Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Sistemas Registrales Aleman, Australiano, Frances y Venezolano
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ALUMNA: ANA A. OLIVEROS GASPERI
C.I. 17.002.888
20 DE OCTUBRE DE 2018
DOCENTE: ABOGADA SORCIORET NIETO
Sistema Registral Semejanzas Diferencias
ALEMAN
Según La Forma De
Organización De Los
Asientos Registrales se
basa en un Sistemas de
Folio Real
*Sistema de Inscripción.
*Sistema centralizado.
*Depende del ministerio de
justicia.
*EL CATASTRO los datos
físicos que constan en el
Registro son los mismos que
constan en el Catastro y los
datos jurídicos que constan en
el catastro son los mismos que
en el registro.
*Base legal: Código Civil, el
Catastro y el Registro
Territorial.
AUTRALIANO *Sistema de Inmatriculacion.
*Sistema descentralizado.
*Depende del departamento de
justicia y seguridad ciudadana.
*CATASTRO El Registro y el
Catastro están fusionados y
operan en la misma oficina. Ello
permite que exista la mayor
concordancia entre sus
funciones.
*Base Legal: Ley Real Property
y Existen 23 leyes relacionadas
con la actividad Registral
2. FRANCES
*Sistema de
Transcripción.
*Sistema de registro
Centralizado.
* Según La Forma De
Organización De Los
Asientos Registrales se
basa en un Sistemas de
Folio Real y un Sistema
de Folio Personal
* Dependen del Ministerio de
Presupuesto y del Centro
encargado de la gestión del
impuesto.
* EL CATASTRO depende
directamente de la Dirección
General de Impuestos del
Ministerio de Hacienda y
funciona de manera
desconcentrada a través de
Direcciones Regionales.
* Base Legal: Código Civil y Ley
de Transcripciones de 1855,
modificada por las Leyes 1918
y 1921Decreto-ley del 4 de 30
de octubre de 1935.
Decreto-ley del 4 de enero de
1955, Decreto-ley del 14 de
octubre de 1955, Ordenanza
del 7 de septiembre de 1959,
Ordenanza del 5 de septiembre
de 1960.
*Los Registradores son
denominados
“Conservateurs”, a la vieja
usanza
*Este sistema no garantizan
quien es el dueño del derecho,
pero si proporciona información
relevante que el dueño es
necesariamente uno de los
varios que el registro pública es
decir delimitan el área de la
investigación. Como quiera que
no existe impedimento en
registrar titularidades diferentes
y no compatibles respecto del
mismo inmueble, sus efectos se
limitarán a indicar el grupo
dentro del cual está el titular.
Atendiendo a que la
incertidumbre es menor pero
que aún existe, debe recurrirse
a mecanismos
complementarios como la
3. contratación de un seguro de
mercado.
VENEZOLANO El sistema venezolano es mixto,
*Sus características más
significativas son:
1. Distingue entre oficinas
principales y subalternas. 2.
Sigue el sistema de
trascripción.
3. La función principal de la
inscripción es surtir efecto
respecto de terceros.
4. Los únicos documentos que
acceden al Registro son
aquellos que gocen de
autenticidad.
5. La publicidad formal se
realiza por medio de exhibición
de las certificaciones y
asientos.
*Art.1920 y1924 del código
Civil
* Servicio Autónomo de
Registros y Notarias, SAREN,
adscritos al Ministerio del
Interior y Justicia.
* EL CATASTRO lo Define La
LEY DE GEOGRAFIA,
CARTOGRAFIA Y CATASTRO
NACIONAL y La nueva Ley de
Registro Público y Notariado
vincula los registros con los
Catastros Municipal.
* Base Legal: Hasta la fecha se
han dictado 20 leyes en la
materia
ESPAÑOL Según La Forma De
Organización De Los
Asientos Registrales se
basa en un Sistemas de
Folio Real
*Sistema registral Español
Nace con la Ley hipotecaria de
1861 que ha sido modificada
para adecuarla a los cambios
socio económicos su técnica.
* Registral es en folio real y la
forma de los asientos es por
4. inscripción, el registro es
declarativo, da publicidad al
derecho inscrito con la única
excepción del derecho real de
hipoteca cuya inscripción tiene
efecto constitutivo y es de
carácter obligatoria.
* Este sistema proporciona de
forma inmediata y
autosuficiente la información
deseada, titularidad, cargas que
lo gravan, generando un alto
grado de seguridad jurídica sin
necesidad de mecanismos
complementarios-, en este
sistema el derecho publicado es
el único que requiere conocer el
que pretende contratar, bastará
al adquiriente verificar la
publicidad del registro e inscribir
su derecho para gozar de la
seguridad de la firmeza de su
adquisición, a través de los
principios de legitimación, fe
pública, tracto sucesivo,
especialidad .
El Sistema Registral Venezolano evoluciona en la informatización de las oficinas
registrales con sus nuevas tendencias: Publicidad Registral por vía telemática,
Incorporación del folio real, Identificación de la finca con su base gráfica catastral
(Georrefereciamiento), Mejorar el contenido de la información registral
incorporando limitaciones como las medio ambientales que nos permiten un mejor
conocimiento del mercado de tierras y contribuyen a reforzar la finalidad social que
cumple la propiedad entre otro.
En el marco del Proyecto de automatización de las oficinas de Registros y
Notarías del País, el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN), informa
5. a toda ciudadanía que ya cuenta con oficinas con servicios automatizados, lo que
garantizará la mayor seguridad jurídica de los servicios registrales y notariales.
Bibliografía:
Material de SAIA
LA MODERNIZACIÓN DEL REGISTRO INMOBILIARIO EN VENEZUELA, Dra.
Marbet Victoria Bonilla Ramírez. Titular del Registro Inmobiliario de Turnero (
Estado de Aragua) Secretaria de la Asociación de Registradores Civiles e
Inmobiliarios de Venezuela (ARCIVEN)
GONZÁLEZ, MANUEL Y OTROS."Temas de Derecho Registral y Práctica
Forense". Distribuidora Kelran C.A. 1997. Caracas, Venezuela.