3. Lo primero que se hace
cuando alguien ingresa a
trabajar es afiliarlo a
seguridad social, caja de
compensación familiar,
pensión
Si se encuentra en
periodo de prueba tiene
los mismos derechos
Cuando es prestación
de servicios no
adquiere los mismos
derechos
Art 25 derechos del
trabajador en condiciones
dignas y justas
Art 26 títulos
profesionales
4. ARTICULO 53 PRINCIPIOS
FUNDAMENTALES
Igualdad de oportunidades
Remuneración mínima
No se puede renunciar a los
derechos
Conciliación de derechos laborales
Siempre a favor del trabajador
Contrato realidad
Seguridad social
Constante capacitación
5. FINALIDAD DEL CODIGO LABORAL
COLOMBIANO
• La finalidad primordial
de este código es la de
lograr justicia en las
relaciones que surgen
entre trabajadores y
empleadores , dentro
de un espíritu de
coordinación
económica y equilibrio
social
6. RELACIONES QUE REGULA EL CODIGO
• El presente código
regula las relaciones de
derecho individuad de
trabajo de carácter
particular y las de
derecho colectivo de
trabajo, oficiales y
particulares
7. TRABAJO
• El trabajo que regula este
código es toda actividad
humana material o
intelectual, permanente o
transitoria, que una
persona natural ejecuta
conscientemente al
servicio de otra , y
cualquiera que sea su
finalidad, siempre que se
efectué en ejecución de
un contrato de trabajo
8. MINIMOS DERECHOS Y GARANTIAS LABORALES
«DERECHOS CIERTOS Y DISCUTIBLES»
Salario dotación
pensión
Aux,
trans
primas salud
cesantías vacaciones arl
Recargos
nocturnos
Horas
extras
Derechos
inciertos
9. DIVISION O ESTRUCTURA DEL DERECHO LABORAL
Derecho laboral
individual
Derecho laboral
colectivo
Seguridad social
Procedimientos
laborales
Encargado de
regular las
relaciones
laborales de los
particulares y se
encarga y trata
asuntos como
salario,
prestaciones
sociales , clases de
contrato , periodo
de prueba etc
Trata de asuntos
de la organización
sindical , como se
crea un sindicato
clases de sindicato
, fuero sindical,
huelga, pliego de
peticiones ,
arbitramiento ,
registro sindical ,
personería jurídica
Salud pensión,
riesgos laborales
Salud: atención
especialidades plan
obligatorio de
salud
Pensión: 2
regímenes ahorro
individual, prima
media con
prestación definida
Procesos de
única instancia
hasta 20 smlv
Procesos de
primera
instancia mas
de 20 smlv
10. CONTRATO DE TRABAJO ACCIDENTAL
TRANSITORIO U OCACIONAL
• Es aquel de corta
duración no superior a
un mes , el cual se usa
para actividades
diferentes a las del
objeto social
11. CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
• Es aquel por medio del
cual una persona
natural se obliga a
prestar un servicio
personal a otra persona
natural o jurídica, bajo
la continua
dependencia u
subordinación de la
segunda mediante
remuneración
12. ELEMENTOS ESENCIALES
La actividad
personal del
trabajador
La continua subordinación o
dependencia del trabajador respecto
del empleador que faculta a este para
exigirle el cumplimiento de ordenes,
en cualquier momento en cuanto a
tiempo , modo o cantidad de trabajo e
imponerle reglamentos
Un salario como
retribución del
servicio
13. COEXISTENCIA DE CONTRATOS
• Un mismo trabajador
puede celebrar
contratos de trabajo
con dos o mas
empleadores , salvo que
esté haya pactado
exclusividad de servicios
a favor de uno solo
14. CONCURRENCIA DE CONTRATOS
• Aunque el contrato de
trabajo se presente
involucrado o en
concurrencia con otros ,
no pierde su naturaleza
, y le son aplicables por
tanto las normas de el
código laboral
colombiano
15. UTILIDADES Y PERDIDAS
• El trabajador puede
participar de las
utilidades o beneficios
de su empleador , pero
nunca de sus riegos o
perdidas
16. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
• Edad mínima 18 años de
edad , si en menos de
edad hay que pedir
autorización al ministerio
de trabajo , los menores
de edad si pueden cotizar
, sin embargo estos no
puedes realizar
actividades peligrosas ,
físico, mental o
psicológica
17. REPRESENTANTES DE EMPLEADOR Y
SOLIDARIDAD
• Son representantes del
empleador y como tales
lo obligan frente a sus
trabajadores
Los que ejerzan
funciones de
dirección o
administración
Los
intermediarios
18. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
• Son solidariamente
responsables de todas las
obligaciones que emanen
de contrato de trabajo las
sociedades de personas y
sus miembros y estos
entre si en relación con el
objeto social y solo hasta
el limite de la
responsabilidad de cada
socio
19. MODALIDAD DE CONTRATO DE TRABAJO
CONTRATO VERBAL CONTRATO ESCRITO
indefinido Termino fijo ocasional
20. CONTRATO A TERMINO FIJO
• No puede ser superior a tres años
• Se debe informar con 30 días de
anticipación que el contrato no va
a ser renovado
• Debe plasmarse por escrito
• Los contratos menores a un año
solo podrán ser renovados por 3
periodos adicionales al inicial
toda vez que el quinto periodo es
obligatorio
• La indemnización por despido sin
justa causa en un contrato a
termino fijo será por el tiempo
que faltare por completarse el
contrato
21. EJERCICIO 1 indemnización por
despido sin justa causa
• María tiene un contrato a termino fijo , labora
con la empresa pichincha desde el día 20 de
marzo del 2013, con un contrato a termino fijo
de 1 año , es despedida hoy 19 de febrero de
2015 , salario vigente es de 1.500.000
• Cual es el valor de la indemnización por
despido sin justa causa
Respuesta 30 días $ 1.500.000
22. CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO
• Se prueba que existe un
contrato laboral con 2
testigos y desprendible de
pago
• Cuando una persona
devenga menos de 10
smlv : 30 días primer año,
y 20 días siguiente
• Cuando una persona
devenga mas 10 smlv 20
días primer año, y 15
siguientes
23. Ejercicio 2 indemnización por despido sin justa causa contrato termino
indefinido
• Jenny ingresa a laboral el 23 de enero de 2014 y es despedida sin justa causa en
día 26 de febrero de 2015, su salario es de 2.000.000
primer periodo
23 de enero de 2014
$ 2.000.000,0023 de enero de 2015
segundo periodo
1.333.333/360*34 $ 125.925,00
total indemnizacion $ 2.125.925,00
24. ejercicio
• Gertrudis ingreso a laborar el 1 de enero de
2015, fue despedida el 26 de febrero de 2015 ,
cual es la indemnización por despidió sin justa
causa
primer periodo
30 dias 3.000.000
25. ejercicio
• Chucho ingresa a laborar en la empresa una palma el 25 de marzo de 2010 y es
despedido hoy 26 de febrero de 2015 , salario de 2.300.000
primer periodo
25 de marzo de 2010 2.300.000
25 de marzo de 2011
segundo periodo
25 de marzo de 2011 1.533.333
25 de marzo de 2012
tercer periodo
25 de marzo de 2012 1.533.333
25 de marzo de 2013
cuarto periodo
25 de marzo de 2013 1.533.333
25 de marzo de 2014
quinto periodo
1.533.333*332/360 1.414.073
total indemnizacion 8.314.072
26. Margarita ingresa a laborar a helados la nieve el 15 de agosto de 2008 es
despedida sin justa causa el 26 de febrero de 2015 salario 1.350.000
primer periodo
15 de agosto de 2008 1.350.000
15 de agosto de 2009
segunda periodo
15 de agosto de 2009 900.000
15 de agosto de 2010
tercer periodo
15 de agosto de 2010 900.000
15 de agosto de 2011
cuarto periodo
15 de agosto de 2011 900.000
15 de agosto de 2012
quinto periodo
15 de agosto de 2012 900.000
15 de agosto de 2013
sexto periodo
15 de agosto de 2013 900.000
15 de agosto de 2014
sexto periodo
15 de agosto de 2014 al 26 de febrero de 2015
900.000*192/360 480.000
total indemnizacion 6.330.000
27. ejercicio
• Pedro ingresa a laborar en la empresa llano
hermoso mediante contrato laboral a termino
indefinido el día 1 de diciembre de 2014, es
despedido sin justa causa el 26 de febrero de
2015 su salario es de 6.587.000
• Indemnización 4.391.333
28. ejercicio
• Natalia ingresa a laborar a la empresa chori llano el día 17 de octubre de 2010 y es
despedida 26 de febrero de 2015, salario 8.000.000
primer periodo
17 de octubre de 2010 5.333.333
17 de octubre de 2011
segundo perido
17 de octubre de 2011 4.000.000
17 de octubre de 2012
tercer periodo
17 de octubre de 2012 4.000.000
17 de octubre de 2013
cuarto periodo
17 de octubre de 2013 4.000.000
17 de octubre de 2014
quinto periodo
17 de octubre de 2014
26 de febrero de 2015
4.000.000*130/360 1.444.444
total indemnizacion 18.777.777
30. PRIMA DE SERVICIOS
• Toda empresa debe pagar a sus
empleados como prima de
servicios, un salario mensual por
cada año laborado, o si la vinculación
es inferior a un año, el pago
será proporcional al tiempo que el
trabajador lleve vinculado, cualquiera
que este sea.
• La prima de servicios corresponde a
la participación del trabajador en las
utilidades obtenidas por la empresa,
beneficio que contemplaba la
legislación anterior a la vigente.
• Valor 15 días salario /180 * días
laborados
31. ejercicio
• María ingreso el 1 de julio del año 2014 y
termino el 30 de diciembre del mismo año
salario 1.000.000, cual es el valor a pagar por
prima
• Valor a pagar $500.000
32. ejercicio
• María ingresa el 24 de diciembre del año 2014
y es despedida el 3 de febrero de 2015 salario
1.000.000
• 500.000*33/180=91.666
33. ejercicio
• Yenny yurley ingreso el 1 de enero de 2015
despedida el 12 de marzo de 2015 salario
1.000.000
• 500.000*72/180=200.000
34. ejercicio
• Rosa ingresa a trabajar el 1 de marzo de 2015
y es despedida el 1 de marzo de 2015 salario
1.000.000
• 500.000*1/180=2.777
35. ejercicio
• Chucho ingresa a laborar el 1 de febrero de
2015 y es despedido el 3 de febrero de 2015
• 1.000.000*3/180=16.666
36. ejercicio
• Maria ingresa a laborar el 24 de agosto de
2014 y termina su contrato el 17 de marzo de
2015 su salrio es de 1.930.000, valor de la
prima
• 965.000*77/180=412.805
37. ejercicio
• Jennifer ingresa a laborar el 29 de abril del año
2014 y es despedía sin justa causa el 3 de enero
de 2015 su salario es de 3,050,000 el empleador
incumplió sus obligaciones laborales, liquidar las
primas adeudadas
• 1.525.000*3/180=25.416 prima 2015
• 1.525.000*62/180=525.277 primera prima 2014
• 1.525.000 segunda prima 2014
• Total liquidacion 2.075.693
38. CESANTIAS
• Las cesantías son una
prestación social que
contempla la legislación
laboral colombiana que busca
proteger de alguna forma al
trabajador que queda
“cesante”, es decir, aquel
trabajador que queda
desempleado o que
simplemente se le termina
el contrato de trabajo, lo cual
no siempre implica que quede
desempleado, pero la ley así lo
ha supuesto.
• Valor mes de salario *días
laborados /360
39. ejercicio
• Jessica ingresa a laborar el 23 de julio de 2014,
cual fue el valor que se le deposito por
concepto de cesantías el 14 de febrero de
2015
• 2.100.000*158/360=921.666
40. ejercicio
• Jayana ingreso a laborar el 1 de enero del año
2015 salario 3.050.000 es despedida el dia 19
de marzo de 20156 cual es el valor a pagra por
concepto de cesantías
• 3.050.000*79/360=669.305
41. ejercicio
• Camila ingreso a laborar el 29 de enero del
año 2008 y fue despedida sin justa causa el dia
25 de febrero de 2015 , su salario es de
1.810.000, cual fue el valor a pagar por
concepto de cesantías
• 1.810.000*55/360=276.527
42. INTERESES DE CESANTIAS
• El empleador debe pagar
a sus empleados
intereses sobre las
cesantías que tenga
acumuladas a 31 de
diciembre, a una tasa del
12% anual.
• Los intereses se deben
pagar a más tardar al 31
de enero, y se pagan
directamente al
empleado,
• Valor de las cesantías
*0.12*dias laborados/360
43. ejercicio
• Si Viviana laboro del 1
de enero de 2014 al 31
de diciembre de 2014
por valor de cesantías le
corresponde 2.300.000,
cual será el valor por
concepto de intereses
de cesantías
• solucion
2.300.000*0.12*360/360=276.000
44. ejercicio
• Nicol Daniela ingresa a
laborar el 8 de enero
del año 2014 y termina
su contrato laboral el 24
de diciembre del 2014
el valor de las cesantías
es de 3.050,000
• solucion
3.050.000*0.12*347/360=352.783
45. ejercicio
• Natalia ingreso el 12 de
julio de 2014 fue
despedida el 20 de
octubre de 2014 valor
de las cesantías 800.000
• 800.000*0,12*99/360=26.400
46. VACACIONES
• Las vacaciones laborales es el
derecho que tiene todo
trabajador a que el empleador le
otorgue un descanso remunerado
por el hecho de haberle trabajado
un determinado tiempo.
• En Colombia, las vacaciones
corresponden a 15 días hábiles de
descanso remunerado por cada
año de trabajo. En el caso de
algunos trabajadores de la salud,
las vacaciones son de 15 días por
cada seis meses de trabajo, pero
esta es la excepción de la regla
general de los 15 días por año
trabajado.
47. SANCION MORATORIA CUANDO NO SE
DEPOSITAN LAS CESANTIAS
• el empleador debe consignar
las cesantías del empleado
antes del 15 de febrero del
año siguiente al que se
liquidaron, y si el empleador
no paga dentro de la
oportunidad contemplada por
esta norma, deberá pagar un
día de salario por cada día de
retardo.
• Así, si el empleador se demora
dos meses en consignar las
cesantías al fondo que el
empleado haya elegido,
deberá pagar como multa 60
días de salario.
48. ejercicio
• Jenny yurley laboro todo
el año 2013 y su salario
era de 1.500.000 fue
despedida el 20 de marzo
de 2014 , las cesantías del
2014 fueron pagas , cual
será el valor a pagar pro
concepto de cesantías
2013 y cual es la sanción
moratoria por no haber
depositado en el fondo
• Cesantías año 2013=1.500.000
• Sanción moratoria 415=20.750.000