ENJ-100: Curso Razonamiento, Argumentación y Estructuración de las Decisiones Judiciales
1. Curso Razonamiento, Argumentación y
Estructuración de las Decisiones Judiciales
Módulo 3: Modelo Teórico-Práctico de la
Estructuración de la Decisión Judicial
-Estructura de la sentencia-
Por Darío Gómez Herrera
4. En nombre de la República
• La norma requiere que la sentencia sea
dictada en nombre de la república. ¿por
qué?
5. Número del proceso y de la
sentencia
• Tienen como función establecer el
sentido cronológico tanto del proceso
como el de la sentencia
• Efectos
–Materia Penal y Niños, Niñas y
Adolescentes
–Materias Civil, Laboral e Inmobiliario
6. Fecha de la decisión
• Exigencia procesal y efecto de carácter
general
• Problemática de sentencias dictadas en
defecto
7. Identificación del tribunal
Tutela del principio de juez natural (art.
69.2 Constitución, 8.1 Convención
americana de derechos humanos).
• Determinación de las reglas de
competencia.
10. Apoderamiento
• Constituye una exigencia común a todas
las materias y consiste en una
enunciación sencilla de qué consta lo
apoderado y de qué materia se trata.
11. Descripción del proceso
• La descripción del proceso, constituye un
elemento común a todas las sentencias,
no importa la materia o jurisdicción de
que se trate, y, con ello se trata de
contribuir con dar certeza al documento
emitido por el organismo jurisdiccional.
12. Partes en el proceso
• La plena identificación de las partes no
debe dejar duda sobre a quiénes vincula
la decisión.
13. Pretensiones de las partes
• Derecho Privado
– Las conclusiones
• Derecho Público
– Dictamen del ministerio público
– Conclusiones
Efectos.
14. Antecedentes del proceso
• Independientemente de la materia, es
útil para redactarlos, distinguir entre la
narración sucinta de los hechos
investigados y juzgados en materia penal
o el objeto de la demanda en las demás
materias y la exposición de la historia del
proceso.
15. Actividad probatoria
• Tribunal Penal
• parecer en cuanto a la licitud de la
prueba, el parecer sobre la valoración de
la misma, y su conexión con el hecho que
se pretende probar o no probar, su
motivación sobre por qué no las valora, o,
lo que produce su exclusión del proceso.
16. Continuación
• Tribunal civil e inmobiliario
• La actividad probatoria en la materia civil e igual en la
materia de derecho inmobiliario, no está sometida al control
previo de la legalidad, en ese sentido, en principio tiene que
valorar todas las pruebas que le hayan sometido a su
escrutinio, sin embargo, someterá al escrutinio de la
legalidad y probidad aquellas que las partes hayan
cuestionado formalmente.
17. Continuación
• Tribunal Laboral
• Está sometido a un control previo de legalidad, a juicio de las
partes, partiendo de ese parecer el juez decidirá la posibilidad
de someterla al escrutinio público y luego a la valoración
definitiva; la valoración de la prueba debe de estar contenida
en la sentencia de forma expresa, justificando el fallo
posterior, una vez sometida al escrutinio está obligado a
establecer su valoración y la conexión con el hecho que se
pretende probar.
18. Hechos probados
• Todas las materias
• Consecuencia directa de la valoración probatoria y su
confrontación con los hechos propuestos por las partes
• Necesidad de presentación adecuada
• Sientan las bases para aplicar el derecho de manera
adecuada y justa.
19. Secuencia de los hechos
• De la descripción a la decisión
• En ésta sección de la sentencia el juez sólo
deberá incluir hechos demostrados, hechos que
el juez, afirma que están probados.
• Momento clave de la decisión, en razón de que
la suma de hechos probados puede cambiar la
situación de la demanda civil o laboral,
acusación penal, o la reclamación sobre
inmuebles registrados.
•
20. Los problemas jurídicos
● La motivación de la sentencia se sustenta
en la necesidad de resolver un problema o
diversos problemas, que deberán ser
identificados por el juez desde el momento
mismo en qué toma el proceso para ser
decidido, se ha denominado los problemas
como principales y subordinados
21. Problemas jurídicos principales
En sentido general el problema principal es aquel que constituye el
objeto principal a responder en la sentencia.
•Materia penal
•Puede establecerse como problema principal el hecho de que el juez
deba determinar sobre la fijación con precisión de la calificación de
los hechos.
•Materia civil
•Lo sería en una discusión sobre la responsabilidad contractual, la
determinación efectiva y material de lo pactado por las partes;
•Materia laboral
•La discusión se centrara en la existencia o no del contrato de trabajo
entre el empleador y el trabajador.
22. Problema jurídico subordinado
• La existencia de este tipo de problemas
devienen, de la existencia misma de los
problemas principales, en ocasiones por
diversas circunstancias del mismo proceso
y fruto de la misma discusión se
convierten en problemas principales.
23. La conclusión
• Fase de la sentencia donde se practica la
subsunción de los hechos en el derecho, es
decir con la norma aplicable a esos hechos. Es
donde el juzgador realiza la labor intelectiva,
donde le da el verdadero sentido a la norma,
donde le da vida, transformando esa disposición
literal que emana el legislador creando en
consecuencia una norma concreta que resuelva
el caso y que servirá como futuro precedente.
24. Decisión, requisitos normativos
• Exigencias comunes a todas la materias
• El tribunal al momento del fallo debe:
• a) resolver cada una de las pretensiones y
excepciones, b) resolver todo lo que
corresponde hacer de oficio, c) resolver
la situación de todos los sujetos
procesales, d) resolver sobre costas.
25. Continuación
• En la individualidad
• Materia penal
• a) decisión sobre el hecho punible, b) decisión
sobre la fijación de la pena y las reglas para su
cumplimiento, c) decisión sobre las medidas de
coerción, d) decisión sobre las costas penales;
e) decisión sobre las reclamaciones civiles, f)
decisión sobre las costas civiles.
26. Continuación
Materia civil, inmobiliario y laboral
• Es de principio en el fallo ordenarlo de la
forma siguiente: a) las excepciones de
procedimiento, b) los incidentes, c) fallo
sobre lo principal, d) las costas del
procedimiento.
27. Parte Dispositiva
La parte dispositiva debe ser precisa y clara, para
orientar debidamente a las partes.
Deben concederse los remedios que correspondan.
Es la parte que convierte la sentencia en ejecutable
28. Continuación
• La sentencia concluye con la firma del
juez o los jueces en el caso de los
tribunales colegiados y la firma de la
secretaria quien certificará la sentencia.
29. Redacción
Redactar es ordenar por escrito el
pensamiento
Es esencial para fijar e intercambiar
información
Revela como procesamos las ideas
31. Redacción de Escritos Jurídicos
Los mismos principios que discutiremos son
aplicables cuando redactamos escritos en
nuestra función judicial
32. La Redacción
Transmite nuestras actitudes respecto de un
asunto
Es una forma de comunicación por ello, somos
responsables de que el mensaje llegue a su
receptor
33. Cinco Principios en la Redacción
Claridad
Brevedad
Sencillez
Adecuación
Orden
34. Claridad
Se dice que un escrito es claro cuando es
fácilmente comprensible para el mayor número
de lectores.
La claridad se logra procurando no emplear
términos, vocablos confusos, ni tecnicismos que
se presten a presentar dudas en el lector.
35. En la Sentencia
Evitar lenguaje rebuscado, latinazgos y términos confusos
Dar atención al flujo de ideas y secuencia de párrafos
Velar por que el razonamiento sea lógico y persuasivo
Citar correctamente
Las oraciones largas pecan contra la claridad
El uso de frases u oraciones ambiguas pecan contra la claridad
36. Brevedad
Enfoque directo, sin rodeos inútiles
El redactor emplea las palabras necesarias con las que
facilita la inmediata comprensión al lector
Debe incluir solamente información pertinente y
comunicarla usando el menor número posible de
palabras
37. Entonces
No reproduzca el expediente
Cite solo lo que sea necesario para atender la
controversia
Los argumentos sin meritorios no deben consumirle
tiempo ni espacio
Evite el humor
Descarte el lenguaje literario
42. ¿Por qué redactamos los jueces y juezas en nuestra
función judicial?
¿Para quién redactamos los jueces y juezas en nuestra
función judicial?
43. Propósito de Redactar Sentencias por
Escrito
Comunicar las conclusiones del tribunal y los fundamentos
utilizados por las partes y sus abogados.
Las sentencias publicadas muestran la aplicación e interpretación
del derecho al público y a la comunidad jurídica.
La redacción de una sentencia requiere del juez explicar su
razonamiento y evaluar la suficiencia del precedente.
44. La importancia de una sentencia
No depende de su extensión o atractivo teórico sino de
lo que decide.
No son los largos considerandos, la abundancia de
citas, las arduas discusiones que ofrecen a los lectores,
en su voto, los magistrados individuales o los
integrantes de un tribunal colegiado, los que hacen que
un fallo sea importante.
45. Razones para fundamentar
la sentencia
Orientación precisa y correcta a las partes y a la
comunidad sobre las razones para la decisión
Mayor credibilidad
Utilidad en casos análogos
46. Continuación.
Persuasión
Una sentencia o resolución judicial debe persuadir al
lector de que la conclusión a la que se llegó es
correcta
Debe llevar al lector por el proceso de análisis
Hacer deducciones razonables
Si el lector puede seguir el proceso de análisis, tiene
la capacidad de persuadir
47. Es bueno saber
● ESFUERZO DE SÍNTESIS
• De manera permanente, usted debe hacer
resúmenes, síntesis de lo que se viene
describiendo o analizando. Con ellos usted anuncia
un abstracto.
• Las siguientes expresiones señalan que usted va a
resumir un planteamiento o problema que es
demasiado general:
• - En suma, ...; - En síntesis, ...; - En
resumen, ... ;
• - Abreviando tenemos que...; - En pocas
palabras...;
• - Expresado en términos breves...; - En otros
términos...;
48. TITULE.
● Tomemos la sentencia como un lugar que debe estar
ordenado y no pongamos allí cosas que después no
podamos hallar rápidamente; recordemos que las
vamos a utilizar de nuevo alguna vez, bien para ser
coherente con nuestros propios precedentes o bien
porque no es racional decidir cada vez desde la nada.
Ahórrese el esfuerzo de volver a crear o repetir lo
mismo que usted ya dijo (con la probabilidad de que
se contradiga); pero, adicionalmente, no se niegue la
posibilidad de mejorar, no solo la redacción sino
también los contenidos y argumentos débiles.
49. En Definitiva
Lo que usted consigna en sus sentencias no
solo comunica su decisión, también dice mucho
de usted como juez o jueza
50. En Conclusión
Pero si acaso lo anterior no le importa, piense en
los demás, recuerde que esa sentencia tiene
consumidores y que se halla en un espacio de
comunicación, que la sentencia no se escribe solo
para usted sino que tiene lectores, observadores
externos a quienes intenta comunicar el itinerario
seguido para decidir.