La ley no establece preferencias en el acceso al empleo para las mujeres, sino que garantiza la igualdad de trato y oportunidades. Las medidas de acción positiva buscan lograr la igualdad efectiva mediante ventajas para las mujeres sin perjudicar a los hombres, mientras que la discriminación positiva supone un trato desigual. Ante una oferta discriminatoria se puede denunciar a la Inspección de Trabajo, ya que está tipificado como falta grave.
1. PREGUNTAS Y RESPUESTAS: IGUALDAD DE TRATO Y DE
OPORTUNIDADES
¿La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para hacer efectiva la igualdad entre
mujeres y hombres, establece alguna preferencia en el acceso al empleo para
las mujeres?
Se establece como objetivo prioritario de las políticas de empleo, aumentar la empleabilidad
y la permanencia en el empleo de las mujeres. Se señala que los programas de inserción
laboral activa podrán destinarse prioritariamente a mujeres, o contemplar una determinada
proporción de mujeres, pero no se contiene la obligación de adoptar medidas de acción
positiva, ni para la administración, ni para las empresas.
Lo que si que se garantiza es el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres
y hombres, en el acceso al empleo.
¿Qué son medidas de acción positiva en le acceso al empleo?
Consisten en el establecimiento de una serie de ventajas para las mujeres con el objetivo de
conseguir la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, sin que ello implique un trato
perjudicial para el hombre por razón de sexo.
¿Qué es discriminación positiva en el acceso al empleo?
Consiste en un trato jurídico diferente y mejor para una persona o grupo y, paralelamente, un
trato jurídico diferente y peor para otra persona o grupo, siendo supuestos de discriminación
directa.
¿Es constitucional la discriminación positiva?
Para ser admitidas han de reunir los siguientes requisitos:1) que la preferencia de la mujer no
se conceda de manera automática e incondicional 2) que se les exija a las mujeres que
acrediten la misma cualificación profesional que a los hombres 3) que las distintas
candidaturas hayan sido objeto de apreciación objetiva.
¿Qué labor hacen los servicios públicos de empleo para evitar la discriminación
en el acceso al empleo de las mujeres?
La ley de empleo se limita a obligar a los servicios públicos de empleo a velar para evitar la
discriminación en el acceso.
¿Qué puede considerarse como oferta discriminatoria?
La ley solo aclara que lo es la oferta que se base en exigencias del puesto relacionadas con el
esfuerzo físico...
¿Qué puede hacerse ante una oferta de empleo discriminatoria?
Denunciar ante la Inspección de Trabajo, ya que esta tipificado en el art. 16.2 de la LISOS
como falta laboral muy grave, sancionable entre 3.000 y 90.000 €
2. PREGUNTAS Y RESPUESTAS: IGUALDAD DE TRATO Y DE
OPORTUNIDADES
¿Puede admitirse una oferta de empleo en la que aparezca como exigencia
para la mujer una determinada franja de edad?
Obviamente no puede, puesto que sería discriminatoria en todos aquello casos en los que la
justificación es evitar la edad en la que se puede ser madre, o en aquellos otros en los que
sólo se especifica la edad para las mujeres, pero no para los hombres.
¿Qué hacer si una mujer considera que le pagan menos que a un hombre?
Conforme al Art. 28 del E.T. la empresa está obligada a pagar por la prestación de trabajos de
igual valor la misma retribución, sin que pueda establecerse discriminación por razón de
sexo. Por lo tanto es preciso saber si el trabajo es de igual valor...
¿Pueden pagar por el mismo trabajo, pese a que la categoría profesional sea de
diferente denominación, diferente salario?
Si se trata de trabajo del mismo valor, han de pagar la misma retribución, pese a que una
categoría sea ocupada por mujeres y la otra por hombres.
¿En los supuestos de diferente salario para categorías ocupadas por mujeres y
otras ocupadas por hombres, siendo el mismo trabajo, si esta negociado en
convenio, seria válido?
No, puesto que se entenderán nulos y sin efectos, lo convenios que contemplen
discriminaciones directas o indirectas por circunstancias de sexo.
¿Qué es una discriminación directa?
La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en
atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
¿Qué es discriminación indirecta?
La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutra pone a
personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que
dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una
finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y
adecuados.
¿Puede acudir a un curso de formación una mujer que esta disfrutando del
descanso por maternidad?
Sí, ya que de no se así se estaría ante un supuesto de discriminación directa por razón de
sexo.
3. PREGUNTAS Y RESPUESTAS: IGUALDAD DE TRATO Y DE
OPORTUNIDADES
¿Cómo se puede reaccionar ante una conducta discriminatoria en jornada,
formación, promoción y demás condiciones de trabajo?
Denunciándolo ante la Inspección de Trabajo. Tipificado en el art. 8.12 de la LISOS como falta
muya grave y sancionada entre 3000 y 90.000 €.
Fuente: http://www.inmujer.es