2. SUJETOS
PROCESALES
PARA SER SUJETO
DE LA RELACION
PROCESAL ES
REQUISITO
NECESARIO GOZAR
DE PERSONALIDAD
JURIDICA.
LAS
PERSONAS
JURIDICAS
QUE FIGURAN
EN LA
RELACION
PROCESAL.
SE CONSTITUYE
FORMALMENTE
ENTRE LOS ORGANOS
JURISDICCIONALES
,EL ACTOR Y EL
DEMANDADO.
3. JOSÉ BECERRA BAUTISTA SE
INCLINA PORQUE EN EL PROCESO
SE DESENVUELVE UNA RELACIÓN
TRILATERAL :
RELACIÓN JURÍDICA
PROCESAL QUE SE
ESTABLECE ENTRE
EL ESTADO , COMO
SUJETO CAPAZ DE
DERECHOS Y
OBLIGACIONES .
ENTRE EL
ACTOR Y EL
ESTADO
POR UNA
PARTE .
Y ENTRE EL
DEMANDADO
Y EL ESTADO
POR OTRA
PARTE .
4. EN UNA RELACION JURIDICA HAY :
UN SUJETO PRETENSOR FRENTE A UN SUJETO OBLIGADO
,HAY UN SUPUESTO NORMATIVO QUE , CUANDO SE REALIZA
TRAE CONSIGO CONSECUENCIAS DE DERECHO .
LA EXISTENCIA EN EL PROCESO DE:
DERECHOS Y OBLIGACIONES A FAVOR Y CARGO DEL ORGANO
JURISDICCIONAL , EL JUEZ TIENE UN CUMULO DE DERECHOS Y
OBLIGACIONES DENTRO DEL PROCESO .
LA RELACION JURIDICA LLEVA CONSIGO :
LA INTERVENCION DE SUJETOS COMO : EL DEMANDANTE Y EL
DEMANDADO Y EL JUEZ .
5. CON LA
INTERPOSICION
DE LA DEMANDA
, CUANDO ES
NOTIFICADA EN
FORMA,
DAORIGEN A LA
RELACION .
ESTE ES
QUIEN ESTA
OBLIGADO A
PONERSE
BAJO LA
AUTORIDAD
DEL JUEZ .
DEMANDANTE
DEMANDADO
6. Según Jorge Carrión Lugo
Cualquiera sea el proceso, en su
aspecto formal, presupone la
intervención de varias personas
(naturales o colectivas),
independientemente de la materia en
litigio
A estas
Se les denomina
sujetos del
proceso o sujetos
procesales
En el proceso civil intervienen:
El Juez, es el sujeto
central, pues él
representa al poder
judicial, encargado de
resolver el litigio
El sujeto demandante
y el sujeto
demandado, como
contrincantes del
derecho que disputan
7. EL JUEZ
El juez, ya sea en forma
unipersonal como en forma
colegiada, es el que ejerce la
función jurisdiccional
Esto
es:
Resuelve las controversias de
derecho o dilucida las
incertidumbres jurídicas que se
le ponen
El juez es el sujeto central
y principal del proceso civil
dentro del sistema
procesal que nos rige
8. LAS PARTES
En concepción simple, parte es
aquel que en calidad de
demandante o de demandado
interviene o ha intervenido en
un proceso.
Parte, en una concepción más
profunda, es toda persona
(natural o jurídica) que
reclama, a nombre propio o a
nombre de un tercero, la tutela
jurisdiccional de una
pretensión procesal y aquella
persona (natural o jurídica)
con tra quien se dirige el
reclamo para satisfacer la
pretensión procesal propuesta
Teoría
procesalista
9. Teoría materialista
De acuerdo a esta, el
proceso sirve para hacer
valer derechos materiales
Por lo tanto
Sólo pueden ser parte en el
proceso los sujetos de la
relación material.
Cabe precisar que la
determinación de quién es
parte dentro de un proceso
no es una simple
elucubración teórica, sino
que es útil y necesaria
Por ejemplo
Se tiene que precisar si un
sujeto es parte en el
proceso o es un tercero.
10. PEDRO SAGÁSTEGUI URTEAGA
Artículo 57°.- Capacidad para ser parte material en un proceso
CÓDIGO PROCESAL CIVIL, TÍTULO II COMPARECENCIA AL PROCESO,
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Toda persona natural o jurídica, los órganos
constitucionales autónomos y la sociedad
conyugal, la sucesión indivisa y otras formas
de patrimonio autónomo, pueden ser parte
material en un proceso
11. Montero Aroca
Precisa que la dualidad
de persona física y
persona jurídica no
abarca una serie de
supuestos intermedios
en los que sobrepasa la
existencia de una
persona jurídica siendo
éstas:
Uniones sin
personalidad
Grupos
Patrimonios
autónomos
Sociedades
irregulares
12. VENTAJAS: Los actos que
lleve a cabo una de ellas (las
partes) puede ser en su
propio beneficio o el del
contrario
DEBERES: como decir
la verdad, deber que no
interfiere en la
naturaleza privatística
del Derecho Civil.
Las partes dentro del proceso tienen: