Los señoríos eran sistemas de dominio de la tierra y control de los campesinos durante la Edad Media, y podían ser nobiliarios, eclesiásticos, territoriales u jurisdiccionales. Los señoríos nobiliarios se perpetuaron a través del mayorazgo hasta que fueron abolidos los derechos feudales en 1811, aunque se mantuvieron los señoríos territoriales. Finalmente, entre 1836-37 se decretó la supresión de todos los señoríos y mayorazgos como parte del proceso de desmantel
Bloque 6. Compara las desamortizaciones de Mendizábal y Madoz, y especifica l...Florencio Ortiz Alejos
Estándar del bloque 6 de Historia de España de Segundo de Bachillerato temario EBAU en el que se explican y comparan las desamortizaciones de Mendizábal y de Madoz
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Bloque 2: La Edad Media: tres culturas y un mapa político en constante cambio...Florencio Ortiz Alejos
Bloque 2 de Historia de España de Segundo de Bachillerato en el que se explica la evolución política y características de Al-Ándalus y los reinos cristianos.
Tema 12.- El reinado de Isabel II. Minoría de edad. 1833-43Alfredo García
Las Regencias de María Cristina de Borbón y del general Baldomero Espartero. La primera Guerra Carlista. Las desamortización de Mendizábal. El Estatuto Real y la Constitución de 1837.
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Bloque 2. Explica el origen y características del régimen señorial y...Florencio Ortiz Alejos
Estándar del bloque 2 de Historia de España de Segundo de Bachillerato temario EBAU donde se explica el origen y los grupos sociales de la España cristiana en la Edad Media.
La edad media comprende desde wel siglo V hasta el siglo XV con el descubrimiento de América; tradicionalmente se considera un periodo de decadencia, sin embargo podemos apreciar que este periodo tuvo importantes avances en las técnicas agrícolas, en una división del trabajo mas humanizada.
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PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
LOS SEÑORÍOS (TERMINO HISTORIA SELECTIVIDAD)
1. TERMINO 10 - LOS SEÑORÍOS
Con el nombre de Señorío se conoce el sistema de dominio de la tierra y control de los campesinos que la
trabajaban, nacido en la Edad Media (Feudalismo). Según quién fuera su titular, los señoríos se clasifican en:
(1) Señoríos nobiliarios: en manos de la nobleza. Eran donaciones reales, con carácter vitalicio y quedaban
sin efecto con el fallecimiento del titular. (2) Señoríos eclesiásticos: en manos del clero. Además de las
tierras otorgadas por el rey, recibían donaciones de particulares, lo que aumentaba el poder económico y
territorial de la diócesis u orden religiosa.
Los señoríos pueden dividirse en otras dos categorías según las funciones ejercidas por su titular: (1) El
señorío territorial: La dependencia material. Los señores controlaban una gran extensión de tierras, que
dividían para su explotación. Una parte, la reserva, era controlada directamente por el señor y trabajada por
siervos, que no eran libres de abandonarlas. Otra parte del señorío se dividía en parcelas o mansos y se
arrendaban a campesinos libres. (2) El señorío jurisdiccional: Era la dependencia personal, ya que los
señores administraban justicia sobre los campesinos del señorío y ejercían su autoridad sobre ellos.
Los señoríos nobiliarios se perpetuaron a través del mayorazgo. Esta propiedad estaba vinculada a su
persona, es decir, que no podía dividirla ni venderla. En las Cortes de Cádiz (1811) se abolieron los derechos
feudales y, por tanto, los señoríos jurisdiccionales. Se mantuvieron, sin embargo, los señoríos territoriales.
Cuando Fernando VII regresó a España en 1814, tras la Guerra de la Independencia, restauró la jurisdicción
señorial y los privilegios. En 1836-37, durante el reinado de Isabel II, se decretó la supresión de señoríos y
mayorazgos.
El desmantelamiento final de los Señoríos se produjo en el régimen liberal, el que, en base a su principio
teórico de igualdad, buscó una organización territorial sobre una uniformidad administrativa que pasaba
por la abolición de los señoríos; unas leyes comunes de aplicación general a todos los territorios e
individuos, y la liberalización de la propiedad mediante la desamortización y la desvinculación. El proceso se
inició en las Cortes de Cádiz y culminó con la ley de 1837 que consolidaba la propiedad privada y
homogeneizaba jurisdiccionalmente todos los territorios, aboliendo por tanto la institución del Señorío
(reinado de Isabel II).