1. Protección del Estado
hacia el trabajador
INTEGRANTE:
Marcano Lourdes.
C.I.19.493.147
Caracas, Julio de 2017 .
2. Como trabajo denominamos el conjunto de
actividades que son realizadas con el objetivo de
alcanzar una meta o la producción de bienes y
servicios para atender las necesidades
humanas.
La CRBV en su Art. 87 dice “toda persona tiene
derecho al trabajo y el deber de trabajar” y obliga
al Estado a garantizar la adopción de las medidas
necesarias a los fines de que toda persona pueda
obtener ocupación productiva…”
3. Art 27 "Toda persona tiene
derecho a ser amparada por
los tribunales en el goce y
ejercicio de los derechos y
garantías
constitucionales…”
Art 43 y 44 los empleadores
deben garantizar
condiciones y medio
ambiente de trabajo
seguros, saludables y
dignos para las trabajadoras
y los trabajadores en los
procesos productivos.
4.
5.
6. Derecho que tiene el trabajador de permanecer
en su empleo y de no ser despedido sino cuando
sobrevengan circunstancias previamente
señaladas en la ley, como la causa justa.
7.
8. Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un
salario suficiente que le permita vivir con dignidad
y cubrir para sí y su familia las necesidades
básicas materiales, sociales e intelectuales.