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Actividad de aprendizaje 3.1.

              1. Las causas biológicas que conllevan la suspensión del contrato individual de trabajo son
                 tres. Explique cada una de ellas con la utilización de un diagrama.



                                                      SUSPENCIÓN DEL CONTRATO INDIVIDUAL

                                                               CAUSAS BILÓGICAS




                                                                  ENFERMEDAD NO
              RIESGOS DE TRABAJO                                                                       PARTO
                                                                    PROFESIONAL




               Son las eventualidades                       Son las eventualidades              Son las eventualidades
            dañosas a que está sujeto el                    dañosas a que está sujeto el     dañosas a que está sujeto el
            trabajador con ocasión o por                    trabajador con ocasión o por     trabajador con ocasión o por
            consecuencia de la actividad                    consecuencia de la actividad     consecuencia de la actividad
                     que realiza                            que realiza                               que realiza




   ENFERMEDAD                    ACCIDENTES DE              Si el trabajador se encontrare    La ley prohíbe el trabajo del
   PROFESIONAL                     TRABAJO                  incapacitado temporalmente        personal femenino dentro de
                                                            para el trabajo en razón de       las 2 semanas anteriores y las
                                                            adolecer de enfermedad no         10 semanas posteriores al
                                                            profesional, el contrato se
Son las afecciones                                                                            parto; en consecuencia, el
                                                            suspende y, por tanto, el
agudas o crónicas                                                                             empleador no podrá dar por
                           Es     todo      suceso
                                                            empleador no podrá darlo por
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                           imprevisto y repentino
                                                            terminado, an no ser que la
manera directa por                                                                            trabajo    por    causa    del
                           que      ocasiona     al
                                                            incapacidad del trabajador
el ejercicio de la                                                                            embarazo     de     la  mujer
                           trabajador una lesión
                                                            exceda de un año.
profesión o labor                                                                             trabajadora; tampoco podrá
                           corporal o perturbación
                                                                                              reemplazarla definitivamente
                           funcional, con ocasión
que    realiza el
                                                                                              dentro de este período.
                           o por consecuencia de
trabajador, y que
                           trabajo que ejecuta por
producen
                           cuenta ajena.
incapacidad para el
trabajo.
1. Establezca dos semejanzas y dos diferencias entre el paro de los empleadores y la huelga de
    los trabajadores.


Semejanzas

 2. La huelga y el paro son derechos reconocidos y garantizados por la ley y por la constitución.
 3. Uno de los efectos que se producen en la huelga y el paro es que durante el tiempo que dure el
    paro se suspenden los contratos de trabajo, y los trabajadores no tendrán derecho a recibir
    remuneraciones que corresponda percibir los trabajadores.

Diferencias

   1. La huelga es la suspensión colectiva del trabajo por parte de los trabajadores coligados y el
      Paro de los empleadores es la suspensión del trabajo acordada por empleadores.
   2. En la huelga para la reanudación de las labores las condiciones de trabajo a las cuales deben
      sujetarse las relaciones laborales serán aquellas convenidas en el acuerdo de las partes o en el
      fallo dictado en el Paro para la reanudación de las labores las condiciones de trabajo son las
      mismas con las que se estaba laborando antes de darse inicio el paro.

                                   Actividad de aprendizaje 3.2.


 1. Realice un estudio comparativo entre el Visto Bueno y el Desahucio.


 2. Indique en qué consiste el despido intempestivo, las cuantías de las indemnizaciones,
    forma de calcular el monto de las indemnizaciones y los casos asimilables al despido
    intempestivo.

Despido intempestivo

Consiste en dar por terminada la relación laboral por parte del empleador con sus trabajadores por
su voluntad y sin tener fundamento legal alguno teniéndolo no observa el procedimiento que la ley
prevé.

Cuantía de las Indemnizaciones.

   a. Contrato por tiempo indefinido

       El empleador deberá pagar la indemnización por despido intempestivo.

       Indemnización por tiempo Intempestivo

       La indemnización por despido intempestivo se paga de conformidad con el tiempo de
       servicios del trabajador y según la siguiente escala:

       Hasta 3 años de servicio, con el valor correspondiente a 3 meses de remuneración.
De mas de 3 años, con el valor equivalente a un mes de remuneración por cada año de
        servicio, sin que en ningún caso ese valor exceda de 25 meses de remuneración.

        El cálculo de las indemnizaciones se hará a base de la remuneración con que el trabajador
        estaba percibiendo el momento del despido, para el tiempo la fracción de año se tomara
        como un año completo.

        Si el trabajo fuere a destajo, la remuneración mensual se fijará a base del promedio
        percibido en el año anterior al despido o durante el tiempo que hubiere servido si no
        hubiere llegado al año.

        Las indemnizaciones se podrán mejorar en acuerdo mutuo.

        Si el trabajador hubiere cumplido 20 años, y menos de 25 años de trabajo, continuada o
        interrumpidamente, adicionalmente tendrá derecho a la parte proporcional de la jubilación
        a cargo del empleador.

        Si el empleador deja constancia escrita de terminar el contrato individual sin causa justa, la
        autoridad correspondiente dispondrá que comparezca y de ratificarse el hecho, en las
        siguiente 48 horas depositar el valor correspondiente por concepto de indemnizaciones.

        Si el empleador en la comparecencia ratifica que la constancia escrita de despido no es de su
        autoría o de un representante de la empresa el trabajador deberá reintegrarse
        inmediatamente a sus labores.

    b. Contrato por tiempo fijo

        El trabajador despedido intempestivamente puede escoger entre las indemnizaciones por
        despido intempestivo o por la indemnización por terminación del contrato antes del plazo
        convenido.

        Indemnización por terminación del contrato antes del plazo convenido.

        Es igual al 50% de la remuneración total, por todo el tiempo que faltare para la terminación
        del plazo pactado.

        Además en el contrato por tiempo indefinido o por tiempo fijo a estas indemnizaciones
        deberá agregarse la bonificación por desahucio, al igual que el pago de todas las
        obligaciones derivadas de la relación laboral que a ese momento se encontraren
        pendientes, con los respectivos recargos que en cada caso señala la ley.



                                     Actividad de aprendizaje 3.3.

 1. Realice un análisis completo del abandono intempestivo.


Cuando el trabajador falta o abandona el trabajo por más de tres días seguidos sin justificación , o aún
existiendo causas para hacerlo, se lo separa del trabajo sin necesidad de haber obtenido previamente
el visto bueno, ya que incurre en abandono intempestivo.
El trabajador que incurre en abandono intempestivo no tiene derecho a la bonificación por desahucio
y a ninguna indemnización; por el contrario, este deberá pagar al empleador los siguientes
porcentajes:

        •    El 25 % de la remuneración por todo el tiempo que falte para la terminación del contrato en
             lo que se refiere a contratos por tiempo fijo
        •    En todos los demás casos deberá pagar una suma equivalente a 15 días de remuneración

Para determinar el monto de las indemnizaciones que el trabajador deberá pagar al empleador
únicamente se toman en cuenta el sueldo o salarios básicos.
Ante una situación de abandono intempestivo, para evitarse cualquier sorpresa futura es aconsejable
que el empleador obtenga el visto bueno por abandono de trabajo.


 2. Escriba dos diferencias y dos semejanzas entre el despido intempestivo y el abandono
    intempestivo.

Diferencias:

    •       El despido intempestivo se da por decisión del empleador sin tener causa legal o sin observar
            el procedimiento que la ley prevé para despedir al trabajador; mientras que el abandono
            intempestivo se da si el trabajador falta por más de tres días consecutivos al trabajo sin o con
            justificación para hacerlo.


    •       En el despido intempestivo el empleador deberá pagar al trabajador las respectivas
            indemnizaciones y agregar la bonificación por desahucio; mientras que en el abandono
            intempestivo es el trabajador el que deberá pagar al empleador una indemnización en la que
            para determinar su monto se toma en cuenta únicamente el sueldo o salario básicos.


Semejanzas:

    •       En Los dos casos se da indemnizaciones a cualquiera sea la parte afectada


    •       En ambos casos no se irrumpe en el despido intempestivo ni el abandono intempestivo al
            haber lugar el visto bueno tanto en despido como por abandono de trabajo.

                                            Actividad de aprendizaje 3.4

            1. Las relaciones laborales derivadas del contrato individual de trabajo pueden
               terminar por voluntad conforme a las partes. Explique en qué consiste esta
               forma de terminación del contrato individual de trabajo.

            Son dos los casos por los que puede terminar el contrato individual de trabajo debido a la
            voluntad conforme de las dos partes.

            a. Causas legalmente previstas en el contrato:

                    •   El vencimiento del plazo (en los contratos a plazo fijo, eventuales,
                        convencionales y ocasionales).
 Contratos a plazo fijo
             Cuya duración no podrá exceder de 2 años terminan, entre otras causas,
             por vencimiento de su plazo. Hay que aclarar que estos contratos no
             terminan automáticamente por el solo hecho de concluir el plazo
             contractual; para que esto ocurra la parte interesada deberá notificar a la
             otra, con la debida anticipación, su voluntad por dar por terminado el
             contrato, de no hacerlo se convertirá en un contrato indefinido.

            Contratos Eventuales
              Al igual que los ocasionales también terminan con el vencimiento del plazo.
              Para la terminación no hace falta el desahucio ni el cumplimiento de otra
              formalidad; basta que se produzca el vencimiento del plazo y que se
              otorgue el respectivo finiquito ante el inspector de trabajo.
       •   Conclusión de la obra en los contratos por obra
              Si el contrato se hubiere estipulado por escrito que éste terminará a la
              conclusión de la obra contratada, la terminación de la relación laboral,
              operara sin necesidad de desahucio ni otra formalidad.
              Si se hubiere hecho constar que el contrato terminará una vez concluida la
              obra, y ésta fuere de las habituales en la industria del empleador, dicho
              contrato no terminará; por lo tanto el trabajador puede exigir que se le siga
              ocupando en otras obras de igual naturaleza.

       •   Retorno del titular en los contratos eventuales
              Los contratos eventuales celebrados para reemplazar temporalmente a un
              trabajador terminan, una vez que retornare el trabajador titular a su puesto
              de trabajo. Se debe entregar el finiquito al Inspector del Trabajo.

b. Por acuerdo de las partes

Las partes pueden ponerse de acuerdo, en cualquier momento, para dar por terminado el
contrato. Ninguna de ellas deberá pagar indemnización alguna a la otra.

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  • 1. Actividad de aprendizaje 3.1. 1. Las causas biológicas que conllevan la suspensión del contrato individual de trabajo son tres. Explique cada una de ellas con la utilización de un diagrama. SUSPENCIÓN DEL CONTRATO INDIVIDUAL CAUSAS BILÓGICAS ENFERMEDAD NO RIESGOS DE TRABAJO PARTO PROFESIONAL Son las eventualidades Son las eventualidades Son las eventualidades dañosas a que está sujeto el dañosas a que está sujeto el dañosas a que está sujeto el trabajador con ocasión o por trabajador con ocasión o por trabajador con ocasión o por consecuencia de la actividad consecuencia de la actividad consecuencia de la actividad que realiza que realiza que realiza ENFERMEDAD ACCIDENTES DE Si el trabajador se encontrare La ley prohíbe el trabajo del PROFESIONAL TRABAJO incapacitado temporalmente personal femenino dentro de para el trabajo en razón de las 2 semanas anteriores y las adolecer de enfermedad no 10 semanas posteriores al profesional, el contrato se Son las afecciones parto; en consecuencia, el suspende y, por tanto, el agudas o crónicas empleador no podrá dar por Es todo suceso empleador no podrá darlo por causadas de una terminado el contrato de imprevisto y repentino terminado, an no ser que la manera directa por trabajo por causa del que ocasiona al incapacidad del trabajador el ejercicio de la embarazo de la mujer trabajador una lesión exceda de un año. profesión o labor trabajadora; tampoco podrá corporal o perturbación reemplazarla definitivamente funcional, con ocasión que realiza el dentro de este período. o por consecuencia de trabajador, y que trabajo que ejecuta por producen cuenta ajena. incapacidad para el trabajo.
  • 2. 1. Establezca dos semejanzas y dos diferencias entre el paro de los empleadores y la huelga de los trabajadores. Semejanzas 2. La huelga y el paro son derechos reconocidos y garantizados por la ley y por la constitución. 3. Uno de los efectos que se producen en la huelga y el paro es que durante el tiempo que dure el paro se suspenden los contratos de trabajo, y los trabajadores no tendrán derecho a recibir remuneraciones que corresponda percibir los trabajadores. Diferencias 1. La huelga es la suspensión colectiva del trabajo por parte de los trabajadores coligados y el Paro de los empleadores es la suspensión del trabajo acordada por empleadores. 2. En la huelga para la reanudación de las labores las condiciones de trabajo a las cuales deben sujetarse las relaciones laborales serán aquellas convenidas en el acuerdo de las partes o en el fallo dictado en el Paro para la reanudación de las labores las condiciones de trabajo son las mismas con las que se estaba laborando antes de darse inicio el paro. Actividad de aprendizaje 3.2. 1. Realice un estudio comparativo entre el Visto Bueno y el Desahucio. 2. Indique en qué consiste el despido intempestivo, las cuantías de las indemnizaciones, forma de calcular el monto de las indemnizaciones y los casos asimilables al despido intempestivo. Despido intempestivo Consiste en dar por terminada la relación laboral por parte del empleador con sus trabajadores por su voluntad y sin tener fundamento legal alguno teniéndolo no observa el procedimiento que la ley prevé. Cuantía de las Indemnizaciones. a. Contrato por tiempo indefinido El empleador deberá pagar la indemnización por despido intempestivo. Indemnización por tiempo Intempestivo La indemnización por despido intempestivo se paga de conformidad con el tiempo de servicios del trabajador y según la siguiente escala: Hasta 3 años de servicio, con el valor correspondiente a 3 meses de remuneración.
  • 3. De mas de 3 años, con el valor equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio, sin que en ningún caso ese valor exceda de 25 meses de remuneración. El cálculo de las indemnizaciones se hará a base de la remuneración con que el trabajador estaba percibiendo el momento del despido, para el tiempo la fracción de año se tomara como un año completo. Si el trabajo fuere a destajo, la remuneración mensual se fijará a base del promedio percibido en el año anterior al despido o durante el tiempo que hubiere servido si no hubiere llegado al año. Las indemnizaciones se podrán mejorar en acuerdo mutuo. Si el trabajador hubiere cumplido 20 años, y menos de 25 años de trabajo, continuada o interrumpidamente, adicionalmente tendrá derecho a la parte proporcional de la jubilación a cargo del empleador. Si el empleador deja constancia escrita de terminar el contrato individual sin causa justa, la autoridad correspondiente dispondrá que comparezca y de ratificarse el hecho, en las siguiente 48 horas depositar el valor correspondiente por concepto de indemnizaciones. Si el empleador en la comparecencia ratifica que la constancia escrita de despido no es de su autoría o de un representante de la empresa el trabajador deberá reintegrarse inmediatamente a sus labores. b. Contrato por tiempo fijo El trabajador despedido intempestivamente puede escoger entre las indemnizaciones por despido intempestivo o por la indemnización por terminación del contrato antes del plazo convenido. Indemnización por terminación del contrato antes del plazo convenido. Es igual al 50% de la remuneración total, por todo el tiempo que faltare para la terminación del plazo pactado. Además en el contrato por tiempo indefinido o por tiempo fijo a estas indemnizaciones deberá agregarse la bonificación por desahucio, al igual que el pago de todas las obligaciones derivadas de la relación laboral que a ese momento se encontraren pendientes, con los respectivos recargos que en cada caso señala la ley. Actividad de aprendizaje 3.3. 1. Realice un análisis completo del abandono intempestivo. Cuando el trabajador falta o abandona el trabajo por más de tres días seguidos sin justificación , o aún existiendo causas para hacerlo, se lo separa del trabajo sin necesidad de haber obtenido previamente el visto bueno, ya que incurre en abandono intempestivo.
  • 4. El trabajador que incurre en abandono intempestivo no tiene derecho a la bonificación por desahucio y a ninguna indemnización; por el contrario, este deberá pagar al empleador los siguientes porcentajes: • El 25 % de la remuneración por todo el tiempo que falte para la terminación del contrato en lo que se refiere a contratos por tiempo fijo • En todos los demás casos deberá pagar una suma equivalente a 15 días de remuneración Para determinar el monto de las indemnizaciones que el trabajador deberá pagar al empleador únicamente se toman en cuenta el sueldo o salarios básicos. Ante una situación de abandono intempestivo, para evitarse cualquier sorpresa futura es aconsejable que el empleador obtenga el visto bueno por abandono de trabajo. 2. Escriba dos diferencias y dos semejanzas entre el despido intempestivo y el abandono intempestivo. Diferencias: • El despido intempestivo se da por decisión del empleador sin tener causa legal o sin observar el procedimiento que la ley prevé para despedir al trabajador; mientras que el abandono intempestivo se da si el trabajador falta por más de tres días consecutivos al trabajo sin o con justificación para hacerlo. • En el despido intempestivo el empleador deberá pagar al trabajador las respectivas indemnizaciones y agregar la bonificación por desahucio; mientras que en el abandono intempestivo es el trabajador el que deberá pagar al empleador una indemnización en la que para determinar su monto se toma en cuenta únicamente el sueldo o salario básicos. Semejanzas: • En Los dos casos se da indemnizaciones a cualquiera sea la parte afectada • En ambos casos no se irrumpe en el despido intempestivo ni el abandono intempestivo al haber lugar el visto bueno tanto en despido como por abandono de trabajo. Actividad de aprendizaje 3.4 1. Las relaciones laborales derivadas del contrato individual de trabajo pueden terminar por voluntad conforme a las partes. Explique en qué consiste esta forma de terminación del contrato individual de trabajo. Son dos los casos por los que puede terminar el contrato individual de trabajo debido a la voluntad conforme de las dos partes. a. Causas legalmente previstas en el contrato: • El vencimiento del plazo (en los contratos a plazo fijo, eventuales, convencionales y ocasionales).
  • 5.  Contratos a plazo fijo Cuya duración no podrá exceder de 2 años terminan, entre otras causas, por vencimiento de su plazo. Hay que aclarar que estos contratos no terminan automáticamente por el solo hecho de concluir el plazo contractual; para que esto ocurra la parte interesada deberá notificar a la otra, con la debida anticipación, su voluntad por dar por terminado el contrato, de no hacerlo se convertirá en un contrato indefinido.  Contratos Eventuales Al igual que los ocasionales también terminan con el vencimiento del plazo. Para la terminación no hace falta el desahucio ni el cumplimiento de otra formalidad; basta que se produzca el vencimiento del plazo y que se otorgue el respectivo finiquito ante el inspector de trabajo. • Conclusión de la obra en los contratos por obra Si el contrato se hubiere estipulado por escrito que éste terminará a la conclusión de la obra contratada, la terminación de la relación laboral, operara sin necesidad de desahucio ni otra formalidad. Si se hubiere hecho constar que el contrato terminará una vez concluida la obra, y ésta fuere de las habituales en la industria del empleador, dicho contrato no terminará; por lo tanto el trabajador puede exigir que se le siga ocupando en otras obras de igual naturaleza. • Retorno del titular en los contratos eventuales Los contratos eventuales celebrados para reemplazar temporalmente a un trabajador terminan, una vez que retornare el trabajador titular a su puesto de trabajo. Se debe entregar el finiquito al Inspector del Trabajo. b. Por acuerdo de las partes Las partes pueden ponerse de acuerdo, en cualquier momento, para dar por terminado el contrato. Ninguna de ellas deberá pagar indemnización alguna a la otra.