2. LIBERTAD DE TRABAJO
Todas las personas tienen la potestad para escoger su trabajo y profesión de
manera voluntaria
Nadie puede impedir el trabajo, profesión, mercado o industria de nadie,
siempre y cuando su ejercicio sea legal y no presente ningún riesgo para la
sociedad.
Normatividad Vigente : Sentencia C-588/97 - articulo 8o. libertad de
trabajo. (CST) – Articulo 26 (constitución Política )
3. OBLIGATORIEDAD
Es una obligación y derecho social que tienen las personas para
desempeñarse en materia laboral, contribuyendo al desarrollo
económico del país en condiciones dignas y justas, según el Art 25
de la constitución política de Colombia.
4. PROTECCIÓN DEL TRABAJO
Es un deber del estado garantizar la protección y el cumplimiento de los
derechos de los trabajadores con el fin de que los mismos crezcan a nivel
personal y profesional (Articulo 9° CST)- Vigente
*Ejemplo : Ley 1016 24 Febrero 2006: Por la cual se adoptan normas legales,
con meros propósitos declarativos, para la protección laboral y social de la
actividad periodística y de comunicación a fin de garantizar su libertad e
independencia profesional.
El mecanismo de protección al cesante le permite a los desempleados
reingresar al mercado. Lay 1636 12 mayo 2013
5. IGUALDAD DE DERECHOS
Tanto hombres como mujeres tienen derecho a trabajar y recibir una remuneración salarial,
está prohibida la discriminación, es decir , que todos son iguales ante la ley y según las
garantías de protección merecen la misma consideración. (Ley 1496 29 diciembre 2011)
1. Rechazo a la discriminación( edad, raza, sexo) Sentencia No. T-624/95- Ley 1496 de 2011
2. Protección mujer en gestación(Licencia) Artículos. 235-241 CST
3. Vinculación personal discapacitado ley 361 de 1997
4. Discriminación trabajadores por la edad ley 931 de 2004
6. PRIMACIA DE LA REALIDAD
Corte constitucional establece una normas del estatuto del trabajo,
se basan mas en los informes y documentos escritos mas que en la
practica de los hechos. La prestación de trabajo deriva derechos a
favor del trabajador, los cuales son necesarios para asegurar su
bienestar, salud y vida. Estas normas deben ser aplicadas cuando
sea necesario. Sentencia No. C-555/94
7. ESTABILIDAD
Se le ofrece al empleado la tranquilidad de trabajar, de no ser
despedido a menos que incumpla con las condiciones establecidas.
En dado caso que sea así puede ser indemnizado
El artículo 14 bis de la Constitución dice que ésta garantiza la
"protección contra el despido arbitrario y la estabilidad del empleo
público"
8. FAVORABILIDAD
Se establece para dar solución a cualquier clase de conflicto laboral
teniendo en cuenta la normas mas favorable para el empleado que
aplique a toda su integridad. (Art.21 CST)
9. IRRENUNCIABILIDAD DE BENEFICIOS MINIMOS
Proteger al trabajador siempre y cuando haya un limite en la
autonomía de la voluntad además no se podrá privar de las
garantías que otorga la ley. Articulo 53 Constitución política
10. MECANISMOS DE GARANTÍA
1. DERECHO DE PETICIÓN: Derecho fundamental que posen las personas de presentar
peticiones y obtener pronta resolución (Art.23 CP, ley 1755 de 2015)
2. ACCION DE TUTELA: Cuando un derecho fundamental ha sido vulnerado por una autoridad
publica también cuando afecta grave un interés colectivo. (Art.23 CP )
3. CONCLILIACIÓN: Mecanismos alternativos de resolución de conflictos, en este las personas
gestionan por si mismas una solución de diferencias. (Art. 64 de la ley 446 de 1998)
TRANSACCIÓN: Se utiliza para evitar un litigio, los intervinientes deben realizar
recíprocamente concesiones; que cada uno seda.