El documento describe los diferentes regímenes tributarios y categorías de impuesto a la renta en Perú. Existen cinco categorías de impuesto a la renta para personas naturales y jurídicas según la naturaleza y procedencia de las rentas. También describe el régimen especial para pequeños contribuyentes y las actividades calificadas para este régimen.
Impuestos a la Renta y categorías tributarias en Perú
1.
2. El IR es aquel que grava las ganancias o ingresos tanto de personas naturales
como jurídicas. Existen cinco categorías de Impuesto a la Renta, cuya categorías
están en función de la naturaleza o la procedencia de las rentas.
PRIMERA CATEGORIA
P.NATURAL
CAPITAL
ARRENDAMIENTO Y SUB-ARRENDAMIENTO
CUARTA CATEGORIA
P.N
TRABAJO
INDEPENDIENTES ( PROFESION,
,CIENCIA, ARTE U OFICIO)
SEGUNDA CATEGORIA
P.N
CAPITAL
INTERESES, DIVIDENDOS
REGALIAS,PATENTES, ETC.
QUINTA CATEGORIA
P.N
TRABAJO
RELACION DEPENDENCIA
3. REGIMENES
TRIBUTARIOS
RG RUS
GRAVA LA RENTA
OBTENIDA DE LAS
ACTIVIDADES EMPRESAS
DE LAS PN Y PJ.
COMERCIAL, INDUSTRIAL,
MINERS, AGROPECUARIA,
FORESTAL, PESQUERAS Y
DE OTROS RECURSOS
NATURALES
5. Los ingresos anuales
no deben superar los
S/. 525,000.
El valor de los activos
fijos afectados a la
actividad exceptuando
predios y vehículos, no
superar los S/. 126,000.
El personal afectado a
la actividad no debe
ser mayor a 10
personas por turno de
trabajo
El monto acumulado
de adquisiciones al
año no debe superar
los S/. 525,000.
6. a) Actividades calificadas como Contratos de construcción.
b) Presten el servicio de transporte de carga de mercancías
siempre que sus vehículos tengan una capacidad de carga
mayor o igual a 2 TM, y/o el servicio de transporte
terrestre nacional o internacional de pasajeros.
c) Organicen cualquier tipo de espectáculo público.
d) Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o
rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa
de valores y/u operadores especiales que realizan
actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana
y los intermediarios de seguros.
7. e) Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de
naturaleza similar.
f) Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.
g) Desarrollen actividades de comercialización de combustibles
líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de
acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de
Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los
Hidrocarburos.
h) Realicen venta de inmuebles.
i) Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de
almacenamiento.
8. j) Realicen las siguientes actividades,
según la revisión de la Clasificación
Industrial Internacional Uniforme -
CIIU aplicable en el Perú según las
normas correspondientes.
k) Actividades de médicos y
odontólogos.
l) Actividades veterinarias.
m) Actividades jurídicas.
n) Actividades de contabilidad,
teneduría de libros y auditoría,
asesoramiento en materia de
impuestos.
o) Actividades de arquitectura e
ingeniería y actividades conexas de
asesoramiento técnico.
p) Actividades de informática y conexas.
q) Actividades de asesoramiento
empresarial y en materia de gestión
9. OBLIGACION TRIBUTARIA:
IMP. GRAL. A LAS VTAS. E IMP. DE PROMOCION
MUNICIPAL
Renta (1.5%) del IN Mensual
Declarar y Pagar
Mensualmente
La tasa de 1.5% se aplica desde el período octubre de 2008, independientemente de la actividad realizada.
10.
11.
12. FACTURAS
FISICAS Y
ELECTRONNICAS
BOLETAS
DE
VENTA
LIQUIDACIONES
DE COMPRAS
TICKET Y
CINTAS
EMITIDAS POR
MAQUINAS
ELECTRONICAS
NOTA DE
CREDITO
NOTA
DE
DEBITO
13.
14. POR NO PRESENTAR
DECLARACION
Art. 176° Núm. 1 – Tabla II C.T
POR LLEVAR CON ATRASO LOS
LIBROS CONTABLES
50% UIT
REBAJA %
0.3% IN O 40% UIT
%
Art. 175° Núm. 5 – Tabla II C.T
15. POR DECLARAR DATOS
FALSOS
POR DECLARAR DATOS
FALSOS
50% TRIBUTO
OMITIDO
95%
Art. 178° Núm. 1 -Tabla II CT
16. ACTUALIZACION
DE INTERESES
0.04%
DIARIO
1.2%
MENSUAL
90% VOLUNTARIAMENTE
80% FRACCIONAMIENTO
70% PRIMER REQUERIMIENTO
50% DESPUES DE LA ORDEN DE PAGO O
RESOLUCION
EXCEPTO EL ART 178° NUM 1, 4 Y 5
95% VOLUNTARIAMENTE
85% FRACCIONAMIENTO
70% PRIMER REQUERIMIENTO
60% ORDEN DE PAGO Y/O RESOLUCION
40% ETAPA DE RECLAMO
17. La empresa Ecomast Servicios SAC, con RUC N° 20551554881, inició
sus actividades el primero de julio del 2014, en el régimen especial,
el representante legal, es el Sr. Víctor García, quien se olvidó de
legalizar sus libros contables. Además, en el periodo de julio, se
realizó la declaración de sus movimientos el día, 20 de agosto, y el
mes siguiente, periodo de agosto, declaró sus ingresos y gastos con
monto cero, en la fecha de vencimiento.
El día 22 de Septiembre llega una notificación, orden de pago SUNAT,
por motivo del periodo de julio.
La empresa si ha tenido movimientos en el periodo de agosto, su
ventas por un monto de S/. 34,000.00 incluido IGV, y por compras un
total de S/. 28,500.00.
EL 14 de agosto venció su RUC, el 12 de septiembre venció el periodo de agosto.