LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
Ilícitos tributarios: definición, clasificación, sanciones y circunstancias
1. Universidad Fermín Toro.
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas.
Barquisimeto- Estado
ILICITOS TRIBUTARIOS
(CUADRO EXPLICATIVO)
Estudiante: Emily Bastardo.
CI: 26584751
Asignatura: Derecho Tributario
Profesora: Emily Ramírez.
2. ILICITOS TRIBUTARIOS
DEFINICION NATURALEZA
JURIDICA
CONSECUENCIAS ¿QUE
CONSTITUYE?
actos u omisiones que
constituyen una infracción
de las normas tributarias y
originan la aplicación de
una sanción por parte de
los organismos
competentes.
son la manifestación, en el
Derecho Tributario, del
derecho de castigar – ius
puniendi – que ostenta el
Estado contra quienes
vulneren el ordenamiento
jurídico de manera que
afecten bienes
fundamentales de la
sociedad.
Los principios
fundamentales del
Derecho Penal, como por
ejemplo los de bien
jurídico, culpabilidad,
pena, tipicidad,
proporcionalidad, reserva
legal, etc. son aplicables en
toda su extensión al ilícito
tributario, con la salvedad
de las limitaciones que,
constitucionalmente,
impongan las leyes
penales tributarias.
Constituyen ilícitos
tributarios todas las
acciones u omisiones que
violen las normas
tributarias.
Art. 80 del C.O.T.:
Constituye ilícito tributario
toda acción u omisión
violatoria de las normas
tributarias.
3. CLASIFICACION DE LOS ILICITOS TRIBUTARIOS
Formales
aquellos impuestos a los contribuyentes, responsables o terceros,
tendientes a facilitar la determinación de la obligación tributaria o la
verificación o fiscalización del cumplimiento de ella. Estos son ilícitos
de peligro, es decir, no pretenden un daño o perjuicio efectivo, pero
su omisión afecta a la Administración Tributaria.
relativos
a especies fiscales y
gravadas
Se dan en materia de interés de protección del Estado, como la venta
de especies sin la correspondiente autorización, debido a que, se
persigue beneficiar a la colectividad y restringir el expendio de las
especies, para favorecer la salud pública y la convivencia social.
Comprende una compilación de infracciones contenidas en leyes
tales como: la Ley de Impuesto sobre Alcoholes y Especies
Alcohólicas y su Reglamento.
Materiales
aquellos que están vinculados con la omisión del pago del tributo
debido a la obtención indebida de reintegros, los incumplimientos por
parte de los agentes de retención o percepción y los pagos a cuenta de
obligaciones futuras. Ejemplo de ello: El retraso u omisión en el pago
de tributos o de sus porciones; El retraso u omisión en el pago de
anticipos; El incumplimiento de la obligación de retener o percibir.
implica la restricción de la libertad como sanción, ante el
incumplimiento de los deberes. Ejemplo de ello: La defraudación
tributaria; La falta de enteramiento de anticipos por parte de los
4. SANCIONES APLICABLES
El estado esta facultado para reprimir imponiendo castigos al infractor evitan de este modo evitar
infracciones futuras. Existen de varios tipos:
PRISION :
EL CODIGO
ORGANICO
TRIBUTARIO
ESTABLECE QUE
LAS PERSONAS
JURIDICAS
RESPONDEN POR
LOS ILICITOS
TRIBUTARIOS.
POR LA COMISION
DE ESTOS
DELITOS SERAN
RESPONSABLES,
DIRECTORES,
GERENTES, QUE
HAYAN
MULTA:
ES LA PENA
PECUNIARIA POR
UNA FALTA
DELICTIVA, O
ADMINISTRATIVA
POR
INCUMPLIMIENTO
CONTRACTUAL.
INHABILITACION
PROFESIONAL:
para el ejercicio
de la profesión
por un término
igual a la pena
impuesta, a los
profesionales y
técnicos que con
motivo del
ejercicio de su
profesión o
actividad
participen,
apoyen, auxilien
o cooperen en la
comisión del
ilícito de
CLAUSURA
TEMPORAL DEL
ESTABLECIMIENTO
Cierre temporal,
parcial o definitivo
del local comercial
perteneciente a la
persona natural o
jurídica que comete
un ilícito tributario,
y que emana de una
ordenanza
administrativa del
ente recaudador del
tributo (en el caso
de Venezuela,
el Servicio Nacional
Integrado de
SUSPENSION O
REVOCACION DEL
REGISTRO Y
AUTORIZACION
DE INDUSTRIAS Y
EXPENDIOS DE
ESPECIES
GRAVADAS Y
FISCALES
Decisión
administrativa de
la autoridad
tributaria
(SENIAT), en virtud
de la cual se
revoca (dejar sin
efecto), o
suspende la
licencia de una
COMISO Y
DESTRUCCION DE
EFECTOS
MATERIALES:
objeto del ilícito o
utilizados para
cometerlo
5. CIRCUNSTANCIAS
ATENUANTES AAGRAVANTES
1. La reincidencia
2. La condición de funcionario o
empleado público que tengan sus
coautores o partícipes
3. La magnitud monetaria del
perjuicio fiscal y la gravedad del
ilícito.
1. El grado de instrucción del infractor.
2. La conducta que el autor asuma en el
esclarecimiento de los hechos.
3. La presentación de la declaración y pago de
la deuda para regularizar el crédito tributario.
4. El cumplimiento de los requisitos omitidos
que puedan dar lugar a la imposición de la
sanción.
5. El cumplimiento de la normativa relativa a la
determinación de los precios de transferencia
entre partes vinculadas.
6. Las demás circunstancias atenuantes que
resulten de los procedimientos administrativos
o judiciales, aunque no estén previstas
expresamente por la Ley.