La competencia administrativa es la aptitud legal expresa que tiene un órgano para actuar, en razón de la materia, el grado, la cuantía y/o el tiempo. Se entiende por competencia, entonces, el conjunto de atribuciones de los órganos y entes que componen el Estado, las mismas que son precisadas por el ordenamiento jurídico. La importancia de la competencia es tal, que sin ella el acto administrativo deviene en nulo.
Investigación de Mercados II
Tema: Las Competencias Administrativas
Alumna: Autalio Laime Jhoselyn
Docente: Mgr. José Ramiro Zapata Barrientos
La competencia, en Derecho administrativo, es un concepto que se refiere a la titularidad de una determinada potestad que sobre una materia posee un órgano administrativo.
El documento describe las competencias administrativas. Explica que la competencia administrativa es el conjunto de funciones que el ordenamiento jurídico atribuye a un determinado órgano administrativo. Señala que la competencia administrativa tiene su origen en la separación de poderes y la distribución de funciones estatales entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Además, describe las características de la competencia administrativa, como que es otorgada por la ley, es irrenunciable e inderogable.
1. El documento define y clasifica los tipos de competencias administrativas. Define la competencia como la habilitación que permite a un órgano o entidad actuar válidamente en una materia. 2. Describe las diferentes formas en que las competencias pueden clasificarse, incluyendo por grado de especificidad, rigidez de la atribución, y si se refieren a entidades u órganos. 3. Explica que las competencias pueden ser exclusivas, compartidas, concurrentes, alternativas, indistintas o sustitutorias dependiendo de las normas
Derecho administrativo i unidad ii acto administrrativoPascual Sardella
Este documento resume los conceptos clave relacionados con los actos administrativos desde perspectivas doctrinal y legal. Explica que un acto administrativo es una declaración de voluntad u opinión de un órgano administrativo que produce efectos jurídicos. Define elementos internos como la competencia, voluntad y contenido, y elementos externos como las formalidades. También distingue entre actos de gobierno y actos administrativos normales, e identifica varios efectos de los actos administrativos.
Ensayo de: Fuentes del Derecho Administrativo Principios Del Derecho Administ...Stéfano Morán Noboa
Este documento describe las fuentes y principios del derecho administrativo ecuatoriano. Explica que las fuentes incluyen la constitución, leyes, decretos, reglamentos y otras normas formales, así como fuentes materiales como la costumbre, jurisprudencia y doctrina. Luego detalla varios principios clave del derecho administrativo como legalidad, debido proceso, razonabilidad e imparcialidad.
Este documento describe las competencias administrativas y el proceso administrativo. Explica que la competencia administrativa es la aptitud legal que tiene un órgano administrativo para actuar en una materia específica. Señala que el proceso administrativo consta de dos fases: la fase mecánica que involucra la planeación y organización, y la fase dinámica que implica la dirección y control de la organización. También discute las características de la competencia administrativa como la legalidad, inalienabilidad y responsabilidad, y las diferencias entre capacidad y
La competencia administrativa se refiere a las atribuciones, funciones y potestades que la ley otorga a cada órgano administrativo. Existen diferentes tipos de distribución competencial como la material, jerárquica y territorial. La competencia es irrenunciable, intransferible e improrrogable, aunque existen excepciones como la avocación y delegación.
Este documento describe las competencias administrativas, definidas como el conjunto de atribuciones, funciones y potestades que el ordenamiento jurídico otorga a cada órgano administrativo. Explica que la competencia surge de la distribución de funciones entre los poderes del Estado y caracteriza a cada entidad administrativa. Además, señala que la competencia es irrenunciable, legal y está dirigida a un fin público.
La competencia, en Derecho administrativo, es un concepto que se refiere a la titularidad de una determinada potestad que sobre una materia posee un órgano administrativo.
El documento describe las competencias administrativas. Explica que la competencia administrativa es el conjunto de funciones que el ordenamiento jurídico atribuye a un determinado órgano administrativo. Señala que la competencia administrativa tiene su origen en la separación de poderes y la distribución de funciones estatales entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Además, describe las características de la competencia administrativa, como que es otorgada por la ley, es irrenunciable e inderogable.
1. El documento define y clasifica los tipos de competencias administrativas. Define la competencia como la habilitación que permite a un órgano o entidad actuar válidamente en una materia. 2. Describe las diferentes formas en que las competencias pueden clasificarse, incluyendo por grado de especificidad, rigidez de la atribución, y si se refieren a entidades u órganos. 3. Explica que las competencias pueden ser exclusivas, compartidas, concurrentes, alternativas, indistintas o sustitutorias dependiendo de las normas
Derecho administrativo i unidad ii acto administrrativoPascual Sardella
Este documento resume los conceptos clave relacionados con los actos administrativos desde perspectivas doctrinal y legal. Explica que un acto administrativo es una declaración de voluntad u opinión de un órgano administrativo que produce efectos jurídicos. Define elementos internos como la competencia, voluntad y contenido, y elementos externos como las formalidades. También distingue entre actos de gobierno y actos administrativos normales, e identifica varios efectos de los actos administrativos.
Ensayo de: Fuentes del Derecho Administrativo Principios Del Derecho Administ...Stéfano Morán Noboa
Este documento describe las fuentes y principios del derecho administrativo ecuatoriano. Explica que las fuentes incluyen la constitución, leyes, decretos, reglamentos y otras normas formales, así como fuentes materiales como la costumbre, jurisprudencia y doctrina. Luego detalla varios principios clave del derecho administrativo como legalidad, debido proceso, razonabilidad e imparcialidad.
Este documento describe las competencias administrativas y el proceso administrativo. Explica que la competencia administrativa es la aptitud legal que tiene un órgano administrativo para actuar en una materia específica. Señala que el proceso administrativo consta de dos fases: la fase mecánica que involucra la planeación y organización, y la fase dinámica que implica la dirección y control de la organización. También discute las características de la competencia administrativa como la legalidad, inalienabilidad y responsabilidad, y las diferencias entre capacidad y
La competencia administrativa se refiere a las atribuciones, funciones y potestades que la ley otorga a cada órgano administrativo. Existen diferentes tipos de distribución competencial como la material, jerárquica y territorial. La competencia es irrenunciable, intransferible e improrrogable, aunque existen excepciones como la avocación y delegación.
Este documento describe las competencias administrativas, definidas como el conjunto de atribuciones, funciones y potestades que el ordenamiento jurídico otorga a cada órgano administrativo. Explica que la competencia surge de la distribución de funciones entre los poderes del Estado y caracteriza a cada entidad administrativa. Además, señala que la competencia es irrenunciable, legal y está dirigida a un fin público.
El documento describe las principales fuentes del derecho administrativo en Venezuela, incluyendo la Constitución, las leyes, los tratados, los reglamentos, los decretos-leyes, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho. Explica que cada fuente juega un papel importante en la creación, modificación y aplicación de las normas jurídicas de la administración pública.
La competencia administrativa se refiere a la aptitud legal de un órgano para actuar en determinadas materias. La competencia proviene de la constitución y la ley y debe respetar principios como la legalidad, inalienabilidad y responsabilidad. Un órgano solo puede ejercer competencias expresamente establecidas en la ley para asegurar que la administración actúe de manera imparcial y no arbitraria.
¿Que es el Derecho administrativo? y sus fuentes.José Vargas
El documento define el derecho administrativo como el conjunto de normas jurídicas que regulan la administración pública para que actúe de manera adecuada hacia sí misma y los administrados, buscando el bien común. Sus principales fuentes son la Constitución, las leyes, los reglamentos, la jurisprudencia y los tratados internacionales, en orden jerárquico decreciente.
Este documento describe los principios de legalidad administrativa en Venezuela. Explica que la administración pública se rige por la Constitución, las leyes y los actos administrativos dictados de acuerdo con la ley. También enumera las fuentes de la legalidad administrativa, incluidas las fuentes escritas como la Constitución, las leyes, decretos y resoluciones administrativas, y las fuentes no escritas como la jurisprudencia, principios generales del derecho y costumbres. Finalmente, describe las formas de ilegalidad administrativa, como
Este documento describe la competencia administrativa. Explica que la competencia administrativa se refiere a las facultades legales otorgadas a los órganos de la administración pública para cumplir sus funciones legítimamente. La competencia administrativa se asigna en función de la materia, el territorio, el tiempo y el grado jerárquico. Además, la competencia administrativa puede delegarse, avocarse, sustituirse o subrogarse entre diferentes órganos de acuerdo con la ley.
El documento trata sobre la competencia administrativa. Define la competencia administrativa como el conjunto de atribuciones que el ordenamiento jurídico otorga a los órganos administrativos para que puedan actuar legítimamente. Explica que existen diferentes tipos de competencia como la material, jerárquica, territorial y ratione temporis. Además, destaca que la competencia administrativa es fundamental para que los titulares de los órganos puedan realizar las tareas sociales que les corresponden de manera permanente y eficaz.
Ensayo de fuentes del derecho administrativo saiauniversityfermin
fuentes del derecho administrativo: la constitucion, la ley, los decretos leyes, los reglamentos, los tratados internacionales, la costumbre y los principios generales del derechos.
Este documento describe las diferentes fuentes del derecho tributario en Venezuela. Identifica las fuentes formales como la constitución, leyes, decretos y reglamentos. También menciona fuentes materiales como usos, costumbres, jurisprudencia y doctrina. Explica que cada fuente contribuye de manera única al sistema tributario venezolano y posee su propia jerarquía y fundamento legal.
El documento discute las fuentes y principios del derecho administrativo ecuatoriano. Explica que las fuentes formales incluyen decretos, reglamentos, estatutos y otras normas, mientras que las fuentes materiales son la costumbre, jurisprudencia y doctrina. También describe los principios de transparencia, contradicción e interés general que guían la administración pública. El documento fue preparado por estudiantes de la Universidad Regional Autónoma de los Andes para su profesora Rosa Maldonado.
Este documento describe los diferentes tipos de competencias administrativas, incluyendo la competencia material, jerárquica, territorial y ratione temporis. Explica las características de la competencia administrativa como ser irrenunciable e improrrogable, salvo por avocación o delegación. También resume los criterios de distribución de competencias como jerárquico, territorial y material.
El documento resume los fundamentos del derecho administrativo. Explica que el derecho administrativo estudia la organización y funciones del Estado, especialmente las atribuciones del poder ejecutivo. Luego describe los elementos, características, origen y evolución del derecho administrativo, así como sus ramas principales y fuentes formales y sustanciales. Finalmente, explica la relación del derecho administrativo con otras disciplinas como la administración, historia, economía y educación.
Este ensayo discute la naturaleza jurídica del Estado. Explica que el Estado es considerado una persona jurídica porque puede ejercer derechos y contraer obligaciones como sujeto de derecho. También discute la teoría del órgano, las clasificaciones de órganos según su creación y funciones, y los conceptos de competencia y jerarquía entre órganos. Finalmente, define las personas del derecho público como las entidades que conforman al Estado como la nación, municipios, y organismos descentralizados.
El documento resume las principales fuentes del derecho administrativo en Guatemala. Menciona que la Constitución, las leyes ordinarias, los decretos, los reglamentos, los tratados internacionales y los decretos de facto son las principales fuentes formales. También cubre conceptos como la jerarquía normativa, el proceso legislativo, la diferencia entre leyes y reglamentos, y el rol de la jurisprudencia y los principios generales de derecho.
El documento define el derecho administrativo como el conjunto de normas y principios del derecho público que rigen la estructura, organización y funcionamiento de la administración pública, así como sus relaciones internas y con otras instituciones del Estado y particulares. Explica que el derecho administrativo se ocupa específicamente de la administración pública y no de toda la estructura del Estado. Además, describe las diferentes fuentes del derecho administrativo como la ley, el reglamento, el decreto, la jurisprudencia y la doctrina.
Este documento resume las funciones del Estado y la relación jurídica administrativa. Describe las tres funciones jurídicas del Estado: legislativa, jurisdiccional y administrativa. Explica los criterios para conceptualizar la función administrativa y los actos de gobierno. También analiza la función jurisdiccional de la administración y los órganos que la ejercen. Por último, introduce los conceptos de situaciones jurídicas activas y pasivas en la relación jurídica administrativa.
Presentacion Fuentes Del Derecho Administrativo Juan Pablo Hernandez Flores 2...guestc6e9734
Este documento define el Derecho Administrativo y describe sus orígenes e historia. Explica que el Derecho Administrativo regula la actividad administrativa del Estado y las relaciones entre la administración pública y los particulares. Además, identifica las fuentes formales e informales del Derecho Administrativo, como las leyes, reglamentos, jurisprudencia y doctrina científica. Finalmente, resume la jerarquía normativa que rige las acciones de la administración pública según la ley hondureña.
La competencia administrativa se debe estudiar por la única forma por la cual los órganos de la administración pública pueden ejercer la voluntad del Estado pues un órgano que actué sin competencia cae dentro de la figura jurídica de abuso de poder
El documento discute la teoría del órgano y la personalidad jurídica del Estado. Según la teoría del órgano, los actos de los agentes estatales solo pueden ser atribuidos al Estado si dichos agentes son considerados órganos del Estado. Un órgano es una porción técnica del Estado a la que se le asignan funciones y competencias definidas. La teoría explica cómo la voluntad humana de los funcionarios se imputa a la persona jurídica del Estado. Además, el documento analiza las diferentes clas
El documento trata sobre el concepto de Estado. Explica que la palabra proviene del latín "status" y que en Grecia se lo conocía como "polis" mientras que en Roma se lo denominaba "civitas" o "res pública". Describe las funciones principales del Estado como económica, ideológica, política, jurídica y administrativa. Finalmente, menciona que la Constitución ecuatoriana establece entre los deberes primordiales del Estado fortalecer la unidad nacional, asegurar los derechos humanos y defender
Este documento presenta un ensayo sobre el Derecho Administrativo. Explica que el Derecho Administrativo surge para regular la organización y administración de los bienes y personas en las sociedades antiguas. Luego discute el desarrollo del Derecho Administrativo en Francia y su enfoque en regular la estructura y actividades del estado. Finalmente, ofrece definiciones del Derecho Administrativo como la rama del derecho público que regula la actividad del estado y las relaciones entre la administración pública, otras instituciones del estado y los partic
Este documento describe las competencias administrativas y cómo se distribuyen entre los diferentes órganos de la administración. Define la competencia como el conjunto de funciones atribuidas a un órgano administrativo por el ordenamiento jurídico. Explica que la competencia es irrenunciable y debe ser ejercida por el órgano al que ha sido asignada. Además, detalla los criterios como el material, jerárquico y territorial para distribuir las competencias dentro de una entidad administrativa.
El documento describe las principales fuentes del derecho administrativo en Venezuela, incluyendo la Constitución, las leyes, los tratados, los reglamentos, los decretos-leyes, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho. Explica que cada fuente juega un papel importante en la creación, modificación y aplicación de las normas jurídicas de la administración pública.
La competencia administrativa se refiere a la aptitud legal de un órgano para actuar en determinadas materias. La competencia proviene de la constitución y la ley y debe respetar principios como la legalidad, inalienabilidad y responsabilidad. Un órgano solo puede ejercer competencias expresamente establecidas en la ley para asegurar que la administración actúe de manera imparcial y no arbitraria.
¿Que es el Derecho administrativo? y sus fuentes.José Vargas
El documento define el derecho administrativo como el conjunto de normas jurídicas que regulan la administración pública para que actúe de manera adecuada hacia sí misma y los administrados, buscando el bien común. Sus principales fuentes son la Constitución, las leyes, los reglamentos, la jurisprudencia y los tratados internacionales, en orden jerárquico decreciente.
Este documento describe los principios de legalidad administrativa en Venezuela. Explica que la administración pública se rige por la Constitución, las leyes y los actos administrativos dictados de acuerdo con la ley. También enumera las fuentes de la legalidad administrativa, incluidas las fuentes escritas como la Constitución, las leyes, decretos y resoluciones administrativas, y las fuentes no escritas como la jurisprudencia, principios generales del derecho y costumbres. Finalmente, describe las formas de ilegalidad administrativa, como
Este documento describe la competencia administrativa. Explica que la competencia administrativa se refiere a las facultades legales otorgadas a los órganos de la administración pública para cumplir sus funciones legítimamente. La competencia administrativa se asigna en función de la materia, el territorio, el tiempo y el grado jerárquico. Además, la competencia administrativa puede delegarse, avocarse, sustituirse o subrogarse entre diferentes órganos de acuerdo con la ley.
El documento trata sobre la competencia administrativa. Define la competencia administrativa como el conjunto de atribuciones que el ordenamiento jurídico otorga a los órganos administrativos para que puedan actuar legítimamente. Explica que existen diferentes tipos de competencia como la material, jerárquica, territorial y ratione temporis. Además, destaca que la competencia administrativa es fundamental para que los titulares de los órganos puedan realizar las tareas sociales que les corresponden de manera permanente y eficaz.
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fuentes del derecho administrativo: la constitucion, la ley, los decretos leyes, los reglamentos, los tratados internacionales, la costumbre y los principios generales del derechos.
Este documento describe las diferentes fuentes del derecho tributario en Venezuela. Identifica las fuentes formales como la constitución, leyes, decretos y reglamentos. También menciona fuentes materiales como usos, costumbres, jurisprudencia y doctrina. Explica que cada fuente contribuye de manera única al sistema tributario venezolano y posee su propia jerarquía y fundamento legal.
El documento discute las fuentes y principios del derecho administrativo ecuatoriano. Explica que las fuentes formales incluyen decretos, reglamentos, estatutos y otras normas, mientras que las fuentes materiales son la costumbre, jurisprudencia y doctrina. También describe los principios de transparencia, contradicción e interés general que guían la administración pública. El documento fue preparado por estudiantes de la Universidad Regional Autónoma de los Andes para su profesora Rosa Maldonado.
Este documento describe los diferentes tipos de competencias administrativas, incluyendo la competencia material, jerárquica, territorial y ratione temporis. Explica las características de la competencia administrativa como ser irrenunciable e improrrogable, salvo por avocación o delegación. También resume los criterios de distribución de competencias como jerárquico, territorial y material.
El documento resume los fundamentos del derecho administrativo. Explica que el derecho administrativo estudia la organización y funciones del Estado, especialmente las atribuciones del poder ejecutivo. Luego describe los elementos, características, origen y evolución del derecho administrativo, así como sus ramas principales y fuentes formales y sustanciales. Finalmente, explica la relación del derecho administrativo con otras disciplinas como la administración, historia, economía y educación.
Este ensayo discute la naturaleza jurídica del Estado. Explica que el Estado es considerado una persona jurídica porque puede ejercer derechos y contraer obligaciones como sujeto de derecho. También discute la teoría del órgano, las clasificaciones de órganos según su creación y funciones, y los conceptos de competencia y jerarquía entre órganos. Finalmente, define las personas del derecho público como las entidades que conforman al Estado como la nación, municipios, y organismos descentralizados.
El documento resume las principales fuentes del derecho administrativo en Guatemala. Menciona que la Constitución, las leyes ordinarias, los decretos, los reglamentos, los tratados internacionales y los decretos de facto son las principales fuentes formales. También cubre conceptos como la jerarquía normativa, el proceso legislativo, la diferencia entre leyes y reglamentos, y el rol de la jurisprudencia y los principios generales de derecho.
El documento define el derecho administrativo como el conjunto de normas y principios del derecho público que rigen la estructura, organización y funcionamiento de la administración pública, así como sus relaciones internas y con otras instituciones del Estado y particulares. Explica que el derecho administrativo se ocupa específicamente de la administración pública y no de toda la estructura del Estado. Además, describe las diferentes fuentes del derecho administrativo como la ley, el reglamento, el decreto, la jurisprudencia y la doctrina.
Este documento resume las funciones del Estado y la relación jurídica administrativa. Describe las tres funciones jurídicas del Estado: legislativa, jurisdiccional y administrativa. Explica los criterios para conceptualizar la función administrativa y los actos de gobierno. También analiza la función jurisdiccional de la administración y los órganos que la ejercen. Por último, introduce los conceptos de situaciones jurídicas activas y pasivas en la relación jurídica administrativa.
Presentacion Fuentes Del Derecho Administrativo Juan Pablo Hernandez Flores 2...guestc6e9734
Este documento define el Derecho Administrativo y describe sus orígenes e historia. Explica que el Derecho Administrativo regula la actividad administrativa del Estado y las relaciones entre la administración pública y los particulares. Además, identifica las fuentes formales e informales del Derecho Administrativo, como las leyes, reglamentos, jurisprudencia y doctrina científica. Finalmente, resume la jerarquía normativa que rige las acciones de la administración pública según la ley hondureña.
La competencia administrativa se debe estudiar por la única forma por la cual los órganos de la administración pública pueden ejercer la voluntad del Estado pues un órgano que actué sin competencia cae dentro de la figura jurídica de abuso de poder
El documento discute la teoría del órgano y la personalidad jurídica del Estado. Según la teoría del órgano, los actos de los agentes estatales solo pueden ser atribuidos al Estado si dichos agentes son considerados órganos del Estado. Un órgano es una porción técnica del Estado a la que se le asignan funciones y competencias definidas. La teoría explica cómo la voluntad humana de los funcionarios se imputa a la persona jurídica del Estado. Además, el documento analiza las diferentes clas
El documento trata sobre el concepto de Estado. Explica que la palabra proviene del latín "status" y que en Grecia se lo conocía como "polis" mientras que en Roma se lo denominaba "civitas" o "res pública". Describe las funciones principales del Estado como económica, ideológica, política, jurídica y administrativa. Finalmente, menciona que la Constitución ecuatoriana establece entre los deberes primordiales del Estado fortalecer la unidad nacional, asegurar los derechos humanos y defender
Este documento presenta un ensayo sobre el Derecho Administrativo. Explica que el Derecho Administrativo surge para regular la organización y administración de los bienes y personas en las sociedades antiguas. Luego discute el desarrollo del Derecho Administrativo en Francia y su enfoque en regular la estructura y actividades del estado. Finalmente, ofrece definiciones del Derecho Administrativo como la rama del derecho público que regula la actividad del estado y las relaciones entre la administración pública, otras instituciones del estado y los partic
Este documento describe las competencias administrativas y cómo se distribuyen entre los diferentes órganos de la administración. Define la competencia como el conjunto de funciones atribuidas a un órgano administrativo por el ordenamiento jurídico. Explica que la competencia es irrenunciable y debe ser ejercida por el órgano al que ha sido asignada. Además, detalla los criterios como el material, jerárquico y territorial para distribuir las competencias dentro de una entidad administrativa.
Universidad nacional autonoma de méxico.doc''montaneroUTPL
Este documento define los conceptos de autoridad y competencia desde una perspectiva del derecho administrativo. Explica que la autoridad se refiere a cualquier órgano del estado con facultades de decisión o ejecución otorgadas por el orden jurídico. La competencia se refiere a la titularidad de una potestad que un órgano administrativo posee sobre una determinada materia. Luego distingue la competencia en sentido lato, como el ámbito de actuación de un órgano, y en sentido estricto, como la legitimidad otorgada por la
La competencia, en Derecho administrativo, es un concepto que se refiere a la titularidad de una determinada potestad que sobre una materia posee un órgano administrativo. Se trata, pues, de una circunstancia subjetiva del órgano, de manera que cuando este sea titular de los intereses y potestades públicas, será competente. Vulgarmente, el término suele ser objetividad, equiparando la noción de competencia con la de interés.
Este documento describe las competencias administrativas en tres oraciones:
Define la competencia administrativa como la aptitud legal de un órgano para actuar en función del lugar, materia, grado, cuantía o tiempo. Explica que la competencia se basa en la constitución y la ley y tiene características como la legalidad, inalienabilidad y responsabilidad. Concluye resaltando la importancia de poseer competencias administrativas y económicas para el desarrollo empresarial moderno.
Ponencia enrique sosa s. descentralización (v.f.6.07.2010)RubenDario Portillo
Este documento analiza la descentralización territorial desde una perspectiva jurídica. Explica que la descentralización implica la transferencia de competencias del Estado a entes territoriales con autonomía. Distingue la descentralización de otros tipos de traslados de competencias como la delegación y desconcentración. Finalmente, propone criterios jurídicos para implementar adecuadamente la descentralización en el marco constitucional.
Criterios de la organización de la administracion publicauniversityfermin
La administración pública tiene como objetivo principal dar eficacia a los principios y normas constitucionales, garantizando los derechos humanos. Para lograr esto, se rige por principios como la legalidad, competencia y distribución de competencias. La legalidad establece que la administración se organiza y actúa conforme a la constitución y leyes. La competencia refiere a las facultades conferidas por el ordenamiento jurídico a los órganos administrativos. Existen mecanismos para desviar competencias como la delegación, avocación y en
La competencia puede definirse como la medida de la capacidad jurídica de cada órgano o el conjunto de funciones y potestades que el OJ le atribuye y que por ello está autorizado y obligado a ejercitar.
Este documento define la competencia administrativa y describe sus características. Explica que la competencia es otorgada por la ley y es irrenunciable. También describe los criterios para la distribución de competencias entre órganos administrativos, incluyendo criterios materiales, jerárquicos y territoriales.
Este documento define conceptos clave relacionados con los órganos administrativos como entidades que carecen de personalidad jurídica propia y cuyas acciones se imputan al Estado. Explica las teorías sobre cómo se delimita la actuación de las personas físicas que componen los órganos y clasifica los órganos según su estructura y función. También describe principios como la competencia y jerarquía que rigen las relaciones entre los distintos órganos de la administración pública.
El documento describe el principio de legalidad en Venezuela. Este principio establece que todas las actividades del poder público deben sujetarse a la constitución y la ley. El principio de legalidad asegura la seguridad jurídica y es fundamental para el derecho público. También se discuten conceptos como la discrecionalidad administrativa y los diferentes tipos de competencia judicial.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones o menos del trabajo de investigación sobre el acto administrativo. Introduce el tema y objetivo del trabajo, que es exponer de manera clara el conocimiento sobre el acto administrativo. También incluye una sección sobre la introducción del tema y el índice del capítulo sobre el concepto del acto administrativo.
La competencia administrativa se refiere a la aptitud legal de un órgano para actuar en determinadas materias. La competencia proviene de la constitución y la ley y debe ejercerse para fines públicos. La competencia es inalienable, los órganos no pueden renunciar a ella ni abstenerse de ejercerla, y su ausencia invalida los actos administrativos. La competencia también está sujeta a la jerarquía entre los órganos de la administración pública.
La división de poderes implica la separación de funciones entre los poderes del Estado: legislativo, ejecutivo y judicial. Cada poder tiene una función principal pero también puede realizar funciones de otros poderes. El poder legislativo dicta las leyes de manera general. El poder judicial resuelve controversias de manera imparcial e independiente. El poder ejecutivo administra el Estado y dicta reglamentos sujetos a la ley. La función administrativa es la más amplia e incluye diversas actividades de los tres poderes.
Este documento resume los principios jurídicos de la organización administrativa pública en Venezuela. Describe principios como la legalidad, competencia, jerarquía, coordinación, desconcentración, descentralización, centralización y adquisición. Explica que estos principios se basan en la Constitución venezolana y la Ley Orgánica de Administración Pública.
Este documento define las competencias administrativas como el conjunto de funciones y atribuciones legales asignadas a un órgano administrativo. Explica que las competencias administrativas tienen características como ser otorgadas por ley, irrenunciables e inderogables. Finalmente, señala que las excepciones a la improrrogabilidad de las competencias son la avocación y la delegación, mediante las cuales un órgano superior puede asumir funciones de un órgano inferior.
El documento describe las diferentes clases y características de las competencias administrativas. Explica que las competencias administrativas son los poderes y funciones otorgados a los órganos administrativos por el ordenamiento jurídico para actuar legítimamente. Describe las cuatro clases principales de distribución competencial - material, jerárquica, territorial y ratione temporis. Luego detalla cinco características clave de las competencias administrativas: legalidad, inalienabilidad, responsabilidad, esencialidad y fin público.
La Muestra es una parte o el subconjunto de la población dentro de la cual deben poseer características reproducen de la manera más exacta posible. Puede ser probabilístico y no probabilístico.
Investigación de Mercados II
Tema: Muestra o Análisis Muestral
Alumna: Autalio Laime Jhoselyn
Docente: Mgr. José Ramiro Zapata Barrientos
Es importante el estudio de la población ya que tiene como propósito de brindar información sobre las características específicas de las cuales nos brindan información necesaria a la hora de realizar una investigación.
Investigación de Mercados II
Tema: Población o Universo
Alumna: Autalio Laime Jhoselyn
Docente: Mgr. José Ramiro Zapata Barrientos
Este documento proporciona información sobre el análisis FODA (Fortalezas, Oportunidades, Debilidades, Amenazas). Explica que el análisis FODA fue desarrollado originalmente en la década de 1960 por investigadores como Albert Humphrey para ayudar a las empresas a evaluar factores internos y externos. El documento luego define cada componente del análisis FODA y discute cómo y cuándo se debe utilizar, incluido el desarrollo de estrategias según los resultados. Finalmente, concluye que el an
Este documento presenta una guía sobre el análisis PEST (factores políticos, económicos, sociales y tecnológicos) como una herramienta para evaluar el entorno externo de una organización. Explica que el análisis PEST involucra la identificación y evaluación de los factores políticos, económicos, sociales y tecnológicos que pueden afectar a una empresa. Además, provee ejemplos de los tipos de factores que deben considerarse dentro de cada una de estas categorías.
El desempeño, la gestión de nuestras 6 emociones y la creatividad es una buena combinación para poder desarrollarnos de buena manera en lo que es nuestro diario vivir
El marketing nos dice que las empresas deben de mantener el mercado dentro de ellas y no fuera como usualmente ocurre, es decir, expresa a las empresas que no deberían tomar ningún tipo de decisiones sin considerar antes qué es lo que el mercado necesita.
Paul Ekman identificó seis emociones básicas - ira, asco, miedo, alegría, tristeza y sorpresa - que son universales y se expresan de manera consistente a través de expresiones faciales. Más tarde identificó emociones secundarias complejas formadas por combinaciones de las emociones básicas. Sus estudios demostraron que aunque experimentamos emociones de manera única, todas las personas comparten las mismas seis emociones fundamentales.
El propósito de la previsión es que todo administrador sea visionario, pero a la vez previsor, ya que en la actualidad la única constante es el “cambio” y debemos estar preparados para enfrentarlo.
El flujo circular es un modelo económico que pretende explicar cómo se relacionan dos tipos de agentes económicos. Por un lado se encuentran los hogares o familias (consumidores), y por otro lado las empresas (productores).
Bolivia últimamente aumento en grandes cifras en lo que es los alimentos importados a la falta de incentivos o la politización de los recursos al permitir que las organizaciones sociales administren esos recursos
El enfoque sistémico propone soluciones en las cuales se tienen que considerar diversos elementos y relaciones que conforman las partes intervinientes de todo sistema y el entorno del cual forma parte.
Los impuestos en Latinoamérica varían en cada país en algunos muy elevado a diferencia de otros, en algunos territorios debido a este problema de estas imposiciones tributarias es la razón por la cual la lleva a una crisis económica
Este documento describe las técnicas de recolección de información para trabajos de investigación, incluyendo la observación, recolección documental y bibliográfica, entrevistas y encuestas. Explica los criterios para construir estas técnicas, sus ventajas y desventajas, y cómo ayudan a los investigadores a obtener la información necesaria para alcanzar los objetivos de su investigación de manera sistemática. Concluye que la selección adecuada de la técnica de recolección de datos permite optimizar los requerimientos y des
El malthusianismo es una teoría que postula que el crecimiento de la población es potencialmente exponencial, mientras que el crecimiento del suministro de alimentos es lineal.
Este documento describe la investigación cualitativa. Explica que la investigación cualitativa se enfoca en comprender fenómenos sociales y educativos a través de métodos como observaciones y entrevistas en profundidad. El proceso de investigación cualitativa involucra definir el problema, diseñar el estudio, recopilar datos, analizar los datos e informar los resultados. Algunas técnicas comunes de análisis de datos cualitativos incluyen entrevistas abiertas, grupos focales y la técnica Delphi.
Desafíos del Habeas Data y las nuevas tecnología enfoque comparado Colombia y...mariaclaudiaortizj
El artículo aborda los desafíos del Habeas Data en el marco de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (NTIC), comparando las legislaciones de Colombia y España. Desde la Declaración de los Derechos del Hombre en 1948 hasta la implementación del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) en Europa, la protección de la privacidad ha ganado importancia a nivel mundial. El objetivo principal del artículo es analizar cómo las legislaciones de Colombia y España abordan la protección de datos personales, comparando sus enfoques normativos y evaluando la eficacia de sus marcos legales en el contexto de la digitalización avanzada. Se hace uso de un enfoque mixto que combina análisis cualitativo detallado de documentos legales y cuantitativo descriptivo para comparar la prevalencia de ciertos principios en las normativas. Los hallazgos indican que España ha establecido un marco legal robusto y detallado desde 1978, alineándose con las directrices de la UE y el GDPR, mientras que Colombia, aunque ha progresado con leyes como la Ley 1581 de 2012, todavía podría beneficiarse de adoptar aspectos del régimen europeo para mejorar su protección de datos. Este análisis subraya la importancia de las reformas legales y políticas en la protección de datos, crucial para asegurar la privacidad en una sociedad digital y globalizada.
Palabras clave: Avances tecnológicos, Derecho en la era digital, Habeas Data, Marco jurídico y Protección de datos personales.
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
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Las Competencias Administrativas
1. Investigación de Mercados II
Tema: Las Competencias Administrativas
Alumna: Autalio Laime Jhoselyn
Docente: Mgr. José Ramiro Zapata Barrientos
¨LIBEREMOS BOLIVIA¨
LAS COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS
“Todo el mundo ve lo que aparentas ser, pocos experimentan lo que realmente eres”. Maquiavelo
1. INTRODUCCION
1.1.ANTECEDENTES
La administración pública es una organización compleja en cuyas funciones recae la
responsabilidad suprema de proveer bienes y servicios para el progreso y bienestar
del Estado.
La actividad administrativa del Estado se desarrolla sobre un determinado territorio,
en el cual actúan los órganos centrales, regionales y locales, dando lugar al concepto
de competencia. Por otro lado, esa actividad debe ser uniforme en sus líneas
maestras, es decir que debe responder a principios de unidad de mando y de
dirección, de disciplina y subordinación, lo que involucra el concepto de jerarquía.1
1.2.DEFINICION
La competencia, en Derecho administrativo, es un concepto que se refiere a la
titularidad de una determinada potestad que sobre una materia posee un órgano
administrativo. Se trata, pues, de una circunstancia subjetiva del órgano, de manera
que cuando este sea titular de los intereses y potestades públicas, será competente.
Vulgarmente, el término suele ser objetividad, equiparando la noción de competencia
con la de interés. Así, por ejemplo, se suele decir que las relaciones internacionales
son competencia del Ministerio de Asuntos Exteriores. En un sentido estrictamente
técnico, habría que decir que las relaciones internacionales son interés del Ministerio.
Juan Alfonso Santamaría Pastor ilustra esta distinción entre la falsa vertiente objetiva
y la más exacta vertiente subjetiva, afirmando que "no se tiene competencia, sino que
se es competente".
Puede decirse que la competencia la constituye el conjunto de atribuciones, funciones
y potestades que el Ordenamiento Jurídico atribuye a cada órgano administrativo.
La competencia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos
administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación,
sustitución y avocación previstos en la Ley.2
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La actividad de la Administración pública se concreta en hechos y actos jurídicos y no
jurídicos (actividad externa e interna, respectivamente), cuya validez depende de que
la actividad correspondiente haya sido desplegada por el órgano actuante dentro del
respectivo círculo de sus atribuciones legales determina la capacidad legal de la
autoridad administrativa, capacidad que en derecho administrativo denomínase
competencia.
La competencia es lo que verdaderamente caracteriza una repartición administrativa y
la distingue de otra. Es merced a la competencia, por ejemplo, que un ministerio se
distingue de otro ministerio.
En mérito a lo que antecede, la competencia puede ser definida como el complejo de
funciones atribuido a un órgano administrativo, o como la medida de la potestad
atribuida a cada órgano.
El origen jurídico legal de la competencia concuerda con el advenimiento del
constitucionalismo, ya que al consagrar este el principio de separación de los poderes
ejecutivos, legislativo y judicial, consagró simultáneamente el principio de separación
de las funciones estatales que, clasificadas en tres grandes grupos- legislativas,
ejecutivas (administrativas) y judiciales fueron respectivamente adjudicadas a cada
uno de los tres órganos esenciales integrantes del gobierno. Ello constituye la
distribución de competencias dentro del estado.
En esa distribución de funciones tuvo origen la noción de competencia: en el estado
absoluto o de policía no cabe hablar de distribución de competencias. Sin perjuicio de
ello, posteriormente, en ejecución de la constitución, dentro de cada uno de esos
órganos esenciales, se lleva a cabo una distribución jurídica de funciones entre los
distintos órganos o reparticiones dependientes del mismo. En este orden de ideas, el
Presidente de la república, administrador general del país, por razones de división del
trabajo, distribuye entre subordinados suyos, el ejercicio de las distintas actividades
integrantes de su competencia constitucional.3
Es la cantidad de poderes, potestades, facultades y funciones que el ordenamiento
jurídico administrativo le otorga a los órganos administrativos para que puedan
legítimamente actuar, quedando sometidos a la aplicación de los principios de
legalidad y juridicidad en la función administrativa.4
El ejercicio de una función se hace en base a atribuciones claramente otorgadas, cuyo
conjunto es la competencia.
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Competencia es la capacidad para conocer una autoridad sobre una materia o asunto
(Cabanellas).
La Ley de Organización Judicial en su artículo 26 dice: Competencia es la facultad que
tiene un tribunal o juez para ejercer la jurisdicción de un determinado asunto.
Las atribuciones de un órgano o de una autoridad administrativos se determinan en
razón de materia (obedece a la clase de actividad que desempeña cada órgano),
territorio (delimitada por el espacio físico en el que un órgano tiene autoridad) o de
grado (surge del nivel en que se encuentra un órgano o autoridad con referencia a
otros).1
Puede decirse que cada autor se maneja con su propia terminología. Algunos
prefieren aludir con el término "competencia" a las materias de las que puede conocer
un órgano y con "atribuciones" a los poderes jurídicos que corresponden a aquellas.
Pero cabe apuntar, que para estos últimos, es mayoritaria la utilización del término
"potestades", como situación jurídica subjetiva activa. Así se distingue entre potestad
reglamentaria, potestad sancionatoria, coactiva u organizadora etc. No acaban ahí las
posiciones terminológicas pues algunos afirman que la potestad o capacidad sería la
propia de la persona, la Entidad, mientras que la competencia, es la participación que
cada órgano tiene dentro de la persona jurídica.
Por lo que se refiere a la jurisprudencia, la Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de
abril de 1983 define la competencia como "el conjunto de funciones cuya titularidad
se atribuye por el ordenamiento jurídico a un ente o a un órgano administrativo". Esta
idea material que identifica la competencia como un conjunto de funciones se
corresponde con una acepción jurídica más precisa.
La competencia tiene carácter irrenunciable. Así lo dispone la Ley 40/2015 de Régimen
Jurídico del Sector Público en su artículo 8 y en relación a las competencias atribuidas
a un órgano administrativo recalcando que "se ejercerá por los órganos
administrativos que la tengan atribuida como propia".
Si el órgano que aprueba una norma u acto carece de competencia para ello acarreará
la nulidad o anulabilidad del mismo con arreglo a lo dispuesto en los artículos 47 y 48
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Con arreglo al artículo 47.1 b), serán nulos de pleno
derecho "los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la
materia o del territorio". A la vista de la jurisprudencia recaída hasta el momento, la
interpretación del adverbio "manifiestamente" se ha guiado por el criterio de la
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sostenibilidad, lo que parece corresponder con el espíritu y finalidad del precepto. Por
su parte el artículo 52.3 dispone que "si el vicio consistiera en incompetencia no
determinante de nulidad, la convalidación podrá realizarse por el órgano competente
cuando sea superior jerárquico del que dictó el acto viciado". El apartado 4 del mismo
precepto, por su parte, precisa que si el vicio consistiese en la falta de alguna
autorización, podrá ser convalidado el acto mediante el otorgamiento de la misma por
el órgano competente.
La ley permite la transferencia de la titularidad y ejercicio de la competencia a través
de la desconcentración que puede tener lugar por parte de un órgano administrativo,
en otro jerárquicamente dependiente de aquel (artículo 8.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sin afectar a la titularidad, el ejercicio de la competencia puede verse alterado a través
de la delegación del ejercicio de competencias y la avocación, como técnica de efectos
inversos a la delegación y que a diferencia de ésta continúa inscribiéndose en el
principio jerárquico. La ley contempla no sólo la posible delegación entre órganos de
una misma entidad, sino también la delegación en órgano perteneciente a otra
entidad de derecho público vinculada o dependiente de aquellas.
Por último, la encomienda de gestión, la delegación de firma y la suplencia tampoco
suponen alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos
determinantes de su ejercicio.
La transferencia de la titularidad y del ejercicio de competencias entre
Administraciones responde a sus propias reglas, dentro del marco establecido por la
Constitución. Así, la Constitución regula, en el artículo 150, tres tipos de leyes
estatales que permiten la modulación extra estatutaria de competencias autonómicas:
las leyes marco, leyes de transferencia o delegación de facultades correspondientes a
materias de titularidad estatal, leyes de armonización.5
2. DESARROLLO
2.1.CLASES DE DISTRIBUCIÓN COMPETENCIAL
2.1.1. COMPETENCIA MATERIAL
También conocida como distribución funcional u objetiva, realiza la asignación
de competencias entre las divisiones departamentales en función de los
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distintos servicios públicos posibles, así como los sectores sobre los que exista
intervención pública. De los municipios, cada órgano tiene ciertas
competencias por tema, imparte por la división de trabajo.2
Que atribuye a cada órgano las competencias por razón de las divisiones
objetivas o materiales.5
2.1.2. COMPETENCIA JERÁRQUICA
La distribución se realiza dentro de una división departamental, de manera
que las tareas más importantes y trascendentes quedan a cargo de los
órganos jerárquicamente superiores.2
Basa la distribución en el grado jerárquico del órgano, atendiendo pues por
ejemplo a la importancia cualitativa o económica de los asuntos. El artículo 8.3
de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público establece una regla
general al respecto: "Si alguna disposición atribuye la competencia a una
Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que
la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos
inferiores competentes por razón de la materia y del territorio. Si existiera
más de un órgano inferior competente por razón de materia y territorio, la
facultad para instruir y resolver los expedientes corresponderá al superior
jerárquico común de estos.".5
2.1.3. COMPETENCIA TERRITORIAL
Los distintos órganos son competentes o no en función del ámbito geográfico.
Dicho de otro modo, se distribuye la competencia en función de divisiones
territoriales, cada una de las cuales, cuenta con un órgano que es titular de las
potestades e intereses respecto a ese espacio.2
Supone que la Entidad cuenta con un despliegue territorial de su aparato
organizativo de suerte que las distintas áreas o divisiones son consideradas
como circunscripciones de los órganos con sede o jurisdicción en ellas, sobre
las que ejercen sus competencias.5
2.1.4. COMPETENCIA RATIONE TEMPORIS
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La potestad queda atribuida a un órgano durante un determinado periodo
temporal. Así, el órgano sería o no competente dependiendo de si se
encuentra dentro del marco temporal durante el cual se estipuló que tendría
competencia.2
2.2.CLASES DE COMPETENCIA
Las competencias pueden clasificarse atendiendo a distintos criterios:
2.2.1. COMPETENCIA EXCLUSIVA
Como su nombre indica es aquella que puede ser ejercida exclusivamente por
el órgano titular, es decir el que la tiene atribuida. Ello implica que no cabe
delegación ni avocación. Sólo los órganos que ponen fin a la vía administrativa
(artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre pueden tener atribuidas este
tipo de competencias ya que para los demás, el recurso de alzada que debe
resolver el superior jerárquico, elimina el carácter de exclusiva de estas
competencias.5
2.2.2. COMPETENCIA COMPARTIDA
Es la que se atribuye a varios órganos en distintas fases de ordenación,
ejecución o control.5
2.2.3. COMPETENCIA CONCURRENTE
Es la que se da en relación a una misma materia pero por títulos jurídicos
diferentes que están atribuidos a órganos distintos. Un supuesto es cuando se
requieren varios informes distintos de diferentes órganos, por ejemplo el
informe de asesoría jurídica y el informe de intervención. Otro ejemplo es el
supuesto de requerimiento de diversas autorizaciones de distintos órganos.5
2.2.4. COMPETENCIA ALTERNATIVA.
A diferencia de la exclusiva, permite que pueda ser ejercida por otro órgano a
través por ejemplo de delegación u avocación.5
2.2.5. COMPETENCIA INDISTINTA
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En cambio, es aquella que permite la actuación en un plano de igualdad de
dos o más órganos. Suele darse en el ámbito de la actividad incentivadora o de
fomento de la administración.5
2.2.6. COMPETENCIA SUSTITUTORIA
Que implica que un órgano sólo puede actuar en defecto de otro a quien
corresponde con preferencia.5
3. CONCLUCIONES
La competencia es lo que verdaderamente caracteriza una repartición administrativa y la
distingue de otra, la cual puede ser el complejo de funciones atribuido a un órgano
administrativo, o como la medida de la potestad atribuida a cada órgano. La potestad o
capacidad sería la propia de la persona, la Entidad, mientras que la competencia, es la
participación que cada órgano tiene dentro de la persona jurídica. La competencia
administrativa se divide en las clases según criterio las cuales son: la Competencia
Exclusiva, Competencia Compartida, Competencia Concurrente, Competencia Alternativa,
Competencia Indistinta y Competencia Sustitutoria.
4. REFERENCIAS
1
.http://www.actiweb.es/derechoadministrativo/competenciayjerarquia.html
2
.https://es.wikipedia.org/wiki/Competencia_administrativa
3
.http://www.enciclopedia-juridica.com/d/competencia-administrativa/competencia-administrativa.htm
4
.https://www.monografias.com/docs/Competencia-administrativa-FK48GJTPJDG2Z
5
.https://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTA
AAUNDS0MztbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-
ckhlQaptWmJOcSoANDjX6DUAAAA=WKE#:~:text=La%20competencia%20tiene%20car%C3%A1cter%20irren
unciable,la%20tengan%20atribuida%20como%20propia%22.
5. VIDEOS
5.1.https://www.youtube.com/watch?v=5jKkmkk5-vU
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5.2. https://www.youtube.com/watch?v=5W9xU0XYu-M