1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Fermín Toro
Escuela de Derecho
José Rivero C.I. 23.487.703
Derecho Tributario
SAIA E – 2018/B
2. ENSAYO – DERECHO FINANCIERO
El Derecho Financiero es aquel que se encarga de regular las actividades
que tienen que ver con las finanzas de un Estado, es decir, todo lo
relacionado a los ingresos y gastos públicos para la realización de sus fines.
Esto quiere decir que se encarga de regular la gestión y organización de
los medios económicos que se requieren para el funcionamiento de los
organismos públicos: percepción, gestión, erogación y destinación de los
recursos. Todo lo hace con la finalidad de satisfacer las necesidades
colectivas.
Por lo tanto, no puede sino ubicarse esta rama del derecho, dentro del
Derecho Público; incluso hay autores, que lo denominan derecho de la
Hacienda Pública.
Sin embargo, al regular lo concerniente a la actividad financiera pública,
no puede evitar relacionarse con otras ramas del derecho, entre ellas:
Con el Derecho Constitucional, primeramente porque el Estado se rige
por las leyes, en especial por nuestra Constitución, para regular la actividad
administrativa de sus recursos para cumplir sus fines a través de los entes
públicos que regula el derecho financiero.
3. Con el Derecho Administrativo, porque ambas ramas del derecho
regulan las actividades de la administración pública, para cumplir objetivos y
satisfacer necesidades de particulares, en orden general.
Con el Derecho Procesal, porque cuando el derecho financiero regular
los procedimientos públicos para la administración de los recursos del
Estado, el derecho procesal se ocupa de las formalidades que deben
cumplirse en todo proceso legal.
Con el Derecho Penal, por ser el Código Penal el instrumento que
contiene las normas y sanciones de los delitos financieros y normas sobre el
control estatal de la actividad privada.
Con el Derecho Internacional, porque el desarrollo e intensificación de
las comunicaciones y relaciones con otros países se ha incrementado
haciendo uso del derecho público y privado.
Con el Derecho Tributario, porque en el cumplimiento de sus fines, el
derecho financiero abarca recursos tributarios, patrimoniales y crediticios y
regula las relaciones y normas jurídicas a través de las cuales el Estado
ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares
ingresos que sirvan para invertir en el gasto público. Se puede decir que el
derecho tributario es una rama del derecho financiero y comprende el estudio
de la regulación de la actividad del estado destinado a la obtención de
4. recursos, a través de la cual se impone a los particulares la obligación de
contribuir a gasto público de acuerdo a su capacidad contributiva.
En lo que respecta a la Autonomía del Derecho Financiero, es un tema
discutido por los estudiosos del derecho y se consiguen diferentes posturas.
Una parte dice que tiene autonomía científica porque es una rama del
derecho que rige organismos con principios propios y permanece en
conexión con otras disciplinas jurídicas integrando un todo.
Otra parte sostiene que tiene autonomía didáctica por su enseñanza con
otras ramas del derecho.
Y otros estudios afirman que tiene autonomía legislativa ya que constituye
un cuerpo de leyes separado y orgánico.
De forma personal, creo que el Derecho Financiero no posee en realidad
una autonomía propia porque forma parte del Derecho Público y por ende,
está sujeta a la forma de proceder del Estado y sus instituciones, y aunque
tal vez tenga cierta independencia no puede separarse por completo de los
dogmas y principios sobre los cuales ha de establecer el desarrollo de su
actividad.