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Derecho Internacional
Público.
El Derecho Consular.
Orígenes.
• Tiene un origen privado y comercial.
• Los primeros cónsules, fueron
representantes de grupos de mercaderes
de los países occidentales que se habían
establecido en el Imperio Bizantino, a
partir del siglo XII.
• Después adquirieron prerrogativas
especiales como la función jurisdiccional.
Orígenes.
• A partir del siglo XVI, con la consolidación
del Estado nacional, éste tendió a
absorber las funciones consulares y a
designar a los cónsules.
• La normativa Internacional sobre esta
materia está codificada en la Convención
de Viena s/ relaciones consulares de
1963.-
Funciones de los Cónsules.
1- defender, dentro de los límites de su función,
los intereses del Estado que envía y de los
nacionales que allí se encuentren.
2- promover las relaciones bilaterales
económicas y comerciales.
3- Ejecutar en el territorio del Estado receptor
actos administrativos, notariales y de registro
que tendrán efecto en el territorio del Estado
que los envía.
Cónsules.
• La tarea del cónsul no es política.
• Carece del carácter representativo del
Estado.
• Su misión esencial es la defensa de los
intereses de las personas físicas o
jurídicas del E. que envía.
• La defensa de los intereses del Estado en
sus relaciones políticas corresponde a
la misión diplomática.
Funciones consulares.
Las funciones consulares pueden ser ejercidas por
1) Cónsules de carrera: son funcionarios del E.
que envía para permanecer en la sede por un
período de tiempo.
2) Cónsules honorarios: personas que residen
normalmente en el E. receptor, pudiendo ser su
Nacional.
Por su relevancia o méritos es designado x el
Estado que envía.
Jerarquías de la Oficinas
consulares.
• Las jerarquías de las oficinas consulares
se establecen por distintos criterios:
- Importancia de la ciudad sede.
- Importancia de los negocios de la región
de la que la ciudad es cabeza.
- Importancia de los vínculos culturales.
- Etc.
Jerarquías de la Oficinas
consulares.
• Consulados Generales.
• Consulados.
• Viceconsulados.
• Agencias Consulares.
Circunscripción consular: ámbito
territorial determinado dentro del cual,
ejerce sus funciones la oficina consular.
Jefe de la Oficina consular.
• Para designar al Jefe de la OC, el Estado
que envía debe recavar el consentimiento
del Estado receptor.
• Carta Patente en la que se consigna la
designación y la circunscripción consular.
• Exequatur x el cual el Estado receptor,
manifiesta su consentimiento.
• Admisión provisional (art.13)
• Denegación sin expresar razones (art.12)
Personal de la Oficina Consular.
• 1- Jefe de la OC.
• 2- Cónsules Adjuntos: personal consular de
carrera.
• 3- Personal administrativo y técnico.
2 y 3- Designación libre, previa notificación al
Estado Receptor.
Los empleados contratados localmente
están cometidos al régimen laboral común
del Estado Receptor.
Personal de la Oficina Consular.
• En caso de ausencia temporaria o
definitiva del titular, la Oficina
Consular, quedará a cargo del
funcionario consular de carrera
que le sigue en jerarquía (art.15).
Fin de las funciones.
• Los Cónsules pueden cesar en sus
funciones por las mismas razones que los
diplomáticos: traslado, renuncia, etc. y el
hecho se notifica al Estado Receptor.
• ER puede remover al Jefe de Oficina x
revocación del Exequatur y al resto del
pesonal x notificación de que ha cesado
de considerarlo miembro del personal
consular (art. 25).
Privilegios e inmunidades.
1- Inviolabilidad de la Oficina consular.
Es sensiblemente mas restringido que el de
la misión diplomática.
Los agentes del ER, tienen limitado su acceso a
los locales consulares en la parte destinada
exclusivamente para trabajo de oficina, salvo con
el consentimiento del titular.
Se presumirá en caso de incendio u otro peligro
(art.31).
1- Inviolabilidad de la Oficina
consular
No está prevista la exención de embargo, registro
o medidas de ejecución vigentes para la MD.
No goza de inviolabilidad la residencia particular
del Jefe y del personal de la OC.
Los locales, bienes y medios de transporte de la
Oficina Consular, no podrán ser objeto de requisa,
(desapoderamiento temporario); si podrán serlo de
expropiación, (desapoderamiento definitivo), por
causa de defensa o utilidad pública.
2- Inviolabilidad de los miembros
de la Oficina consular.
• Los funcionarios y demás miembros de la
Oficina Consular no pueden ser
detenidos, salvo casos de delitos graves o
cuando exista sentencia firme.
• En caso de proceso penal deberán
comparecer y las autoridades deberán
tratarlos con deferencia (art. 41).
2- Inviolabilidad de los miembros
de la Oficina consular.
• Si los llaman a testificar, deben
comparecer, salvo hechos vinculados con
el ejercicio de sus funciones.
• No están obligados a exhibir documentos
o correspondencia oficial.
• En caso de detención, o de inicio de un
proceso penal en su contra, el ER deberá
comunicarlo al Estado que envía.
3- Inmunidad de jurisdicción.
• Los funcionarios de carrera y demás
miembros de la misión, estarán exentos
de la jurisdicción de los tribunales del
ER, por actos ejecutados en el ejercicio
de sus funciones oficiales. con excepción
en materia civil, y de accidentes ocurridos
fuera del ejercicio de sus funciones
(art.43).
3- Inmunidad de jurisdicción civil.
Excepciones.
- Acciones reales.
- Juicios universales en que el funcionario sea
parte
- Acciones provenientes de obligaciones
contractuales o de establecimientos
comerciales.
- Si el funcionario demanda a título personal, se
somete voluntariamente. Reconvención.
• Acciones derivadas de actividades profesionales
Cónsules honorarios.
• El régimen de los Cónsules Honorarios , es aún
más restringido que el de los Cónsules de
carrera en materia de facilidades, privilegios e
inmunidades:
1- Los locales consulares honorarios no gozan
de ninguna forma de inviolabilidad (art. 59). El
ER tiene la obligación de protegerlos contra
toda intrusión o daño, evitando se perturbe su
tranquilidad o dignidad.
Cónsules honorarios.
2- Los locales consulares cuyo titular sea
un Cónsul Honorario, y de los cuales sea
titular o inquilino el E. que envía, estará
exento de todos los impuestos o
contribuciones, nacionales, regionales o
municipales, salvo de los exigibles en
pago de determinados servicios
prestados.
Cónsules honorarios.
3- Los archivos y documentos de la oficina
consular honoraria, sólo gozará de inviolabilidad
en la medida en que estén separados de los
papeles privados de su titular (art.61).
4- Exención de todo derecho de aduanas,
impuestos y gravámenes conexos, salvo
gastos de almacenaje, acarreo y servicios
análogos, sólo se extienden a los artículos de
uso oficial de la Oficina del Cónsul Honorario.
(art. 62).
Cónsules honorarios.
• El Cónsul honorario no goza de
inmunidad de jurisdicción, salvo para
actos vinculados al ejercicio de sus
funciones oficiales.
• Sólo está exento de prestar testimonio en
actos vinculados con sus funciones
(art.63).
Procedimiento Penal.
• Cuando se instruya un procedimiento
Penal contra un Cónsul Honorario, está
obligado a comparecer ante las
autoridades competentes.
• Las diligencias se practicarán con la
deferencia debida, por razón de su
carácter oficial, y perturbando lo menos
posible el ejercicio de sus funciones, salvo
detención o prisión preventiva.(art. 63).
Cónsules honorarios.
• Los Cónsules HonoraGrios, salvo los que
ejerzan en el ER cualquier profesión o
actividad comercial en provecho propio,
están exentos de las obligaciones
prescriptas x leyes y reglamentos de ese
E. referentes a inscripción de
extranjeros y permisos de residencia.
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familia, ni a los demás miembros de la
oficina (art. 66 y 67).
Exención fiscal.
• No está prevista la exención de permiso
de trabajo o régimen de seguridad social
del Estado receptor.
• La exención fiscal sólo se extiende a los
sueldos percibidos por el cónsul honorario
en su calidad de tal (art.66).
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misiones diplomáticas.
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diplomáticas (art. 3.2), como Convención
de Viena s/ relaciones consulares (art. 25)
autoriza el ejercicio de funciones
consulares por las misiones diplomáticas.
• Se habilita una sección consular,
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diplomática.
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Derecho consular_IAFJSR

  • 2. Orígenes. • Tiene un origen privado y comercial. • Los primeros cónsules, fueron representantes de grupos de mercaderes de los países occidentales que se habían establecido en el Imperio Bizantino, a partir del siglo XII. • Después adquirieron prerrogativas especiales como la función jurisdiccional.
  • 3. Orígenes. • A partir del siglo XVI, con la consolidación del Estado nacional, éste tendió a absorber las funciones consulares y a designar a los cónsules. • La normativa Internacional sobre esta materia está codificada en la Convención de Viena s/ relaciones consulares de 1963.-
  • 4. Funciones de los Cónsules. 1- defender, dentro de los límites de su función, los intereses del Estado que envía y de los nacionales que allí se encuentren. 2- promover las relaciones bilaterales económicas y comerciales. 3- Ejecutar en el territorio del Estado receptor actos administrativos, notariales y de registro que tendrán efecto en el territorio del Estado que los envía.
  • 5. Cónsules. • La tarea del cónsul no es política. • Carece del carácter representativo del Estado. • Su misión esencial es la defensa de los intereses de las personas físicas o jurídicas del E. que envía. • La defensa de los intereses del Estado en sus relaciones políticas corresponde a la misión diplomática.
  • 6. Funciones consulares. Las funciones consulares pueden ser ejercidas por 1) Cónsules de carrera: son funcionarios del E. que envía para permanecer en la sede por un período de tiempo. 2) Cónsules honorarios: personas que residen normalmente en el E. receptor, pudiendo ser su Nacional. Por su relevancia o méritos es designado x el Estado que envía.
  • 7. Jerarquías de la Oficinas consulares. • Las jerarquías de las oficinas consulares se establecen por distintos criterios: - Importancia de la ciudad sede. - Importancia de los negocios de la región de la que la ciudad es cabeza. - Importancia de los vínculos culturales. - Etc.
  • 8. Jerarquías de la Oficinas consulares. • Consulados Generales. • Consulados. • Viceconsulados. • Agencias Consulares. Circunscripción consular: ámbito territorial determinado dentro del cual, ejerce sus funciones la oficina consular.
  • 9. Jefe de la Oficina consular. • Para designar al Jefe de la OC, el Estado que envía debe recavar el consentimiento del Estado receptor. • Carta Patente en la que se consigna la designación y la circunscripción consular. • Exequatur x el cual el Estado receptor, manifiesta su consentimiento. • Admisión provisional (art.13) • Denegación sin expresar razones (art.12)
  • 10. Personal de la Oficina Consular. • 1- Jefe de la OC. • 2- Cónsules Adjuntos: personal consular de carrera. • 3- Personal administrativo y técnico. 2 y 3- Designación libre, previa notificación al Estado Receptor. Los empleados contratados localmente están cometidos al régimen laboral común del Estado Receptor.
  • 11. Personal de la Oficina Consular. • En caso de ausencia temporaria o definitiva del titular, la Oficina Consular, quedará a cargo del funcionario consular de carrera que le sigue en jerarquía (art.15).
  • 12. Fin de las funciones. • Los Cónsules pueden cesar en sus funciones por las mismas razones que los diplomáticos: traslado, renuncia, etc. y el hecho se notifica al Estado Receptor. • ER puede remover al Jefe de Oficina x revocación del Exequatur y al resto del pesonal x notificación de que ha cesado de considerarlo miembro del personal consular (art. 25).
  • 13. Privilegios e inmunidades. 1- Inviolabilidad de la Oficina consular. Es sensiblemente mas restringido que el de la misión diplomática. Los agentes del ER, tienen limitado su acceso a los locales consulares en la parte destinada exclusivamente para trabajo de oficina, salvo con el consentimiento del titular. Se presumirá en caso de incendio u otro peligro (art.31).
  • 14. 1- Inviolabilidad de la Oficina consular No está prevista la exención de embargo, registro o medidas de ejecución vigentes para la MD. No goza de inviolabilidad la residencia particular del Jefe y del personal de la OC. Los locales, bienes y medios de transporte de la Oficina Consular, no podrán ser objeto de requisa, (desapoderamiento temporario); si podrán serlo de expropiación, (desapoderamiento definitivo), por causa de defensa o utilidad pública.
  • 15. 2- Inviolabilidad de los miembros de la Oficina consular. • Los funcionarios y demás miembros de la Oficina Consular no pueden ser detenidos, salvo casos de delitos graves o cuando exista sentencia firme. • En caso de proceso penal deberán comparecer y las autoridades deberán tratarlos con deferencia (art. 41).
  • 16. 2- Inviolabilidad de los miembros de la Oficina consular. • Si los llaman a testificar, deben comparecer, salvo hechos vinculados con el ejercicio de sus funciones. • No están obligados a exhibir documentos o correspondencia oficial. • En caso de detención, o de inicio de un proceso penal en su contra, el ER deberá comunicarlo al Estado que envía.
  • 17. 3- Inmunidad de jurisdicción. • Los funcionarios de carrera y demás miembros de la misión, estarán exentos de la jurisdicción de los tribunales del ER, por actos ejecutados en el ejercicio de sus funciones oficiales. con excepción en materia civil, y de accidentes ocurridos fuera del ejercicio de sus funciones (art.43).
  • 18. 3- Inmunidad de jurisdicción civil. Excepciones. - Acciones reales. - Juicios universales en que el funcionario sea parte - Acciones provenientes de obligaciones contractuales o de establecimientos comerciales. - Si el funcionario demanda a título personal, se somete voluntariamente. Reconvención. • Acciones derivadas de actividades profesionales
  • 19. Cónsules honorarios. • El régimen de los Cónsules Honorarios , es aún más restringido que el de los Cónsules de carrera en materia de facilidades, privilegios e inmunidades: 1- Los locales consulares honorarios no gozan de ninguna forma de inviolabilidad (art. 59). El ER tiene la obligación de protegerlos contra toda intrusión o daño, evitando se perturbe su tranquilidad o dignidad.
  • 20. Cónsules honorarios. 2- Los locales consulares cuyo titular sea un Cónsul Honorario, y de los cuales sea titular o inquilino el E. que envía, estará exento de todos los impuestos o contribuciones, nacionales, regionales o municipales, salvo de los exigibles en pago de determinados servicios prestados.
  • 21. Cónsules honorarios. 3- Los archivos y documentos de la oficina consular honoraria, sólo gozará de inviolabilidad en la medida en que estén separados de los papeles privados de su titular (art.61). 4- Exención de todo derecho de aduanas, impuestos y gravámenes conexos, salvo gastos de almacenaje, acarreo y servicios análogos, sólo se extienden a los artículos de uso oficial de la Oficina del Cónsul Honorario. (art. 62).
  • 22. Cónsules honorarios. • El Cónsul honorario no goza de inmunidad de jurisdicción, salvo para actos vinculados al ejercicio de sus funciones oficiales. • Sólo está exento de prestar testimonio en actos vinculados con sus funciones (art.63).
  • 23. Procedimiento Penal. • Cuando se instruya un procedimiento Penal contra un Cónsul Honorario, está obligado a comparecer ante las autoridades competentes. • Las diligencias se practicarán con la deferencia debida, por razón de su carácter oficial, y perturbando lo menos posible el ejercicio de sus funciones, salvo detención o prisión preventiva.(art. 63).
  • 24. Cónsules honorarios. • Los Cónsules HonoraGrios, salvo los que ejerzan en el ER cualquier profesión o actividad comercial en provecho propio, están exentos de las obligaciones prescriptas x leyes y reglamentos de ese E. referentes a inscripción de extranjeros y permisos de residencia. No se extiende a los miembros de su familia, ni a los demás miembros de la oficina (art. 66 y 67).
  • 25. Exención fiscal. • No está prevista la exención de permiso de trabajo o régimen de seguridad social del Estado receptor. • La exención fiscal sólo se extiende a los sueldos percibidos por el cónsul honorario en su calidad de tal (art.66).
  • 26. Secciones consulares de las misiones diplomáticas. • Tanto Convención Viena s/ relaciones diplomáticas (art. 3.2), como Convención de Viena s/ relaciones consulares (art. 25) autoriza el ejercicio de funciones consulares por las misiones diplomáticas. • Se habilita una sección consular, asignada a funcionaros de la misión diplomática. • Privilegios e inmunidades diplomáticas, x pertenecer a la misión.