El documento describe quiénes pueden accionar en amparo y contra quiénes se puede accionar en amparo. Cualquier persona física o moral puede accionar en amparo para proteger sus derechos fundamentales. Se puede accionar contra la autoridad pública o cualquier particular cuyos actos actuales o inminentes lesionen, restrinjan o amenacen los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, excepto los derechos protegidos por el Hábeas Corpus y el Hábeas Data.