Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Diapositivas de cristhina
1.
2. Las obligaciones
Extracontractuales
Obligaciones que emergen de los modelos jurídicos modernos se aplica mediante
leyes, cuando estas generan conflictos.
HECHO ILICITO
RESPONSABILIDAD CIVIL
Al llevar a cabo la realización de
hecho que cause perjuicio a otro con
o sin intención, acarrea la
responsabilidad de repararlo o
resarcirlo.
RESPONSABILIDA ESPECIAL
Surge de hecho ajeno u animal
3. Supuestos de Responsabilidad derivadas
de daños causados por conductas ilícitas
Delito contra las personas.
Delitos Ambientales.
Comportamientos culposos en ejercicio de profesiones y oficios.
Los accidentes laborales.
Los accidentes de transito.
Los hechos relacionados con medios de comunicación y transporte.
Los hechos cometidos a bordo de naves
4. Derecho aplicable a los hechos ilícitos
PRINCIPIO DE SOLUCION
1) Existencia de un vinculo
natural entre el hecho ilícito
y el lugar de ocurrencia.
(atribuir consecuencia al
Derecho.)
2) Ley del lugar de comisión
del ilícito
LEX LOCI DELICTI
la obligación de indemnizar
proviene de la ley y no de la
voluntad del obligado puesto que
de acuerdo al hecho ilícito se
fijan supuestos conductuales de
lo que puede y no puede hacer
5. Derecho Aplicable a los Hechos ilícitos
Lex Delicti Commissi
•No se limita a una eventual diferencia en la localización del
hecho, es propenso al surgimiento de conflictos o trata de fijar la
ley competente de lugar de comisión del hecho.
Lex flori
•Las normas reguladas de los hechos ilícitos deben incluirse en
categorías de leyes de rigurosa aplicación.
1)Solución Imperativa que vincula al
lugar donde se ha producido los efectos a
consecuencia del daño, cuya ley es la que
se aplica.
2) Aplicación de la ley del lugar
donde se produjo la causa del
hecho.
6. Gestión de
negocios
La gestión de negocios producen
obligaciones en relación a las
legislaciones nacionales.
1) Sin estar obligado
asume la gestión de
un negocio ajeno
hasta que el dueño
prevea su atención
2) Procura la
coercitividad de
las consecuencias
de la gestión de
un mandato
3) Va dirigida al
dueño del
negocio que
asume los
compromisos
adquiridos por el
gestor en su
presentación.
4) Reembolso
para el gestor de
los gastos que
este haya
cubierto.
Pago de lo
Indebido
Es aquel que se efectúa sin
deberse, y que engloba
obligaciones de restitución o
resarcimientoLa ley aplicable a esta figura jurídica ha sido
atribuida a la ley nacional entre las partes,
siendo que la conexión esta representada por
la nacionalidad y el domicilio común de las
partes.
Ley de domicilio Lex flori
7. Enriquecimiento sin causa
Es la conversión en beneficio propio de un bien ajeno.
Los requisitos que le dan sustento jurídico
son:
1) Existencia de un
empobrecimiento y un
enriquecimiento
correlativo .
2)Ausencia de culpa en
el empobrecido
3)Ausencia de causa
en el enriquecimiento.
8. Títulos Valores
La ley del derecho Internacional privado no regula el régimen de Derecho
internacional privado en cuanto a la letra de cambio. Cosa que causa
impacto en el sistema Venezolano. Este proceder se justifica porque las
normas de conflicto fundamentales hayan tenido cabida en la ley.
Deroga las disposiciones que regulan la materia objeto de
esta ley.
Cuestiones relativas a la capacidad y forma en materia
de letra de cambio. Las normas en esta materia, no
tienen carácter procesal, penal, ni efecto retroactivo.
Requisitos para garantizar que la ley no se haga en forma
retroactiva.
1) Que la ley no valore
supuestos de hechos
pasados
2) Que la ley no regule las
consecuencias pasadas de
supuestos de hecho
pasados .
3)Que la ley no regule las
consecuencias futuras de
supuestos de hechos
pasados.
9. Conflictos que surgen a
consecuencia de la
muerte a la hora de
suceder.
DENOMINACIONES
CAUSAHABIENTE, SUCESOR,HEREDERO=
SUPONEN UNA SUCESION UNIVERSAL.
CAUSANTE O CUJUS= PERSONA QUE
SUCEDE A OTRA.
LEGATARIO= BENEFICIARIO DE UNA
SUCESION A TITULO PARTICULAR.
TIPOS DE SUCESION:
1) A TITULO PARTICULAR:
Cuando suceden o son transferidos
determinados bienes de relaciones jurídicas
tipo patrimonial
2) A TITULO UNIVERSAL:
Es la Transferencia de la totalidad
de los bienes de una relación
patrimonial
Código
civilTitulo II De las sucesiones
del libro III
DERECHO COMPARADO
EN LEGISLACIONES EXTERIORES
COMO Francia Bélgica y España las
sucesiones están bajo la figura de
MEDIOS DE ADQUIRIR LA
PROPIREDAD