2. La Sentencia
NATURALEZA. ELEMENTOS QUE LA CARACTERIZAN Y LA
DEFINEN
1 – Sentencia como silogismo lógico. (premisa mayor, premisa
menor y conclusión)
2- Sentencia como resolución judicial. (la conclusión normal y
natural de un litigio)
3- Sentencia como decisión, declaración de voluntad del Estado
vía juzgador y acto principal de la función jurisdiccional ( juris
dicere). Instrumento mediante el cual se imparte justicia y de
salvaguarda de certeza y de seguridad jurídica
2
3. Sentencia….
4- sentencia como acto de interpretación,
integración y recreación del derecho. (supera el
formalismo legal de separación de poderes de los
franceses:: aplicación mecánica de la ley). El
juzgador domo integrador y creador de Derecho a
través de sus sentencias.
5- sentencia como documento formal y solemne.
Fiel reflejo de la voluntad del juzgador. Instrumento
de comunicación. Como genero literario que exige
rigor intelectual en su elaboración
3
4. Sentencia es…
La forma en que los tribunales expresan su voz.
Instrumento principal para manifestar lo que el
derecho es
una orden tanto a las partes como a la ciudadanía en
general
el estudio concreto del caso
investigación analítica y solución de un conflicto
individualizado.
NO ES:
Tratado jurídico
Monografía
Artículo ni una Conferencia
l
l
l
4
5. Requisitos de la sentencia
l
Claridad
l
Precisión
l
Congruencia
5
6. Requisitos de forma del documento
De calidad: por escrito, en castellano (no citas ni
máximas y aforismos en latín), no abreviaturas,
evitar tecnicismos, reiteraciones, transcripciones
innecesarias, usar frases cortas, atender a las reglas
gramaticales. Razonamientos precisos, concisos y
convincentes. Favorecer la unidad del texto
buscando una exposición hilada y coherente como
un todo ordenado.
Artículo 141 cpc y 101 rtt
6
7. …De forma
De estructura: encabezado, identificación del
litigio, preámbulo, antecedentes e historia sucinta
del asunto, en orden cronológico y puntos
concretos con transcripciones sólo de lo
indispensable (resultandos); análisis de la
competencia, procedencia, alegatos, incidentes,
valoración de la prueba, análisis de agravios,
decisión…
7
8. Requisitos de fondo (Motivación y Congruencia)
Motivación: Argumentación, interpretación e
integración jurídica, obligación del tribunal de
expresar los motivos , razones y fundamentos de su
decisión. Es un medio para evitar la arbitrariedad.
Fundamento: Artículo 69 de la constitución
dominicana
8
9. …de fondo
Objetivo de la motivación:Mantener la confianza de los ciudadanos en la
justicia, y Facilitar la fiscalización por el tribunal
superior en ocasión de los recursos
9
10. Diferencia entre Fundamentación y Motivación
Motivación es la obligación impuesta al juzgador de
tomar en cuenta en la realización de la sentencia,
todos aquellos elementos que conforman el
expediente, medios de prueba, alegatos, etc y que
serán valorados por el juzgador
Fundamentación. Vinculado con el principio de
legalidad. deriva de la obligación del tribunal de
aplicar la norma, exponiendo el juzgador porqué ha
decidido aplicar dichos preceptos
10
11. …de fondo
B) Congruencia:
1- existencia de un hilo conductor que de orden y
racionalidad a la sentencia
2-deber del juzgador de pronunciar su fallo de
acuerdo exclusivamente con las pretensiones
negaciones o excepciones que, en su caso, hayan
planteado las partes durante el juicio
3-Correspondencia o relación entre lo aducido por las
partes y lo considerado y resuelto por el tribunal.
11
12. Congruencia…
Art.480 cpc, numerales 4 y 5 (de la revisión
civil)
- Por el principio de congruencia debe existir:
identidad entre lo resuelto y lo controvertido
oportunamente por los litigantes y en relación
con los poderes atribuidos en cada caso, al
órgano jurisdiccional por el ordenamiento
jurídico
-
12
13. Es incongruente:
La sentencia que condena a más o a cosa
distinta:
Por ultra petita, cuando se concede más de lo
pretendido, más de lo resistido, o por actuar
el órgano jurisdiccional, rebasando más de lo
pretendido, más de lo resistido, o por extra
petita, cuando se otorgue algo distinto a lo
pedido,
13
14. Sanción
La falta de congruencia produce la nulidad del
fallo .El artículo 501 cpc: retractación
14
16. Clasificación de la sentencia
l
Interlocutorias
l
Definitivas
l
Desestimatorias
l
Estimatorias
l
De primera o de segunda instancia
l
Condenatorias
l
Declarativas
l
Constitutivas
l
De fondo
l
Preparatorias
16
17. Por su finalidad
(Manera en que el proceso puede concluir y
no son excluyentes)
1-Declarativas (se limitan a reconocer
relación o situación ya existente)
una
2-Constitutivas (crean, modifican o extinguen un
estado jurídico)
3-De condena (ordenan determinada conducta a
alguna de las partes: dar, hacer o no hacer)
17
18. Por su resultado
●
Por el efecto que la sentencia va a tener en las
partes
●
Estimatorias (acoge la pretensión de las partes)
●
Desestimatorias (rechazan la pretensión de las
partes)
18
19. Por su función en el proceso
Depende de si se otorga solución a un
incidente o pone fin a la relación procesal.
A- Interlocutorias (incidentales)
B- Definitivas (fondo)
19
21. El lenguaje en la sentencia:
SENCILLO, CLARO, COMPRENSIBLE.
21
22. El lenguaje en las sentencias
ASPECTOS NEGATIVOS:
1- Es hermético (solo al alcance de juristas iniciados, ajeno al
ciudadano común)
2- Es especial (por su carácter científico y su esencia argumentativa, lo
que en exceso lo hace escapar a la comprensión del ciudadano con
capacidades y conocimientos ordinarios
3- Es especializado. jerga de especialistas. inaccesible los ciudadanos
22
23. El lenguaje…
4- Es sobrecargado. vicios de redacción, utilización
recurrente de palabras, reiteración de párrafos con el
mismo
patrón
de
fondo,
abuso
de
adverbios,
proliferación de gerundios, puntuación deficiente e
irregular
5- es conservador y tendente al inmovilismo (reposa en
una tradición de siglos trasmitida de generación a
generación de juristas
23
24. 6-es inclinado al aislamiento y al complejo de isla. (por
todo lo anterior)
7-Demasiadas veces el lenguaje en la sentencia es
dudoso, incomprensible, ambiguo….
24
25. El lenguaje...
Razones de las
incomprensiones:
ambiguedades,
dudas,
e
a)El legislador suele redefinir el significado de términos de
uso común con un sentido diferente: actor, tenedor, cosa
capacidad, domicilio. El juez los usa sin especificar su
sentido, generando cierta incertidumbre.
b)El uso de términos técnicos por parte del juez puede
generar indefensión de alguna de las partes,
especialmente en los procesos donde no es necesario el
ministerio de abogados.
25
26. El lenguaje…Razones…
c) Formulas arcaicas y rituales
d) Formulas inapropiadas
e) Uso y abuso de las construcciones en gerundio (“el
testigo vio a la víctima paseando por el parque”.
¨quien paseaba por el parte, el testigo o la víctima?
(produce ambigüedad)
f) El uso del latinismo: iuris tamtum, a quo..
g) Utilización de siglas y abreviaturas
26
27. Razones…
h) Uso de frases perifrásicas (dictar sentencia en vez
de sentenciar, presentó alegaciones por alegar
i) Transcribir disposiciones poco claras del legislador
j)Extensión desmesurada de las frases (las
investigaciones psicolingüísticas han demostrado que
las ideas se comprenden mejor expresadas mediante
frases cortas) ,
27
28. k) La concanetación ininterrumpida de ideas y
razonamientos en largas frases.
m) redacción confusa
n) olvido de las reglas gramaticales más básicas
(dificulta o hace imposible su comprensión y su
justificación)
28
29. El estilo en las sentencias
(Lo que no debe ser)
Una sentencia mal redactada:
l
Debilita los argumentos utilizados
l
Perturba el razonamiento
l
Impide conocer con exactitud cómo y por qué se ha
resuelto el fondo de la cuestión
29
30. El estilo…
Lo que debe facilitar:
l
l
Que favorezca tanto la fundamentación como la
comunicación de la decisión judicial
Es necesario que sus destinatarios la comprendan,
por lo que el lenguaje utilizado debe ser el natural
30
31. El Lenguaje: Tendencias actuales
1-Tribunales constitucionales (uso lenguaje mas llano)
2-Leyes (España: artículo 209 ley de enjuiciamiento
española)
3- Influencia de un movimiento a favor de la
modernización y la inteligibilidad del lenguaje jurídico en
general (el Plain English Movement, persigue que la gente
común pueda entender los documentos jurídicos, privados
y adminsitrativos)
31
32. 4-Francia y Cánada, Alemania y
Europea (en Italia
el Codice
comunicazioni scritte ad uso delle
pubbliche) han tomada medidas
legislativa y la redacción de las leyes
Austria, unión
di stili delle
amministrazioni
con la técnica
5-La paulatina penetración en los jueces de una
ideología que sostiene que el Poder Judicial ha de
servir mejor a los ciudadanos. Erradicación de todo
lenguaje discriminatorio, ofensivo o injurioso. (el
lenguaje judicial debe ser cortés y respetoso)
32