2. El Derecho Registral es un conjunto de normas reguladoras de
Instituciones y mecanismos donde realizan publicidad registral
de los hechos y las relaciones jurídicas tanto de personas
como de bienes.
Sus principios son
orientaciones del sistema registral
Siendo resultados de una sistematización.
3.
4. SISTEMA REGISTRAL AUSTRALIANO
Posee un sistema de Inmatriculación.
Tiene un sistemas centralizado por un registrador
general.
Es independiente del departamento de justicia y la
seguridad ciudadana.
La forma de su organización de asientos registrales
están basados en un sistema de folio real.
Tanto el registro como el catastro son fusionados y
operan desde un mismo punto de trabajo permitiendo
mayor concordancia entre ellos.
Su base legal es la Lay Real Property y 23 leyes que se
relacionan con esta actividad.
SISTEMA ALEMAN
Sistema de Inscripción.
Sistema centralizado en Australia y descentralizado en
Alemania y suiza.
Dependiente del Ministerio de Justicia.
El catrasto los datos físicos y jurídicos son los mismos
que constan en el registro y en el catastro.
Base legal en el Código Civil, el catastro y en el registro
territorial.
5. SISTEMA REGISTRAL VENEZOLANO
Sistema de Transcripción.
Su sistema de registro es centralizado.
Su servicio autónomo de registros y notarias
pertenecen al SAREN, los cuales esta adscritos al
Ministerio del Interior y Justicia.
La base de asientos registrales están en un sistema de
folio real y personal.
La Ley de geografía, cartografía y catastro nacional
define el catastro.
Su base legal son 20 leyes dictadas hasta ahora en esa
materia.
SISTEMA REGISTRAL FRANCES
Sistema de Transcripción, actualmente de inscripción.
Su sistema de Registro es centralizada.
Dependiente del Ministerio de Presupuesto y del centro
que se encarga de la gestión del impuesto.
El catrasto son dependiente de la dirección general del
impuesto del ministerio de hacienda directamente.
Base legal esta en el Código Civil y Ley de
transcripciones de 1855 las cuales fueron modificadas
1918 y 1921.