Este documento describe diferentes tipos de conflictos laborales y formas de resolverlos de manera pacífica. Explica la huelga y el cierre patronal, así como mecanismos alternativos como la mediación, el arbitraje y la conciliación.
En el presente trabajo se aborda el conflicto de trabajo, la huelga y los medios de solución del conflicto por terceros, según nuestra legislación peruna.
EL PRESENTE TRABAJO TRATA DE LA REALIDAD QUE SE VIVE EN CUALQUIER LUGAR DE NUESTRO PAIS Y DEL MUNDO PROBLEMATICAS A LAS QUE NUNCA ESCUCHAN Y MUCHO MENOS DAN SOLUCION......ESA SERA NUESTRA REALIDAD?
En el presente trabajo se aborda el conflicto de trabajo, la huelga y los medios de solución del conflicto por terceros, según nuestra legislación peruna.
EL PRESENTE TRABAJO TRATA DE LA REALIDAD QUE SE VIVE EN CUALQUIER LUGAR DE NUESTRO PAIS Y DEL MUNDO PROBLEMATICAS A LAS QUE NUNCA ESCUCHAN Y MUCHO MENOS DAN SOLUCION......ESA SERA NUESTRA REALIDAD?
Breve descripción de que es el Despido, procedimientos antes de hacerlo, regulación según el Cód Trabajo. Casos ejemplificantes, forma de hacer despidos solapados.
Este proyecto de ley protege a los trabajadores, cumpliendo así con lo comprometido en el programa de Gobierno y con las recomendaciones internacionales en esta materia. De esta manera, la iniciativa queda en condiciones de ingresar a tramitación al Congreso Nacional.
La palabra conflicto viene del latín confliclus (de con. juntos, y fligere:
golpear), que significa combate, lucha, roce. Jurídicamente esta connotación
pasa a ser collisio (de con: juntos, y laedere: herir), que denota choque
violento o directo.
Este proyecto de ley protege a los trabajadores, cumpliendo así con lo comprometido en el programa de Gobierno y con las recomendaciones internacionales en esta materia. De esta manera, la iniciativa queda en condiciones de ingresar a tramitación al Congreso Nacional.
Entramos en el mundo de la gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa, así como en conocer qué son el Plan de Prevención de Riesgos Laborales , Plan de Autoprotección y el Plan de Emergencias.
Las medidas de prevención y protección.ppsxJosé Luis
La prevención de riesgos laborales tiene distintas formas de atajar las posibles manifestaciones de riesgos en el trabajo. Estamos hablando de seguridad en el trabajo, higiene industrial o incluso de medicina laboral. Todas estas ramas pretenden lo mismo: evitar accidentes y/o enfermedades laborales.
Junto a esto, debemos saber que hay medidas que actúan antes de la manifestación del riesgo (prevención) y otras que tratan de minimizar las consecuencias (protección).
En esta presentación también se tratan los primeros auxilios y los distintos protocolos como el PAS y el SVB.
Un saludo.
Normativa en materia de prevención de riesgos laborales, así como también los distintos organismos relacionados con la Prevención de Riesgos Laborales, a nivel internacional, europeo, estatal y regional (Castilla La Mancha).
Además, se hace un repaso a los deberes de empresa y trabajadores en Prevención de Riesgos Laborales.
Se trata de conocer qué son los sindicatos, así como los convenios colectivos.
En esta presentación se tratan también los conflictos colectivos, como son la huelga y el cierre patronal, y las posibles soluciones a dichos conflictos.
Condiciones de trabajo y los riesgos para ciclos de administración y finanzas, de educación infantil, de atención a personas en situación de dependencia y gestión administrativa.
Entender qué aspectos desarrolla y protege la prevención de riesgos laborales, así como los organismos nacionales e internacionales que protegen la salud de los trabajadores.
Introducción a los recursos humanos, acercamiento histórico al estudio de los recursos humanos, características del líder y evolución de los recursos humanos hasta la actualidad.
Today is Pentecost. Who is it that is here in front of you? (Wang Omma.) Jesus Christ and the substantial Holy Spirit, the only Begotten Daughter, Wang Omma, are both here. I am here because of Jesus's hope. Having no recourse but to go to the cross, he promised to return. Christianity began with the apostles, with their resurrection through the Holy Spirit at Pentecost.
Hoy es Pentecostés. ¿Quién es el que está aquí frente a vosotros? (Wang Omma.) Jesucristo y el Espíritu Santo sustancial, la única Hija Unigénita, Wang Omma, están ambos aquí. Estoy aquí por la esperanza de Jesús. No teniendo más remedio que ir a la cruz, prometió regresar. El cristianismo comenzó con los apóstoles, con su resurrección por medio del Espíritu Santo en Pentecostés.
1. LOS CONFLICTOS LABORALES
y LA SOLUCIÓN PACÍFICA
-La Huelga
-Cierre Patronal
-Mediación, Arbitraje y Conciliación
2. LOS CONFLICTOS
• Pueden ser:
– Individuales: enfrentamiento trabajador –
empresario.
• Jurídicos: por aplicación normativa.
– Colectivos: enfrentamiento trabajadores –
empresario /os.
• Jurídicos: por aplicación de la normativa.
• Intereses: para revisar o sustituir una norma.
3. LA HUELGA
• Es un derecho reconocido en la CE (art. 28.2)
• Medida de presión y de defensa de los
intereses de los trabajadores.
• Se reconoce de forma individual y se ejerce de
forma colectiva.
4. LA HUELGA
• Huelga ilegal o ilícita:
– Las de celo o reglamento.
Legal Ilícita o ilegal
Laboral Las que se inicien o se sostengan por motivos políticos u
otra circunstancia ajena al interés profesional.
Directa Las huelgas de solidaridad o apoyo, salvo que afecten al
interés profesional.
No modificar el
convenio en
vigor (paz
laboral). Se
puede
introducir algo
nuevo.
Las que quieran alterar lo pactado en convenio o laudo
arbitral, salvo que haya incumplido el empresario.
No abusivas -Huelgas rotatorias.
-En sectores estratégicos o de tapón.
-Las de celo o reglamento.
-Huelgas a la japonesa.
5. LA HUELGA
• Consecuencias:
– Los contratos se suspenden, así como la obligación de cotizar a la
Seguridad Social (No hay derecho a prestación por desempleo o
IT que se inicie en esta situación).
– Los empresarios no pueden contratar a otros trabajadores y no
pueden sancionar a los huelguistas.
– Respeto a los que no quieran ir a la huelga.
– Los días de huelga no pueden ser descontados de los de
vacaciones.
– Obligación de negociación entre partes implicadas durante el
proceso.
– Si es ilegal, podrá haber indemnizaciones y sanciones, incluso
despidos.
– El pacto que ponga fin a la huelga, tiene mismos efectos que el
convenio colectivo.
6. LA HUELGA
• Legitimación para declarar la huelga:
– Los representantes de los trabajadores, con
asistencia mínima del 75%.
– Los propios trabajadores, por mayoría simple,
decidida en asamblea, con asistencia mínima del
25%.
– Los organizadores sindicales con implantación en el
ámbito laboral al que la huelga se extienda.
7. LA HUELGA
• Comunicación:
– Se comunica por escrito al empresario y a la
Autoridad Laboral, con al menos 5 días naturales,
10 si afecta a servicios públicos.
– Se indica la fecha de inicio, la composición del
comité de huelga y el objetivo de la misma.
– Servicios esenciales: servicios mínimos impuestos
por la A.L.
– Si se aplica el ASECC: acudir antes a la mediación,
arbitraje o conciliación.
8. LA HUELGA
• Constitución del comité de huelga:
– Comité de huelga: compuesto por 12 trabajadores
afectados. Representa a los huelguistas: negocian,
realizan actuaciones sindicales, administrativas o
judiciales y garantizar los servicios mínimos.
9. EL CIERRE PATRONAL
• Es la suspensión colectiva del trabajo y el cierre
del centro de trabajo por iniciativa del
empresario.
10. EL CIERRE PATRONAL
• ¿Cuándo?
– En caso de huelga ilegal o irregularidad colectiva.
• Motivos:
– Peligro notorio de violencia para personas o daños graves en
las cosas.
– Ocupación ilegal del centro de trabajo o peligro real de que
suceda.
– Que el volumen de inasistencia o irregularidades en el trabajo
impiden el normal desarrollo del trabajo.
11. EL CIERRE PATRONAL
• Consecuencias:
– Los contratos quedan en suspenso: huelguistas y no
huelguistas.
– No hay derecho a prestación por desempleo o IT que
se inicie en esta situación.
• Procedimiento:
– Debe informarse del cierre a la Autoridad Laboral
(A.L.) con plazo de 12 horas.
– Limitar el cierre al tiempo indispensable: reapertura
cuando cesen motivos (a petición del empresario,
trabajadores o A.L.).
12. SOLUCIONES ALTERNATIVAS DEL
CONFLICTO COLECTIVO
• Existen dos medidas:
– Proceso administrativo de conflicto colectivo.
– Proceso especial de conflicto colectivo.
13. SOLUCIONES ALTERNATIVAS DEL
CONFLICTO COLECTIVO
• Procedimiento administrativo (incompatible con la
huelga):
– Conflicto colectivo: interpretación y aplicación de norma legal o
convencional, decisión o práctica del empresario.
– Conflicto de intereses: modificación o sustitución de una norma
existente.
• Iniciación: representantes de trabajadores o empresarios.
Notificación a la Autoridad Laboral correspondiente (hechos,
quiénes lo promueven, peticiones y ámbito de afectación).
• Desarrollo: 24 horas después se debe notificar a la otra parte y se
convoca a reunión en 3 días.
• Terminación: planteamiento de soluciones al conflicto: judiciales y
extrajudiciales.
14. SOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL
• Conciliación: se propone una solución, que
deciden si aceptan o no.
• Mediación: el conciliador trata de aproximar a
las partes para que lleguen a un acuerdo.
• Arbitraje: el árbitro dicta un laudo arbitral, que
será de obligado cumplimiento.