2. APELACION DE LA RESOLUCIONES DE LOS
JUZGADO DE LA INSTRUCCIÓN
La apelación como medio de protección a las
garantías constitucionales.
Dentro del catálogo de derechos subjetivos que
le acuerda el ordenamiento constitucional
dominicano y la legislación supranacional a todos
los ciudadanos, se encuentra el derecho al debido
proceso y a la tutela judicial efectiva (Articulo 68 y
69 de la Constitución 2010).
Garantías constitucionales objeto de tutela a
través de este recurso. Las garantías que se
derivan del derecho a recurrir, no solo afectan
positivamente a las partes, sino a la vigencia del
3. El control jurisdiccional en la etapa
investigativa.
Con frecuencia los órganos de persecución
penal del Estado inician investigaciones, las
cuales según avanzan requieren de acciones que
chocan y menoscaban determinados derechos de
los que son titulares las personas que de una u
otra manera son señaladas como posibles autores
o cómplices de los delitos que se investigan.
4. El estatuto de libertad.
Una parte importante de las resoluciones judiciales que
se generan en la fase investigativa e intermedia de un
proceso penal están dirigidas a afectar la libertad de los
imputados; algunas son de carácter restrictivo, como
serían las medidas de coerción, pero otras tienen un
carácter más bien dilatorio del proceso, como es el caso de
aquellas decisiones que violan las reglas del plazo
razonable y el principio de celeridad.
5. Resoluciones que se recurren con más
frecuencia en Apelación.
En primer lugar se encuentran las resoluciones dictadas
por el juez de la instrucción en materia de medidas de
coerción. Esto se debe a la gran cantidad de prisión
preventiva ordenada por los jueces de la instrucción, así
como los altos montos de garantías económicas. Esta
situación provoca que la mayoría de este tipo de
resoluciones sean consideradas por las partes,
específicamente por los imputados, como injustas y
arbitraria y negadoras del estatuto de libertad. (art. 245)
6. Los agravios derivados de la imposición de la
prisión preventiva.
De la imposición de la prisión preventiva se
derivan dos agravios fundamentales: a)
constituye una vulneración al derecho a la
libertad individual garantizado por la
Constitución y b) constituye un deterioro de la
presunción de inocencia que beneficia a todo
justiciable
7. Destrezas requeridas en la vista oral del
recurso. Las partes que participan en un proceso de
apelación deben preocuparse por orientar las actuaciones
de la corte hacia los esquemas que caracterizan la oralidad
en la labor jurisdiccional, aun en aquellos casos en que la
normativa no obliga al tribunal a celebrar vista oral para
conocer sobre la procedencia de un recurso, esto es así
porque es a través de la oralidad donde pueden
garantizarse con mayor eficacia los principios que informan
la actividad jurisdiccional en un proceso penal acusatorio