SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 21
Procedimiento Penal Laboral
Autoridades Administrativas y
Apoderamiento
Autoridades
Administrativas de Trabajo
El Departamento de Trabajo es el principal órgano del Ministerio de Estado
de Trabajo, y tiene una gran cantidad de funciones, entre ellas debe atender
todo lo relativo a los siguientes aspectos:
1. A la jornada de trabajo;
2. A los descansos legales;
3. A las vacaciones de los trabajadores;
4. Al cierre de las empresas;
5. A la protección de la maternidad de las trabajadoras;
6. A la protección de los menores en materia de trabajo;
7. A los salarios de los trabajadores;
8. A la nacionalización del trabajo;
9. A las asociaciones de empleadores y de trabajadores;
10. A los contratos de trabajo;
11. A los demás asuntos relacionados con el trabajo como factor de la
producción.
Departamento de Trabajo
Representantes Locales de Trabajo
Para la mejor aplicación de las disposiciones de este Código, el
Ministerio de Estado de Trabajo puede crear distritos jurisdiccionales.
En cada distrito debe asignarse un inspector con la categoría de
representante local de trabajo, así como los inspectores auxiliares que
fueren necesarios.
Dentro de las funciones de los Representantes Locales de Trabajo se
encuentran:
• Vigilar, en sus respectivas circunscripciones, el fiel cumplimiento
de las leyes, reglamentos y contratos de trabajo;
• Ejecutar en sus respectivas circunscripciones las órdenes que
reciban del Departamento de Trabajo, así como cuantas
actuaciones les impongan las leyes y reglamentos;
• Recibir los avisos de suspensión total o parcial de los contratos de
trabajo, comprobar las causas alegadas al efecto y participar al
Departamento de Trabajo el resultado de la comprobación.
Artículos 431 y 432 del Código de Trabajo.
Los Servicios de Inspección de Trabajo son los órganos
adscritos al Departamento de Trabajo que tienen la
obligación de velar por el fiel cumplimiento de las
disposiciones legales o reglamentarias relativas al trabajo,
especialmente las que se refieren a las condiciones como se
ejecuta el contrato de trabajo.
Fundamento jurídico:
C081 - Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947
Código de Trabajo.
Servicios de Inspección
“las inspecciones de trabajo son visitas que las autoridades laborales
pueden hacer a la empresa con el fin de cerciorarse del
cumplimiento de las normas legales aplicables y la protección de los
trabajadores en el ejercicio de su trabajo.”
.
Tribunal Constitucional
TC No. 563-2015:
1. A penetrar libremente y sin previa notificación en los lugares en los
cuales puedan ser objeto de violación las disposiciones y
reglamentaciones relativas al trabajo, guardando el respeto debido a las
personas que se encuentren en ellos y tratando de que no se
interrumpan innecesariamente los trabajos que se estén realizando.
2. A proceder a cualquier examen, comprobación o investigación que
consideren necesarios para tener la convicción de que se observan las
disposiciones legales, en particular:
a. A interrogar, solo o ante testigos, al empleador y al personal de
la empresa sobre cualquier asunto relativo a la aplicación de las
disposiciones legales;
b. A pedir la presentación de libros, registros o documentos que
las leyes y los reglamentos de trabajo ordenen llevar, a fin de
comprobar si se hallan en debida forma, y para sacar copias o
extractos de ellos;
c. A requerir la colocación de los avisos y carteles que exigen las
leyes y reglamentos
Facultades de los inspectores
Actas de apercibimiento.
Antes de levantar un acta de infracción es una práctica de
la autoridad administrativa otorgar un plazo para que se
cumplan las regulaciones establecidas por la norma
respecto al Trabajo. Esto así siempre y cuando no se trate
de una falta muy grave.
El profesor Alburquerque señala que “esta acta de
apercibimiento no está contemplada en la ley, pero es una
práctica administrativa que se deriva de la finalidad
intrínseca del control: más que sancionar un delito, lograr
el cumplimiento de la norma laboral.” (Alburquerque,
2003).
En caso de comprobar alguna infracción a las leyes o
reglamentos de trabajo los inspectores deben redactar un
acta sobre el particular, en la cual se hace constar lo
siguiente:
1. Nombre del inspector que las redacte;
2. Lugar, fecha, hora y circunstancias de la infracción;
3. Nombre, profesión y domicilio del infractor o de su
representante si lo hay;
4. Nombre, profesión y domicilio de los testigos, si los
hay, los cuales deben ser mayores de quince años y
saber leer y escribir
Actas de infracción.
FUERZA PÚBLICA
Artículo 434 CT: (…) Los inspectores de trabajo podrán
requerir el auxilio de la fuerza pública para el
cumplimiento de lo dispuesto en el ordinal primero, en
caso de oposición del propietario, sus representantes o
las personas que se encuentren en los lugares indicados
en dicho ordinal o que acudan a ellos.
Artículo 436 CT: (…) En caso de peligro inminente para la
salud y la seguridad de los trabajadores, el inspector de
trabajo podrá ordenar inmediatamente las medidas
ejecutorias pertinentes, a reserva de los recursos
judiciales o administrativos correspondientes.
Valor probatorio del acta de
infracción.
Código de Trabajo
Artículo 441. Se tendrán por ciertos, hasta inscripción en
falsedad, los hechos relatados en el acta, siempre que ésta haya
sido firmada a la vez por los testigos y por el infractor o su
representante, sin protesta ni reserva.
Código Procesal Penal.
Art. 172.- Valoración. El juez o tribunal valora cada uno de los
elementos de prueba, conforme las reglas de la lógica, los
conocimientos científicos y las máximas de experiencia y está
en la obligación de explicar las razones por las cuales se les
otorga determinado valor, con base a la apreciación conjunta y
armónica de toda la prueba.
Las actas que tienen por objeto la comprobación de
contravenciones hacen fe de su contenido hasta prueba en
contrario.
Valor probatorio del acta de
infracción
“En principio, el acta debe ser levantada en el lugar
donde se comprueba la infracción y en la fecha en que ha
sido sorprendida, pero cuando por cualquier
circunstancia esto no sea posible, el inspector lo hará en
otro lugar o en otra fecha según el caso, con enunciación
de lo acontecido (arts. 439 y 440) casi siempre en la
práctica, y solo por razones de comodidad, el inspector
toma nota de sus actuaciones en el lugar de los hechos y,
posteriormente, redactar el acta, lo que impide al
infractor firmarla y recibir de inmediato copia de la
misma.” (Alburquerque, 2003).
Acta de infracción levantada por
el mediador en conflictos
económicos
Artículo 679 Código de Trabajo:
El mediador informará a la Secretaría de Estado de Trabajo, del
resultado de su misión en los tres días subsiguientes al de la
última reunión celebrada con las partes.
La no comparecencia sin causa justificada de una cualquiera de
las partes, constituye una infracción.
En los casos de inasistencia de una de las partes legalmente
citadas, el mediador levantará acta de infracción, conforme a lo
establecido en el artículo 439 del Código de Trabajo, debiendo
canalizarla al tribunal represivo competente, a través del
Director de Mediación, Conciliación y Arbitraje.
ACTA DE INFRACCIÓN
INFORME DE INSPECCIÓN
Remisión del acta de infracción.
Código de trabajo.
Artículo 442.- Sorprendida y comprobada la infracción, el
original y el duplicado del acta correspondiente serán
remitidos al Departamento de Trabajo, el cual archivará el
duplicado y remitirá el original, en los cinco días de su recibo,
al tribunal represivo competente, para los fines de ley.
El triplicado se entregará al infractor o a su representante.
El cuadruplicado quedará en poder del inspector actuante, para
ser encuadernado y archivado con los del año al cual
corresponda.
La remisión del original y el duplicado al Departamento de
Trabajo debe ser hecha en los tres días de su fecha.
Código Procesal Penal
Artículo 57.- Exclusividad y universalidad. Es de la competencia exclusiva y
universal de las jurisdicciones penales el conocimiento y fallo de todas las
acciones y omisiones punibles previstas en el Código Penal y en la
legislación penal especial, y la ejecución de sus sentencias y resoluciones,
según lo establece este código.
Código de Trabajo.
Artículo 711.- Compete a los tribunales ordinarios el conocimiento de las
infracciones penales previstas en este Código.
Artículo 715.- La aplicación de las sanciones penales que establece este
Código y los reglamentos dictados o que dictare el Poder Ejecutivo en
materia de trabajo, está a cargo de los juzgados de paz. (…)
Se puede proseguir la acción civil al mismo tiempo y en los mismo juicios.
Sus decisiones al respecto son siempre impugnables por la apelación.
En el Distrito Nacional y en el Distrito Judicial de Santiago, el ministerio
público será ejercido por un abogado al servicio de la Secretaría de Estado
de Trabajo
Resolución 1142-2015
Suprema Corte de Justicia
“(…) el Código Procesal Penal ni ningún otro texto legal han previsto un
procedimiento particular para las infracciones penales de carácter laboral de la
competencia del Juez de Paz, por lo cual procede que la Suprema Corte de
Justicia, en virtud del poder genérico que le confiere la ley para dictar normas
prácticas de funcionamiento destinadas a hacer efectivas las disposiciones del
referido código, determine el procedimiento a seguir en esta materia.”
“PRIMERO: Dispone que los casos penales de naturaleza laboral posteriores a la
entrada en vigencia el 27 de septiembre del 2004 del Código Procesal Penal, sean
conocidos y fallados conforme al procedimiento establecido en los artículos 354
al 358 inclusive, del Código Procesal Penal.”
Código Procesal Penal.
Artículo 75.- Jueces de paz. Los jueces de paz son competentes para conocer y
fallar: 1) Del juicio por contravenciones
Ley No. 177-09 que otorga amnistía a todos los empleadores públicos
y privados, sean personas físicas o morales, con atrasos u omisiones
en el pago de las cotizaciones relativas a los aportes del trabajador y
las contribuciones del empleador al Sistema Dominicano de
Seguridad Social.
Artículo 4:
Párrafo III.- El procedimiento a utilizar por los jueces de paz
apoderados del conocimiento de las actas de infracción levantadas por
los inspectores de trabajo, de conformidad con las disposiciones del
presente artículo, será el establecido en la Resolución No.1142-05,
emitida por la Suprema Corte de Justicia, en fecha 28 de julio del año
2005. Este procedimiento no estará sujeto a conciliación previa, por
tratarse de vulneración de derechos indisponibles de los trabajadores.
Apoderamiento
Código Procesal Penal. Art. 354.-
Requerimiento. El juzgamiento de las contravenciones se inicia con la presentación de la
acusación de la víctima o del ministerio público o la solicitud del funcionario a quien la
ley le atribuye la facultad para comprobarlas y perseguirlas. La acusación o requerimiento
de enjuiciamiento debe contener:
1) La identificación del imputado y su domicilio;
2) La descripción suscinta del hecho atribuido, consignando el tiempo, lugar de
comisión u omisión;
3) La cita de las normas legales infringidas;
4) La indicación de los elementos de prueba, acompañando los documentos y los
objetos entregados o secuestrados; y;
5) La identificación y firma del solicitante.
Basta como requerimiento un formulario en el que se consignen los datos antes
mencionados. La acusación de la víctima puede presentarse oralmente y sin indicar las
normas legales infringidas, las cuales son precisadas por el juez al inicio del juicio.
Art. 355.- Citación a juicio. Sin perjuicio
de que las partes puedan comparecer
voluntariamente, la víctima, el ministerio
público o el funcionario competente
deben citar al imputado con indicación
del juez o tribunal, la fecha y la hora de
la comparecencia.
Segunda Sala SCJ. No 375. 12 noviembre 2012
(…) que si bien como especifica la Corte a-qua, la Resolución núm. 1142-2005,
emitida el 28 de julio de 2005, por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia,
dispone que los casos penales de naturaleza laboral posteriores a la entrada en
vigencia el 27 de septiembre de 2004 del Código Procesal Penal, sean
conocidos y fallados conforme al procedimiento establecido para las
contravenciones en los artículos 354 al 358 de dicho código, no menos válido
es, que este procedimiento, de naturaleza supletoria, debe aplicarse en tanto
no entre en contradicción con las normas que para tales fines haya establecido
el Código de Trabajo; (…) que el análisis de lo así dispuesto conduce a
entender que el apoderamiento del tribunal penal, esto es, los Juzgados de Paz
Ordinarios, para conocer de las infracciones penales consignadas en el Código
de Trabajo está supeditando a que el ámbito laboral compruebe la existencia
de la infracción conforme a la norma, siendo el inspector de trabajo, oficial a
quien la ley le atribuye la facultad de comprobar y perseguir la inobservancia
de ella, quedándole reservado con exclusividad el apoderamiento de la
jurisdicción penal dando apertura un juicio en dicha sede; habilitado el
tribunal, se aplicarán las normas establecidas en los artículos 354 al 358 del
Código Procesal Penal;

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

ENJ-2-400 Incidentes En Materia Civil Final
ENJ-2-400 Incidentes En Materia Civil FinalENJ-2-400 Incidentes En Materia Civil Final
ENJ-2-400 Incidentes En Materia Civil FinalENJ
 
ENJ-300: incidentes y Excepciones en la Audiencia Preliminar (Curso Etapa Int...
ENJ-300: incidentes y Excepciones en la Audiencia Preliminar (Curso Etapa Int...ENJ-300: incidentes y Excepciones en la Audiencia Preliminar (Curso Etapa Int...
ENJ-300: incidentes y Excepciones en la Audiencia Preliminar (Curso Etapa Int...ENJ
 
ENJ-2-305: Presentación Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral Curso Proce...
ENJ-2-305: Presentación Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral Curso Proce...ENJ-2-305: Presentación Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral Curso Proce...
ENJ-2-305: Presentación Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral Curso Proce...ENJ
 
ENJ-400-Principios Fundamentales del Proceso Civil: Inmediación y Dispositivo
ENJ-400-Principios Fundamentales del Proceso Civil: Inmediación y DispositivoENJ-400-Principios Fundamentales del Proceso Civil: Inmediación y Dispositivo
ENJ-400-Principios Fundamentales del Proceso Civil: Inmediación y DispositivoENJ
 
ENJ-500 - Módulo III: Derecho Procesal Civil - Curso Interpretación Judicial ...
ENJ-500 - Módulo III: Derecho Procesal Civil - Curso Interpretación Judicial ...ENJ-500 - Módulo III: Derecho Procesal Civil - Curso Interpretación Judicial ...
ENJ-500 - Módulo III: Derecho Procesal Civil - Curso Interpretación Judicial ...ENJ
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...
ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...
ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...ENJ
 
ENJ-2-400-La Acción en Justicia (Civil)
ENJ-2-400-La Acción en Justicia (Civil)ENJ-2-400-La Acción en Justicia (Civil)
ENJ-2-400-La Acción en Justicia (Civil)ENJ
 
ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (...
ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (...ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (...
ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (...ENJ
 
ENJ-400 Embargos Especiales en el Juzgado de Paz.
ENJ-400 Embargos Especiales en el Juzgado de Paz.ENJ-400 Embargos Especiales en el Juzgado de Paz.
ENJ-400 Embargos Especiales en el Juzgado de Paz.ENJ
 
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los RecursosENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los RecursosENJ
 
ENJ-300: Las Medidas de Coerción
ENJ-300: Las Medidas de CoerciónENJ-300: Las Medidas de Coerción
ENJ-300: Las Medidas de CoerciónENJ
 
Unidad 6. Participación Activa del Demandado.
Unidad 6. Participación Activa del Demandado. Unidad 6. Participación Activa del Demandado.
Unidad 6. Participación Activa del Demandado. Clases Licenciatura
 
ENJ-406-12-01 Los Recursos en Materia Laboral
ENJ-406-12-01 Los Recursos en Materia LaboralENJ-406-12-01 Los Recursos en Materia Laboral
ENJ-406-12-01 Los Recursos en Materia LaboralENJ
 
Enj 400 Procedimientos Especiales
Enj 400 Procedimientos EspecialesEnj 400 Procedimientos Especiales
Enj 400 Procedimientos EspecialesENJ
 
ENJ-1-406-12-01 Los Incidentes en Mataria Laboral
ENJ-1-406-12-01 Los Incidentes en Mataria LaboralENJ-1-406-12-01 Los Incidentes en Mataria Laboral
ENJ-1-406-12-01 Los Incidentes en Mataria LaboralENJ
 
ENJ-400-Régimen de las Pruebas en Materias Laboral
ENJ-400-Régimen de las Pruebas en Materias LaboralENJ-400-Régimen de las Pruebas en Materias Laboral
ENJ-400-Régimen de las Pruebas en Materias LaboralENJ
 
ENJ-300 Tema I: Derecho Penal
ENJ-300 Tema I: Derecho PenalENJ-300 Tema I: Derecho Penal
ENJ-300 Tema I: Derecho PenalENJ
 
Trabajo final procesal penal i
Trabajo final procesal penal iTrabajo final procesal penal i
Trabajo final procesal penal iTimoshenko Lopez
 
ENJ-2-400 La Prueba
ENJ-2-400 La PruebaENJ-2-400 La Prueba
ENJ-2-400 La PruebaENJ
 

La actualidad más candente (20)

ENJ-2-400 Incidentes En Materia Civil Final
ENJ-2-400 Incidentes En Materia Civil FinalENJ-2-400 Incidentes En Materia Civil Final
ENJ-2-400 Incidentes En Materia Civil Final
 
ENJ-300: incidentes y Excepciones en la Audiencia Preliminar (Curso Etapa Int...
ENJ-300: incidentes y Excepciones en la Audiencia Preliminar (Curso Etapa Int...ENJ-300: incidentes y Excepciones en la Audiencia Preliminar (Curso Etapa Int...
ENJ-300: incidentes y Excepciones en la Audiencia Preliminar (Curso Etapa Int...
 
ENJ-2-305: Presentación Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral Curso Proce...
ENJ-2-305: Presentación Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral Curso Proce...ENJ-2-305: Presentación Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral Curso Proce...
ENJ-2-305: Presentación Juez de Paz en Atribuciones Penal Laboral Curso Proce...
 
ENJ-400-Principios Fundamentales del Proceso Civil: Inmediación y Dispositivo
ENJ-400-Principios Fundamentales del Proceso Civil: Inmediación y DispositivoENJ-400-Principios Fundamentales del Proceso Civil: Inmediación y Dispositivo
ENJ-400-Principios Fundamentales del Proceso Civil: Inmediación y Dispositivo
 
ENJ-500 - Módulo III: Derecho Procesal Civil - Curso Interpretación Judicial ...
ENJ-500 - Módulo III: Derecho Procesal Civil - Curso Interpretación Judicial ...ENJ-500 - Módulo III: Derecho Procesal Civil - Curso Interpretación Judicial ...
ENJ-500 - Módulo III: Derecho Procesal Civil - Curso Interpretación Judicial ...
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...
ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...
ENJ-2-301: Presentación Módulo VII: Antijuricidad y Justificación Curso Teorí...
 
ENJ-2-400-La Acción en Justicia (Civil)
ENJ-2-400-La Acción en Justicia (Civil)ENJ-2-400-La Acción en Justicia (Civil)
ENJ-2-400-La Acción en Justicia (Civil)
 
ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (...
ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (...ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (...
ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (...
 
ENJ-400 Embargos Especiales en el Juzgado de Paz.
ENJ-400 Embargos Especiales en el Juzgado de Paz.ENJ-400 Embargos Especiales en el Juzgado de Paz.
ENJ-400 Embargos Especiales en el Juzgado de Paz.
 
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los RecursosENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
 
ENJ-300: Las Medidas de Coerción
ENJ-300: Las Medidas de CoerciónENJ-300: Las Medidas de Coerción
ENJ-300: Las Medidas de Coerción
 
Unidad 6. Participación Activa del Demandado.
Unidad 6. Participación Activa del Demandado. Unidad 6. Participación Activa del Demandado.
Unidad 6. Participación Activa del Demandado.
 
ENJ-406-12-01 Los Recursos en Materia Laboral
ENJ-406-12-01 Los Recursos en Materia LaboralENJ-406-12-01 Los Recursos en Materia Laboral
ENJ-406-12-01 Los Recursos en Materia Laboral
 
Enj 400 Procedimientos Especiales
Enj 400 Procedimientos EspecialesEnj 400 Procedimientos Especiales
Enj 400 Procedimientos Especiales
 
ENJ-1-406-12-01 Los Incidentes en Mataria Laboral
ENJ-1-406-12-01 Los Incidentes en Mataria LaboralENJ-1-406-12-01 Los Incidentes en Mataria Laboral
ENJ-1-406-12-01 Los Incidentes en Mataria Laboral
 
ENJ-400-Régimen de las Pruebas en Materias Laboral
ENJ-400-Régimen de las Pruebas en Materias LaboralENJ-400-Régimen de las Pruebas en Materias Laboral
ENJ-400-Régimen de las Pruebas en Materias Laboral
 
ENJ-300 Tema I: Derecho Penal
ENJ-300 Tema I: Derecho PenalENJ-300 Tema I: Derecho Penal
ENJ-300 Tema I: Derecho Penal
 
Accion penal
Accion penalAccion penal
Accion penal
 
Trabajo final procesal penal i
Trabajo final procesal penal iTrabajo final procesal penal i
Trabajo final procesal penal i
 
ENJ-2-400 La Prueba
ENJ-2-400 La PruebaENJ-2-400 La Prueba
ENJ-2-400 La Prueba
 

Similar a ENJ 300: Procedimiento Penal Laboral

Ley Organica Procesal Trabajo venezolana.pdf
Ley  Organica Procesal Trabajo venezolana.pdfLey  Organica Procesal Trabajo venezolana.pdf
Ley Organica Procesal Trabajo venezolana.pdfAlexis Cuevas
 
Ley orgánica procesal del trabajo - Venezuela
Ley orgánica procesal del trabajo - VenezuelaLey orgánica procesal del trabajo - Venezuela
Ley orgánica procesal del trabajo - VenezuelaHugo Araujo
 
Las autoridades administrativas de trabajo
Las autoridades administrativas de trabajoLas autoridades administrativas de trabajo
Las autoridades administrativas de trabajoMariaMargaritaLeivaH
 
Revista derecho procesal laboral
Revista derecho procesal laboralRevista derecho procesal laboral
Revista derecho procesal laboralparka200
 
Procedimientos de faltas
Procedimientos de faltasProcedimientos de faltas
Procedimientos de faltasSteveUc
 
Raphael tavera 1 10-2013
Raphael tavera 1 10-2013Raphael tavera 1 10-2013
Raphael tavera 1 10-2013RaphaelTavera
 
ENJ-300 Infracciones en el Ámbito Laboral
ENJ-300 Infracciones en el Ámbito LaboralENJ-300 Infracciones en el Ámbito Laboral
ENJ-300 Infracciones en el Ámbito LaboralENJ
 
Actas-Administrativas.pdf
Actas-Administrativas.pdfActas-Administrativas.pdf
Actas-Administrativas.pdfMaestra Hilda
 
Infografia luis lang laboral
Infografia luis lang laboralInfografia luis lang laboral
Infografia luis lang laboralsaiatrabajos1
 
Mapa audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q
Mapa  audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael qMapa  audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q
Mapa audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael qyenny mar g
 
laboral slichare.pptx
laboral slichare.pptxlaboral slichare.pptx
laboral slichare.pptxamaralhassan
 
formacion del juzgado
formacion del juzgadoformacion del juzgado
formacion del juzgadopmacarena
 
EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.pptx
EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.pptxEXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.pptx
EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.pptxLiliaTellez2
 
Rasgos históricos del derecho adjetivo del trabajo
Rasgos históricos del derecho adjetivo del trabajoRasgos históricos del derecho adjetivo del trabajo
Rasgos históricos del derecho adjetivo del trabajoNesirk Pastran
 

Similar a ENJ 300: Procedimiento Penal Laboral (20)

Ley Organica Procesal Trabajo venezolana.pdf
Ley  Organica Procesal Trabajo venezolana.pdfLey  Organica Procesal Trabajo venezolana.pdf
Ley Organica Procesal Trabajo venezolana.pdf
 
Ley orgánica procesal del trabajo - Venezuela
Ley orgánica procesal del trabajo - VenezuelaLey orgánica procesal del trabajo - Venezuela
Ley orgánica procesal del trabajo - Venezuela
 
Las autoridades administrativas de trabajo
Las autoridades administrativas de trabajoLas autoridades administrativas de trabajo
Las autoridades administrativas de trabajo
 
Revista derecho procesal laboral
Revista derecho procesal laboralRevista derecho procesal laboral
Revista derecho procesal laboral
 
Procedimientos de faltas
Procedimientos de faltasProcedimientos de faltas
Procedimientos de faltas
 
Raphael tavera 1 10-2013
Raphael tavera 1 10-2013Raphael tavera 1 10-2013
Raphael tavera 1 10-2013
 
ENJ-300 Infracciones en el Ámbito Laboral
ENJ-300 Infracciones en el Ámbito LaboralENJ-300 Infracciones en el Ámbito Laboral
ENJ-300 Infracciones en el Ámbito Laboral
 
Revista laboral
Revista laboralRevista laboral
Revista laboral
 
Codigo procesal laboral.pdf
Codigo procesal laboral.pdfCodigo procesal laboral.pdf
Codigo procesal laboral.pdf
 
Codigo procesal laboral.pdf
Codigo procesal laboral.pdfCodigo procesal laboral.pdf
Codigo procesal laboral.pdf
 
Jurisdiccion laboral de los valles del tuy.
Jurisdiccion laboral de los valles del tuy.Jurisdiccion laboral de los valles del tuy.
Jurisdiccion laboral de los valles del tuy.
 
Revista laboral
Revista laboralRevista laboral
Revista laboral
 
Actas-Administrativas.pdf
Actas-Administrativas.pdfActas-Administrativas.pdf
Actas-Administrativas.pdf
 
Infografia luis lang laboral
Infografia luis lang laboralInfografia luis lang laboral
Infografia luis lang laboral
 
Mapa audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q
Mapa  audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael qMapa  audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q
Mapa audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q
 
laboral slichare.pptx
laboral slichare.pptxlaboral slichare.pptx
laboral slichare.pptx
 
Trabajo viernes 7
Trabajo viernes 7Trabajo viernes 7
Trabajo viernes 7
 
formacion del juzgado
formacion del juzgadoformacion del juzgado
formacion del juzgado
 
EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.pptx
EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.pptxEXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.pptx
EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.pptx
 
Rasgos históricos del derecho adjetivo del trabajo
Rasgos históricos del derecho adjetivo del trabajoRasgos históricos del derecho adjetivo del trabajo
Rasgos históricos del derecho adjetivo del trabajo
 

Más de ENJ

Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerDerechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerENJ
 
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerDerechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerENJ
 
Introducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Introducción Programa formación de pasantes del Poder JudicialIntroducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Introducción Programa formación de pasantes del Poder JudicialENJ
 
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...ENJ
 
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...ENJ
 
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...ENJ
 
Introducción - Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar (Pro...
Introducción -  Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar  (Pro...Introducción -  Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar  (Pro...
Introducción - Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar (Pro...ENJ
 
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...ENJ
 
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...ENJ
 
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del TiempoTrabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del TiempoENJ
 
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo PlusSistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo PlusENJ
 
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y ViafirmaSistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y ViafirmaENJ
 
Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
Los Tribunales y las Competencias del Personal AuxiliarLos Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
Los Tribunales y las Competencias del Personal AuxiliarENJ
 
Conocimiento Institucional - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Conocimiento Institucional   - Programa formación de pasantes del Poder JudicialConocimiento Institucional   - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Conocimiento Institucional - Programa formación de pasantes del Poder JudicialENJ
 
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TitulosMódulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TitulosENJ
 
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 

Más de ENJ (20)

Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerDerechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
 
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerDerechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
 
Introducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Introducción Programa formación de pasantes del Poder JudicialIntroducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Introducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
 
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
 
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
 
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
 
Introducción - Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar (Pro...
Introducción -  Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar  (Pro...Introducción -  Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar  (Pro...
Introducción - Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar (Pro...
 
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
 
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
 
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del TiempoTrabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
 
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo PlusSistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
 
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y ViafirmaSistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
 
Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
Los Tribunales y las Competencias del Personal AuxiliarLos Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
 
Conocimiento Institucional - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Conocimiento Institucional   - Programa formación de pasantes del Poder JudicialConocimiento Institucional   - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Conocimiento Institucional - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
 
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TitulosMódulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
 
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
 
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
 
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
 
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
 
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
 

Último

Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteRaquel Martín Contreras
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.DaluiMonasterio
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleJonathanCovena1
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 

Último (20)

La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdfLa Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arte
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 

ENJ 300: Procedimiento Penal Laboral

  • 1. Procedimiento Penal Laboral Autoridades Administrativas y Apoderamiento
  • 3. El Departamento de Trabajo es el principal órgano del Ministerio de Estado de Trabajo, y tiene una gran cantidad de funciones, entre ellas debe atender todo lo relativo a los siguientes aspectos: 1. A la jornada de trabajo; 2. A los descansos legales; 3. A las vacaciones de los trabajadores; 4. Al cierre de las empresas; 5. A la protección de la maternidad de las trabajadoras; 6. A la protección de los menores en materia de trabajo; 7. A los salarios de los trabajadores; 8. A la nacionalización del trabajo; 9. A las asociaciones de empleadores y de trabajadores; 10. A los contratos de trabajo; 11. A los demás asuntos relacionados con el trabajo como factor de la producción. Departamento de Trabajo
  • 4. Representantes Locales de Trabajo Para la mejor aplicación de las disposiciones de este Código, el Ministerio de Estado de Trabajo puede crear distritos jurisdiccionales. En cada distrito debe asignarse un inspector con la categoría de representante local de trabajo, así como los inspectores auxiliares que fueren necesarios. Dentro de las funciones de los Representantes Locales de Trabajo se encuentran: • Vigilar, en sus respectivas circunscripciones, el fiel cumplimiento de las leyes, reglamentos y contratos de trabajo; • Ejecutar en sus respectivas circunscripciones las órdenes que reciban del Departamento de Trabajo, así como cuantas actuaciones les impongan las leyes y reglamentos; • Recibir los avisos de suspensión total o parcial de los contratos de trabajo, comprobar las causas alegadas al efecto y participar al Departamento de Trabajo el resultado de la comprobación. Artículos 431 y 432 del Código de Trabajo.
  • 5. Los Servicios de Inspección de Trabajo son los órganos adscritos al Departamento de Trabajo que tienen la obligación de velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones legales o reglamentarias relativas al trabajo, especialmente las que se refieren a las condiciones como se ejecuta el contrato de trabajo. Fundamento jurídico: C081 - Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 Código de Trabajo. Servicios de Inspección
  • 6. “las inspecciones de trabajo son visitas que las autoridades laborales pueden hacer a la empresa con el fin de cerciorarse del cumplimiento de las normas legales aplicables y la protección de los trabajadores en el ejercicio de su trabajo.” . Tribunal Constitucional TC No. 563-2015:
  • 7. 1. A penetrar libremente y sin previa notificación en los lugares en los cuales puedan ser objeto de violación las disposiciones y reglamentaciones relativas al trabajo, guardando el respeto debido a las personas que se encuentren en ellos y tratando de que no se interrumpan innecesariamente los trabajos que se estén realizando. 2. A proceder a cualquier examen, comprobación o investigación que consideren necesarios para tener la convicción de que se observan las disposiciones legales, en particular: a. A interrogar, solo o ante testigos, al empleador y al personal de la empresa sobre cualquier asunto relativo a la aplicación de las disposiciones legales; b. A pedir la presentación de libros, registros o documentos que las leyes y los reglamentos de trabajo ordenen llevar, a fin de comprobar si se hallan en debida forma, y para sacar copias o extractos de ellos; c. A requerir la colocación de los avisos y carteles que exigen las leyes y reglamentos Facultades de los inspectores
  • 8. Actas de apercibimiento. Antes de levantar un acta de infracción es una práctica de la autoridad administrativa otorgar un plazo para que se cumplan las regulaciones establecidas por la norma respecto al Trabajo. Esto así siempre y cuando no se trate de una falta muy grave. El profesor Alburquerque señala que “esta acta de apercibimiento no está contemplada en la ley, pero es una práctica administrativa que se deriva de la finalidad intrínseca del control: más que sancionar un delito, lograr el cumplimiento de la norma laboral.” (Alburquerque, 2003).
  • 9. En caso de comprobar alguna infracción a las leyes o reglamentos de trabajo los inspectores deben redactar un acta sobre el particular, en la cual se hace constar lo siguiente: 1. Nombre del inspector que las redacte; 2. Lugar, fecha, hora y circunstancias de la infracción; 3. Nombre, profesión y domicilio del infractor o de su representante si lo hay; 4. Nombre, profesión y domicilio de los testigos, si los hay, los cuales deben ser mayores de quince años y saber leer y escribir Actas de infracción.
  • 10. FUERZA PÚBLICA Artículo 434 CT: (…) Los inspectores de trabajo podrán requerir el auxilio de la fuerza pública para el cumplimiento de lo dispuesto en el ordinal primero, en caso de oposición del propietario, sus representantes o las personas que se encuentren en los lugares indicados en dicho ordinal o que acudan a ellos. Artículo 436 CT: (…) En caso de peligro inminente para la salud y la seguridad de los trabajadores, el inspector de trabajo podrá ordenar inmediatamente las medidas ejecutorias pertinentes, a reserva de los recursos judiciales o administrativos correspondientes.
  • 11. Valor probatorio del acta de infracción. Código de Trabajo Artículo 441. Se tendrán por ciertos, hasta inscripción en falsedad, los hechos relatados en el acta, siempre que ésta haya sido firmada a la vez por los testigos y por el infractor o su representante, sin protesta ni reserva. Código Procesal Penal. Art. 172.- Valoración. El juez o tribunal valora cada uno de los elementos de prueba, conforme las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia y está en la obligación de explicar las razones por las cuales se les otorga determinado valor, con base a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba. Las actas que tienen por objeto la comprobación de contravenciones hacen fe de su contenido hasta prueba en contrario.
  • 12. Valor probatorio del acta de infracción “En principio, el acta debe ser levantada en el lugar donde se comprueba la infracción y en la fecha en que ha sido sorprendida, pero cuando por cualquier circunstancia esto no sea posible, el inspector lo hará en otro lugar o en otra fecha según el caso, con enunciación de lo acontecido (arts. 439 y 440) casi siempre en la práctica, y solo por razones de comodidad, el inspector toma nota de sus actuaciones en el lugar de los hechos y, posteriormente, redactar el acta, lo que impide al infractor firmarla y recibir de inmediato copia de la misma.” (Alburquerque, 2003).
  • 13. Acta de infracción levantada por el mediador en conflictos económicos Artículo 679 Código de Trabajo: El mediador informará a la Secretaría de Estado de Trabajo, del resultado de su misión en los tres días subsiguientes al de la última reunión celebrada con las partes. La no comparecencia sin causa justificada de una cualquiera de las partes, constituye una infracción. En los casos de inasistencia de una de las partes legalmente citadas, el mediador levantará acta de infracción, conforme a lo establecido en el artículo 439 del Código de Trabajo, debiendo canalizarla al tribunal represivo competente, a través del Director de Mediación, Conciliación y Arbitraje.
  • 14. ACTA DE INFRACCIÓN INFORME DE INSPECCIÓN
  • 15. Remisión del acta de infracción. Código de trabajo. Artículo 442.- Sorprendida y comprobada la infracción, el original y el duplicado del acta correspondiente serán remitidos al Departamento de Trabajo, el cual archivará el duplicado y remitirá el original, en los cinco días de su recibo, al tribunal represivo competente, para los fines de ley. El triplicado se entregará al infractor o a su representante. El cuadruplicado quedará en poder del inspector actuante, para ser encuadernado y archivado con los del año al cual corresponda. La remisión del original y el duplicado al Departamento de Trabajo debe ser hecha en los tres días de su fecha.
  • 16. Código Procesal Penal Artículo 57.- Exclusividad y universalidad. Es de la competencia exclusiva y universal de las jurisdicciones penales el conocimiento y fallo de todas las acciones y omisiones punibles previstas en el Código Penal y en la legislación penal especial, y la ejecución de sus sentencias y resoluciones, según lo establece este código. Código de Trabajo. Artículo 711.- Compete a los tribunales ordinarios el conocimiento de las infracciones penales previstas en este Código. Artículo 715.- La aplicación de las sanciones penales que establece este Código y los reglamentos dictados o que dictare el Poder Ejecutivo en materia de trabajo, está a cargo de los juzgados de paz. (…) Se puede proseguir la acción civil al mismo tiempo y en los mismo juicios. Sus decisiones al respecto son siempre impugnables por la apelación. En el Distrito Nacional y en el Distrito Judicial de Santiago, el ministerio público será ejercido por un abogado al servicio de la Secretaría de Estado de Trabajo
  • 17. Resolución 1142-2015 Suprema Corte de Justicia “(…) el Código Procesal Penal ni ningún otro texto legal han previsto un procedimiento particular para las infracciones penales de carácter laboral de la competencia del Juez de Paz, por lo cual procede que la Suprema Corte de Justicia, en virtud del poder genérico que le confiere la ley para dictar normas prácticas de funcionamiento destinadas a hacer efectivas las disposiciones del referido código, determine el procedimiento a seguir en esta materia.” “PRIMERO: Dispone que los casos penales de naturaleza laboral posteriores a la entrada en vigencia el 27 de septiembre del 2004 del Código Procesal Penal, sean conocidos y fallados conforme al procedimiento establecido en los artículos 354 al 358 inclusive, del Código Procesal Penal.” Código Procesal Penal. Artículo 75.- Jueces de paz. Los jueces de paz son competentes para conocer y fallar: 1) Del juicio por contravenciones
  • 18. Ley No. 177-09 que otorga amnistía a todos los empleadores públicos y privados, sean personas físicas o morales, con atrasos u omisiones en el pago de las cotizaciones relativas a los aportes del trabajador y las contribuciones del empleador al Sistema Dominicano de Seguridad Social. Artículo 4: Párrafo III.- El procedimiento a utilizar por los jueces de paz apoderados del conocimiento de las actas de infracción levantadas por los inspectores de trabajo, de conformidad con las disposiciones del presente artículo, será el establecido en la Resolución No.1142-05, emitida por la Suprema Corte de Justicia, en fecha 28 de julio del año 2005. Este procedimiento no estará sujeto a conciliación previa, por tratarse de vulneración de derechos indisponibles de los trabajadores.
  • 19. Apoderamiento Código Procesal Penal. Art. 354.- Requerimiento. El juzgamiento de las contravenciones se inicia con la presentación de la acusación de la víctima o del ministerio público o la solicitud del funcionario a quien la ley le atribuye la facultad para comprobarlas y perseguirlas. La acusación o requerimiento de enjuiciamiento debe contener: 1) La identificación del imputado y su domicilio; 2) La descripción suscinta del hecho atribuido, consignando el tiempo, lugar de comisión u omisión; 3) La cita de las normas legales infringidas; 4) La indicación de los elementos de prueba, acompañando los documentos y los objetos entregados o secuestrados; y; 5) La identificación y firma del solicitante. Basta como requerimiento un formulario en el que se consignen los datos antes mencionados. La acusación de la víctima puede presentarse oralmente y sin indicar las normas legales infringidas, las cuales son precisadas por el juez al inicio del juicio.
  • 20. Art. 355.- Citación a juicio. Sin perjuicio de que las partes puedan comparecer voluntariamente, la víctima, el ministerio público o el funcionario competente deben citar al imputado con indicación del juez o tribunal, la fecha y la hora de la comparecencia.
  • 21. Segunda Sala SCJ. No 375. 12 noviembre 2012 (…) que si bien como especifica la Corte a-qua, la Resolución núm. 1142-2005, emitida el 28 de julio de 2005, por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, dispone que los casos penales de naturaleza laboral posteriores a la entrada en vigencia el 27 de septiembre de 2004 del Código Procesal Penal, sean conocidos y fallados conforme al procedimiento establecido para las contravenciones en los artículos 354 al 358 de dicho código, no menos válido es, que este procedimiento, de naturaleza supletoria, debe aplicarse en tanto no entre en contradicción con las normas que para tales fines haya establecido el Código de Trabajo; (…) que el análisis de lo así dispuesto conduce a entender que el apoderamiento del tribunal penal, esto es, los Juzgados de Paz Ordinarios, para conocer de las infracciones penales consignadas en el Código de Trabajo está supeditando a que el ámbito laboral compruebe la existencia de la infracción conforme a la norma, siendo el inspector de trabajo, oficial a quien la ley le atribuye la facultad de comprobar y perseguir la inobservancia de ella, quedándole reservado con exclusividad el apoderamiento de la jurisdicción penal dando apertura un juicio en dicha sede; habilitado el tribunal, se aplicarán las normas establecidas en los artículos 354 al 358 del Código Procesal Penal;