2. LA ESCRITURA PÚBLICA
O ESCRITURA MATRIZ
Es el principal instrumento
protocolar, el mas conocido, el
que contiene las solemnidades
y formas legales, otorgando
garantía, seguridad y certeza
jurídica a las partes, otorgantes
o requirentes.
3. Escritura Pública
Definición:
“Es el Instrumento público
protocolar que, en forma exclusiva,
autoriza el notario, con base en la
solicitud realizada por los
particulares, quienes tienen
capacidad de ejercicio de sus
derecho y manifiesta su voluntad a
efecto de consignar la creación
modificación o extinción de una
determinada relación jurídica, con
apego a la ley y a la moral” Dr. José A.
Gracias González
4. La Escritura Pública O Escritura matriz
“Es el documento Original
asentado en el protocolo
por medio del cual se hace
constar un acto jurídico,
que lleva la firma y sello del
notario” Bernardo Pérez
Fernández del Castillo
“Es el instrumento público
por el cual una o varias
personas jurídicamente
capaces establecen,
modifican o extinguen
relaciones de derecho”
Miguel Fernández Casados
“Es el documento autorizado
por notario con las
solemnidades del derecho a
requerimiento de una o mas
personas o partes otorgantes,
con capacidad legal para el
acto o contrato a que se
refieran por virtud de la cual
se hacen constar la creación,
modificación o extinción de
relaciones jurídicas particulares
con sujeción a las leyes y la
moral”
Novoa Seoane
5. clasificación
Doctrinaria
1. PRINCIPALES
2.
COMPLEMENTARIAS (
de ampliación, de
prórroga, de
confirmación, de
aceptación, aclaratorias
y de adhesión)
Tradicional En Guatemala
1. ESCRITURAS PRINCIPALES:
Son aquellas que se perfeccionan en un mismo acto e independientes
de cualquier otra escritura para tener validez
2. ESCRITURAS COMPLEMENTARIAS
También denominadas accesorias, su fin es complementar, adicionar,
modificar o corregir una anterior ( una principal)
3. ESCRITURAS CANCELADAS: Son aquellas que no nacen a la vida
jurídica, pero que ocupan un lugar y numero en el protocolo, por lo
que deben de ser canceladas y dar el aviso respectivo al Archivo
General del Protocolos.
no se extiende testimonio, ni testimonio especial de ellas, art 37 b.
CN
6. Es común la siguiente:
RAZÓN: En el mismo lugar y fecha, La presente
escritura Pública SE CANCELA por error en la
impresión, Conste.
“LA ESCRITURA PÚBLICA SE CANCELA
con una RAZÓN, sin indicar los
motivos por los que se cancela” Nery
Roberto Muñoz
RAZÓN: SE CANCELA
Dar AVISO (de la cancelación) dentro del
término… (25 días) art 37 A… el aviso se enviará en
papel sellado (bond) y contendrá “el número y la
fecha del instrumento cancelado” Art. 37 b.
7. ESCRITURAS
PRINCIPALES
EJEMPLOS:
Los contratos
solemnes,
La Compraventa
El Arrendamiento
El Mutuo
ESCRITURAS COMPLEMENTARIAS O ACCESORIAS: el Código de
Notariado menciona algunas;
DE ADICIÓN o DE ACLARACIÓN: suple omisiones o deja sin
efecto cláusulas que -son nulas o ilícitas- despeja dudas de una
escritura principal.
DE MODIFICACIÓN: a través de este tipo se consigna un cambio
de fondo respecto a una escritura principal
RESCISIÓN : deja sin efecto un contrato anterior, debe hacerse de
conformidad con la ley o por una cláusula convencional (art
1744, 1822, 1827
AMPLIACIÓN O ACLARACIÓN : Estas puede ser de FONDO
(comparecen los otorgantes) O DE FORMA (la autoriza el notario
“por mi y ante mi”) ,
Son las que extienden o aumentan el objeto del negocio contenido
en la escritura Principal, sin modificar las cláusulas originales o
primitivas
8. Estructura de la Escritura Pública
(Doctrinario) pag, 38-39
Bernardo Perez
Fernandez
1
Guillermo
Cabanellas
Enrique Gimenez
Arnau
10. LA COMPARECENCIA EN SENTIDO
AMPLIO
“Es la parte relativa a los sujetos actuantes y al notario autorizante y
determina quienes son cada uno de aquellos y éste” Gimenez Arnau
“La Introducción también llamada comparecencia en sentido amplio
es la primera parte de la escritura en la cual se consignan los aspectos de
identificación del instrumento, lugar y tiempo, así como la competencia
del notario para la autorización del mismo, con lo cual los otorgantes
identificados y con su constatación de su capacidad legal para el acto o
contrato, manifiestan su voluntad, ante el fedatario la cual habrá de
consignarse en el instrumento.” José Antonio Gracias González
11. ELEMENTOS
DE
LA
INTRODUCCIÓN
Número de orden de la
Escritura
Lugar y fecha
Hora si se trata de
testamento, donación o
revocación de éstos
Las palabras ANTE MI
Nombre del notario
La consignación de la
calidad de “Notario”
ELEMENTOS QUE DEBEN CONSIGNARSE EN
LA INTRODUCCIÓN O COMPARECENCIA
(EN SENTIDO AMPLIO) DE LA ESCRITURA
12. Introducción: en doctrina se denomina
“comparecencia” “Proemio”
1. Encabezamiento
TREINTA Y DOS (32). En la ciudad de Guatemala,
departamento de Guatemala, el dos de marzo del dos mil
veinte, ante mí: María José Najarro Ruano, Notaria
art 29 1 CN
13. COMPARECENCIA (EN SENTIDO
ESTRICTO)
se procede a la identificación de los requirentes o participantes “LOS
ELEMENTOS PERSONALES” desde sus respectivas posiciones dentro del
instrumento
Leer: DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS EN LA ESCRITURA
PAG. 46 Y ART 29 Y ESOS DATOS SON 6 ART- 29 num. 2
Leer LAS FORMAS DE IDENTIFICACIÓN (4 formas) de los comparecientes
art 29 num 3 y 4
La BASE LEGAL PARA LOS ELEMENTOS DE LA INTRODUCCIÓN DE UNA
ESCRITURA ES . Art 29 y 42 CN
14. ELEMENTOS PERSONALES DE LA
ESCRITURA PÚBLICA (art 29)
1. OTORGANTE
PARTE
EN SENTIDO MATERIAL Y PARTE EN SENTIDO FORMAL
2. COMPARECIENTE art 29 num 3, num 5
3. INTERVINIENTES O AUXILIARES DEL NOTARIO:
Intérpretes:
Intérpretes y;
Traductor Jurado
Testigos: Art. 51-53 CN (pag 59-58 libro)
Testigos de Conocimiento
Testigos Insrumentales
Testigos Rogados o de Asistencia
15. 2.COMPARECENCIA:
comparece MARÍA ANTONIA ALFARO ENRÍQUEZ GONZÁLEZ de cuarenta
y seis años de edad, soltera, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio;
se identifica con el documento personal de identificación (DPI), código
único de identificación (CUI) número: ________________________
(XXXXXXXXXX), extendido por el Registro Nacional de las Personas, de la
República de Guatemala (RENAP); en lo sucesivo La Mandante. La
compareciente me asegura: a) hallarse en el libre ejercicio de sus derechos
civiles; b) ser de los datos de identificación personal consignados y; c) Que
por este instrumento otorga CONTRATO DE MANDATO
16. PRIMER PARCIAL:
MATERIAL DE EXAMEN
CÓDIGO DE NOTARIADO, TODOS LOS ARTICULOS
ANALIZADOS.
LIBRO DE TEXTO. CAPITULO I Y DEL CAPÍTULO II
HASTA EL TEMA DE LOS TESTIGOS. PAGINA 58
DEBE PRACTICAR; REDACCIÓN LEGAL DE LA
INTRODUCCIÓN DE LA ESCRITURA PÚBLICA,
PRESENTACIONES DE CLASES