SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 15
Unidad IV
Sustitución del Empleador y Fraude por
Elver Ruiz Díaz
Concepto: Para que exista sustitución del empleador es
 indispensable que la calidad de tal por actos inter
 vivos o mortis causa, onerosa o gratuita, se haya
 transmitido             a          otro           por
 cesión, traspaso, donación, permuta o venta del
 establecimiento o negocio, o parte de los mismos
 que forma una unidad económica completa. Es una
 institución laboral que se funda en el principio
 general de continuidad o permanencia. (Legislación y
 Jurisprudencia del Trabajo – Jorge Darío Cristaldo M.
 – Beatriz Cristaldo R.)
   Por su origen   Intervivos – Acto comercial
                    Mortis Causa – Herederos



   Modalidad       Total – transferencia completa
                    Parcial – parte del paquete
                    accionario, sucursal, filial, etc.
   Art. 28 del CT. “La sustitución del empleador no afectará los
    contratos de trabajo vigentes. El empleador sustituido
    responde solidariamente con el sustituyente de las
    obligaciones derivadas del contrato o la Ley, nacidas antes de
    la sustitución y por el plazo de seis meses. Contando desde la
    fecha de ésta. Transcurrido dicho plazo, sustituirá únicamente
    la responsabilidad del nuevo empleador . Los trabajadores
    tendrán con el nuevo empleador, las mismas obligaciones
    contraídas con el sustituido.”

   Art. 1186 del CC. “Cualquier sociedad puede adoptar otro de
    los tipos previstos, sin disolverse ni afectar los derechos y
    obligaciones existentes”.

   Art. 61 del CT. “El contrato de trabajo debe ser cumplido de
    buena fe, y obliga no sólo a lo que esté formalmente expresado
    en él, sino a todas las consecuencias derivadas del mismo o
    que emanen de la naturaleza jurídica de la relación o que por
    Ley correspondan a ella”.
   Art. 508 del CC. “ La obligación es solidaria cuando
    todos    los   deudores    están,    en   virtud  del
    título, obligados a pagar la misma prestación, de
    modo que cada uno puede ser constreñido al
    cumplimiento de la totalidad del objeto de ella”.

   Art. 512 del CC. “El acreedor, o cada acreedor, o los
    acreedores juntos, pueden exigir el pago de la deuda
    por entero contra todos los deudores solidarios
    juntamente, o contra cualquiera de ellos. Pueden
    exigir la parte que a un solo deudor corresponde. Si
    reclamaren     el   todo    contra   uno    de    los
    deudores,      pueden     reclamarlo    contra    los
    demás, mientras no resulte cobrada la deuda por
    completo”.
1).- Ley
Fuentes de obligación              2).- Contratos  Individual
En el derecho del trabajo                          Colectivo
                                   3).- Reglamento interno

Oblig nac. antes de                  Durante                Posterior
la sust.
-   Salarios dev. Exigibles
-   Ind. X desp. No prescripta

-   Juicios laborales en tramite      “   Idem
-  Deudas de aportes a IPS
-  Multas de AAT al empleador
y sindicato
   La cesión de la empresa constituye un acto jurídico res inter alios
    acta para los trabajadores dependientes de la misma; por lo cual, si
    un patrono transfiere a otro la empresa de la que es titular, la
    vigencia de los contratos de trabajo subsiste para este nuevo
    patrono en iguales condiciones y los trabajadores siguen con los
    mismos derechos y obligaciones. (Guillermo Cabanellas).

   Doctrina Mexicana según Mario de la Cueva se materializa cuando se
    transmite la empresa misma, como unidad económico – jurídica
    y, por la otra, una parte de la propia empresa que, a su
    vez, constituya una unidad económica, puede ser total o parcial.

   Antonio Vásquez Viallard no es necesario que se transfiera el
    establecimiento en su totalidad; puede serlo una de sus partes, con
    tal de que constituya una cierta unidad de producción autónoma.
   Existe sustitución cuando un empleador es reemplazado por otro en
    un establecimiento o lugar de trabajo, cualquiera sea la causa de la
    sustitución, y siempre que los servicios que los trabajadores se
    encuentran prestando allí no se interrumpan ni se modifiquen, ni la
    empresa sufra alteraciones en los fines para los cuales se constituyó.

   Son casos de sustitución del empleador, entre otros: La transmisión
    del establecimiento a los herederos del propietario fallecido; cuando
    vence el plazo de concesión de un servicio público o negociación y
    sin mediar interrupción de la prestación de los servicios, se hace
    cargo de la empresa un nuevo empleador; cuando los propietarios
    individuales de un establecimiento deciden constituir una sociedad
    que continúa con el negocio; el arrendamiento de un negocio por su
    propietario o del arrendamiento a otro arrendamiento, o la
    devolución del negocio a su propietario.
   La demanda promovida          contra el empleador
    sustituido y la sentencia que se dicte no afectan ni
    pueden oponerse al sustituyente, sino cuando a éste
    también se haya dado intervención en el proceso.

   El trabajador afectado por al sustitución del
    empleador tiene la facultad de promover demanda
    judicial contra el sustituyente, para hacer reconocer
    su antigüedad en el empleo, negada o cuestionada
    por éste.
Norma de cobertura – Art. 845 CC.
Elementos de    Negocio formal licito – contrato de servicio con IVA.
Fraude a la Ley CT. – pura relación laboral.
                Norma defraudada.


Formas de fraude actual

   Interposición de personas físicas insolventes (paja).
   Interposición de personas jurídicas insolventes (La Pérgola)
   Cooperativas de trabajo : Ley 438/94 Art. 8º inc. C.
   Pasantías Educativas: Ley 1264/98 Art. 40.
   Contratos Civiles del CC. (servicios, agencia, comisión, corretaje).
   Leasing (Contrato opción de compra).
   Tercerizaciones.
   Ley 438/94 Art. 8º inc. C. “Los actos cooperativos
    quedan sometidos a esta ley y subsidiariamente al
    Derecho Común. Las relaciones entre las cooperativas
    y sus empleados y obreros se rigen por la Legislación
    Laboral. En las cooperativas de trabajo los socios no
    tienen relación de dependencia laboral”.

   Ley 1264/98 Art. 40 “Los alumnos de formación
    profesional y los de bachillerato podrán realizar su
    formación y capacitación con el sistema dual colegio-
    empresa, como pasantía como beca sin vinculación
    laboral”.
   En la Argentina por Ley 25.877/04 en afán de
    impedir fraude, le acuerda al Ministerio de Trabajo
    facultad de contralor sobre las cooperativas de
    trabajo sobre cumplimiento de las normas
    laborales y seguridad social tanto de sus socios y
    de sus dependientes.
   Anastasia Céspedes c/ Expacar “Exportadora
    Paraguaya de Carnes SRL” s/ cobro de guaraníes
    A.I.Nº 40/06.-

   Incidente de tercería de dominio planteado por la
    Fundación Prevención de la Ceguera Santa Lucia en
    los Autos: Gladys Moreno c/ Fundación Prevención de
    la Ceguera s/ cobro de guaraníes – Tribunal A.I.Nº
    256/02 y Corte A y S Nº 762/05.-

   Severino Ferreira y otros c/ La Pérgola Jardín
    SRL, Ricardo Turcheto y Fiorella S.A s/ reposición en
    el puesto de trabajo y cobro de guaraníes en diversos
    conceptos .-
   Los tipos de fraudes deberán ser analizados en cada
    caso concreto a fin de impedir su resultado ilícito sin
    buscar castigar la mala fe sino proteger los fines de
    las Leyes laborales, debiendo cargar con todas las
    consecuencias legales en materia resarcitoria el
    empleador que se ha valido de una figura normativa
    encubriendo realidades distintas, en congruencia con
    el principio de Derecho del Trabajo cual es el de la
    primacía de la realidad.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

5. la funcion de la responsabilidad civil (3)
5.  la funcion de la responsabilidad civil (3)5.  la funcion de la responsabilidad civil (3)
5. la funcion de la responsabilidad civil (3)Karlos Aquino
 
Obligaciones extracontractuales
Obligaciones extracontractualesObligaciones extracontractuales
Obligaciones extracontractualesJosé Lagos
 
Patrón e intermediarios
Patrón e intermediariosPatrón e intermediarios
Patrón e intermediariosHAns López
 
Temas7,8,9,10,11 laboral
Temas7,8,9,10,11 laboralTemas7,8,9,10,11 laboral
Temas7,8,9,10,11 laboralmatute4567
 
Subcontratacion y suministros
Subcontratacion y suministrosSubcontratacion y suministros
Subcontratacion y suministrosGustavo A.
 
Convenciones colectivas/ DEILYBETH GRATEROL
Convenciones colectivas/ DEILYBETH GRATEROLConvenciones colectivas/ DEILYBETH GRATEROL
Convenciones colectivas/ DEILYBETH GRATEROLdeilybeth
 
Capítulo 8 responsabilidad civil
Capítulo 8   responsabilidad civilCapítulo 8   responsabilidad civil
Capítulo 8 responsabilidad civilvglibota
 
Viviana. la relacion del trabajo. martinez.
Viviana. la relacion del trabajo. martinez.Viviana. la relacion del trabajo. martinez.
Viviana. la relacion del trabajo. martinez.Viviana Martinez
 
Capitulo 8 -1° parte
Capitulo 8 -1° parteCapitulo 8 -1° parte
Capitulo 8 -1° partevglibota
 
Capitulo 7
Capitulo 7    Capitulo 7
Capitulo 7 vglibota
 
Legislación Laboral: Argentina italia
Legislación Laboral: Argentina italiaLegislación Laboral: Argentina italia
Legislación Laboral: Argentina italiaEl Arcón de Clio
 
(013) responsabilidad extracontractual
(013) responsabilidad extracontractual(013) responsabilidad extracontractual
(013) responsabilidad extracontractualfaridde
 
civil obligaciones el daño y la culpa
civil obligaciones el daño y la culpacivil obligaciones el daño y la culpa
civil obligaciones el daño y la culpaReijo Rodriguez
 
Conciliación laboral
Conciliación laboralConciliación laboral
Conciliación laboralErika100386
 
mapa conceptual derecho laboral
mapa conceptual derecho laboralmapa conceptual derecho laboral
mapa conceptual derecho laboralCristina Rondon
 
Capitulo 9
Capitulo 9   Capitulo 9
Capitulo 9 vglibota
 

La actualidad más candente (20)

5. la funcion de la responsabilidad civil (3)
5.  la funcion de la responsabilidad civil (3)5.  la funcion de la responsabilidad civil (3)
5. la funcion de la responsabilidad civil (3)
 
Obligaciones extracontractuales
Obligaciones extracontractualesObligaciones extracontractuales
Obligaciones extracontractuales
 
Patrón e intermediarios
Patrón e intermediariosPatrón e intermediarios
Patrón e intermediarios
 
Conceptos de derecho laboral
Conceptos de derecho laboralConceptos de derecho laboral
Conceptos de derecho laboral
 
Temas7,8,9,10,11 laboral
Temas7,8,9,10,11 laboralTemas7,8,9,10,11 laboral
Temas7,8,9,10,11 laboral
 
Subcontratacion y suministros
Subcontratacion y suministrosSubcontratacion y suministros
Subcontratacion y suministros
 
Convenciones colectivas/ DEILYBETH GRATEROL
Convenciones colectivas/ DEILYBETH GRATEROLConvenciones colectivas/ DEILYBETH GRATEROL
Convenciones colectivas/ DEILYBETH GRATEROL
 
Capítulo 8 responsabilidad civil
Capítulo 8   responsabilidad civilCapítulo 8   responsabilidad civil
Capítulo 8 responsabilidad civil
 
Viviana. la relacion del trabajo. martinez.
Viviana. la relacion del trabajo. martinez.Viviana. la relacion del trabajo. martinez.
Viviana. la relacion del trabajo. martinez.
 
Capitulo 8 -1° parte
Capitulo 8 -1° parteCapitulo 8 -1° parte
Capitulo 8 -1° parte
 
Capitulo 7
Capitulo 7    Capitulo 7
Capitulo 7
 
Legislación Laboral: Argentina italia
Legislación Laboral: Argentina italiaLegislación Laboral: Argentina italia
Legislación Laboral: Argentina italia
 
SUPUESTO 3
SUPUESTO 3SUPUESTO 3
SUPUESTO 3
 
(013) responsabilidad extracontractual
(013) responsabilidad extracontractual(013) responsabilidad extracontractual
(013) responsabilidad extracontractual
 
civil obligaciones el daño y la culpa
civil obligaciones el daño y la culpacivil obligaciones el daño y la culpa
civil obligaciones el daño y la culpa
 
Conciliación laboral
Conciliación laboralConciliación laboral
Conciliación laboral
 
SUPUESTO 2
SUPUESTO 2SUPUESTO 2
SUPUESTO 2
 
mapa conceptual derecho laboral
mapa conceptual derecho laboralmapa conceptual derecho laboral
mapa conceptual derecho laboral
 
Unidad 11
Unidad 11Unidad 11
Unidad 11
 
Capitulo 9
Capitulo 9   Capitulo 9
Capitulo 9
 

Similar a Sustitución Empleador y Fraude Ley Trabajo

SUSTITUCIÓN DE EMPLEADOR POR ESCISIÓN: TALLER CERVEPAR.
SUSTITUCIÓN DE EMPLEADOR POR ESCISIÓN: TALLER CERVEPAR.SUSTITUCIÓN DE EMPLEADOR POR ESCISIÓN: TALLER CERVEPAR.
SUSTITUCIÓN DE EMPLEADOR POR ESCISIÓN: TALLER CERVEPAR.Elver Ruiz Díaz
 
Contratos de trabajo
Contratos de trabajoContratos de trabajo
Contratos de trabajojossemvargas
 
Temas del 7 al 12 jennifer arispe
Temas del 7 al 12 jennifer arispeTemas del 7 al 12 jennifer arispe
Temas del 7 al 12 jennifer arispeEdi_17
 
Relaciones laborales, Crisis y Cambios Empresariales
Relaciones laborales, Crisis y Cambios Empresariales Relaciones laborales, Crisis y Cambios Empresariales
Relaciones laborales, Crisis y Cambios Empresariales Fabiana Navarro
 
Agencias de empleo
Agencias de empleoAgencias de empleo
Agencias de empleocarolina829
 
Apuntes de clase sobre el contrato individual de trabajo
Apuntes de clase sobre el contrato individual de trabajoApuntes de clase sobre el contrato individual de trabajo
Apuntes de clase sobre el contrato individual de trabajoedwin70
 
derecho-laboral-clase-1.ppt
derecho-laboral-clase-1.pptderecho-laboral-clase-1.ppt
derecho-laboral-clase-1.pptAndresCipamocha1
 
Presentación comercial Factor Legal SAS.pdf
Presentación comercial Factor Legal SAS.pdfPresentación comercial Factor Legal SAS.pdf
Presentación comercial Factor Legal SAS.pdfdanielandres94
 
Código de trabajo de la república dominicana
Código de trabajo de la república dominicanaCódigo de trabajo de la república dominicana
Código de trabajo de la república dominicananoemi chala luna
 
Resumen de Derecho Laboral para parcial.docx
Resumen de Derecho Laboral para parcial.docxResumen de Derecho Laboral para parcial.docx
Resumen de Derecho Laboral para parcial.docxCarolinaFlorenciaSan1
 
Derecho del trabajo y de la seguridad social
Derecho del trabajo y de la seguridad socialDerecho del trabajo y de la seguridad social
Derecho del trabajo y de la seguridad socialAlbani Gordillo
 
TEMAS DEL 7 AL 12 SUJETOS DE RELACIÓN DE TRABAJO
TEMAS DEL 7 AL 12 SUJETOS DE  RELACIÓN DE TRABAJOTEMAS DEL 7 AL 12 SUJETOS DE  RELACIÓN DE TRABAJO
TEMAS DEL 7 AL 12 SUJETOS DE RELACIÓN DE TRABAJOluzdelalba45
 
Caso despido presentación
Caso despido presentaciónCaso despido presentación
Caso despido presentaciónGabriela Valdes
 

Similar a Sustitución Empleador y Fraude Ley Trabajo (20)

SUSTITUCIÓN DE EMPLEADOR POR ESCISIÓN: TALLER CERVEPAR.
SUSTITUCIÓN DE EMPLEADOR POR ESCISIÓN: TALLER CERVEPAR.SUSTITUCIÓN DE EMPLEADOR POR ESCISIÓN: TALLER CERVEPAR.
SUSTITUCIÓN DE EMPLEADOR POR ESCISIÓN: TALLER CERVEPAR.
 
Contrato de trabajo
Contrato de trabajoContrato de trabajo
Contrato de trabajo
 
Contratos de trabajo
Contratos de trabajoContratos de trabajo
Contratos de trabajo
 
ese.pptx
ese.pptxese.pptx
ese.pptx
 
Temas del 7 al 12 jennifer arispe
Temas del 7 al 12 jennifer arispeTemas del 7 al 12 jennifer arispe
Temas del 7 al 12 jennifer arispe
 
Relaciones laborales, Crisis y Cambios Empresariales
Relaciones laborales, Crisis y Cambios Empresariales Relaciones laborales, Crisis y Cambios Empresariales
Relaciones laborales, Crisis y Cambios Empresariales
 
cuadro comparativo LOT LOTTT
cuadro comparativo LOT LOTTTcuadro comparativo LOT LOTTT
cuadro comparativo LOT LOTTT
 
Agencias de empleo
Agencias de empleoAgencias de empleo
Agencias de empleo
 
Derecho
DerechoDerecho
Derecho
 
Apuntes de clase sobre el contrato individual de trabajo
Apuntes de clase sobre el contrato individual de trabajoApuntes de clase sobre el contrato individual de trabajo
Apuntes de clase sobre el contrato individual de trabajo
 
Unidad 3
Unidad 3Unidad 3
Unidad 3
 
derecho-laboral-clase-1.ppt
derecho-laboral-clase-1.pptderecho-laboral-clase-1.ppt
derecho-laboral-clase-1.ppt
 
Legislación laboral
Legislación laboralLegislación laboral
Legislación laboral
 
Presentación comercial Factor Legal SAS.pdf
Presentación comercial Factor Legal SAS.pdfPresentación comercial Factor Legal SAS.pdf
Presentación comercial Factor Legal SAS.pdf
 
Código de trabajo de la república dominicana
Código de trabajo de la república dominicanaCódigo de trabajo de la república dominicana
Código de trabajo de la república dominicana
 
Slideshare listo
Slideshare listoSlideshare listo
Slideshare listo
 
Resumen de Derecho Laboral para parcial.docx
Resumen de Derecho Laboral para parcial.docxResumen de Derecho Laboral para parcial.docx
Resumen de Derecho Laboral para parcial.docx
 
Derecho del trabajo y de la seguridad social
Derecho del trabajo y de la seguridad socialDerecho del trabajo y de la seguridad social
Derecho del trabajo y de la seguridad social
 
TEMAS DEL 7 AL 12 SUJETOS DE RELACIÓN DE TRABAJO
TEMAS DEL 7 AL 12 SUJETOS DE  RELACIÓN DE TRABAJOTEMAS DEL 7 AL 12 SUJETOS DE  RELACIÓN DE TRABAJO
TEMAS DEL 7 AL 12 SUJETOS DE RELACIÓN DE TRABAJO
 
Caso despido presentación
Caso despido presentaciónCaso despido presentación
Caso despido presentación
 

Más de Elver Ruiz Díaz

Cooperativa de trabajo es fraude
Cooperativa de trabajo es fraudeCooperativa de trabajo es fraude
Cooperativa de trabajo es fraudeElver Ruiz Díaz
 
Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?
Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?
Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?Elver Ruiz Díaz
 
El jubilado con continuidad laboral
El jubilado con continuidad laboralEl jubilado con continuidad laboral
El jubilado con continuidad laboralElver Ruiz Díaz
 
La jornada semanal de 40 horas en la función pública
La jornada semanal de 40 horas en  la función públicaLa jornada semanal de 40 horas en  la función pública
La jornada semanal de 40 horas en la función públicaElver Ruiz Díaz
 
La jornada semanal de 40 horas en la función pública
La jornada semanal de 40 horas en  la función públicaLa jornada semanal de 40 horas en  la función pública
La jornada semanal de 40 horas en la función públicaElver Ruiz Díaz
 
COOPERATIVA DE TRABAJO COMO PANTALLA EVASORA DE LA LEY LABORAL
COOPERATIVA DE TRABAJO COMO PANTALLA EVASORA DE LA LEY LABORALCOOPERATIVA DE TRABAJO COMO PANTALLA EVASORA DE LA LEY LABORAL
COOPERATIVA DE TRABAJO COMO PANTALLA EVASORA DE LA LEY LABORALElver Ruiz Díaz
 
Sociedades de estanterías como empleador
Sociedades de estanterías como empleadorSociedades de estanterías como empleador
Sociedades de estanterías como empleadorElver Ruiz Díaz
 
El incoop es còmplice de fraudes laborales via coop
El incoop es còmplice de  fraudes laborales via coopEl incoop es còmplice de  fraudes laborales via coop
El incoop es còmplice de fraudes laborales via coopElver Ruiz Díaz
 
Descuento de salario por huelga docente
Descuento de salario por huelga docenteDescuento de salario por huelga docente
Descuento de salario por huelga docenteElver Ruiz Díaz
 
El servicio esencial y huelga docente
El servicio esencial y huelga docenteEl servicio esencial y huelga docente
El servicio esencial y huelga docenteElver Ruiz Díaz
 
La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493
La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493
La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493Elver Ruiz Díaz
 
Tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguaya
Tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguayaTipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguaya
Tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguayaElver Ruiz Díaz
 
Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayo
Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayoExiste el daño y perjuicio en el código laboral paraguayo
Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayoElver Ruiz Díaz
 

Más de Elver Ruiz Díaz (20)

Cooperativa de trabajo es fraude
Cooperativa de trabajo es fraudeCooperativa de trabajo es fraude
Cooperativa de trabajo es fraude
 
Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?
Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?
Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?
 
El jubilado con continuidad laboral
El jubilado con continuidad laboralEl jubilado con continuidad laboral
El jubilado con continuidad laboral
 
La jornada semanal de 40 horas en la función pública
La jornada semanal de 40 horas en  la función públicaLa jornada semanal de 40 horas en  la función pública
La jornada semanal de 40 horas en la función pública
 
La jornada semanal de 40 horas en la función pública
La jornada semanal de 40 horas en  la función públicaLa jornada semanal de 40 horas en  la función pública
La jornada semanal de 40 horas en la función pública
 
COOPERATIVA DE TRABAJO COMO PANTALLA EVASORA DE LA LEY LABORAL
COOPERATIVA DE TRABAJO COMO PANTALLA EVASORA DE LA LEY LABORALCOOPERATIVA DE TRABAJO COMO PANTALLA EVASORA DE LA LEY LABORAL
COOPERATIVA DE TRABAJO COMO PANTALLA EVASORA DE LA LEY LABORAL
 
Sociedades de estanterías como empleador
Sociedades de estanterías como empleadorSociedades de estanterías como empleador
Sociedades de estanterías como empleador
 
El incoop es còmplice de fraudes laborales via coop
El incoop es còmplice de  fraudes laborales via coopEl incoop es còmplice de  fraudes laborales via coop
El incoop es còmplice de fraudes laborales via coop
 
Lo público es público
Lo público es públicoLo público es público
Lo público es público
 
Descuento de salario por huelga docente
Descuento de salario por huelga docenteDescuento de salario por huelga docente
Descuento de salario por huelga docente
 
Secretario judicial
Secretario judicialSecretario judicial
Secretario judicial
 
Ley nº 4992
Ley nº 4992Ley nº 4992
Ley nº 4992
 
El servicio esencial y huelga docente
El servicio esencial y huelga docenteEl servicio esencial y huelga docente
El servicio esencial y huelga docente
 
Los papeles de trabajo
Los papeles de trabajoLos papeles de trabajo
Los papeles de trabajo
 
L as pruebas de auditoria
L as pruebas de auditoriaL as pruebas de auditoria
L as pruebas de auditoria
 
3ra parte
3ra parte3ra parte
3ra parte
 
La auditoria contable
La auditoria contableLa auditoria contable
La auditoria contable
 
La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493
La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493
La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493
 
Tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguaya
Tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguayaTipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguaya
Tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguaya
 
Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayo
Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayoExiste el daño y perjuicio en el código laboral paraguayo
Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayo
 

Sustitución Empleador y Fraude Ley Trabajo

  • 1. Unidad IV Sustitución del Empleador y Fraude por Elver Ruiz Díaz
  • 2.
  • 3. Concepto: Para que exista sustitución del empleador es indispensable que la calidad de tal por actos inter vivos o mortis causa, onerosa o gratuita, se haya transmitido a otro por cesión, traspaso, donación, permuta o venta del establecimiento o negocio, o parte de los mismos que forma una unidad económica completa. Es una institución laboral que se funda en el principio general de continuidad o permanencia. (Legislación y Jurisprudencia del Trabajo – Jorge Darío Cristaldo M. – Beatriz Cristaldo R.)
  • 4. Por su origen Intervivos – Acto comercial Mortis Causa – Herederos  Modalidad Total – transferencia completa Parcial – parte del paquete accionario, sucursal, filial, etc.
  • 5. Art. 28 del CT. “La sustitución del empleador no afectará los contratos de trabajo vigentes. El empleador sustituido responde solidariamente con el sustituyente de las obligaciones derivadas del contrato o la Ley, nacidas antes de la sustitución y por el plazo de seis meses. Contando desde la fecha de ésta. Transcurrido dicho plazo, sustituirá únicamente la responsabilidad del nuevo empleador . Los trabajadores tendrán con el nuevo empleador, las mismas obligaciones contraídas con el sustituido.”  Art. 1186 del CC. “Cualquier sociedad puede adoptar otro de los tipos previstos, sin disolverse ni afectar los derechos y obligaciones existentes”.  Art. 61 del CT. “El contrato de trabajo debe ser cumplido de buena fe, y obliga no sólo a lo que esté formalmente expresado en él, sino a todas las consecuencias derivadas del mismo o que emanen de la naturaleza jurídica de la relación o que por Ley correspondan a ella”.
  • 6. Art. 508 del CC. “ La obligación es solidaria cuando todos los deudores están, en virtud del título, obligados a pagar la misma prestación, de modo que cada uno puede ser constreñido al cumplimiento de la totalidad del objeto de ella”.  Art. 512 del CC. “El acreedor, o cada acreedor, o los acreedores juntos, pueden exigir el pago de la deuda por entero contra todos los deudores solidarios juntamente, o contra cualquiera de ellos. Pueden exigir la parte que a un solo deudor corresponde. Si reclamaren el todo contra uno de los deudores, pueden reclamarlo contra los demás, mientras no resulte cobrada la deuda por completo”.
  • 7. 1).- Ley Fuentes de obligación 2).- Contratos Individual En el derecho del trabajo Colectivo 3).- Reglamento interno Oblig nac. antes de Durante Posterior la sust. - Salarios dev. Exigibles - Ind. X desp. No prescripta - Juicios laborales en tramite “ Idem - Deudas de aportes a IPS - Multas de AAT al empleador y sindicato
  • 8. La cesión de la empresa constituye un acto jurídico res inter alios acta para los trabajadores dependientes de la misma; por lo cual, si un patrono transfiere a otro la empresa de la que es titular, la vigencia de los contratos de trabajo subsiste para este nuevo patrono en iguales condiciones y los trabajadores siguen con los mismos derechos y obligaciones. (Guillermo Cabanellas).  Doctrina Mexicana según Mario de la Cueva se materializa cuando se transmite la empresa misma, como unidad económico – jurídica y, por la otra, una parte de la propia empresa que, a su vez, constituya una unidad económica, puede ser total o parcial.  Antonio Vásquez Viallard no es necesario que se transfiera el establecimiento en su totalidad; puede serlo una de sus partes, con tal de que constituya una cierta unidad de producción autónoma.
  • 9. Existe sustitución cuando un empleador es reemplazado por otro en un establecimiento o lugar de trabajo, cualquiera sea la causa de la sustitución, y siempre que los servicios que los trabajadores se encuentran prestando allí no se interrumpan ni se modifiquen, ni la empresa sufra alteraciones en los fines para los cuales se constituyó.  Son casos de sustitución del empleador, entre otros: La transmisión del establecimiento a los herederos del propietario fallecido; cuando vence el plazo de concesión de un servicio público o negociación y sin mediar interrupción de la prestación de los servicios, se hace cargo de la empresa un nuevo empleador; cuando los propietarios individuales de un establecimiento deciden constituir una sociedad que continúa con el negocio; el arrendamiento de un negocio por su propietario o del arrendamiento a otro arrendamiento, o la devolución del negocio a su propietario.
  • 10. La demanda promovida contra el empleador sustituido y la sentencia que se dicte no afectan ni pueden oponerse al sustituyente, sino cuando a éste también se haya dado intervención en el proceso.  El trabajador afectado por al sustitución del empleador tiene la facultad de promover demanda judicial contra el sustituyente, para hacer reconocer su antigüedad en el empleo, negada o cuestionada por éste.
  • 11. Norma de cobertura – Art. 845 CC. Elementos de Negocio formal licito – contrato de servicio con IVA. Fraude a la Ley CT. – pura relación laboral. Norma defraudada. Formas de fraude actual  Interposición de personas físicas insolventes (paja).  Interposición de personas jurídicas insolventes (La Pérgola)  Cooperativas de trabajo : Ley 438/94 Art. 8º inc. C.  Pasantías Educativas: Ley 1264/98 Art. 40.  Contratos Civiles del CC. (servicios, agencia, comisión, corretaje).  Leasing (Contrato opción de compra).  Tercerizaciones.
  • 12. Ley 438/94 Art. 8º inc. C. “Los actos cooperativos quedan sometidos a esta ley y subsidiariamente al Derecho Común. Las relaciones entre las cooperativas y sus empleados y obreros se rigen por la Legislación Laboral. En las cooperativas de trabajo los socios no tienen relación de dependencia laboral”.  Ley 1264/98 Art. 40 “Los alumnos de formación profesional y los de bachillerato podrán realizar su formación y capacitación con el sistema dual colegio- empresa, como pasantía como beca sin vinculación laboral”.
  • 13. En la Argentina por Ley 25.877/04 en afán de impedir fraude, le acuerda al Ministerio de Trabajo facultad de contralor sobre las cooperativas de trabajo sobre cumplimiento de las normas laborales y seguridad social tanto de sus socios y de sus dependientes.
  • 14. Anastasia Céspedes c/ Expacar “Exportadora Paraguaya de Carnes SRL” s/ cobro de guaraníes A.I.Nº 40/06.-  Incidente de tercería de dominio planteado por la Fundación Prevención de la Ceguera Santa Lucia en los Autos: Gladys Moreno c/ Fundación Prevención de la Ceguera s/ cobro de guaraníes – Tribunal A.I.Nº 256/02 y Corte A y S Nº 762/05.-  Severino Ferreira y otros c/ La Pérgola Jardín SRL, Ricardo Turcheto y Fiorella S.A s/ reposición en el puesto de trabajo y cobro de guaraníes en diversos conceptos .-
  • 15. Los tipos de fraudes deberán ser analizados en cada caso concreto a fin de impedir su resultado ilícito sin buscar castigar la mala fe sino proteger los fines de las Leyes laborales, debiendo cargar con todas las consecuencias legales en materia resarcitoria el empleador que se ha valido de una figura normativa encubriendo realidades distintas, en congruencia con el principio de Derecho del Trabajo cual es el de la primacía de la realidad.