Este documento describe los diferentes tipos de contratos laborales en España. Explica el contrato indefinido ordinario, los contratos temporales como el de obra o servicio determinado y eventual por circunstancias de la producción, e incluye detalles sobre su duración, formalización y extinción. También define otros tipos como el contrato de interinidad y menciona incentivos para la contratación indefinida.
1. UNIDAD 2 EL CONTRATO DE TRABAJO Y LAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN
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3. ELEMENTOS DE UN CONTRATO DE TRABAJO CONSENTIMIENTO Es el mutuo acuerdo entre empresario y Trabajador Se plasma en la firma del contrato OBJETO Es la prestación del servicio por parte del trabajador CAUSA Es la cesión del fruto del trabajo para el empresario y la retribución para el trabajador
4. FORMA, CONTENIDO Y DURACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Cuando el contrato es verbal cualquiera de las partes en cualquier momento puede pedir que se haga por escrito Si el contrato no se realiza de forma escrita, se presupone que se ha celebrado por tiempo indefinido, salvo que pueda acreditarse la temporalidad FORMA DE PALABRA (ORAL, VERBAL) ESCRITA El resto de contratos Contrato indefinido ordinario y Contrato eventual por circunstancias de la producción con una duración inferior a 4 semanas
5. CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO DE TRABAJO Lugar y fecha Identificación de las partes Denominación y categoría del puesto de trabajo Lugar de trabajo Tiempo de trabajo (jornada, horario, turno, trabajo nocturno) Retribución (salario base y complementos) Plazo de preaviso en caso de rescisión (lo deben respetar ambas partes) Vacaciones Convenio colectivo que regula la actividad laboral Otras cláusulas (que no sean en contra de la ley) Firma de las partes
8. TIPOS DE CONTRATOS CONTRATO DE TRABAJO A DOMICILIO CONTRATO DE TRABAJO EN GRUPO SUSTITUCIÓN POR ANTICIPACIÓN DE LA EDAD DE JUBILACIÓN DE RELEVO OTRAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN FIJO-DISCONTINUO A TIEMPO PARCIAL: TEMPORALES O INDEFINIDOS TRABAJO A TIEMPO PARCIAL EN PRÁCTICAS PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE FORMATIVOS INTERINIDAD EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN OBRA O SERVICIO DETERMINADO DE DURACIÓN DETERMINADA CONTRATOS TEMPORALES FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA ORDINARIO CONTRATOS INDEFINIDOS
9. CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO ORDINARIO FORMALIZACIÓN El contrato de trabajo podrá ser verbal o escrito . Se comunicará al Servicio Público de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su concertación. OTRAS CARACTERÍSTICAS Adquirirán la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contratación, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba. Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley. En caso de extinción de la relación laboral por despido reconocido o declarado improcedente, el trabajador tendrá derecho a una indemnización consistente en 45 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de 42 mensualidades. NORMATIVA Artículo 15 del R. D. legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B.O.E. de 29 de marzo), modificado por la Ley 12/2001, de 9 de julio (B.O.E. de 10 de julio).
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33. RETRIBUCIÓN Será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60% durante el primero o al 75% el segundo años de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. En ningún caso el salario será inferior al salario mínimo interprofesional. En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, el salario se reducirá en función de la jornada pactada.