El documento describe la mediación como un método voluntario para resolver conflictos con la ayuda de un mediador imparcial. Explica que la mediación permite obtener soluciones más rápidas y económicas, y ayuda a reducir la carga en el sistema judicial. Luego detalla las características clave de la mediación como la voluntariedad, flexibilidad, confidencialidad y las habilidades necesarias para los mediadores como la comunicación, búsqueda de colaboración y generación de acuerdos. Finalmente, resume las etapas típic
La Mediación es un procedimiento alternativo a la vía judicial mediante el cual una tercera persona, neutral e imparcial, ayuda a las partes a gestionar el conflicto.
http://institutoandaluzdemediacion.es/mediacion/
Dar y recibir es a menudo mejor que todo o nadaAndrés Vázquez
La frase es de sir Alan Ward, Presidente del Civil Mediation Council que tiene como misión inspirar a todos los sectores de la sociedad británica para usar la Mediación en la gestión y resolución de conflictos en Inglaterra y Gales. Y es que como afirma la Magistrada Ana Carrascosa, letrada del Consejo General del Poder Judicial, “la jurisdicción, la mediación y otras formas alternativas de resolución de conflictos, deben de aprender a convivir y colaborar entre ellas, buscando la mejor solución para cada tipo de conflicto”, en línea con el “sistema multipuerta” americano, “donde cada conflicto sigue el camino más adecuado para su resolución.”
El mediador puede ser operador de un cambio de paradigma pero, en palabras de la catedrática de Derecho de la UNED Esther Souto Galván, “el mediador debe centrarse en ayudar a resolver los conflictos…de forma que las partes puedan dar lugar a la configuración de una nueva salida a su problema, que ambas sientan como propia.”
Como advertía el destacado jurista argentino Remo Entelman, nuestra visión de las relaciones sociales, desde el prisma exclusivo del derecho, “nos ha llevado a creer que el orden jurídico es un sistema cerrado, que prevé soluciones para todos los problemas en los que se den pretensiones incompatibles, porque existe lo que se denomina una norma de clausura: lo que no está prohibido está jurídicamente permitido. Pero nada nos dice respecto del problema que enfrentamos cuando a nuestro vecino le está permitido algo incompatible con lo que a nosotros no nos está prohibido.”
Artículo también posteado en:
Ad Cordis
http://adcordis.com/blog
Mundo Youstice
http://mundoyoustice.ning.com/blog/dar-y-recibir-es-a-menudo-mejor-que-todo-o-nada
ODR Latinoamerica
http://odrlatinoamerica.com/profiles/blogs/dar-y-recibir-es-a-menudo-mejor-que-todo-o-nada
UNIDEM Uruguay
http://mediadoresenuruguay.ning.com
La Mediación es un procedimiento alternativo a la vía judicial mediante el cual una tercera persona, neutral e imparcial, ayuda a las partes a gestionar el conflicto.
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Dar y recibir es a menudo mejor que todo o nadaAndrés Vázquez
La frase es de sir Alan Ward, Presidente del Civil Mediation Council que tiene como misión inspirar a todos los sectores de la sociedad británica para usar la Mediación en la gestión y resolución de conflictos en Inglaterra y Gales. Y es que como afirma la Magistrada Ana Carrascosa, letrada del Consejo General del Poder Judicial, “la jurisdicción, la mediación y otras formas alternativas de resolución de conflictos, deben de aprender a convivir y colaborar entre ellas, buscando la mejor solución para cada tipo de conflicto”, en línea con el “sistema multipuerta” americano, “donde cada conflicto sigue el camino más adecuado para su resolución.”
El mediador puede ser operador de un cambio de paradigma pero, en palabras de la catedrática de Derecho de la UNED Esther Souto Galván, “el mediador debe centrarse en ayudar a resolver los conflictos…de forma que las partes puedan dar lugar a la configuración de una nueva salida a su problema, que ambas sientan como propia.”
Como advertía el destacado jurista argentino Remo Entelman, nuestra visión de las relaciones sociales, desde el prisma exclusivo del derecho, “nos ha llevado a creer que el orden jurídico es un sistema cerrado, que prevé soluciones para todos los problemas en los que se den pretensiones incompatibles, porque existe lo que se denomina una norma de clausura: lo que no está prohibido está jurídicamente permitido. Pero nada nos dice respecto del problema que enfrentamos cuando a nuestro vecino le está permitido algo incompatible con lo que a nosotros no nos está prohibido.”
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Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
En el Instituto Andaluz de Mediación gestionamos cada conflicto de una forma diferente en función de sus características, pero toda mediación tiene un procedimiento lógico para conducirla y llevarla a buen término.
http://institutoandaluzdemediacion.blogspot.com.es/2013/10/las-fases-del-proceso-de-mediacion.html
La negociación es un proceso mediante el cual dos o más partes -que tienen intereses tanto comunes como opuestos- intercambian información a lo largo de un período, con miras a lograr un acuerdo para sus relaciones futuras”. (Villalba, 1989)
The WorkPlay401(k) Participant Engagement Playbook goes step-by-step on how to engage 401(k) participants by making the educational process personal, inspiring action, and being an accountability partner.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
En el Instituto Andaluz de Mediación gestionamos cada conflicto de una forma diferente en función de sus características, pero toda mediación tiene un procedimiento lógico para conducirla y llevarla a buen término.
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La negociación es un proceso mediante el cual dos o más partes -que tienen intereses tanto comunes como opuestos- intercambian información a lo largo de un período, con miras a lograr un acuerdo para sus relaciones futuras”. (Villalba, 1989)
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Universidad Fermín Toro
Escuela de Derecho
Problema Agrario en venezuela
Rosefelix Azuaje
1-Presentacion
2- Problema Agrario
3-Latifundio
4- clases de latifundio
La Mediación como medio alterno para resolver conflictos allynson0413
la mediación como medio alterno para resolver conflictos
Su importancia en el ámbito jurídico
Características
Identificar y detallar las habilidades del mediador
Desarrollar el proceso de mediación como herramienta para la resolución de conflictos
Pechakucha sobre la mediación en centros escolares. En ella se encuentra información sobre los objetivos y tipos de la misma. Realizada como actividad en el curso sobre el desarrollo de la función directiva.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
La mediación como medio para resolver conflictos. 2017. Derecho
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
LA MEDIACIÓN COMO MEDIO PARA RESOLVER CONFLICTOS
Participante: Elismary Acosta
Prof: Abg. Johana Giménez
Asignatura: Medios Alternos
Sección: SAIA D
BARQUISIMETO, MARZO DE 2017
2. Mediación
Es un medio voluntario de solución de conflictos en el que un tercero imparcial
trata mediante técnicas de negociación que las partes identifiquen las posibles
zonas de acuerdo, reuniéndolas para que se escuchen mutuamente.
3. Importancia Jurídica
Implica la obtención de una solución más rápida y ágil del conflicto y un ahorro
de tiempo y dinero para las partes.
Determina, de forma mediata, una mejora del funcionamiento global del sistema
de resolución de conflictos en la sociedad, aumentando la capacidad de respuesta,
y reduciendo la carga de trabajo de la Administración de Justicia, con el
consiguiente ahorro de los enormes costos que siempre genera un proceso
judicial.
4. Características
-Voluntariedad .Las partes libremente han de manifestar su voluntad de acudir al
proceso así como de elegir o aceptar el mediador.
-Libre decisión de las partes. Éstas han de alcanzar un acuerdo por sí mismas,
siendo ellas las que tomen las decisiones de forma absolutamente libre y sin
imposiciones de ninguna otra parte o de terceros.
-Flexibilidad. Se trata de un proceso a medida de las necesidades de las partes y
del tipo de conflicto.
-Imparcialidad. Exige que el se preste su ayuda a ambas partes sin tomar partido
por alguna de ellas.
5. Características
-Neutralidad. El mediador no impone ni dirige acuerdos adaptados a su propia
escala de valores.
-Confidencialidad. Tanto las partes como al mediador se comprometen a
mantener en secreto todo lo que traten en las sesiones.
-Personal. Las partes han de asistir personalmente a las sesiones, no pudiendo
designar a un tercero que les represente.
- Defensa del interés de los menores. El mediador y las partes deberán velar por
el interés de los menores, en caso de que existan, garantizando que los acuerdos
no resulten perjudiciales para éstos.
6. Habilidades del Mediador
Comunicación: uso de la empatía, habilidad para formular preguntas y escucha
activa.
Tranparencia: identificación y revelación de conflictos de intereses o sesgos
potenciales o reales. Permanecer sistemáticamente imparcial.
Búsqueda de colaboración: búsqueda de opciones y soluciones colaborativas,
asistiendo en la generación de ideas.
7. Habilidades del Mediador
Generando acuerdos: eficacia en la movilización de las partes hacia el cierre de
un acuerdo definitivo en el período de tiempo apropiado.
Interacción: desarrollo de estrategias eficaces, supervisando el proceso,
enfrentándose con los conflictos en la mesa de mediación. Nivel de
comodidadantepreguntasdifíciles.
Capacidades: son habilidades que inspiran confianza. Son el medio para obtener
resultados.
8. Habilidades del Mediador
Confianza: es la seguridad personal, el convencimiento de nuestras propias
capacidades y habilidades cuando comprobamos nuestras aptitudes.
Respeto: se enmarca dentro de los principios de la Justicia, la verdad y el amor,
lo contrario de mostrar respeto es irrespetar o mostrar respeto sólo algunos y
no a otros.
Empatía: es tomar la perspectiva del otro o de entender algunas de sus
estructuras de mundo, sin adoptar necesariamente esta perspectiva.
Prudencia: asumir en forma responsable y honesta los efectos que surgirán de
su intervención.
9. Proceso de Mediación
El acuerdo de mediación
Comienzo del procedimiento: la petición de mediación
Nombramiento del mediador
Contactos iniciales entre el mediador y las partes
Organización de la primera reunión
Acuerdo sobre un primer intercambio de documentos
Primera reunión y reuniones siguientes
10. Proceso de Mediación
Establecimiento de las reglas básicas del procedimiento
Compilación de información
Examen de los intereses de las partes
Búsqueda de soluciones posibles
Evaluación de las soluciones posibles
Conclusión