1. Av.Guardia Civil Nº 388 Dpto. 303 Urbanización Corpac San Isidro. Teléfono 226-8080 / 995 171 226 / 976 163 704
Página 1
CONTRATO DE ASESORIA INMOBILIARIA
Conste por el presente documento, el Contrato de Asesoría Inmobiliaria que celebran
de una parte Mario Jesús Fernández de Córdova Delgado identificado con DNI Nº
08219176, con domicilio legal Av. Guardia Civil Nº 388 Dpto. 303, Urbanización
Corpac, distrito de San Isidro provincia y departamento de Lima, a quien en adelante se
denominara EL ASESOR INMOBILIARIO, y de otra parte Cayetano Faustino
Perriggo Sarmiento, Patricia Wilma Perriggo Espinoza, Gaetano Fernando Perego
Espinosa y Juan Carlos Perego Espinosa para este efecto con domicilio en Jr.
Carlos Baca Flor Nº 686 Urbanización Los Jazmines, distrito de Surco, departamento y
provincia de Lima a quien en adelante se le denominara LOS CLIENTES, el presente
contrato se rige en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA:
LOS CLIENTES solicitan los servicios de asesoría y consultoría inmobiliaria para la
venta del inmueble ubicado en Jr. Carlos Baca Flor Nº 686 Urbanización Los Jazmines,
distrito de Surco, departamento y provincia de Lima, de propiedad de LOS CLIENTES
con un área de 360.00 m2.
EL ASESOR INMOBILIARIO procederá a ofertarla con carácter de
exclusividad durante un plazo perentorio de 06 meses, renovables
dependiendo de LOS CLIENTES.
CLAUSULA SEGUNDA:
EL ASESOR INMOBILIARIO deberá de promocionar y difundir el inmueble
mediante los medios de prensa, internet y otros que considere pertinente.
LOS CLIENTES se obligan a facilitar toda la documentación referente del
inmueble a EL ASESOR INMOBILIARIO así como cualquier documentación
2. Av.Guardia Civil Nº 388 Dpto. 303 Urbanización Corpac San Isidro. Teléfono 226-8080 / 995 171 226 / 976 163 704
Página 2
que necesite para presentar a los futuros prospectos clientes desde la firma del
presente contrato.
CLAUSULA TERCERA:
LAS PARTES, de común acuerdo fijan como comisión por el servicio de promoción en
venta del inmueble el 3% del precio de venta que soliciten LOS CLIENTES, siendo el
precio estimado de venta US$ 648,000.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO
MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS)
El precio en mención es referencial ya que se adecuara a los requerimientos
del mercado y la ley de oferta y demanda que rija durante el periodo de
vigencia del contrato.
Este importe de comisión se abonara una vez concluida la Compra-venta
siempre que se concluya con cliente referido por EL ASESOR INMOBILIARIO.
CLAUSULA CUARTA:
EL ASESOR INMOBILIARIO se obliga a:
Colocar publicidad en los medios de prensa
Promocionar el inmueble y llevar registro detallado de las personas que
soliciten o visiten el inmueble
Hacer un seguimiento constante a las personas que muestren un interés
en comprar el inmueble
Realizar la negociación de la venta en consulta con LOS CLIENTES
para los detalles del cierre del contrato
Es oportuno recordarles que EL ASESOR INMOBILIARIO percibirá la
comisión pactada anteriormente, solo en caso se concrete la venta
exitosamente.
Ambas partes contratantes aceptan incondicionalmente todas las cláusulas
estipuladas en el contrato, las cuales son de cumplimiento obligatorio y en
3. Av.Guardia Civil Nº 388 Dpto. 303 Urbanización Corpac San Isidro. Teléfono 226-8080 / 995 171 226 / 976 163 704
Página 3
prueba de la cual se suscribe este documento en la Ciudad de Lima el 02 de
setiembre del 2016.
EL ASESOR INMOBILIARIO LOS
CLIENTES
------------------------------------------------------- -- -----------------------------------------------
AbogadoMario Fernandezde Cordova CayetanoFaustinoPerriggoSarmiento
------------------------------------------------------- ------------------------------------------------
GaetanoFernandoPeregoEspinosa JuanCarlosPeregoEspinosa
-----------------------------------------------------
PatriciaWilmaPerriggoEspinoza