3. EL ORDENAMIENTO JURÍDICO PENAL SE COMPONE DE DOS TIPOS DE NORMAS Normas imperativas: Son las normas “principales” del sistema normativo del derecho penal y las que definen o estipulan un deber de actuar (cuya lesión da lugar a los delitos de omisión) o de omitir (cuya lesión da lugar a los delitos de comisión). La infracción de esas normas se analiza en la tipicidad. Normas permisivas: Son las normas que definen un permiso o facultad para actuar, aún cuando ese ejercicio o facultad implique la lesión de una norma imperativa. En la teoría del delito estas normas dan lugar a las eximentes denominadas “causas de justificación”
4. Las normas imperativas surgen con exclusividad del ordenamiento jurídico penal En cambio, las normas permisivas pueden Provenir del código penal sustantivo, como sucede con las causas de justificación más clásicas (ej. Legítima defensa) Provenir de sectores externos al derecho penal, como sucede con los permisos que provienen del derecho procesal penal, del derecho administrativo, del derecho civil, etc.
5. Los principios justificantes Se trata de aquellos puntos de partida axiológicos que permiten explicar los fundamentos de las causas de justificación. A este respecto existen dos teorías Teorías sobre el fundamento axiológico de las causas de justificación Teorías monistas Teorías pluralistas Con un único punto de vista pretenden fundamentar todas las causas de justificación (“bien preponderante” o “más utilidad que daño social”). Parten de la base de que no hay un solo presupuesto para explicar los permisos justificantes (“idea de ponderación de bienes”, “idea del fin”, “ausencia de interés”, etc.) Los fundamentos axiológicos de las causas de justificación
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7. Primer nivel operativo de funcionamiento de la causa de justificación: la comprobación del tipo objetivo de los permisos justificantes En el tipo objetivo de las causas de justificación se comprueba que se encuentren presentes en la realidad todos los extremos que el legislador ha definido como presupuestos ineludibles de la existencia del permiso. Segundo nivel operativo de funcionamiento de la causa de justificación: la comprobación del tipo subjetivo de los permisos justificantes En el tipo subjetivo de las causas de justificación se comprueba que el sujeto tenga conocimiento de la presencia de los elementos ya verificados en el tipo objetivo y que tenga voluntad de actuar en el marco del permiso (conocimiento y voluntad).
8. Causas de justificación más tradicionales Legítima defensa Estado de necesidad Conflicto de deberes -agresión ilegítima, falta de provocación, necesidad racional del medio empleado. -Conflicto de males o bienes (situación de necesidad de sacrificar un bien) ajenidad frente al conflicto, evitación del mal mayor. -Existencia de dos deberes de diferente o similar jerarquía, imposibilidad de cumplimiento de ambos, haber sido ajeno al conflicto, cumplimiento del deber de mayor importancia. CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN: requisitos