2. DEFINICIÓN
por legislación laboral a aquel conjunto de leyes y normas
que tienen por objetivo regularizar las actividades
laborales, ya sea en lo que respecta a los derechos del
trabajador, como también a sus obligaciones y lo mismo
para el empleador. La legislación laboral es una rama del
derecho relativamente joven en comparación con otras
ramas ya que surge recién en el siglo XX luego de muchos
años de protestas y reclamos de sectores obreros que
pedían por mejores condiciones de trabajo, estabilidad y
seguridad.
5. LIBERTAD DEL
TRABAJO
Se entiende como libertad del
trabajo a una decisión voluntaria y
propia de cada individuo o
personalidad de elegir su profesión u
ocupación al que se quiere
desempeñar, sin sometimiento
alguno ni del estado ni de cualquier
otro particular
Corte constitucional
C-588 de 1997
OBLIGATORIEDAD DEL
TRABAJO
Se refiere a la obligación social que
tiene toda persona en edad y
condiciones de desempeñarse en
materia laboral aportando su fuerza,
con el objetivo de contribuir para el
desarrollo socioeconómico del
estado.
artículo 25 de la CP.
6. PROTECCIÓN DEL
TRABAJO
Es deber del Estado garantizar la
protección de los derechos mínimos
de los trabajadores, permitiendo de
esta manera su desarrollo a nivel
personal y en sociedad.
ejemplo: Ley 1636 de 12 de mayo de
2013 “Por medio de la cual se crea el
mecanismo de protección al cesante
en Colombia”.
(Art. 25 CP) - (Art. 9 CST)
PRIMACÍA DE LA
REALIDAD
Significa que siempre que se reúnan
los requisitos esenciales del contrato
de trabajo, se presume que este
existe y que no deja de serlo por
razón del nombre que se le dé, ni de
otras condiciones o modalidades que
se le agreguen.
En palabras de la Corte Suprema de
Justicia “la primacía de la realidad,
uno de “… en caso de discordancia
entre lo que ocurre en la práctica y lo
que surge de documentos o
acuerdos, debe darse preferencia a
lo primero, es decir, a lo que sucede
en el terreno de los hechos”5
7. IGUALDAD DE DERECHOS
En materia laboral esta establecido que toda entidad debe tratar a sus
trabajadores con igualdad, sin discriminación de sexo, o raza establecidas por
la ley.
Ejemplo: Ley 1496 de 29 de diciembre de 2011 “Por medio de la cual se
garantiza la igualdad salarial y de retribución laboral entre mujeres y
hombres.
8. ESTABILIDAD
si el trabajador, en desarrollo de su
contrato de trabajo tiene derecho a
que mientras se mantengan las
causas que dieron origen al vínculo
laboral, puede continuar prestando
sus servicios, salvo que el empleador
de por terminado el contrato de
trabajo, en cuyo caso el trabajador
tendrá derecho al reconocimiento de
una indemnización.
(Art. 53 CPT)
FAVORABILIDAD
Se refiere al evento que cuando
exista una norma con diversas
apreciaciones para dar solución a un
conflicto laboral, se tendrá en cuenta
la que sea más favorable para el
empleado.
No es posible extraer de cada una de
las normas en conflicto lo que más
favorezca al trabajador y de esta
manera crear un texto nuevo; solo es
posible escoger una norma y
aplicarla en su integridad.
(Art. 21 CST)
9. MECANISMOS DE GARANTÍA DE LOS DERECHOS
LABORALES.
• Derecho de Petición: Es un derecho fundamental, consiste en la facultad
que tiene toda persona de presentar peticiones respetuosas a las
autoridades, y de obtener pronta resolución.
• Conciliación y transacción laboral: Hace parte de los llamados
mecanismos alternativos de solución de conflictos que en nuestro país se
encuentra definida en el artículo 64 de la Ley 446 de 1998: “mecanismo de
resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan
por sí mismas la solución de sus diferencias, con ayuda de un tercero
neutral y calificado, denominado conciliador.”
• Transacción: Es un contrato por medio del cual las partes finalizan
extrajudicialmente un litigio pendiente o evitan uno eventual. Tal acuerdo
debe referirse sobre derechos inciertos y discutibles que las partes crean
tener.