Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
fuentes del derecho
1. Universidad Fermín Toro
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Facultad De Derecho
Núcleo Portuguesa
FUENTES DEL DERECHO
Participante:
Saine S. Gualdron
24.712.772
La ley es una norma jurídica dictada por un legislador o una autoridad pública
competente y recae sobre un legislador y/o lesgiladores de los congresos nacionales de cada
uno de los países, previamente debe existir un debate y deberá cumplir con las obligaciones
2. que en este recae por parte de cada uno de los ciudadanos, sin excepción de la nación vale
destacar que el propio código civil exactamente en el artículo numero 2 nos establece
que…la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento” dado que la finalidad de las
leyes es contribuir al logro del bien común de las personas que forman parte de una
sociedad organizada bajo determinados deberes y derechos, pues si no cumples con tus
deberes no puedes exigir con tus derechos, y por supuesto esto acarrea sanciones.
Las leyes don una fuente principal del derecho los profesionales de la misma nos
regimos por ella y día a día aprendemos más, pues estas sufren diferente reformas, la ley
debe cumplir con ciertos requisitos como generalidad, como anteriormente explique debe
ser cumplidas por cada una de las personas, sin excepción; también debe cumplir con la
obligatoriedad teniendo en cuenta que debe tener un carácter imperativo-atributivo lo que
significa que por un lado tiene deberes jurídicos y por otro derechos, y claro tiene sentido
de permanencia es decir que cuando se promulga no tiene fecha de vencimiento, por otro
lado debe ser abstracta e impersonal que implica que una ley no se concibe para resolver un
caso en particular, sino que la mueve la generalidad de los casos que pueda abarcar y por
último, que se reputa conocida, por lo cual nadie podrá argumentar que no la cumplió por
desconocimiento.
Por otro lado un decreto ley es son atribuciones constitucionales del presidente de la
republica mediante un concejo de ministros y previa autorización de ley habilitante y son
ejercidos por el poder ejecutivo según su graduación conforme a la ejecución de la
constitución y por lo tan de rango legal, y actos dictados directos o indirectos y mediata a la
constitución.
3. Ahora bien los reglamentos es una declaración escrita y unilateral emanada de las
autoridades administrativa, a diferencia de los actos administrativos, los ordenamientos se
integran en un ordenamiento jurídico y forman parte del mismo. Cabe destacar que el
reglamento está conformado por una serie de reglas que deben ser observadas y respetadas,
su fin es establecer parámetros de dependencia para realizar una actividad en específico, la
constitución que es el máximo reglamento debe ser respetada si no de esta se pronunciaran
sanciones.
Es importante comprender que para poder enfrentar el futuro, Venezuela con los
diferentes países deberán, integrarse en grandes bloques para poder complementar los
recursos que poseen. Un país aislado tiene muy pocas esperanzas y posibilidades de
sobrevivir. La integración debe comenzar principalmente por la materia económica para
luego continuar con lo político y lo militar. Venezuela, consciente de esto, forma parte de
varios importantes tratados internacionales, la providencia administrativa y es una
resolución por la autoridad competente
Jurisprudencia: Providencia administrativa.
1. Mediante comparecencia efectuada en el Registro Civil de M. el 20 de octubre de
2006, Doña D., de nacionalidad colombiana, de estado civil casada, acompañada de
Don P., de nacionalidad colombiana, promovieron la inscripción de nacimiento de su
hija D. nacida el 13 de octubre de 2006 en M., manifestando la promotora que hasta
hace dos meses ha convivido con su esposo, Don M., pero que actualmente no
mantiene relación de ningún tipo con él, ni conoce su paradero. Los promotores
aportaron informe de investigación biológica de paternidad realizado por un
4. laboratorio de genética. En esa misma fecha se formalizó el acta de reconocimiento
de los promotores reconociendo la filiación no matrimonial de su hija en común.
2. La Juez Encargada del Registro Civil dicto providencia con fecha 26 de octubre
de 2006 disponiendo que, no obstante el reconocimiento de filiación paterna no
matrimonial realizado y la documental aportada del laboratorio, había que estimar
que no había quedado destruida la presunción de paternidad matrimonial establecida
en el artículo 116 del Código civil, por lo que se debía requerir a la interesada, para
que aportara certificado de matrimonio, o en su caso las menciones de identidad de
su esposo, a fin de practicar la inscripción de nacimiento de la menor con filiación
paterna y materna no matrimonial.
El usos y las costumbres también llamadas derecho consuetudinario son normas
jurídicas que no están escritas pero se cumple porque con el tiempo se han hecho
costumbres cumplirlas es decir se ah echo uso de esa costumbre es decir las
costumbres que tenemos como buenos ciudadanos a eso es lo que se le llama el uso
y costumbre, que por ser consiente cada una de las personas las cumplimos.
Bibliografía:
AGUILAR GORRONDONA, José Luis. Contratos y Garantías (Derecho Civil IV).
8a. ed. ref. Caracas: U.C.A.B., 1992; 520 p. (Manuales de Derecho).
http://teoria-del-derecho.blogspot.com/2011/07/la-costumbre-y-los-usos.html
http://www.bcv.org.ve/c3/constitucionvzla022009.pdf