SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 16
Descargar para leer sin conexión
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
INTEGRANTE:
ROSANGELA SIRA BRANDT
C.I 14.997766
Sección: SAIA B
Cátedra: Derecho Procesal Penal I
Profesora: Abg. Francisco Peña
BARQUISIMETO, ENERO 2017
Inspecciones
Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones
Experticia.
Derecho Procesal Penal I
Inspecciones
¿Qué Es?
Fundamentalmente, es el
medio probatorio por el cual el
funcionario (policía, fiscal o juez)
percibe una materialidad del hecho
directamente con sus sentidos, es
decir, sin intermediarios, lo cual
puede ser útil para la reconstrucción
conceptual de ese hecho que se
investiga, para lo que debe dejar
constancia descriptiva y objetiva de
esa inspección. Seguidamente, Se
trata de la verificación de los hechos
materiales de cualquier clase, se trata
de acreditar no sólo hechos sino el
estado de las personas o cosas.
Doctrinalmente
DEVIS ECHANDÍA
expresaba que se entendía por
inspección o reconocimiento
judicial:
Una diligencia procesal, practicada
por un funcionario judicial, con el
objeto de obtener argumentos de
prueba para la formación de su
convicción, mediante el examen y
la observación con sus propios
sentidos, de hechos ocurridos
durante la diligencia o antes pero
que subsisten o de rastros o
huellas de hechos pasados, y en
ocasiones de su reconstrucción.
Artículo
186 del
COPP
Popoli (2007), Señala Una De Las Características
Resaltantes De La Inspección Como Técnica De Investigación
 Solo es posible a los delitos de acción material (homicidio, hurtos, robos, secuestros,
sabotajes), por cuanto se encuentra basada en el principio de "impacto “esto es, las
huellas dejadas por estos hechos delictivos al ser perpetrados.
 Aquellos delitos como desacato, perjurio son solo delitos denominados inmateriales,
debido a que los mismos son meras conductas activas o pasivas las cuales no alteran el
medio físico.
 También es necesario acotar que el lugar objeto de inspección no solo es aquel en el cual
se ha cometido el delito, sino también todos aquellos lugares en los cuales puedan
aparecer evidencias de su perpetración, tales como el sitio de liberación de un cadáver.
 Cuando ha de practicarse la inspección en lugares públicos, los investigadores no
necesitarán cumplir previamente requisito legal alguno, pero si han de realizarse en sitios
o lugares privados, equivalen a unos allanamientos, regulados también por el Código
Orgánico Procesal Penal.
Objeto de la Inspección
La finalidad de esta técnica
de investigación es descubrir o revelar,
producir, transportar, conservar y
estudiar las huellas, señales o rastros
que aparezcan en el lugar de los
hechos, con el fin de comprobar las
circunstancias y modalidades de un
hecho punible o accidente; descubrir
el autor o autores, demostrar su
presencia allí, por ende, su
responsabilidad frente al hecho que se
investiga, aportando especiales
elementos de juicio para probar los
elementos del delito, tales como la
tipicidad, antijuridicidad y
culpabilidad.
Tipos de Inspección
1. Inspección de Personas, La
inspección de personas se
encuentra establecida en el artículo
191 del Código Orgánico Procesal
Penal.
2. Inspección de Vehículo: Según el
artículo 193 del Código Orgánico
Procesal Penal.
3. Registro: De acuerdo con el
contenido textual del artículo 194
del Código Orgánico Procesal Penal
que regula los registros.
4. Examen Corporal y Mental: Según
el artículo 195 del Código Orgánico
Procesal Penal
Inspecciones
Inspecciones Registro de Inspecciones Examen
Definición Se trata de la verificación de los
hechos materiales de cualquier
clase, se trata de acreditar no sólo
hechos sino el estado de las
personas o cosas
Se trata de la revisión efectuada por
parte de los funcionarios públicos a
cierto lugar donde se sospeche de
alguna situación de interés para el
procedimiento.
Corporal Mental
Se trata de una
inspección del
cuerpo de la
persona en
cuestión
Se trata de una
inspección
mental de la
persona en
cuestión
Características  Trata de reconstruir hechos.
 Puede ser practicada a sitios
nocturnos, vehículos o personas.
 Se trata de una revisión directa
de los funcionarios.
 Se realiza en presencia de
testigos.
 Se realiza a menos que sea
obligatoria una orden de
allanamiento.
 Cuida el respeto del pudor del
imputado.
 Se puede practicar con la ayuda
de expertos.
 Pueden asistir personas de
confianza del imputado
Similitudes  Persigue el fin de inspeccionar
para llegar a la verdad.
 Son revisiones directas.
 Persigue el fin de inspeccionar
para llegar a la verdad.
 Son revisiones directas
 Persigue el fin de inspeccionar
para llegar a la verdad.
 Son revisiones directas.
Diferencias  Pueden ser inspeccionados
tanto personas como objetos.
 Es realizado en presencia de
testigos.
 Pueden ser inspeccionados
tanto personas como objetos.
 Es realizado en presencia de
testigos
 Pueden ser inspeccionados
solamente las personas.
 Puede ser realizado en presencia
de un familiar o persona de
confianza.
Allanamiento
 Requiere de la autorización de un juez.
 Se realiza en pro de búsqueda de
pruebas que impliquen al investigado.
 Es realizado por funcionarios públicos.
Similitudes
 Son ordenadas para inspeccionar un
lugar que tenga que ver con algún delito
o la perpetración del mismo.
 Se requiere de la orden de un juez.
CaracterísticasSe trata de aquel acto
donde los funcionarios públicos
autorizados por el juez, pueden
ingresar a realizar pesquisas a un
determinado hogar o local publico con
el fin de encontrar pruebas de ayuda a
resolver el proceso en cuestión.
Establece todos los requisitos que
debe contener la orden judicial para
los funcionarios poder ingresar a un
lugar privado. Establece las pautas a
seguir para la consumación del
proceso requerido, es decir el
procedimiento a seguir por los
funcionarios para practicar el
respectivo allanamiento. Se trata de
lugares de esparcimiento publico, u
oficinas administrativas
¿Cuándo Se Puede
Ejecutar Un
Allanamiento?
 Cuando existe una orden
judicial.
 Cuando están presente
algunas de las excepciones
Que establece la ley.
En términos prácticos son dos cosas distintas.
 La inspección se encuentra vinculada a la fijación y descripción de lugares y cosas, y que su
finalidad principal persigue dejar sentado sus materialidades para el momento específico en que
son examinados, de forma accesoria o secundaria puede acompañarse de la actividad de registro
exhaustivo y sistemático en la búsqueda de evidencias, rastros o huellas de interés criminalístico.
 Por el contrario el allanamiento, pretende de forma principal la captación de evidencias en
moradas o recintos privados, por ello está asociado de forma primaria a la actividad de registro
exhaustivo y sistemático en la búsqueda de evidencias de interés criminalístico.
A. Para impedir la
perpetración o
continuidad de un
delito.
B. Cuando se trate de
personas a quien se
persigue para su
aprehensión.
Art.189.COPP
Diferencia Entre Inspección
Y Allanamiento:
Incautación De Correspondencia
Es el mecanismo que establece que en el curso de la investigación de un hecho delictivo, el
Ministerio Público, con autorización previa del Juez de Control, podrá incautar la correspondencia y otros
documentos que se presuman emanados del autor del hecho punible o dirigidos por él, que guarde relación con
los hechos investigados.
De igual modo, el Ministerio Público podrá solicitar y el tribunal de control ordenar la incautación
de documentos, títulos, valores y cantidades de dinero, disponibles en cuentas bancarias o en cajas de
seguridad de los bancos o en poder de terceros, cuando existan fundamentos razonables para deducir que ellos
guardan relación con el hecho delictivo investigado.
Ocupación e Intercepción de Correspondencia y
Comunicaciones
Comporta una actividad indagatoria que requiere autorización judicial, a tenor de lo que
señala el artículo 48 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se garantiza el
secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas.
La norma Constitucional advierte que no podrán ser interferidas sino por orden de un
tribunal de control, previo el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el secreto de
lo privado.
La Figura De La Incautación
No es otra cosa que el apoderamiento o toma de posesión que en virtud de atribuciones legales lleva a
cabo una autoridad competente, se utiliza cuando el Ministerio Público en el curso de una investigación
estima que se hace necesario la obtención de correspondencia y otros documentos que se presuman
emanados de los partícipes o dirigidos a ellos, y que pueden guardar relación con el hecho punible
Artículo. 205
Interceptación o grabación de comunicaciones privadas Podrá disponerse, conforme a la ley, la
interceptación o grabación de comunicaciones privadas, sean éstas ambientales, telefónicas o realizadas
por cualquier otro medio, cuyo contenido se transcribirá y agregará a las actuaciones. Se conservarán
las fuentes originales de grabación, asegurando su inalterabilidad y su posterior identificación
Urgencia
Los órganos policiales pueden solicitar directamente al juez de control la respectiva orden,
previa autorización, por cualquier medio, del Ministerio Público.
Testimonios
Es la experiencia que relata el testigo ante autoridad competente sobre el conocimiento
concreto que tenga, por percepción sensorial directa, de un objeto o hecho pasado que tiene interés
probatoria. El testimonio solo puede ser rendido por una persona física que haya sido citado o que
comparezca espontáneamente al proceso con el fin de poner en conocimiento de la autoridad lo que
percibió de manera sensorial y directa ; y es que en efecto, la percepción sensorial debe ser directa
porque aún cuando podemos hablar de testigo indirecto esto no es de la esencia del testimonio sino
una narración desnaturalizada del hecho.
Artículo. 208
Debe ser conducente al esclarecimiento del
hecho objeto de investigación, pues de lo
contrario será un testimonio inconducente,
esto es ajeno al proceso
.
Excepción al deber de
concurrir al tribunal Artículo
209 del COPP
Deber de Concurrir y Prestar Declaración
Todo habitante del país o persona que se
halle en el tendrá el deber de concurrir a la
citación practicada por un tribunal con el
fin de que preste declaración testimonial,
de declarar la verdad de cuanto sepa.
Artículo. 206
La decisión del Juez que acuerde la intervención, deberá ser motivada y en la misma se harán constar
todos los extremos de este artículo.
El Juez cuidará que la diligencia se lleve a efecto en condiciones
que no representen riesgos o molestias para el reconocedor.
No Están Obligados A Declarar Art .210.
1. El cónyuge, o la persona con quien el imputado tenga relación estable de hecho; sus ascendientes y
descendientes y demás parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, sus padres
adoptantes y su hijo adoptivo o hija adoptiva. 2. Los ministros o ministras de cualquier culto respecto de las noticias
que se le hubieren revelado en el ejercicio de las funciones propias de su ministerio. 3. Los abogados respecto de las
instrucciones y explicaciones que reciban de sus clientes. 4. Los médicos y demás profesionales de la salud con
relación a sus pacientes.
Art. 216: Reconocimiento Del Imputado O Imputada
Cuando cualquiera de las partes o la víctima, estime necesario el reconocimiento del imputado, pedirá al Juez la
práctica de esta diligencia. En tal caso se solicitará previamente al testigo que haya de efectuarlo la descripción del
imputado y de sus rasgos más característicos
Experticia
¿Qué Es?
Alude a sus realizadores, es decir, a los
expertos, por lo que no se puede hablar de
experticia sin la indispensable vinculación con el
experto, quien será considerado así según los
caracteres que lo definan previa y debidamente
verificados.
De este modo, el artículo 198 del
Código Orgánico Procesal Penal, si bien establece
la “Libertad de prueba”, también establece que su
incorporación al debate se hará conforme a las
disposiciones del Código, estableciendo con
especial desarrollo legislativo, específicamente en
el Capítulo II del citado Código, denominado “De
los Requisitos de la Actividad Probatoria”, la
prueba de experticia.
.
Característica De La
Prueba De Experticia
Es una Prueba
Pericial, un medio de prueba
Utilizada para comprobar
determinados hechos. Por ende,
aquella actividad o elementos
de prueba que desarrollan las
partes con el tribunal para
adquirir el convencimiento de la
verdad o certeza de un hecho o
afirmación fáctica o para fijarlos
como ciertos a los efectos de un
proceso.
Artículo. 223
“El Ministerio Público realizará u ordenará la práctica de experticias cuando para el examen de una
persona u objeto, o para descubrir o valorar un elemento de convicción, se requieran conocimiento o
habilidades especiales en alguna ciencia, arte u oficio. El o la Fiscal del Ministerio Público, podrá
señalarle a los o las peritos asignados, los aspectos más relevantes que deben ser objeto de la
peritación, sin que esto sea limitativo, y el plazo dentro del cual presentarán su dictamen”
Clases De Experticias O Peritación
Siguiendo las ideas de Roberto Delgado, tenemos las siguientes clasificaciones de peritación:
A. Según su exigibilidad legal: la peritación puede ser forzosa, cuando la ley exige que sea practicada, por
ejemplo: el COPP contempla en su artículo 128 la experticia psiquiátrica, que obligatoriamente debe ser
practicada, como requisito previo para una declaratoria de incapacidad del imputado (inimputabilidad) por
trastorno mental, a los fines de la suspensión del proceso.
B. Según el momento procesal las peritaciones pueden ser: judiciales o prejudiciales, esto depende de que
ocurran dentro de un proceso o en diligencia procesal previa, como prueba preconstituida.
C. Según la materia: finalmente tenemos los distintos tipos de peritaciones que versan sobre determinadas
materias, que llevan sus particulares procedimientos de examen y análisis, a saber: en materia de drogas y
legitimación de capitales: experticias químicas, botánicas, financieras; sobre documentos: de cotejo,
grafotécnicas, grafoquímicas; sobre personas: en cadáveres, reconocimientos médico-legales, médico-
psiquiátricos (artículo 128 COPP) , autopsias (artículo 216 COPP), psicológicas, hematológicas, sobre vellos o
apéndices capilares, ADN, espermatológicas, dactiloscópicas, etc; En armas y explosivos: de diseños y
comparación balística, de análisis de trazos de disparo (ATD). Aspectos económicos, contables o financieros:
avalúos o reconocimiento sobre bienes muebles o inmuebles; Mecánicas, sobre vehículos y máquinas
El Perito
El cargo de perito es obligatorio y por tanto los designados sólo podrán
excusarse de cumplir con esta función si se encontraren incursos en alguna de
las causales previstas en el Art. 102 del COPP.
Es una persona con conocimientos científicos o artísticos de los que el juez por su específica preparación jurídica,
puede carecer, llamada al especializadas propias de su preparación, algún hecho o circunstancia que han sido
adquiridas con anterioridad por otros medios de averiguación y sean de interés o necesidad para la investigación
Los peritos deberán poseer título en la materia relativa al asunto sobre el cual dictaminarán, siempre que la
ciencia, el arte u oficio estén reglamentados
Conforme A Lo Previsto En El Art. 225 COPP
El Dictamen Pericial Debe Contener
Fundamentalmente, la manera clara y precisa, y el motivo por el cual se practica, la descripción de la
persona o cosa que sea objeto del mismo, en el estado o del modo en que se halle, la relación detallada
de los exámenes practicados, los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del
peritaje realizado, conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte. Debe ser presentado por
escrito, firmado y sellado, sin perjuicio del informe oral en la audiencia Si los informes fueren dudosos,
insuficientes o contradictorios, o cuando el Juez o el Ministerio Público lo estimen pertinente, pueden
ser nombrados uno o más peritos nuevos, de oficio o a petición de parte, para que los examinen, y de
ser el caso los amplíen o repitan. Cuando no pueda establecerse, por causa justificada, el valor real de
los bienes sustraídos o dañados, o el monto de lo defraudado, el fiscal encargado de la investigación o
el juez, podrán solicitar a los peritos una regulación prudencial
Esta regulación podrá ser variada en el curso del procedimiento, si aparecen nuevos elementos de
convicción que así lo justifiquen.
Rosangela Sira
C.I.N: 14997766

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Organos de investigación penal_IAFJSR
Organos de investigación penal_IAFJSROrganos de investigación penal_IAFJSR
Organos de investigación penal_IAFJSRMauri Rojas
 
Mary fonseca El deslinde de propiedad contiguas
Mary fonseca El deslinde de propiedad contiguasMary fonseca El deslinde de propiedad contiguas
Mary fonseca El deslinde de propiedad contiguasmaryfonseca2325
 
Interdictos
InterdictosInterdictos
InterdictosBeckeli7
 
El derecho internacional privado y las sucesiones
El derecho internacional privado y las sucesionesEl derecho internacional privado y las sucesiones
El derecho internacional privado y las sucesionesales1990
 
Delitos Contra la Libertad dentro de la Legislación Venezolana
Delitos Contra la Libertad dentro de la Legislación Venezolana Delitos Contra la Libertad dentro de la Legislación Venezolana
Delitos Contra la Libertad dentro de la Legislación Venezolana Franklin Jose Ortiz
 
Poder de los jueces agrarios en Venezuela
Poder de los jueces agrarios en Venezuela Poder de los jueces agrarios en Venezuela
Poder de los jueces agrarios en Venezuela Andres Martinez
 
Procedimiento breve
Procedimiento breveProcedimiento breve
Procedimiento brevehumbertopb
 
Procedimiento de expropiación en venezuela
Procedimiento de expropiación en venezuelaProcedimiento de expropiación en venezuela
Procedimiento de expropiación en venezuelaAlexlnn
 
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandaCuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandamarianela vasquez
 
fase intermedia en el proceso penal venezolano
fase intermedia en el proceso penal venezolanofase intermedia en el proceso penal venezolano
fase intermedia en el proceso penal venezolanoRubén Flores Montesinos
 
Revocación e ineficacia del testamento o sus disposiciones
Revocación e ineficacia del testamento o sus disposicionesRevocación e ineficacia del testamento o sus disposiciones
Revocación e ineficacia del testamento o sus disposicionesJhonmer Briceño
 
1 contratos de enfiteusis, la permuta y la donación cuadro comparativo-stalin
1 contratos de enfiteusis, la permuta y la donación  cuadro comparativo-stalin 1 contratos de enfiteusis, la permuta y la donación  cuadro comparativo-stalin
1 contratos de enfiteusis, la permuta y la donación cuadro comparativo-stalin yenny mar g
 
Reconocimiento instrumento privado
Reconocimiento instrumento privadoReconocimiento instrumento privado
Reconocimiento instrumento privadoedimar sivira
 
Historia de la doctrina del derecho internacional privado
Historia de la doctrina del derecho internacional privadoHistoria de la doctrina del derecho internacional privado
Historia de la doctrina del derecho internacional privadoninoska brito
 
Ejecucion de la sentencia costas procesales slideshare
Ejecucion de la sentencia  costas procesales slideshareEjecucion de la sentencia  costas procesales slideshare
Ejecucion de la sentencia costas procesales slidesharemariacastillou
 

La actualidad más candente (20)

Organos de investigación penal_IAFJSR
Organos de investigación penal_IAFJSROrganos de investigación penal_IAFJSR
Organos de investigación penal_IAFJSR
 
Ejecucion de la hipoteca
Ejecucion de la hipotecaEjecucion de la hipoteca
Ejecucion de la hipoteca
 
Mary fonseca El deslinde de propiedad contiguas
Mary fonseca El deslinde de propiedad contiguasMary fonseca El deslinde de propiedad contiguas
Mary fonseca El deslinde de propiedad contiguas
 
Interdictos
InterdictosInterdictos
Interdictos
 
El derecho internacional privado y las sucesiones
El derecho internacional privado y las sucesionesEl derecho internacional privado y las sucesiones
El derecho internacional privado y las sucesiones
 
Delitos Contra la Libertad dentro de la Legislación Venezolana
Delitos Contra la Libertad dentro de la Legislación Venezolana Delitos Contra la Libertad dentro de la Legislación Venezolana
Delitos Contra la Libertad dentro de la Legislación Venezolana
 
Poder de los jueces agrarios en Venezuela
Poder de los jueces agrarios en Venezuela Poder de los jueces agrarios en Venezuela
Poder de los jueces agrarios en Venezuela
 
Inspeccion judicial
Inspeccion judicialInspeccion judicial
Inspeccion judicial
 
Accion penal
Accion penalAccion penal
Accion penal
 
Expropiacion
ExpropiacionExpropiacion
Expropiacion
 
Procedimiento breve
Procedimiento breveProcedimiento breve
Procedimiento breve
 
Procedimiento de expropiación en venezuela
Procedimiento de expropiación en venezuelaProcedimiento de expropiación en venezuela
Procedimiento de expropiación en venezuela
 
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandaCuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
 
fase intermedia en el proceso penal venezolano
fase intermedia en el proceso penal venezolanofase intermedia en el proceso penal venezolano
fase intermedia en el proceso penal venezolano
 
Revocación e ineficacia del testamento o sus disposiciones
Revocación e ineficacia del testamento o sus disposicionesRevocación e ineficacia del testamento o sus disposiciones
Revocación e ineficacia del testamento o sus disposiciones
 
1 contratos de enfiteusis, la permuta y la donación cuadro comparativo-stalin
1 contratos de enfiteusis, la permuta y la donación  cuadro comparativo-stalin 1 contratos de enfiteusis, la permuta y la donación  cuadro comparativo-stalin
1 contratos de enfiteusis, la permuta y la donación cuadro comparativo-stalin
 
Reconocimiento instrumento privado
Reconocimiento instrumento privadoReconocimiento instrumento privado
Reconocimiento instrumento privado
 
Sujetos procesales
Sujetos procesalesSujetos procesales
Sujetos procesales
 
Historia de la doctrina del derecho internacional privado
Historia de la doctrina del derecho internacional privadoHistoria de la doctrina del derecho internacional privado
Historia de la doctrina del derecho internacional privado
 
Ejecucion de la sentencia costas procesales slideshare
Ejecucion de la sentencia  costas procesales slideshareEjecucion de la sentencia  costas procesales slideshare
Ejecucion de la sentencia costas procesales slideshare
 

Destacado

Presentacion
PresentacionPresentacion
PresentacionRonaldL8
 
MIGUELAINITH JOSE GONZALEZ TOVAR
MIGUELAINITH JOSE GONZALEZ TOVARMIGUELAINITH JOSE GONZALEZ TOVAR
MIGUELAINITH JOSE GONZALEZ TOVARterranovaw
 
Las Infografías - Estrategia y Diseño - Parte 2
Las Infografías - Estrategia y Diseño - Parte 2Las Infografías - Estrategia y Diseño - Parte 2
Las Infografías - Estrategia y Diseño - Parte 2InfoSol
 
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones y...
Inspecciones  Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones  y...Inspecciones  Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones  y...
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones y...Rosangela Sira
 
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones y...
Inspecciones  Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones  y...Inspecciones  Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones  y...
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones y...Rosangela Sira
 
karmiña mendez escobar.- Mapa mental
karmiña mendez escobar.- Mapa mentalkarmiña mendez escobar.- Mapa mental
karmiña mendez escobar.- Mapa mentalterranovaw
 
Temas 14 15 y 16 derecho probatorio
Temas 14 15 y 16 derecho probatorioTemas 14 15 y 16 derecho probatorio
Temas 14 15 y 16 derecho probatorioEricson Rodriguez
 
Mercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho ConcursalMercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho ConcursalRosangela Sira
 
El trabajo como hecho social
El trabajo como hecho socialEl trabajo como hecho social
El trabajo como hecho socialliviasol
 
Elementos esenciales de la relación jurídica tributaria
Elementos esenciales de la relación jurídica tributariaElementos esenciales de la relación jurídica tributaria
Elementos esenciales de la relación jurídica tributariaMEDUARDOGIL
 
Relacion juridica tributaria y el domicilio tributario , mapa mental
Relacion juridica tributaria y el domicilio tributario  , mapa mentalRelacion juridica tributaria y el domicilio tributario  , mapa mental
Relacion juridica tributaria y el domicilio tributario , mapa mentalRosangela Vivas
 
Portada fermin toro
Portada fermin toroPortada fermin toro
Portada fermin toroaurelis_rod
 
Tema 2smjgm2009
Tema 2smjgm2009Tema 2smjgm2009
Tema 2smjgm2009Rut Reymy
 
Las experticias criminalistica
Las  experticias criminalisticaLas  experticias criminalistica
Las experticias criminalisticaAna Virguez
 
Unidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributaria
Unidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributariaUnidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributaria
Unidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributariaLorayne finol
 
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Joselyn Castañeda
 
Tipos de investigacion y diseño de investigacion
Tipos de investigacion y diseño de investigacionTipos de investigacion y diseño de investigacion
Tipos de investigacion y diseño de investigacionwendyhuamanv
 
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShareSlideShare
 

Destacado (20)

Presentacion
PresentacionPresentacion
Presentacion
 
MIGUELAINITH JOSE GONZALEZ TOVAR
MIGUELAINITH JOSE GONZALEZ TOVARMIGUELAINITH JOSE GONZALEZ TOVAR
MIGUELAINITH JOSE GONZALEZ TOVAR
 
Las Infografías - Estrategia y Diseño - Parte 2
Las Infografías - Estrategia y Diseño - Parte 2Las Infografías - Estrategia y Diseño - Parte 2
Las Infografías - Estrategia y Diseño - Parte 2
 
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones y...
Inspecciones  Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones  y...Inspecciones  Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones  y...
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones y...
 
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones y...
Inspecciones  Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones  y...Inspecciones  Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones  y...
Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia , Comunicaciones y...
 
karmiña mendez escobar.- Mapa mental
karmiña mendez escobar.- Mapa mentalkarmiña mendez escobar.- Mapa mental
karmiña mendez escobar.- Mapa mental
 
Temas 14 15 y 16 derecho probatorio
Temas 14 15 y 16 derecho probatorioTemas 14 15 y 16 derecho probatorio
Temas 14 15 y 16 derecho probatorio
 
Mercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho ConcursalMercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho Concursal
 
El trabajo como hecho social
El trabajo como hecho socialEl trabajo como hecho social
El trabajo como hecho social
 
Elementos esenciales de la relación jurídica tributaria
Elementos esenciales de la relación jurídica tributariaElementos esenciales de la relación jurídica tributaria
Elementos esenciales de la relación jurídica tributaria
 
Relacion juridica tributaria y el domicilio tributario , mapa mental
Relacion juridica tributaria y el domicilio tributario  , mapa mentalRelacion juridica tributaria y el domicilio tributario  , mapa mental
Relacion juridica tributaria y el domicilio tributario , mapa mental
 
Portada fermin toro
Portada fermin toroPortada fermin toro
Portada fermin toro
 
Tema 2smjgm2009
Tema 2smjgm2009Tema 2smjgm2009
Tema 2smjgm2009
 
Las experticias criminalistica
Las  experticias criminalisticaLas  experticias criminalistica
Las experticias criminalistica
 
Unidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributaria
Unidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributariaUnidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributaria
Unidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributaria
 
CODIFICACIÒN
CODIFICACIÒNCODIFICACIÒN
CODIFICACIÒN
 
Las experticias criminalisticas
Las experticias criminalisticasLas experticias criminalisticas
Las experticias criminalisticas
 
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
 
Tipos de investigacion y diseño de investigacion
Tipos de investigacion y diseño de investigacionTipos de investigacion y diseño de investigacion
Tipos de investigacion y diseño de investigacion
 
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
 

Similar a Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones Experticia.

Act.3 las inspecciones derecho procesal penal
Act.3 las inspecciones derecho procesal penalAct.3 las inspecciones derecho procesal penal
Act.3 las inspecciones derecho procesal penalDeysiMarquez1
 
Trabajo de investigacion...
Trabajo de investigacion...Trabajo de investigacion...
Trabajo de investigacion...Vidicney
 
Inspección judicial en Colombia según el C.G.P
Inspección judicial en Colombia según el C.G.PInspección judicial en Colombia según el C.G.P
Inspección judicial en Colombia según el C.G.PNatalia Albarracin
 
La experticia trabajo
La experticia trabajoLa experticia trabajo
La experticia trabajoluis_tassoni
 
Acusación Fiscal, Régimen Probatorio y Las Inspecciones
Acusación Fiscal, Régimen Probatorio y Las InspeccionesAcusación Fiscal, Régimen Probatorio y Las Inspecciones
Acusación Fiscal, Régimen Probatorio y Las InspeccionesKatherine Lucena
 
La carga de la prueba
La carga de la pruebaLa carga de la prueba
La carga de la pruebaecp-111-00059
 
Procesal penal
Procesal penalProcesal penal
Procesal penalrogert80
 
Medios probatorios.
Medios probatorios.Medios probatorios.
Medios probatorios.dioneila1
 
Regimen probatorio penal wilmarth
Regimen probatorio penal wilmarthRegimen probatorio penal wilmarth
Regimen probatorio penal wilmarthRicardo Vinzo
 
La Inspección Como Medio De Prueba En El Proceso Penal Venezolano Y Su Marc...
La Inspección Como Medio De Prueba  En El Proceso Penal Venezolano  Y Su Marc...La Inspección Como Medio De Prueba  En El Proceso Penal Venezolano  Y Su Marc...
La Inspección Como Medio De Prueba En El Proceso Penal Venezolano Y Su Marc...Arianna Granados Milano
 
Cuadro comparativo procesal penal 2
Cuadro comparativo procesal penal 2Cuadro comparativo procesal penal 2
Cuadro comparativo procesal penal 2luis_paredes
 
Derecho Procesal penal Omaira Lameda
Derecho Procesal penal Omaira LamedaDerecho Procesal penal Omaira Lameda
Derecho Procesal penal Omaira Lamedaomaira lameda
 

Similar a Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones Experticia. (20)

Act.3 las inspecciones derecho procesal penal
Act.3 las inspecciones derecho procesal penalAct.3 las inspecciones derecho procesal penal
Act.3 las inspecciones derecho procesal penal
 
Trabajo de investigacion...
Trabajo de investigacion...Trabajo de investigacion...
Trabajo de investigacion...
 
Cuadro yurgenis linarez
Cuadro yurgenis linarezCuadro yurgenis linarez
Cuadro yurgenis linarez
 
Las Inspecciones
Las InspeccionesLas Inspecciones
Las Inspecciones
 
Procesal Penal I
Procesal Penal IProcesal Penal I
Procesal Penal I
 
Inspección judicial en Colombia según el C.G.P
Inspección judicial en Colombia según el C.G.PInspección judicial en Colombia según el C.G.P
Inspección judicial en Colombia según el C.G.P
 
La experticia trabajo
La experticia trabajoLa experticia trabajo
La experticia trabajo
 
Acusación Fiscal, Régimen Probatorio y Las Inspecciones
Acusación Fiscal, Régimen Probatorio y Las InspeccionesAcusación Fiscal, Régimen Probatorio y Las Inspecciones
Acusación Fiscal, Régimen Probatorio y Las Inspecciones
 
Tema 14 15 16
Tema 14 15 16Tema 14 15 16
Tema 14 15 16
 
La carga de la prueba
La carga de la pruebaLa carga de la prueba
La carga de la prueba
 
Procesal penal
Procesal penalProcesal penal
Procesal penal
 
las inspecciones
las inspeccioneslas inspecciones
las inspecciones
 
Medios probatorios.
Medios probatorios.Medios probatorios.
Medios probatorios.
 
Inspeccion
Inspeccion Inspeccion
Inspeccion
 
Regimen probatorio penal wilmarth
Regimen probatorio penal wilmarthRegimen probatorio penal wilmarth
Regimen probatorio penal wilmarth
 
Procesal Penal
Procesal PenalProcesal Penal
Procesal Penal
 
Derecho Procesal Penal I infografia
Derecho Procesal Penal I infografia Derecho Procesal Penal I infografia
Derecho Procesal Penal I infografia
 
La Inspección Como Medio De Prueba En El Proceso Penal Venezolano Y Su Marc...
La Inspección Como Medio De Prueba  En El Proceso Penal Venezolano  Y Su Marc...La Inspección Como Medio De Prueba  En El Proceso Penal Venezolano  Y Su Marc...
La Inspección Como Medio De Prueba En El Proceso Penal Venezolano Y Su Marc...
 
Cuadro comparativo procesal penal 2
Cuadro comparativo procesal penal 2Cuadro comparativo procesal penal 2
Cuadro comparativo procesal penal 2
 
Derecho Procesal penal Omaira Lameda
Derecho Procesal penal Omaira LamedaDerecho Procesal penal Omaira Lameda
Derecho Procesal penal Omaira Lameda
 

Más de Rosangela Sira

Mercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho ConcursalMercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho ConcursalRosangela Sira
 
Mercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho ConcursalMercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho ConcursalRosangela Sira
 
Trabajo mercanti actividad para entregar
Trabajo mercanti actividad  para entregarTrabajo mercanti actividad  para entregar
Trabajo mercanti actividad para entregarRosangela Sira
 
RECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
RECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIORECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
RECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIORosangela Sira
 
PROCEDIMIENTO INSTAURADO EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...
PROCEDIMIENTO INSTAURADO  EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...PROCEDIMIENTO INSTAURADO  EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...
PROCEDIMIENTO INSTAURADO EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...Rosangela Sira
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
 
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaLos Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
 
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaLos Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
 
Mapa legislacion Penal Especial Rosangela Sira SAIA "B"
Mapa legislacion Penal Especial Rosangela Sira SAIA "B"Mapa legislacion Penal Especial Rosangela Sira SAIA "B"
Mapa legislacion Penal Especial Rosangela Sira SAIA "B"Rosangela Sira
 
Legislacion Penal Especial SAIA B
Legislacion Penal Especial   SAIA  BLegislacion Penal Especial   SAIA  B
Legislacion Penal Especial SAIA BRosangela Sira
 
La Ley sobre el delito de Contrabando,Ley contra los Ilicitos Cambiarios
La Ley sobre el delito de Contrabando,Ley contra los Ilicitos CambiariosLa Ley sobre el delito de Contrabando,Ley contra los Ilicitos Cambiarios
La Ley sobre el delito de Contrabando,Ley contra los Ilicitos CambiariosRosangela Sira
 
La Ley sobre el delito de Contrabando,
La Ley sobre el delito de Contrabando, La Ley sobre el delito de Contrabando,
La Ley sobre el delito de Contrabando, Rosangela Sira
 

Más de Rosangela Sira (20)

DERECHO AMBIENTAL
DERECHO AMBIENTALDERECHO AMBIENTAL
DERECHO AMBIENTAL
 
Sentencia
Sentencia Sentencia
Sentencia
 
Mercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho ConcursalMercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho Concursal
 
Mercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho ConcursalMercantil II.... Derecho Concursal
Mercantil II.... Derecho Concursal
 
Trabajo mercanti actividad para entregar
Trabajo mercanti actividad  para entregarTrabajo mercanti actividad  para entregar
Trabajo mercanti actividad para entregar
 
RECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
RECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIORECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
RECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
 
(CASO PRÁCTICO)
(CASO PRÁCTICO)(CASO PRÁCTICO)
(CASO PRÁCTICO)
 
PROCEDIMIENTO INSTAURADO EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...
PROCEDIMIENTO INSTAURADO  EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...PROCEDIMIENTO INSTAURADO  EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...
PROCEDIMIENTO INSTAURADO EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
 
POTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIAPOTESTAD TRIBUTARIA
POTESTAD TRIBUTARIA
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
 
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaModos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
 
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaLos Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
 
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaLos Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
 
Mapa legislacion Penal Especial Rosangela Sira SAIA "B"
Mapa legislacion Penal Especial Rosangela Sira SAIA "B"Mapa legislacion Penal Especial Rosangela Sira SAIA "B"
Mapa legislacion Penal Especial Rosangela Sira SAIA "B"
 
Legislacion Penal Especial SAIA B
Legislacion Penal Especial   SAIA  BLegislacion Penal Especial   SAIA  B
Legislacion Penal Especial SAIA B
 
La Ley sobre el delito de Contrabando,Ley contra los Ilicitos Cambiarios
La Ley sobre el delito de Contrabando,Ley contra los Ilicitos CambiariosLa Ley sobre el delito de Contrabando,Ley contra los Ilicitos Cambiarios
La Ley sobre el delito de Contrabando,Ley contra los Ilicitos Cambiarios
 
La Ley sobre el delito de Contrabando,
La Ley sobre el delito de Contrabando, La Ley sobre el delito de Contrabando,
La Ley sobre el delito de Contrabando,
 

Último

U4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdf
U4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdfU4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdf
U4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdfYamileAnayarodriguez
 
Fin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxFin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxcaamiguerra4
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...olmedorolando67
 
RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RG
RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RGRÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RG
RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RGAndreeAngelSalcedoLu
 
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVILDIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVILRosildaToralvaCamacl1
 
articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptx
articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptxarticulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptx
articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptxCanelitaI
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley46058406
 
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional PúblicoMAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional PúblicoOsirisRivera4
 
delitos contra la vida humana dependiente
delitos contra la vida humana dependientedelitos contra la vida humana dependiente
delitos contra la vida humana dependientessuser482ff8
 
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptxEL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptxanamlazaro25
 
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordiaDictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia20minutos
 
UNIDAD DPCC INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO
UNIDAD DPCC INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORROUNIDAD DPCC INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO
UNIDAD DPCC INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORROGilramirezccoyllo
 
Ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresion de los medios de com...
Ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresion de los medios de com...Ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresion de los medios de com...
Ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresion de los medios de com...OscarArgueta22
 
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxCaso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxyovana687952
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
sistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualsistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualJose Navarro
 
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..FiorellaGonzales21
 
S05_s1 - MATERIAL PPT.pdf de derecho tributario
S05_s1 - MATERIAL PPT.pdf de derecho tributarioS05_s1 - MATERIAL PPT.pdf de derecho tributario
S05_s1 - MATERIAL PPT.pdf de derecho tributarioYamileAnayarodriguez
 
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdfLibro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdfEdgar Jaimes Cruz
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.pptdincellterrerojhonso
 

Último (20)

U4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdf
U4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdfU4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdf
U4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdf
 
Fin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxFin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptx
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
 
RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RG
RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RGRÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RG
RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RG
 
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVILDIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
 
articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptx
articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptxarticulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptx
articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptx
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
 
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional PúblicoMAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
 
delitos contra la vida humana dependiente
delitos contra la vida humana dependientedelitos contra la vida humana dependiente
delitos contra la vida humana dependiente
 
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptxEL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
 
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordiaDictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
 
UNIDAD DPCC INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO
UNIDAD DPCC INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORROUNIDAD DPCC INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO
UNIDAD DPCC INSTITUCIÓN EDUCATIVA SECUNDARIA NUESTRA SEÑORA DEL PERPETUO SOCORRO
 
Ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresion de los medios de com...
Ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresion de los medios de com...Ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresion de los medios de com...
Ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresion de los medios de com...
 
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxCaso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
 
sistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualsistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actual
 
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
 
S05_s1 - MATERIAL PPT.pdf de derecho tributario
S05_s1 - MATERIAL PPT.pdf de derecho tributarioS05_s1 - MATERIAL PPT.pdf de derecho tributario
S05_s1 - MATERIAL PPT.pdf de derecho tributario
 
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdfLibro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
 

Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones Experticia.

  • 1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO INTEGRANTE: ROSANGELA SIRA BRANDT C.I 14.997766 Sección: SAIA B Cátedra: Derecho Procesal Penal I Profesora: Abg. Francisco Peña BARQUISIMETO, ENERO 2017 Inspecciones Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones Experticia. Derecho Procesal Penal I
  • 2. Inspecciones ¿Qué Es? Fundamentalmente, es el medio probatorio por el cual el funcionario (policía, fiscal o juez) percibe una materialidad del hecho directamente con sus sentidos, es decir, sin intermediarios, lo cual puede ser útil para la reconstrucción conceptual de ese hecho que se investiga, para lo que debe dejar constancia descriptiva y objetiva de esa inspección. Seguidamente, Se trata de la verificación de los hechos materiales de cualquier clase, se trata de acreditar no sólo hechos sino el estado de las personas o cosas. Doctrinalmente DEVIS ECHANDÍA expresaba que se entendía por inspección o reconocimiento judicial: Una diligencia procesal, practicada por un funcionario judicial, con el objeto de obtener argumentos de prueba para la formación de su convicción, mediante el examen y la observación con sus propios sentidos, de hechos ocurridos durante la diligencia o antes pero que subsisten o de rastros o huellas de hechos pasados, y en ocasiones de su reconstrucción. Artículo 186 del COPP
  • 3. Popoli (2007), Señala Una De Las Características Resaltantes De La Inspección Como Técnica De Investigación  Solo es posible a los delitos de acción material (homicidio, hurtos, robos, secuestros, sabotajes), por cuanto se encuentra basada en el principio de "impacto “esto es, las huellas dejadas por estos hechos delictivos al ser perpetrados.  Aquellos delitos como desacato, perjurio son solo delitos denominados inmateriales, debido a que los mismos son meras conductas activas o pasivas las cuales no alteran el medio físico.  También es necesario acotar que el lugar objeto de inspección no solo es aquel en el cual se ha cometido el delito, sino también todos aquellos lugares en los cuales puedan aparecer evidencias de su perpetración, tales como el sitio de liberación de un cadáver.  Cuando ha de practicarse la inspección en lugares públicos, los investigadores no necesitarán cumplir previamente requisito legal alguno, pero si han de realizarse en sitios o lugares privados, equivalen a unos allanamientos, regulados también por el Código Orgánico Procesal Penal.
  • 4. Objeto de la Inspección La finalidad de esta técnica de investigación es descubrir o revelar, producir, transportar, conservar y estudiar las huellas, señales o rastros que aparezcan en el lugar de los hechos, con el fin de comprobar las circunstancias y modalidades de un hecho punible o accidente; descubrir el autor o autores, demostrar su presencia allí, por ende, su responsabilidad frente al hecho que se investiga, aportando especiales elementos de juicio para probar los elementos del delito, tales como la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad. Tipos de Inspección 1. Inspección de Personas, La inspección de personas se encuentra establecida en el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal. 2. Inspección de Vehículo: Según el artículo 193 del Código Orgánico Procesal Penal. 3. Registro: De acuerdo con el contenido textual del artículo 194 del Código Orgánico Procesal Penal que regula los registros. 4. Examen Corporal y Mental: Según el artículo 195 del Código Orgánico Procesal Penal
  • 5. Inspecciones Inspecciones Registro de Inspecciones Examen Definición Se trata de la verificación de los hechos materiales de cualquier clase, se trata de acreditar no sólo hechos sino el estado de las personas o cosas Se trata de la revisión efectuada por parte de los funcionarios públicos a cierto lugar donde se sospeche de alguna situación de interés para el procedimiento. Corporal Mental Se trata de una inspección del cuerpo de la persona en cuestión Se trata de una inspección mental de la persona en cuestión Características  Trata de reconstruir hechos.  Puede ser practicada a sitios nocturnos, vehículos o personas.  Se trata de una revisión directa de los funcionarios.  Se realiza en presencia de testigos.  Se realiza a menos que sea obligatoria una orden de allanamiento.  Cuida el respeto del pudor del imputado.  Se puede practicar con la ayuda de expertos.  Pueden asistir personas de confianza del imputado Similitudes  Persigue el fin de inspeccionar para llegar a la verdad.  Son revisiones directas.  Persigue el fin de inspeccionar para llegar a la verdad.  Son revisiones directas  Persigue el fin de inspeccionar para llegar a la verdad.  Son revisiones directas. Diferencias  Pueden ser inspeccionados tanto personas como objetos.  Es realizado en presencia de testigos.  Pueden ser inspeccionados tanto personas como objetos.  Es realizado en presencia de testigos  Pueden ser inspeccionados solamente las personas.  Puede ser realizado en presencia de un familiar o persona de confianza.
  • 6. Allanamiento  Requiere de la autorización de un juez.  Se realiza en pro de búsqueda de pruebas que impliquen al investigado.  Es realizado por funcionarios públicos. Similitudes  Son ordenadas para inspeccionar un lugar que tenga que ver con algún delito o la perpetración del mismo.  Se requiere de la orden de un juez. CaracterísticasSe trata de aquel acto donde los funcionarios públicos autorizados por el juez, pueden ingresar a realizar pesquisas a un determinado hogar o local publico con el fin de encontrar pruebas de ayuda a resolver el proceso en cuestión. Establece todos los requisitos que debe contener la orden judicial para los funcionarios poder ingresar a un lugar privado. Establece las pautas a seguir para la consumación del proceso requerido, es decir el procedimiento a seguir por los funcionarios para practicar el respectivo allanamiento. Se trata de lugares de esparcimiento publico, u oficinas administrativas
  • 7. ¿Cuándo Se Puede Ejecutar Un Allanamiento?  Cuando existe una orden judicial.  Cuando están presente algunas de las excepciones Que establece la ley. En términos prácticos son dos cosas distintas.  La inspección se encuentra vinculada a la fijación y descripción de lugares y cosas, y que su finalidad principal persigue dejar sentado sus materialidades para el momento específico en que son examinados, de forma accesoria o secundaria puede acompañarse de la actividad de registro exhaustivo y sistemático en la búsqueda de evidencias, rastros o huellas de interés criminalístico.  Por el contrario el allanamiento, pretende de forma principal la captación de evidencias en moradas o recintos privados, por ello está asociado de forma primaria a la actividad de registro exhaustivo y sistemático en la búsqueda de evidencias de interés criminalístico. A. Para impedir la perpetración o continuidad de un delito. B. Cuando se trate de personas a quien se persigue para su aprehensión. Art.189.COPP Diferencia Entre Inspección Y Allanamiento:
  • 8. Incautación De Correspondencia Es el mecanismo que establece que en el curso de la investigación de un hecho delictivo, el Ministerio Público, con autorización previa del Juez de Control, podrá incautar la correspondencia y otros documentos que se presuman emanados del autor del hecho punible o dirigidos por él, que guarde relación con los hechos investigados. De igual modo, el Ministerio Público podrá solicitar y el tribunal de control ordenar la incautación de documentos, títulos, valores y cantidades de dinero, disponibles en cuentas bancarias o en cajas de seguridad de los bancos o en poder de terceros, cuando existan fundamentos razonables para deducir que ellos guardan relación con el hecho delictivo investigado. Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones Comporta una actividad indagatoria que requiere autorización judicial, a tenor de lo que señala el artículo 48 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas. La norma Constitucional advierte que no podrán ser interferidas sino por orden de un tribunal de control, previo el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el secreto de lo privado.
  • 9. La Figura De La Incautación No es otra cosa que el apoderamiento o toma de posesión que en virtud de atribuciones legales lleva a cabo una autoridad competente, se utiliza cuando el Ministerio Público en el curso de una investigación estima que se hace necesario la obtención de correspondencia y otros documentos que se presuman emanados de los partícipes o dirigidos a ellos, y que pueden guardar relación con el hecho punible Artículo. 205 Interceptación o grabación de comunicaciones privadas Podrá disponerse, conforme a la ley, la interceptación o grabación de comunicaciones privadas, sean éstas ambientales, telefónicas o realizadas por cualquier otro medio, cuyo contenido se transcribirá y agregará a las actuaciones. Se conservarán las fuentes originales de grabación, asegurando su inalterabilidad y su posterior identificación Urgencia Los órganos policiales pueden solicitar directamente al juez de control la respectiva orden, previa autorización, por cualquier medio, del Ministerio Público.
  • 10. Testimonios Es la experiencia que relata el testigo ante autoridad competente sobre el conocimiento concreto que tenga, por percepción sensorial directa, de un objeto o hecho pasado que tiene interés probatoria. El testimonio solo puede ser rendido por una persona física que haya sido citado o que comparezca espontáneamente al proceso con el fin de poner en conocimiento de la autoridad lo que percibió de manera sensorial y directa ; y es que en efecto, la percepción sensorial debe ser directa porque aún cuando podemos hablar de testigo indirecto esto no es de la esencia del testimonio sino una narración desnaturalizada del hecho. Artículo. 208 Debe ser conducente al esclarecimiento del hecho objeto de investigación, pues de lo contrario será un testimonio inconducente, esto es ajeno al proceso . Excepción al deber de concurrir al tribunal Artículo 209 del COPP Deber de Concurrir y Prestar Declaración Todo habitante del país o persona que se halle en el tendrá el deber de concurrir a la citación practicada por un tribunal con el fin de que preste declaración testimonial, de declarar la verdad de cuanto sepa. Artículo. 206 La decisión del Juez que acuerde la intervención, deberá ser motivada y en la misma se harán constar todos los extremos de este artículo.
  • 11. El Juez cuidará que la diligencia se lleve a efecto en condiciones que no representen riesgos o molestias para el reconocedor. No Están Obligados A Declarar Art .210. 1. El cónyuge, o la persona con quien el imputado tenga relación estable de hecho; sus ascendientes y descendientes y demás parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, sus padres adoptantes y su hijo adoptivo o hija adoptiva. 2. Los ministros o ministras de cualquier culto respecto de las noticias que se le hubieren revelado en el ejercicio de las funciones propias de su ministerio. 3. Los abogados respecto de las instrucciones y explicaciones que reciban de sus clientes. 4. Los médicos y demás profesionales de la salud con relación a sus pacientes. Art. 216: Reconocimiento Del Imputado O Imputada Cuando cualquiera de las partes o la víctima, estime necesario el reconocimiento del imputado, pedirá al Juez la práctica de esta diligencia. En tal caso se solicitará previamente al testigo que haya de efectuarlo la descripción del imputado y de sus rasgos más característicos
  • 12. Experticia ¿Qué Es? Alude a sus realizadores, es decir, a los expertos, por lo que no se puede hablar de experticia sin la indispensable vinculación con el experto, quien será considerado así según los caracteres que lo definan previa y debidamente verificados. De este modo, el artículo 198 del Código Orgánico Procesal Penal, si bien establece la “Libertad de prueba”, también establece que su incorporación al debate se hará conforme a las disposiciones del Código, estableciendo con especial desarrollo legislativo, específicamente en el Capítulo II del citado Código, denominado “De los Requisitos de la Actividad Probatoria”, la prueba de experticia. . Característica De La Prueba De Experticia Es una Prueba Pericial, un medio de prueba Utilizada para comprobar determinados hechos. Por ende, aquella actividad o elementos de prueba que desarrollan las partes con el tribunal para adquirir el convencimiento de la verdad o certeza de un hecho o afirmación fáctica o para fijarlos como ciertos a los efectos de un proceso.
  • 13. Artículo. 223 “El Ministerio Público realizará u ordenará la práctica de experticias cuando para el examen de una persona u objeto, o para descubrir o valorar un elemento de convicción, se requieran conocimiento o habilidades especiales en alguna ciencia, arte u oficio. El o la Fiscal del Ministerio Público, podrá señalarle a los o las peritos asignados, los aspectos más relevantes que deben ser objeto de la peritación, sin que esto sea limitativo, y el plazo dentro del cual presentarán su dictamen” Clases De Experticias O Peritación Siguiendo las ideas de Roberto Delgado, tenemos las siguientes clasificaciones de peritación: A. Según su exigibilidad legal: la peritación puede ser forzosa, cuando la ley exige que sea practicada, por ejemplo: el COPP contempla en su artículo 128 la experticia psiquiátrica, que obligatoriamente debe ser practicada, como requisito previo para una declaratoria de incapacidad del imputado (inimputabilidad) por trastorno mental, a los fines de la suspensión del proceso. B. Según el momento procesal las peritaciones pueden ser: judiciales o prejudiciales, esto depende de que ocurran dentro de un proceso o en diligencia procesal previa, como prueba preconstituida. C. Según la materia: finalmente tenemos los distintos tipos de peritaciones que versan sobre determinadas materias, que llevan sus particulares procedimientos de examen y análisis, a saber: en materia de drogas y legitimación de capitales: experticias químicas, botánicas, financieras; sobre documentos: de cotejo, grafotécnicas, grafoquímicas; sobre personas: en cadáveres, reconocimientos médico-legales, médico- psiquiátricos (artículo 128 COPP) , autopsias (artículo 216 COPP), psicológicas, hematológicas, sobre vellos o apéndices capilares, ADN, espermatológicas, dactiloscópicas, etc; En armas y explosivos: de diseños y comparación balística, de análisis de trazos de disparo (ATD). Aspectos económicos, contables o financieros: avalúos o reconocimiento sobre bienes muebles o inmuebles; Mecánicas, sobre vehículos y máquinas
  • 14. El Perito El cargo de perito es obligatorio y por tanto los designados sólo podrán excusarse de cumplir con esta función si se encontraren incursos en alguna de las causales previstas en el Art. 102 del COPP. Es una persona con conocimientos científicos o artísticos de los que el juez por su específica preparación jurídica, puede carecer, llamada al especializadas propias de su preparación, algún hecho o circunstancia que han sido adquiridas con anterioridad por otros medios de averiguación y sean de interés o necesidad para la investigación Los peritos deberán poseer título en la materia relativa al asunto sobre el cual dictaminarán, siempre que la ciencia, el arte u oficio estén reglamentados
  • 15. Conforme A Lo Previsto En El Art. 225 COPP El Dictamen Pericial Debe Contener Fundamentalmente, la manera clara y precisa, y el motivo por el cual se practica, la descripción de la persona o cosa que sea objeto del mismo, en el estado o del modo en que se halle, la relación detallada de los exámenes practicados, los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del peritaje realizado, conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte. Debe ser presentado por escrito, firmado y sellado, sin perjuicio del informe oral en la audiencia Si los informes fueren dudosos, insuficientes o contradictorios, o cuando el Juez o el Ministerio Público lo estimen pertinente, pueden ser nombrados uno o más peritos nuevos, de oficio o a petición de parte, para que los examinen, y de ser el caso los amplíen o repitan. Cuando no pueda establecerse, por causa justificada, el valor real de los bienes sustraídos o dañados, o el monto de lo defraudado, el fiscal encargado de la investigación o el juez, podrán solicitar a los peritos una regulación prudencial Esta regulación podrá ser variada en el curso del procedimiento, si aparecen nuevos elementos de convicción que así lo justifiquen.