estudio completo e individualizado
del paciente con sobrepeso u obesidad, incluye el
tratamiento médico, nutricio, psicológico, régimen de
actividad física y ejercicio; en su caso, quirúrgico,
orientado a lograr un cambio en el estilo de vida y a
disminuir o erradicar los riesgos para la salud, corregir
las comorbilidades y mejorar la calidad de vida del
paciente.
• Paciente pediátrico*
65. El tratamiento médico-quirúrgico, nutriológico y
psicológico del sobrepeso y la obesidad, deberá
realizarse bajo lo siguiente:
• Se ajustará a los principios científicos y éticos que
orientan la práctica médica;
• Deberá estar respaldado científicamente en
investigación clínica, especialmente de carácter
individualizado en la dieto-terapia, psicoterapia,
fármaco-terapia y el tratamiento médico quirúrgico;
• El médico será el responsable del tratamiento integral
del paciente con sobrepeso u obesidad, el licenciado
en nutrición y el psicólogo serán responsables del
tratamiento en sus respectivas áreas de competencia
profesional;
• El tratamiento indicado deberá entrañar menor riesgo
potencial con relación al beneficio esperado;
66. • Deberán evaluarse las distintas
alternativas de tratamiento disponibles,
conforme a las necesidades específicas
del paciente, ponderando especialmente
las enfermedades concomitantes y
comorbilidades que afecten su salud
[efectos secundarios]
• Se deberá obtener carta de
consentimiento informado del
interesado, familiar, tutor o su
representante legal.
67. • Todo tratamiento deberá prescribirse previa
evaluación del estado de nutrición, con base
en indicadores clínicos, dietéticos,
bioquímicos y antropométricos que incluyan:
Condicione IMC y perímetro de cintura y cadera.
s previas
del
• Todas las acciones terapéuticas se deberán
paciente. apoyar en medidas psicoconductuales y
nutriológicas para modificar conductas
alimentarias nocivas a la salud. Asimismo,
se debe incluir un programa individualizado
de actividad física y ejercicio adecuado a la
condición clínica y física de cada paciente.
68. • Los medicamentos e insumos para la salud
empleados en el tratamiento, deberán contar con
registro que al efecto emita la Secretaría de
Salud.
• La elaboración del expediente clínico y de las
notas de atención médica, nutriológica o
psicológica, en el ámbito institucional o de la
consulta independiente o no ligada a un
establecimiento hospitalario.
• Los establecimientos de atención médica
ambulatoria y hospitalaria de los sectores público,
social y privado que proporcionan servicios para el
tratamiento del sobrepeso y la obesidad, en su
caso, podrán solicitar la evaluación de la
conformidad respecto de esta norma, ante los
organismos aprobados para dicho propósito.
69. Disposiciones específicas
El personal profesional que intervenga en el
tratamiento integral del paciente con sobrepeso u
obesidad, deberá cumplir los requisitos siguientes:
• Tener título y cédula profesional de médico,
nutriólogo o psicólogo, legalmente expedidos y
registrados ante las autoridades educativas
competentes;
• Cuando se trate de personal profesional que se
ostente como médico especialista, deberá contar
con certificado de especialización y cédula
legalmente expedidos y registrados por la
autoridad educativa competente;
•
70. • En el caso de estudios realizados en el
extranjero, éstos deberán ser revalidados ante
la autoridad educativa competente.
• En el caso de los psicólogos, licenciados en
nutrición y otros profesionales de la salud que
cuenten con un posgrado en nutrición, deberán
contar con formación académica en el área
clínica.
• El personal técnico de las disciplinas de la salud
que participe en el tratamiento integral del
paciente con sobrepeso u obesidad, deberá
contar con diploma legalmente expedido y
registrado por las autoridades educativas
competentes.
71. • La participación del personal técnico y auxiliar en el
tratamiento integral del sobrepeso u obesidad, será
exclusivamente en apoyo a los profesionales de las áreas
de medicina, nutrición y psicología, por lo que no podrá
actuar de manera independiente, ni prescribir, realizar o
proporcionar, por sí, tratamiento alguno.
• Todo aquel establecimiento público, social o privado,
que se ostente y ofrezca servicios para la atención del
paciente con sobrepeso u obesidad, deberá contar con
responsable sanitario, así como aviso de
funcionamiento o licencia sanitaria, según sea el caso,
atendiendo a lo que establezcan las disposiciones legales
aplicables para tal efecto.
72. Del tratamiento médico
FARMACOLÓGICO
• El médico será el único profesional de la salud que
prescriba medicamentos en los casos que así se
requiera, en términos de lo previsto en esta norma.
• Cuando exista evidencia de falta de respuesta al
tratamiento dietoterapéutico, a la prescripción de
actividad física y ejercicio en un periodo de al menos
tres meses en pacientes con IMC de 30 kg/m² o más,
con o sin comorbilidades o en pacientes con IMC
superior a 27 kg/m² con una o más comorbilidades, se
podrán prescribir medicamentos para el tratamiento
del sobrepeso y la obesidad.
73. • Cada medicamento utilizado deberá estar
justificado bajo criterio médico, de manera
individualizada.
• El médico tratante deberá informar y explicar al
paciente, las características del medicamento que
le fue prescrito, nombre comercial y genérico,
dosificación, duración del tratamiento, interacción
con otros medicamentos, así como las posibles
reacciones adversas y efectos colaterales.
• La expedición de la receta y el registro en la nota
médica del expediente clínico correspondiente,
deberán realizarse de acuerdo con las
disposiciones sanitarias y la normatividad
aplicables.
74. QUIRÚRGICO
• Estará indicado en los individuos adultos con IMC
mayor o igual a 40 kg/m² o mayor o igual a 35 kg/m²
asociados a comorbilidad, cuyo origen en ambos
casos no sea puramente de tipo endócrino. Deberá
existir el antecedente de tratamiento médico integral
reciente, por más de 18 meses sin éxito; salvo
ocasiones cuyo riesgo de muerte, justifique el no
haber tenido tratamiento previo.
• La indicación de tratamiento quirúrgico de la
obesidad, deberá ser resultado de la decisión de un
equipo de salud multidisciplinario; conformado, en su
caso, por; cirujano, anestesiólogo, nutriólogo,
endocrinólogo, cardiólogo y psicólogo, esta indicación
deberá estar asentada en una nota médica.
75. • En el caso de las personas de 16 a 18 años, se podrá
realizar tratamiento quirúrgico exclusivamente en
aquellas que hayan concluido su desarrollo físico,
psicológico y sexual, en establecimientos de atención
médica de alta especialidad, como parte de protocolos
de investigación, revisados y aprobados por una
Comisión de Etica, bajo la atención de equipos
multidisciplinarios y sólo si presentan comorbilidades
importantes.
76. • La selección del tipo de técnica quirúrgica para
el tratamiento de la obesidad, deberá estar
basada y justificada en la evaluación de un
equipo de salud multidisciplinario.
• Todo paciente con obesidad severa, candidato a
cirugía, no podrá ser intervenido
quirúrgicamente sin antes haber sido estudiado
en forma completa, con historia clínica, análisis
de laboratorio y gabinete, valoración
nutriológica, cardiovascular, anestesiológica y
cualquier otra necesaria.
77. • El médico cirujano tendrá la obligación de informarle
al paciente respecto a los procedimientos quirúrgicos
a realizar, sus ventajas y riesgos.
• El paciente deberá firmar la Carta de
Consentimiento bajo Información, en los términos
que establece la Norma Oficial Mexicana Del
expediente clínico.
• Las unidades hospitalarias donde se realicen actos
quirúrgicos para el manejo integral de la obesidad,
deberán contar con todos los insumos necesarios
para satisfacer los requerimientos de una cirugía
mayor en pacientes de alto riesgo.
1998
78. • Los diferentes tipos de instrumentos, equipos, prótesis
y demás insumos a utilizar, deberán estar autorizados
ante la Secretaría de Salud.
• El médico tratante deberá comprobar, ser especialista
en cirugía general o cirugía gastroenterológica, haber
recibido adiestramiento en cirugía de obesidad,
conocer el manejo integral del paciente obeso y
comprometerse junto con el equipo multidisciplinario a
hacer seguimiento del paciente operado.
1998
79. DEL TRATAMIENTO ENDOSCÓPICO
• El uso de procedimientos endoscópicos, estará
indicado en pacientes con IMC mayor o igual a 40
kg/m² o mayor o igual a 35 kg/m² asociados a
comorbilidad y en pacientes de alto riesgo que
requieran una reducción de peso previa al
tratamiento quirúrgico, así como en aquellos que se
encuentren en un programa de manejo
multidisciplinario y no acepten un tratamiento
quirúrgico.
• La indicación de tratamiento endoscópico de la
obesidad, deberá ser resultado de la evaluación de un
equipo de salud multidisciplinario, conformado al
menos por: cirujano, anestesiólogo, médico internista,
licenciado en nutrición y psicólogo clínico; esta
indicación deberá estar asentada en una nota médica.
2010
80. • Las técnicas quirúrgicas utilizadas para el tratamiento
de la obesidad, deben ofrecer al paciente las mejores
alternativas y beneficios para el manejo y control de la
obesidad, así como su comorbilidad, con el menor
riesgo posible en las etapas pre, trans y
postquirúrgicas.
• El médico tratante deberá comprometerse, en
coordinación con el equipo multidisciplinario, a hacer
seguimiento del paciente intervenido quirúrgicamente.
El tiempo, frecuencia y características del
seguimiento, dependerán de la técnica quirúrgica
utilizada y de la respuesta del paciente.
81. Del manejo nutricio
Participación del nutriólogo:
• Valoración nutricia: evaluación del estado nutricio
mediante indicadores clínicos, dietéticos,
antropométricos, pruebas de laboratorio y estilos de
vida.
• Plan de cuidado nutricio: elaboración del plan
alimentario, orientación alimentaria, asesoría
nutriológica y recomendaciones para el
acondicionamiento físico y para los hábitos
alimentarios.
82. • Control: seguimiento de la evaluación,
conducta alimentaria y reforzamiento de
acciones.
• La dieta deberá ser individualizada,
atendiendo a las circunstancias especiales
de cada paciente, en términos de los
criterios mencionados en el presente
ordenamiento.
84. De la infraestructura y equipamiento
Los establecimientos donde se oferte tratamiento no
quirúrgico del sobrepeso y la obesidad, deberán
cumplir con los requisitos mínimos de infraestructura
y equipamiento, de acuerdo con la función del
establecimiento, siendo indispensable que cuenten
con lo siguiente:
• Báscula clínica con estadímetro
• Cinta antropométrica
• Los demás que fijen las disposiciones sanitarias.
85. Medidas restrictivas
Queda prohibido:
• Prescribir tratamientos de cualquier tipo, por personal
técnico o auxiliar de la salud o cualquier otro
profesional no facultado para ello.
• Indicar tratamientos y productos que no tengan
sustento científico, que provoquen pérdida de peso
acelerado, más de un kilogramo por semana y que
pongan en peligro la salud o la vida del paciente.
86. • Utilizar procedimientos que no hayan sido aprobados
mediante investigación clínica o reporte casuístico, así
como la prescripción de medicamentos que no
cuenten con el registro sanitario correspondiente.
• Manejar tratamientos estandarizados.
• Usar diuréticos, hormonas tiroideas, anorexígenos,
vacunas, extractos tiroideos, inyecciones de enzimas,
aminoácidos lipolíticos y otros productos similares, para
el tratamiento del sobrepeso y la obesidad.
87. • Prescribir fármacos de manera generalizada para
el tratamiento del sobrepeso y la obesidad. En
pacientes menores de 18 años, sólo se podrán
prescribir dentro de protocolos de manejo o de
investigación, registrados y aprobados por las
Comisiones de Etica o Investigación
institucionales.
• Utilizar técnicas no convencionales para el
tratamiento del sobrepeso y la obesidad, en tanto
no hayan sido probadas mediante un protocolo de
investigación; de ser el caso, este hecho deberá
registrarse en el expediente clínico.
88. • Indicar como opción de tratamiento el uso de
aparatos de ejercicio electrónicos o mecánicos,
aparatos térmicos, de masaje, baños sauna y
otros equipos que no hayan demostrado su
eficacia terapéutica en apoyo al tratamiento
médico del sobrepeso y la obesidad, que
representen un riesgo para la salud.
89. • Indicar productos no autorizados por la
Secretaría de Salud para el tratamiento del
sobrepeso y la obesidad.
• Realizar tratamiento exclusivamente quirúrgico,
sin la evaluación de un equipo multidisciplinario.
Usar la liposucción y la
lipoescultura como
tratamientos para el
sobrepeso y la obesidad.
90. De la publicidad
• No anunciar la curación definitiva.
• No hacer referencia a tratamientos en los que
no se distinga un tratamiento en particular.
• No promover la utilización de medicamentos
secretos o fraccionados.
• No referirse a insumos o tratamientos que no
estén respaldados científicamente en
investigación clínica.
91. • No sustentar tratamientos en aparatos
electrónicos o mecánicos reductores de peso
como opción, ni ofrecer resultados extraordinarios
o milagrosos sin ningún esfuerzo físico, es decir
una actividad física adecuada, ni modificación en
los hábitos de alimentación.
• No promover el uso de anorexígenos, vacunas,
diuréticos, extractos tiroideos, fajas de yeso u
otros materiales, cremas, inyecciones de enzimas,
aminoácidos lipolíticos y otros productos similares,
para el tratamiento del sobrepeso y la obesidad.
92. • No inducir la automedicación.
• La publicidad deberá estar orientada a inducir
al paciente obeso o con sobrepeso, a que
acuda con un médico, nutriólogo o psicólogo
para que se determine la causa del problema y
prescriba el tratamiento adecuado; cualquiera
de los tres profesionales mencionados, podrán
anunciarse y publicitarse en el tratamiento
del sobrepeso y la obesidad,
según su formación, materia
y área de intervención.