Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Apertura del debate
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Estudiante: Yohanny Mascareño
APERTURA DEL DEBATE
DELITO EN AUDIENCIA
Barquisimeto, Junio de 2019
2. El acusado o acusada en estado
insistente se niegue a asistir al
debate
Donde se entenderá que no
quiere hacer uso de su derecho
a ser oído en el proceso
Donde se
procederá a
realizar el debate
fijado con su
defensor o
defensora
Apertura del Debate
Seguidamente, en forma sucinta,
el o la Fiscal y el o la querellante
expondrán sus acusaciones y el
defensor o defensora su defensa
APERTURA DEL DEBATE Según el Articulo 328
del C.O.P.P. Si durante
el debate se comete un
delito
El tribunal ordenará la
detención del autor o
autora y el levantamiento
de un acta con las
indicaciones pertinentes
Aquel será puesto a disposición
del Ministerio Público,
remitiéndosele copia de los
antecedentes necesarios
Artículo 327COPP:
En el día y hora fijados, el Juez
o Jueza se constituirá en el lugar
señalado para la
audiencia.
Trámite de los Incidentes
Artículo 329 COPP
Declaraciones del Imputado o
Imputada
Artículo 330 COPP
Discusión Final y Cierre
del Debate
Artículo 343 COPP.
El Juez o Jueza impedirá
cualquier divagación,
repetición o interrupción
3. DELITO EN AUDIENCIA. FORMALIDADES.
FACULTAD DEL IMPUTADO
El imputado ha sido el autor o
participe en la comisión del
hecho punible.
Dentro de las cuarenta y ocho (48)
horas siguientes a su aprehensión el
imputado será conducido ante el
Juez
En el caso que el Juez decida mantener la medida de privación judicial preventiva
de libertad durante la fase preparatoria
El fiscal deberá presentar la acusación, solicitar
el sobreseimiento o en su caso archivar las
actuaciones, dentro de los cuarenta y cinco (45)
días siguientes a la decisión judicial.
Es una especial del delito flagrante
Es evidente por haberse cometido ante el juez
4. FACULTAD DEL IMPUTADO
El defensor, para que expongan sus conclusiones
Si está presente la víctima y desea exponer, se Le dará
la palabra, aunque no haya presentado querella
El Juez preguntará al acusado, o a su si tiene algo más
que manifestar.
FORMAS DE PRONUNCIAMIENTO
Artículo 343 COPP, establece a
continuación declarará cerrado el debate.
El juez debe reflexionar, se produce
ese acto en la mente de los jueces,
aplicando las reglas de la lógica
En este proceso lógico el Juez se formula muchos
juicios, que determinen la existencia de los hechos, de
la norma y juicios de valor
5. FORMALIDADES DE LA SENTENCIA
Artículo 344 COPP.
Cerrado el debate, el Juez o Jueza se retirará de la
Sala a elaborar la sentencia
convocará a las partes para el mismo día
A fin de imponerlos del contenido de ésta o
del dispositivo del fallo
En caso del supuesto
establecido en el primer aparte
Artículo 347 COPP
ACTA DE DEBATE
Artículo 350 COPP
La lectura del acta del debate
estará a cargo del secretario
del tribunal
Es el único testimonio escrito
Debe ser levantada por el secretario del tribunal
La lectura del acta del debate estará a cargo
del secretario del tribunal
Señala taxativamente los
requisitos mínimos que deberá
contener
La forma en que se cumplió el
pronunciamiento de la sentencia
La firma del Juez o Jueza y del
secretario o secretaria.
El acta se leerá ante los
comparecientes inmediatamente
Después de la sentencia, con lo que
quedará notificada”. (Art. 351 COPP)
VALOR DEL ACTA
El acta solo
demuestra el
modo cómo se
desarrolló el
debate.
Artículo 352
constituye un
documento de
carácter
público
la misma sólo debe ser firmada
por los miembros del tribunal y
por el
Secretario,