La eutanasia significa etimológicamente “buena muerte”, y se puede definir como el acto deliberado de dar fin a la vida de una persona, producido por la voluntad expresa de la propia persona y con el objetivo de evitar un sufrimiento.
Con la proposición de la Ley Orgánica de la Eutanasia aprobada en diciembre de 2020 y el interés que suscita tanto en el ámbito sanitario como en la población general, se han recogido en el siguiente documento definiciones, marco histórico, marco legal y conceptos relacionados como los cuidados paliativos y las voluntades anticipadas, así como algunas preguntas que pueden generar debate sobre el tema.
1. Hablemos
sobre
EUTANASIA
ENFERMEROS RESIDENTES EN FAMILIAR Y COMUNITARIA
SESIÓN 24 FEBRERO 2021
Daniel Bújeda Hernández, Silvia Calvo Campos, Amaia Fernández
Zapata, Paula Garcés Fuertes, Carmen Tricas Ranchal.
2. ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
2. LLUVIA DE IDEAS
3. ETIMOLOGÍA Y DEFINICIONES
4. CONTEXTO HISTÓRICO Y MARCO LEGAL ACTUAL
5. CUIDADOS PALIATIVOS
6. VOLUNTADES ANTICIPADAS
7. DEBATE
12. EUTANASIA: actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante
una relación causa-efecto única e inmediata, a petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por
dicha persona, y que se lleva a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento
incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios.
Proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia. 2020-
14. Obstinación terápeutica
ADECUACIÓN ESFUERZO TERAPÉUTICO
Retirar, ajustar o no instaurar un tratamiento o
medida de soporte vital.
Llegar a la muerte natural, sin sufrimiento.
NO decir “Limitación”
Iniciar o mantener intervenciones clínicas que
prolongan la vida, sin posibilidad real de mejora o
recuperación.
Etimológicamente: distanasia (¨dis¨, mal, algo mal hecho).
NO “Encarnizamiento”
OBSTINACIÓN TERAPÉUTICA
TÉRMINOS DIFERENCIALES
17. HISTORIA
● 1984. Fundación de la federación española “Derecho a Morir
Dignamente”.
○ Inscrita en el Ministerio del interior.
○ Legaliza el movimiento ciudadano de respeto a la
libertad del individuo en el final de su vida.
○ Carlos Gómez como pionero de la lucha por la
eutanasia (enfermo de leucemia, muere sin haberse
hecho caso a su testamento vital).
● 1986. Ley General de Sanidad. Permite el rechazo a un
tratamiento mediante la solicitud del alta voluntaria.
18. HISTORIA
● 1993. Ramón Sampedro.
○ Tetrapléjico, pide ayuda para morir que no
consigue por vía legal.
○ 11 personas. 1 parte del proceso cada una:
comprar cianuro, analizarlo, medirlo,
llevárselo, recogerlo, preparar la disolución,
echarlo en un vaso, ponerle una pajita,
acercárselo, recoger la carta de despedida y
dejar la cámara grabando.
○ NO incriminación legal.
19. HISTORIA
● 2002. Ley 41/2002 Reguladora de la Autonomía del Paciente. Permite rechazar
individualmente un tratamiento sin exigirse ninguna justificación.
● 2005. Doctor Luis Montes Mieza (anestesista, coordinador de urgencias Hospital Severo
Ochoa y presidente en DMD) y el doctor Miguel Ángel López Varas.
Dos denuncias anónimas acusándolos de sedaciones a dosis elevadas a
enfermos terminales. Suspensión del proceso por falta de causas.
● 2006. 11 comunidades autónomas aprobaron leyes para los enfermos terminales,
reconociendo su derecho a renunciar a un tratamiento y recibir una sedación terminal.
20. HISTORIA
● 2009. Dr Marcos Ariel Hourmann.
- 1º médico condenado por eutanasia.
- 1 año de cárcel por admin. ClK iv a mujer de 82 años que había solicitado su muerte ante
una situación de dolor irreversible.
● 2017. Suicidio grabado de José Antonio Arrabal, enfermo de ELA.
“Lo que me queda es un deterioro hasta acabar siendo un vegetal.
Quiero poder decidir el final, Y la situación actual no me lo garantiza”.
● Abril 2019. María José Carrasco, enferma de ELA, termina con su vida
ayudada por su marido Ángel Hernández, grabándolo. Acusado por
violencia contra la mujer.
21. HISTORIA
• 17 de diciembre de 2020. El Congreso de los
Diputados de la XIV legislatura aprueba una
proposición de ley de eutanasia para regular el
derecho a una eutanasia ACTIVA.
- 198 votos a favor (PSOE, Unidas Podemos,
BNG, ERC, Junts per Catalunya, Más País, Bildu,
PNV, Nueva Canarias, Coalición Canaria, CUP y
Ciudadanos).
- 138 votos en contra (PP, Vox y UPN). 2 abstenciones.
La proposición pasará al Senado, esperando que sea aprobada
y entre en vigor 3 meses tras su publicación en el BOE.
22. FÁRMACOS
PENTOBARBITAL SÓDICO (NEMBUTAL). Vía IV a 200mg/kg.
• Grupo II: medicamentos que requieren receta médica que deberá retenerse en la farmacia que
la surta y ser registrada en los libros de control. Se podrá prescribir máximo 2 presentaciones,
especificando su contenido. Vigencia de 30 días a partir de la fecha de prescripción.
• España: uso exclusivo veterinario.
• Frasco de 6,5 gramos: 600€. 4-5 dosis calculadas para un peso de 70kg (133€).
• No obligación de entregar el producto hasta que lo solicite un juez.
• Adquirir el fármaco y guardarlo en casa son actos impunes.
• Quien compra una unidad para un posible autoconsumo futuro puede haber incurrido en una
infracción administrativa, pero difícilmente se le acusará de un delito.
23. EUTANASIA EN EL MUNDO
Eutanasia activa legal: Países Bajos,
Bélgica, Luxemburgo, Canadá y Colombia.
(España).
Eutanasia pasiva: México, Chile, Uruguay,
Argentina, Suecia, Finlandia…
Suicidio asistido: Alemania y Austria.
EE.UU, Australia: algunas zonas, según
leyes estatales.
25. PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE
REGULACIÓN DE LA EUTANASIA
✔Activa y directa
✔Basada en derechos fundamentales
- La vida y la integridad física y moral
- El valor superior de la libertad
- La libertad ideológica y de conciencia
- Derecho a la intimidad
✔Dos conductas eutanásicas diferentes
- Eutanasia activa
- Suicidio asistido
26. OBJETO DE LA LEY
➢ Regular el derecho a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir, el procedimiento
que ha de seguirse y las garantías que han de observarse.
➢ Deberes del personal sanitario que atienda a esas personas, definiendo su marco de
actuación
➢ Regula las obligaciones de las administraciones e instituciones concernidas para asegurar
el correcto ejercicio del derecho reconocido en esta Ley.
27. REQUISITOS PARA LA SOLICITUD
❑ Español o certificado de empadronamiento + 12 meses.
❑ Mayor de edad.
❑ Consciente.
❑ Sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e
imposibilitante.
❑ Información por escrito sobre su proceso.
- Alternativas y posibilidades (Paliativos, Prestaciones de dependencia…).
❑ Dos solicitudes por escrito con 15 días de diferencia.
- Menos si el médico considera que va a perder la capacidad antes.
28. REQUISITOS PARA LA SOLICITUD
Dar consentimiento informado
- Salvo si el médico considera que el paciente no está en pleno uso de sus facultades y
consta en el testamento vital
- Si no puede firmar, puede hacerlo otra persona en su presencia
- Firmarlo en presencia de un profesional sanitario
- Se incorporará la solicitud a la HC
- Se podrá revocar en cualquier momento o aplazar
29. REQUISITOS PARA LA SOLICITUD
- Podrá ser presentada la solicitud por otra persona mayor de edad y capaz junto con el testamento
vital, en caso de no poder hacerlo el paciente
- En caso de que no exista ninguna persona que pueda presentar la solicitud en nombre del paciente,
el médico responsable podrá presentar la solicitud de eutanasia.
30. DENEGACIÓN DE LA SOLICITUD
➢ Justificación por escrito.
➢ Período de reclamación por el solicitante de 15 días ante la Comisión de Garantía y Evaluación
competente.
➢ Obligación de informar de la posibilidad de reclamar.
31. PROCEDIMIENTO
1ª solicitud
▪ Proceso deliberativo sobre el diagnóstico
- posibilidades terapéuticas
- resultados esperables
- cuidados paliativos
- información por escrito
2º solicitud 15 días después
▪ Se retoma el proceso
- resolver dudas o necesidad de ampliación de información, en el plazo máximo de cinco
días.
32. PROCEDIMIENTO
- 24 horas después el paciente deberá informar de la decisión de continuar o no:
▪ SI
- Informar al equipo asistencial, especialmente a los profesionales de enfermería
- Familiares, allegados…
- Firma del Consentimiento informado
▪ NO
- Informar al equipo asistencial, especialmente a los profesionales de enfermería
- El médico responsable deberá consultar con un médico consultor, que deberá corroborar que
todas las condiciones se cumplen y elaborar un informe para la HC
33. PROCEDIMIENTO
- El médico responsable antes de la realización de la prestación de ayuda para morir, lo pondrá
en conocimiento del presidente de la Comisión de Garantía y Evaluación, al efecto de que se
realice el control previo
- Se designan dos expertos para evaluar que comunicarán el resultado al presidente de la
comisión
34. DURACIÓN DEL PROCESO
- 15 días entre las dos solicitudes del paciente.
- 24 horas hasta que el médico responsable consulte con un especialista ajeno al caso.
- El especialista tiene hasta 10 días para contestar.
- Una vez de acuerdo ambos facultativos, pueden pasar hasta 3 días hasta comunicar el caso a la
comisión de garantías.
- La comisión podrá tardar otros 2 días nombrar a los expertos que van a evaluar la petición.
- Los expertos tienen 7 días para decidir y 2 más para comunicar la resolución al presidente de la
comisión.
Total: MÁXIMO DE 40 DÍAS desde la primera petición del paciente hasta que el médico reciba el
visto bueno.
No se concretan los días para el acto de la eutanasia en sí.
35. OBJECIÓN DE CONCIENCIA
❑ La objeción de conciencia es la negativa a acatar órdenes o
leyes o a realizar actos o servicios invocando motivos éticos
o religiosos.
❑ El derecho a la objeción de conciencia viene recogido en la
Constitución.
❑ Anticipada y por escrito.
❑ Registro de profesionales objetores de conciencia.
❑ Confidencial.
36. "Atención integral a los pacientes cuya enfermedad no responde a tratamiento curativo
y donde es primordial el control de síntomas, especialmente del dolor, así como el
abordaje de los problemas psicológicos, sociales y espirituales".
Enfoque interdisciplinario. Paciente, familia y entorno. En casa o en hospital.
CUIDADOS PALIATIVOS
DEFINICIÓN
Preservar la mejor calidad de vida posible hasta el final
CON medidas terapéuticas proporcionadas.
OBJETIVO
38. CUIDADOS PALIATIVOS
• En Europa 4,5 millones de personas mueren cada
año con un sufrimiento derivado de su enfermedad
• En España, de las 228.265 personas que fallecen
anualmente con necesidad de cuidados paliativos,
alrededor de 80.000 lo hacen sin acceder a ellos.
40. ● Servicios Especializados 》Ratio por población: 0,6 / 100.000 (EAPC recomienda 2 / 100.000).
● Puesto 31/51 países analizados (mismo nivel que naciones con menor PIB per cápita como
Rumanía, Letonia o República Checa y por debajo de Portugal, Croacia, Eslovenia o Bulgaria).
CUIDADOS PALIATIVOS: ESPAÑA
Fuente: EAPC Atlas of Palliative Care in Europe 2019.
41. Fuente: EAPC Atlas of Palliative Care in Europe 2019.
● Incluidos en el listado de servicios de salud prestados en el nivel de atención primaria,
aunque la mayoría proporciona estos cuidados en el último mes de vida (sólo en 12
países).
● Formación en cuidados paliativos: 53% de las facultades españolas de Medicina y el
61% de Enfermería.
CUIDADOS PALIATIVOS: ESPAÑA
43. LÍNEAS ESTRATÉGICAS
• Atención integral.
• Organización y coordinación.
• Autonomía de los pacientes
• Formación.
• Investigación en CP.
DIRIGIDA A:
Pacientes con cáncer y enfermedades crónicas evolutivas de
cualquier edad que se encuentren en situación avanzada y
terminal.
(EPOC, IC, IR, insuficiencia hepática avanzadas o enfermedades
neurológicas (ictus, parkinson, esclerosis múltiple o E.L.A...)
CUIDADOS PALIATIVOS: ESPAÑA
44. VOLUNTADES ANTICIPADAS
¿QUÉ ES?
Es el documento que recoge las decisiones expresadas por una persona, tomada de forma
reflexiva, libre y responsable, sobre los tratamientos médicos y cuidados de salud o, una vez
llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo.
¿QUIÉN PUEDE HACERLO?
Personas mayores de edad que no se encuentren incapacitadas judicialmente.
Menores de edad que tengan más de 14 años, con la asistencia
de uno de sus padres o tutores legales
45. VOLUNTADES ANTICIPADAS
¿CÓMO SE PUEDE HACER?
➢ Modelo de papel o PDF de la web
www.saludinforma.es
➢ Cualquier papel en blanco con los deseos
del paciente
CONSIDERACIONES:
• Es necesaria la presencia de dos
testigos mayores de edad, de los cuales
uno de ellos no debe tener relación de
parentesco hasta el segundo grado ni
estar vinculado por relación patrimonial
con la persona que vaya a hacer el
documento de voluntades.
• Ante Notario, mediante acta notarial.
En este supuesto no son necesarios los
testigos.
46. VOLUNTADES ANTICIPADAS
REGISTRO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS:
NO es necesario llevarlo al registro si el documento/papel está debidamente cumplimentado y
firmado por los testigos pertinentes, dicho documento tiene la misma validez legal
➢ Documento de identificación personal (DNI/NIE/Pasaporte)
➢ Documento de voluntades anticipadas que haya elaborado debidamente cumplimentado y
firmado
➢ Los DNI originales u otro documento identificativo equivalente de los representante/s y/o
testigos, o bien una copia compulsada de los mismos
47. VOLUNTADES ANTICIPADAS
REGISTRO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS:
• Presencialmente
➢ Departamento de Sanidad, Dirección General de Transformación Digital, Innovación y Derechos de
los Usuarios, Registro de Voluntades Anticipadas, 4a planta, Vía Univérsitas, 36, Zaragoza.
Teléfono: 976 713 431
Para ello, se debe solicitar cita en SaludInforma o llamando al teléfono 902 555321.
➢ En los servicios de Atención al Usuario de cualquier centro sanitario.
➢ En los centros de salud.
➢ En los Servicios Provinciales del Departamento de Sanidad de Zaragoza, Huesca o Teruel.
• Por correo postal
Registro de Voluntades Anticipadas, Departamento de Sanidad, Dirección General de Transformación Digital, Innovación y
Derechos de los Usuarios, 4a planta, Vía Univérsitas, 36, 50017 Zaragoza.
Una vez registrado, aparece en HCE como un libro naranja en la parte superior.
48. VOLUNTADES ANTICIPADAS
¿ES OBLIGATORIO TENER UN REPRESENTANTE?
No es obligatorio aunque sí recomendable.
Se puede designar hasta dos representantes que asumen la responsabilidad de velar porque los
deseos expresados sean respetados en todo momento. Si hay dudas en la interpretación del
documento, el representante será el mediador con el equipo sanitario, teniendo en cuenta los
valores y deseos expresados por el paciente.
¿CÓMO SE ACTÚA EN SITUACIONES QUE NO ESTÉN EN EL DOCUMENTO?
En el caso de situaciones clínicas no contempladas en el documento de voluntades anticipadas, la
persona representante deberá tener en cuenta sus valores u opciones vitales con el fin de
presumir la voluntad que tendría el paciente si estuviese en capacidad de decidir.
49. VOLUNTADES ANTICIPADAS
¿SE PUEDE MODIFICAR O REVOCAR EL DOCUMENTO?
Se puede modificar o anular en cualquier momento, para ello debe solicitar cita previa
para voluntades anticipadas en la forma indicada anteriormente o solicitarlo por escrito
adjuntando una copia del DNI.
*En caso de que el paciente permanezca con vida y con plena capacidad mental,
prevalece siempre la palabra del paciente frente al documento, aunque ambas sean
contrarias.
54. Debate sobre casos mediáticos
Argumenta: Calidad de vida deteriorada.
"No soy feliz. Quiero morirme. No es particularmente triste” "Lo que es triste es que me lo impidan.
Mi sentimiento es que una persona mayor como yo debe beneficiarse de sus plenos derechos de
ciudadano, incluido el derecho al suicidio asistido".
1. Como se ha comentado, el suicidio asistido no está regulado en España…pero ¿qué opinas sobre la decisión voluntaria de esta
persona?
2. Si estás a favor ¿cambiaría tú decisión si su edad fuera inferior? ¿pondrías un límite de edad?
3. Si estás en contra ¿qué opciones le darías a esta persona?
CASO SUICIDIO MEDICAMENTE ASISTIDO
55. Debate sobre casos mediáticos
1. Si los amigos hubieran asesorado y suministrado el fármaco para que el mismo se lo auto-
administrara ¿de que término estaríamos hablando? SUICIDIO ASISTIDO NO
MEDICALIZADO
2. ¿Cómo definirías el día a día de Ramón? (lluvia de palabras).
3. Si estás a favor de la decisión de Ramón: ¿Cambiarías de opinión si fuera parapléjico? ¿Por
qué?
4. Si estás en contra:
- ¿Qué beneficios le ofrecerían los cuidados paliativos?
- A domicilio, en este caso ¿qué servicios asistenciales consideras necesarios?
CASO RAMÓN SAMPEDRO
56. - En infancia: primeros síntomas. En 1995 (40 años): distrofia muscular progresiva. En 1997: atrofia espinal
que produjo tetraparesia flácida e insuficiencia ventilatoria secundaria con una dependencia absoluta de
la ventilación mecánica.
- Viuda, hijo de 8 meses dado en adopción por las dificultades, no tenía domicilio propio.
- Entre 1997 y 2006, Inmaculada vivió en el Hospital San Rafael.
- En 2006 solicitó ser sedada y desconectada del ventilador.
- El Comité Ético de la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo lo autorizaron. Determinaron el caso como
una limitación del esfuerzo terapéutico y "adecuada a derecho“. Otros determinan que es rechazo del
tratamiento.
- No pudo morir en el centro en el que vivió 10 años, ya que tras la aprobación de su petición, la ética y la
religión entraron en juego. La orden de San Juan de Dios, que regenta Hospital San Rafael, optó por el
traslado a otro centro por la presión de ciertos sectores religiosos contrarios a la decisión.
CASO ADECUACIÓN ESFUERZO TERAPÉUTICO
Debate sobre casos mediáticos
57. 1. En este caso, tras la retirada del tratamiento de soporte vital (TSV), Inmaculada falleció.
¿Qué crees que causó su muerte?.
2. Como profesional sanitario, ¿qué te costaría más: no ofrecer un TSV o retirarlo? ¿por
qué?
3. En la perspectiva de las RELIGIONES es imposible pensar quE una persona, institución o
gobierno pueda tener derecho a quitar la vida de otra persona, aunque lo solicite
voluntariamente ¿qué opinas respecto a que tuvieran que trasladar a Inmaculada a otro
hospital?
4. ¿Cuál es tu opinión respecto a la objeción de conciencia?
Debate sobre casos mediáticos
58. - 29 años
- Diagnosticada de trastorno límite de la personalidad, un trastorno de
estrés postraumático crónico y diversas adicciones.
- Empezó a autolesionarse en la adolescencia. El primer intento de suicidio
fue con 21 años.
- “La ambulancia tenía que venir a mi casa unas tres veces al mes por mis
intentos de suicidio”
- Fue a la cárcel dos años por prender fuego al sótano de su casa tras una
discusión.
- Volvió a intentar suicidarse repetidas veces.
- Finalmente , tras denegarlo previamente por la complejidad del caso, se
le aprobó el suicidio asistido.
CASO: PACIENTE CON DX PATOLOGÍA
PSIQUIÁTRICA
Debate sobre casos mediáticos
1. ¿Considerarías la enfermedad mental un motivo para solicitar la
eutanasia o suicidio asistido?
2. ¿Qué opciones alternativas se podrían proponer para personas
resistentes al tratamiento?
3. ¿Crees que minimizaria riesgo de lesiones irreversibles realizar un
suicidio de forma controlada ?
59. - Se plantea si la aprobación de la Ley de eutanasia puede
suponer abrir una puerta a pacientes con patología mental
que están planteando suicidarse.
- Se solicita que la valoración psiquiátrica sea obligatoria
cuando estado de ánimo, cognición, capacidad,
consentimiento, comprensión o juicio estén en cuestión.
- Se pide la presencia de un médico especialista en
Psiquiatría, con formación adecuada, dentro de la Comisión
de Seguimiento y Control.
NOTICIAS SOBRE EUTANASIA EN PSIQUIATRÍA
Debate sobre casos mediáticos
1. ¿Crees que las personas con patología mental deberían de
ser consideradas de forma diferente en la solicitud de la
eutanasia? ¿Cómo?
2. ¿Crees que un especialista en Psiquiatría debería de valorar
solamente a pacientes con patología mental, o a todos
aquellos que soliciten la eutanasia?
60. Brittany Maynard (Norteamericana)
- 29 años, dx cáncer terminal con meses de vida que causaría un dolor
prolongado.
- Decisión personal: suicidio asistido.
- Repercusión en Vaticano: "El suicidio asistido no es una muerte digna, es algo
absurdo. Y la Iglesia está en contra porque no es admisible el acto de quitarse la vida.
No juzgamos a las personas, pero el gesto en sí debe condenarse"
Olivio González (Colombia)
- 79 años, dx cáncer con dolores y desfiguración del rostro.
- Decisión personal: eutanasia.
- En 2015, fue la primera persona en hacer uso de la ley en Colombia, 19
años después de que fue sancionada la ley.
Nathan Verhelst (Bélgica)
- 44 años. Dos cirugías de cambio de sexo, sin resultado esperado.
- Decisión personal: eutanasia (2013), bajo el argumento “un sufrimiento
físico insoportanble”, porque se sentía "asqueado" con los cambios en su
cuerpo y se reconoció como un "monstruo".
Mujer de 70 años (Holanda)
- Dx: Ceguera. La doctora explicó que debido a
que estaba "obsesionada por la limpieza y no
podía soportar no ver las manchas en su ropa”.
La mujer vivía sola desde que su marido falleció
y había intentado suicidarse varias veces antes.
- Decisión personal: eutanasia. De acuerdo a su
normativa, sólo a residentes en Holanda, cuando
el médico está convencido de que la petición del
paciente es voluntaria, está bien meditada y ha
sido expresada en forma explícita.
¿Qué casos consideras como
“un padecimiento grave, crónico e imposibilitante
o enfermedad grave e incurable, causantes de un
sufrimiento intolerable”?
Debate sobre casos mediáticos
61. ARGUMENTO:
Si se legaliza la eutanasia, las personas más mayores recibirán presiones de sus
familiares para que soliciten ayuda para morir. Así no tendrán que cuidarlos y podrán
heredar antes.
SE COACCIONARÁ A LOS ANCIANOS
¿Mito o verdad? ¿A favor o en contra?
62. ARGUMENTO:
Se presionará a inmigrantes, a minorías étnicas y religiosas, a personas que viven
solas, tienen una discapacidad o diversidad funcional, a las que padecen una
enfermedad crónica o disponen de pocos recursos económicos y se abusará de ellas.
PONDRÁ EN PELIGRO A LOS MÁS VULNERABLES
¿Mito o verdad? ¿A favor o en contra?
63. ARGUMENTO:
La gente no quiere morir, quiere dejar de sufrir. Si hubiese mejores cuidados
paliativos, no habría peticiones de eutanasia. Además, despenalizar la muerte
voluntaria irá contra el desarrollo de los paliativos.
CUIDADOS PALIATIVOS VS EUTANASIA
¿Mito o verdad? ¿A favor o en contra?
64. ARGUMENTO:
La eutanasia no es un acto médico porque los médicos trabajan para curar a sus
pacientes, no para matarlos. Además, hacen un Juramento Hipocrático que dirige su
ética profesional, y este prohíbe ayudar a una persona a morir, aunque esta lo solicite
con insistencia.
OBLIGA A LOS MÉDICOS A ROMPER SU JURAMENTO HIPOCRÁTICO
¿Mito o verdad? ¿A favor o en contra?
65. ARGUMENTO:
Despenalizar la eutanasia es legalizar las prácticas nazis de exterminio de las personas
más débiles de la sociedad. Lo hizo el III Reich y ahora lo quieren repetir.
Durante el Tercer Reich, los nazis pusieron en marcha el programa Aktion T4 con el
que asesinaron a más de 70.000 personas con discapacidades entre 1939 y 1941,
calificando estas muertes de eutanasia.
ES LO QUE HACÍAN LOS NAZIS
¿Mito o verdad? ¿A favor o en contra?
66. ARGUMENTO:
Despenalizar la eutanasia da carta blanca a los médicos, que empezarán a matar a los
pacientes que cuestan mucho dinero, que son molestos o que les causan dificultades.
LA LEY AUMENTA LAS EUTANASIAS INVOLUNTARIAS
¿Mito o verdad? ¿A favor o en contra?
67. ROLL - PLAYING
CONTEXTO: Domicilio de paciente - revisión mensual de paciente inmovilizado.
TEMA PRINCIPAL VISITA: Eutanasia
• Papel 1: Paciente con enfermedad “X”: Solicita información sobre la eutanasia.
• Papel 2: Cuidador principal: En desacuerdo con su familiar.
• Papel 3: Enfermero: Explicar los requisitos de la ley, procedimiento...
68. ROLL - PLAYING
CONTEXTO: Consulta enfermería.
TEMA PRINCIPAL VISITA: Revisión INR capilar. Sacar tema del Documento Voluntades Anticipadas.
• Papel 1: Paciente Crónico Complejo
• Papel 2: Enfermero: Explicar para qué sirve, cómo y dónde solicitarlo.