1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO TRIBUTARIO
NÚCLEO ARAURE
INTEGRANTE:
Betancourt, Jackeline
C.I.: 14.347.615
Prof.: Abg. Emily Ramírez
Septiembre, 2015
2. PUNTOS A DESARROLLAR
Recurso Jerárquico
Formas de interponerlo
Admisión del recurso
Causales de inadmisibilidad
Improcedencia del recurso
Lapso probatorio: cuando no procede la apertura del lapso
probatorio.
3. RECURSO
JERARQUICO
Formas de
interponerlo
Mediante escrito
donde se expresen
las razones de hecho
y de derecho en que
se fundamenta, con
asistenciao
representación de
abogado o cualquier
otro profesional a fin
al área tributaria.
Admisión
del recurso
La administración
tributaria,admitiráo
no el recurso
jerárquico dentro de
los tres (3) días
hábiles siguientes al
vencimiento del lapso
para la interposición
del mismo
causales de
inadmisibilidad
falta de cualidad o
interés del
recurrente
caducidad del plazo
para ejercer el
recurso
ilegitimidad dela
persona que se
presente como
apoderado o
representante
Falta de asistencia
o representación
de abogado
improcedencia
del recurso
actos dictados por
las autoridades
extranjeras que
determinen
impuestos y sus
accesorios
actos dictados por
las autoridades
competentes en un
procedimiento
amistoso previstos
en un tratado para
evitar la doble
tributación
Lapso
probatorio
Una vez admitido el
recurso jerárquico la
administración
tributaria notificara
al interesado de la
apertura de un lapso
probatorio para que
se evacue las
pruebas promovidas
en su escrito y las
que estime
pertinentes la
administración
Cuando no procede
la apertura del
lapso probatorio:Se
podrá exceptuar de
la apertura del
lapso probatorio en
los asuntos demero
derecho
y cuando el
recurrente no haya
anunciado,alegado
o promovido
pruebas.
4. CONCLUSIÓN
El Recurso Jerárquico Administrativo representa una solicitud
dirigida al superior jerárquico para que éste revise una decisión
impugnada y la revoque o reforme.
Se tiene que, el Recurso Jerárquico, también denominado por
algunas leyes Recurso de Apelación, constituye la reclamación que contra
un acto administrativo se interpone para ante el superior jerárquico en el
orden administrativo, por estimar que dicho acto lesiona un interés
legítimo o un derecho subjetivo; representando el medio de impugnación
del acto administrativo ejercido para ante el superior jerárquico de la
autoridad administrativa que dictó el acto impugnado.
Se debe acotar, que actualmente no es necesario que una ley en
particular lo contemple, ya que resulta connatural al ejercicio pleno del
derecho a la defensa del ciudadano, en este caso, administrado titular de
derechos subjetivos e intereses personales legítimos lesionados con
motivo de la actuación administrativa.
Además, el Recurso Jerárquico es una opción que le da el legislador
al contribuyente, para impugnar un acto emanado de la Administración
Tributaria, establecido en el Código Orgánico Tributario.
5. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999)
Código Orgánico Tributario. (2014).
Evans, R. (2005). Introducción al Régimen Impositivo Municipal
Venezolano.
Padrón, O. (2004). Notas acerca de la interpretación de la Ley
tributaria, en Temas Tributarios.
Sainz, F. (2002). Sistema de Derecho Financiero