CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
1. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
BARQUISIMETO, NOVIEMBRE 2017
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
NUCLEO UJANO
AUTOR: GUEDEZ, CARLOS
C.I.: 24.399.033
2. NATURALEZA DEL DERECHO FORMAL DIFERENCIA CON EL DERECHO MATERIAL
El derecho internacional privado es el encargado de
regir las relaciones entre los individuos que se
encuentran en paises diferentes, sin la consideracion
de un estado determinado. Es por esto que el derecho
internacional privado esta constituido por el conjunto
de reglas que son aplicables a los individuos en las
relaciones que estos tengan internacionalmente.
La naturaleza de este derecho es privado nacional y
esta involucrado un componente internacional que se
encuentra fundamentado en el comercio internacional
y en sus actos, hechos y situaciones juridicas que se
presenten en las relaciones establecidas entre
individuos que posean diferente nacionalidad.
El derecho formal se diferencia del derecho material en
que el mismo esta contistuido dentro del estado contra
otros estados, su principal fuente son los tratados
internacionales y la principal sancion es la guerra.
Tambien es de carácter publico.
El derecho formal es el que regula las relaciones
juridicas con los elementos internacionales entre
individuos particulares, su principal fuente es la ley
positiva interna de los estados, los tribunales tienen
carácter estable, permanente y son innumerables, ya
que son los propios de cada pais y por ultimo su
sancion es la fuerza ejecutiva y obligatoria de las
sentencias emanadas por estos mismos tribunales
nacionales, cuyos efectos se pueden extender hasta
personas residentes o hasta bienes situados en otras
naciones, teniendo en cuenta que su carácter es
privado.
3. RELACION DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO CON OTRAS CIENCIAS
DERECHO INTERNACIONAL
PUBLICO:
El derecho internacional publico es la rama del derecho que que se encarga de regular las relaciones entre los estados y los
demas sujetos de derecho internacional, en pocas palabras regula la vida de la comunidad juridica internacional. El derecho
internacional privado, tiene carácter indicador y regula las relaciones entre personas que se encuentran en distintos paises,
por lo tanto la materia regulada por estas ramas es diferente al igual que la norma es distinta en cada una de estas
disciplinas, ademas la fuente es diferente debido a que en el derecho internacional privado la regulacion es la ley positiva
interna de los estados en cambio en el derecho internacional publico la regulacion interna es inexistente.
DERECHO INTERTERRITORIAL:
Los conflictos interterritoriales se presentan con frecuencia en estados federales, en un principio cada estado federal tiene
sus propias regulaciones, lo cual genera frecuentes conflictos entre los estados, a falta de una regulacion especial se ha
llegado a la necesidad de aplicar normas de conflictos de carácter general, las cuales estan vigentes dentro del
ordenamiento juridico respectivo, lo cual nos conduce al uso del derecho internacional privado, para asi determinar cual de
los ordenamientos juridicos vigentes para el momento se hace mas aplicable en un caso donde intervienen dos elementos
de diferentes regiones con distinas regulaciones.
DERECHO
INTER-PERSONAL:
Este derecho limita la aplicación de las normas juridicas a un grupo humano determinado, en el conflicto interpersonal dice
que los derechos aplicables tienen como jurisdiccion un grupo social determinado y no un territorio o una region. Este
criterio es tomado debido a la pertenencia de los ciudadanos de un estado a etnias, por lo que los conflictos deben ser
resueltos por una autoridad de este mismo estado. El articulo 119 de la Constitucion de la Republica Bolivariana de
Venezuela, establece como fuentes del derecho los usos y costumbres indigenas, lo cual podria crear algunas interrogantes
en la prelacion de las fuentes consagradas en el articuo 1 de la ley de Derecho Internacional Privado.
DERECHO COMPARADO:
Sabiendo que la finalidad del derecho internacional privado es lograr la solucion de los conflictos de leyes, con la
determinacion de la ley aplicable en los casos que hay distintas legislaciones concurrentes sean leyes nacionales o
extranjeras, debido a esto ocurre que en algunas ocasiones los jueces de un pais se ven en la necesidad de aplicar leyes
extranjeras. Debido a esto se hace necesario para poder aplicar estas leyes tener conocimiento, para realizar un estudio de
las leyes se hace atraves del derecho comparado lo cual conlleva a una relacion muy estrecha.
Son disciplinas claramente distintas pero se entrecruzan, debido a que el derecho internacion privado es un derecho
positivo, y el derecho comparado es un metodo de analisis de los sistemas juridicos-positivos.
El derecho internacional privado se usa para decidir cual ordenamiento juridico debe emplearse para obtener la solucion de
un caso con ramificaciones internacionales, el derecho comparado estudia los sistemas juridicos para ver cual ofrece la
solucion optima para un tipo de caso.