El documento define el Derecho Internacional Privado como el conjunto de normas que determinan cuál ley debe aplicarse cuando hay concurrencia de dos o más leyes en el espacio. Explica que analiza las relaciones jurídicas internacionales entre privados y donde hay un interés privado. También describe los presupuestos, objeto y contenido de esta rama del derecho, incluyendo la nacionalidad, condición de extranjeros y conflicto de leyes.
Naturaleza del derecho formal y su diferencias con el derecho material.
Relación del derecho internacional privado con otras ciencias jurídicas como: el Derecho Internacional Público, Derecho Interterritorial, Derecho Interpersonal, Derecho Comparado.
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ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA “SAIA”
LAPSO ACADÉMICO 2017-B
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
INTEGRANTE:
MARLY BARRAGÁN
C.I. 11.652.493
TUTORA: EMILY RAMIREZ
CÁTEDRA: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
SECCIÓN: SAIA “E”
NOVIEMBRE, 2017
2. Se puede definir el Derecho internacional privado, según el autor
Romero del Prado como un: ”Conjunto de normas jurídicas que tiene por
objeto o fin determinar cuál es la dirección o la ley que debe aplicarse en caso
de concurrencia simultanea de dos o más leyes, en el espacio, que reclaman
su observancia” (p.9). El derecho internacional privado es de derecho positivo,
lo que no puede decirse del derecho comparado, el cual es un método de
análisis de sistemas jurídicos-positivos. El derecho internacional Privado se
ocupa de establecer las actividades y relaciones entre personas de derecho
privado que producen efectos en el ámbito internacional, buscando establecer
a que campo del derecho pertenece una determinada situación jurídica y
según que ordenamiento jurídico se puede resolver, tomando en cuenta el
carácter vinculante con dos o más Estados Esta rama del Derecho analiza las
relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un
interés privado.
Los presupuestos que dan fundamento al origen de esta disciplina
jurídica son: La pluralidad de ordenamientos jurídicos existentes en el mundo,
sin que se pueda identificar el ordenamiento aplicable, lo que puede suceder
por: Por existir varios sistemas económicos aplicables
Por la institucionalización jurídica de las confesiones religiosas que
supone la existencia dentro de las fronteras de uno o varios sistemas
confesionales con distintos tipos de vinculación con el o los sistemas jurídicos
laicos. En razón de que un mismo ordenamiento jurídico es aplicado por
distintos Tribunales que utilizan en su interpretación criterios distintos. Los
hombres no desarrollan su actividad en una misma esfera jurídica, el
desplazamiento de personas a otros países, los matrimonios entre
extranjeros, entre otros., justifican la existencia del derecho internacional
privado. Las dificultades que plantea la aplicación automática de los
ordenamientos estatales a las relaciones que se desarrollan en conexión con
varios sistemas jurídicos.
3. En cuanto al Objeto tiene por fin es armonizar la diversidad de leyes,
garantizar su aplicación sobre la base del respeto y el ejercicio pleno de la
soberanía de cada uno de los estados. Señalar con claridad que ley debe
aplicarse cuando leyes de diferentes estados reclaman aplicación. Señalar
que jurisdicción debe conocer de un problema referente a una relación jurídica
que podría en principio someterse a jurisdicciones diferentes. Son normas
indicativas, porque su fin es indicar, señalar.
En cuanto al Contenido se encuentra dividido entre: La nacionalidad: Es
decir cada Estado debe establecer que personas son nacionales, a través del
domicilio, se establece el ordenamiento jurídico competente, para la persona
cuando se tenga un conflicto y tengo colisión con varios ordenamientos
jurídicos extranjeros. La Condición de los extranjeros: la condición jurídica de
extranjeros estará integrada por los diversos derechos y obligaciones
imputables en un Estado a las personas físicas o morales que no tienen el
carácter de nacionales” Por tanto, la condición jurídica de los extranjeros
involucra derechos y obligaciones relacionados con las personas físicas o
morales que carecen de la nacionalidad del Estado en el cual se establecen.
El conflicto de leyes nacen de las diferencias que existen entre las
legislaciones, ya sean estas personales, referentes al hombre, Conductistas
referentes a sucesos y reales la cual se refiere a objetos inmuebles. En la
misma se puede designar como ley aplicable la ley del foro o la ley extranjera.
La relación con otras ciencias, el derecho internacional privado sirve
para decidir cual de entre varios ordenamientos jurídicos debe emplearse
para resolver un determinado caso que tiene ramificaciones internacionales,
es así como hace uso del derecho comparado, el cual evalúa sistemas
jurídicos para decidir cual ofrece la solución optima para un tipo de caso.
Buscando así el derecho internacional privado resolver el caso de una manera
formalmente valida.
4. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
NATURALEZA
DERECHO
FORMAL
DIFERENCIAS
DERECHO FORMAL DERECHO MATERIAL
*Rigen las Relaciones de
Derecho Privado que surgen
entre individuos que se
encuentran en diferentes
países.
* Constituido por Reglas
aplicables a los individuos
en las relaciones
internacionales.
* Las causas de la
existencia del Derecho
Internacional Privado son
esencialmente dos: a)La
variedad legislativa; y b) La
naturaleza cosmopolita del
ser humano.
*Constituido dentro del estado
contra otros estados
*Su principal fuente la constituye
los tratados internacionales.
*Su principal sanciona es la
guerra.
*Es de carácter público.
*Regula las relaciones jurídicas con
elementos internacionales
*Su principal fuente es la Ley positiva
interna de los estados.
*La sanción es la fuerza ejecutiva y
obligatoria de las sentencias de los
tribunales nacionales.
*Es de carácter privado.
*Los tribunales tienen carácter estable
y permanente y son innumerables.
5. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Relación
Derecho Internacional Público Derecho Interterritorial
*Rama del derecho que regula relaciones entre
los Estados y demás sujetos de Derecho
Internacional
*Crea, modifica y extingue derechos subjetivos.
* Tiene carácter indicador y regula situaciones
iusprivatistas. Por lo tanto la materia regulada
por estas ramas jurídicas es diferente y la
naturaleza de la norma en cada una de las
disciplinas es distinta.
*Los conflictos interterritoriales se presentan
con mayor frecuencia en los estados
federales.
*Se aplican normas de conflicto de carácter
general, las cuales deben estar vigentes en
el respectivo ordenamiento jurídico, por lo
que es usado el derecho internacional
privado.
* Se determinar cual de los diferentes
ordenamientos jurídicos vigente resulta
aplicable a un caso en que intervienen
elementos de diferentes regiones con
diversas legislaciones.
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Relación
Derecho Interpersonal Derecho Comparado
*Delimita la aplicación de normas jurídicas a un
determinado grupo humano.
*El conflicto interpersonal supone que cada uno
de los derechos aplicables tiene como
jurisdicción no un territorio o región, sino un
grupo social determinado.
*El criterio es tomado de la pertenencia de los
ciudadanos de un Estado a etnias o credos
diferentes.
*Los conflictos serán resueltos por una
autoridad de ese propio Estado.
* La finalidad del Derecho Internacional
Privado la solución de los conflictos de leyes.
*Determinación de la ley aplicable en los
casos en que hay varias legislaciones
concurrentes, sea dicha ley nacional o
extranjera, ocurre a menudo que los jueces
de diferentes países se ven en la necesidad
de aplicar leyes extranjeras.
6. Federico Duncker Biggs. Derecho Internacional Privado (parte general). Editorial Jurídica de
Chile.1967.
Manuel Guillermo Attava Lavall. Lecciones de Derecho Comparado. Publicaciones de la Universital
Jaume I. 2003.
Lisseth A. Mojica Gómez. Manual Práctico Derecho Internacional Privado. Centro Editorial
Universidad del Rosario. 2003.
7. Federico Duncker Biggs. Derecho Internacional Privado (parte general). Editorial Jurídica de
Chile.1967.
Manuel Guillermo Attava Lavall. Lecciones de Derecho Comparado. Publicaciones de la Universital
Jaume I. 2003.
Lisseth A. Mojica Gómez. Manual Práctico Derecho Internacional Privado. Centro Editorial
Universidad del Rosario. 2003.