1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
Alumna: Mariangel Peña García
CI: V-26.224.341
Materia: D° Internacional Privado
Sección: SAIA E
2. LAS PERSONAS JURÍDICAS
Entidad con existencia y responsabilidad propias, distintas a las de sus miembros o fundadores, calificada
como persona jurídica según la ley del lugar de su constitución.
Criterios para la determina criterios para la
determinación de la lex societatisción de la lex.
societatis
Relevancia del lugar de constitución
*Reconocimiento: como un expediente técnico, se trata de
determinar si el derecho del foro reconoce la personalidad
jurídica de una sociedad extranjera.
*Nacionalidad: criterio en el que se fija la nacionalidad del país
que ha intervenido en la constitución de la compañía o
sociedad, como autorizando, arrobando o simplemente
registrándola
*Capacidad: son entes capaces de obligaciones y derechos; de
Derecho Público (Estado, municipios, organismos y
dependencias de Gobierno); de Derecho Privado
(Asociaciones, Corporaciones, Fundaciones, Sociedades
civiles y mercantiles).
*Domicilio: en cuanto al país de suscripción, es producto de
verdadero aporte internacional, pues lo ha sido por personas
naturales o jurídicas, de nacionalidad o domicilio extranjero que
aunque ha sido suscrito en determinado territorio la compañía
termina siendo extranjera debido al origen de la extracción del
capital.
La constitución de la sociedad tiene las mismas implicaciones
jurídicas establecidas en el contrato; de allí que son regidas
por el Principio de la Lex Loci Celebrationis, por lo que se
somete a lo establecido en la legislación correspondiente a
dicho contrato.
Entre las soluciones contenidas en la ley venezolana de
derecho internacional privado se encuentran las
siguientes:
*El Código de Comercio establece que las sociedades
constituidas en país extranjero que tengan en la república su
objeto principal de explotación, comercio o industria, serán
sociedades nacionales. Por otra parte, aquellas sociedades
constituidas en país extranjero sólo tengan en la república
sucursales o actividad que no sean objeto principal, mantienen
su personalidad, pero se considerarán domiciliadas en
Venezuela.
*Contratación Internacional: Actualmente, vemos como día a
día existen cada vez más oportunidades de negociar, tanto a
nivel nacional como a nivel internacional. Gracias a esas
oportunidades, se ha creado una manera fácil y segura para
dar por terminada una negociación; la cual es el contrato, este
con el fin de darle una mayor certeza y seguridad a las partes
al momento de cerrar su negocio.