¿Cuáles son las medidas que afectan a las españolas en Francia? Agustín Tizón, socio del French Desk, responde a los interrogantes que las empresas españolas tienen en el marco de la situación excepcional provocada por la epidemia #COVID19.
Covid-19: ¿Cómo afectan a mi empresa las medidas adoptadas por el Gobierno en Francia?
1. Covid-19: ¿Cómo afectan a mi
empresa las medidas adoptadas
por el Gobierno en Francia?
7 de abril de 2020
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Agustín Tizón Gutiérrez
2. Somos AGM Avocats - Abogados
El equipo que te acompaña de principio a fin.
AGM Abogados abrió sus oficinas en Francia en el año 2008 para ofrecer sus servicios legales desde
el territorio nacional del principal socio económico de España.
Somos el único despacho integrado español con oficina propia en Francia.
En nuestras oficinas de París trabajan tanto abogados españoles como franceses, inscritos en
colegios de abogados de Francia y España.
Nuestros servicios se orientan principalmente a empresas de habla hispana que invierten en Francia
y requieren servicios legales en español prestados por profesionales con experiencia en el mercado
francés y establecidos en el país.
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3. I. Las distintas medidas adoptadas por el
gobierno francés para ayudar a las empresas
A. Las medidas económicas proclamadas al inicio del
confinamiento
B. Una segunda serie de medidas ante el agravamiento de la
crisis
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4. A. Postergación en el pago de las cargas sociales e impuestos
directos
• Posibilidad de postergación de toda o parte de las cargas sociales (URSSAF):
• A favor de las empresas pequeñas de menos de 50 asalariados, START UP, empresas de más de 50 asalariados.
• Posibilidad de solicitar el aplazamiento del pago hasta 3 meses.
• A favor de profesionales independientes (salvo autónomos) posibilidad de aplazamiento y reparto del pago de las cargas
a lo largo del resto del año 2020:
• En favor de los independientes , salvo autónomos (ejemplos profesiones liberales, mercantiles).
• Se aplaza y se reparte el pago de las cargas sociales sobre el año 2020.
• Posibilidad de anular el pago de las cargas sociales del mes de marzo para casos con especial dificultad económica.
• Impuestos directos: posibilidad de aplazar el pago sin intereses de demora:
• Examen individual según la situación de la empresa frente a la crisis sanitaria.
• Solicitar un plan de pago a la delegación tributaria correspondiente para postergar, extender o aplazar la deuda
tributaria.
• Solicitar una postergación de los tributos directos (impuesto sobre la renta, contribución económica territorial, …).
• Posibilidad de devolución rápida de créditos tributarios y del IVA:
• A favor de empresas con dificultades importantes.
• Procedimiento acelerado de reembolso de los créditos tributarios retornado en 2020 y créditos del IVA.
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5. • Apoyo del Mediador para empresas en conflictos con proveedores - Declaración en línea.
• Reconocimiento del Covid-19 como causa de fuerza mayor en la ejecución de contratos de licitación
pública.
• Apoyo del Estado y del Banco de Francia en la mediación para renegociar créditos bancarios:
• Aplazamiento de los pagos de créditos hasta 6 meses.
• Supresión de penalidades y costes adicionales por la postergación de vencimientos y créditos
comerciales
• Apertura de líneas de crédito bancario por parte del Estado y BPI FRANCE (Banco Público de
Inversiones) - plazo de solicitud:
• Importe de 300.000 millones de euros del Estado para garantizar créditos suscritos por empresas
con dificultades económicas derivadas de la epidemia, sea cual sea su forma jurídica.
• Excepción: sociedades civiles inmobiliarias, establecimiento de créditos o sociedades de
financiación.
• No reembolso del crédito el primer año.
• Aplazamiento de los pagos hasta 5 años.
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A. Medidas económicas para las empresas
6. • ¿ Qué es ?
Dispositivo puesto a disposición de empresas en situación excepcional, obligadas a una reducción o
suspensión de su actividad económica.
• ¿ Qué permite?
• Reducción del horario diario de trabajo.
• Cierre total o parcial de la empresa.
• Duración máxima de 12 meses.
• Condiciones:
• Dispositivo incompatible con posibilidad de realizar teletrabajo.
• Consulta previa de las instituciones representativas de los empleados “Comité Social et Économique” a
partir de 11 asalariados.
• Solicitud administrativa – verificar la persona.
• Efectos:
• Suspensión del contrato de trabajo sin acuerdo del asalariado.
• Pago del 84% del salario neto mensual, pagado por el estado.
• Asalariados con salario mínimo interprofesional (SMIC) o que lleven a cabo una formación: pago del 100%
del salario por el Estado.
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A. El paro técnico parcial (chômage partiel – technique)
7. • ¿ En qué consiste ?
• Ayuda financiera defiscalizada hasta 1.500€ por mes.
• Ayuda suplementaria de 2.000€ por mes para las empresas en grandes dificultades (imposibilidad
de pagar los cobros exigibles en 30 días y no obtención del crédito de tesorería) - solicitud en línea
(servicio tributario).
• ¿ Quién puede solicitarlo ?
• TPE.
• Independientes.
• Autónomos.
• Profesiones libérales con un máximo de 10 asalariados.
• Condiciones de atribución:
• Ser una empresa afectada por el cierre administrativo o una empresa afectada por una disminución
del volumen de negocio de al menos un 50% con respecto al año 2019.
• Volumen negocio: inferior a 1 millón de euros anual.
• Beneficio anual imponible: inferior a 60.000€.
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B. Fondo de solidaridad
8. • ¿ En qué consiste ?
• Locales mercantiles: suspensión del pago durante el vigor del estado de crisis sanitaria; sin penalidad o
intereses de demora.
• Facturas de agua, gas y electricidad: solicitud amistosa al proveedor de aplazamiento del pago de las
facturas.
• ¿ Quién puede beneficiarse ?
• Empresas beneficiarias del fundo de solidaridad.
• PME / TPE cuya actividad esté suspendida por el decreto administrativo del 14 de marzo de 2020.
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B. Pago de los alquileres y facturas
10. • Directiva europea 96/71/CE de 1996 que regula las condiciones reglamenta el desplazamiento de
trabajadores dentro de la UE.
• Objetivos:
• Reforzar el principio de libre circulación de personas.
• Establecer una normativa que garantice una competencia leal entre los estados miembro.
• Desarrollar el mercado a nivel europeo mediante la movilidad de la mano de obras.
• Características:
• Desplazar a un asalariado para ejercer una misión temporal que no supere 24 meses en el estado
miembro de acogida.
• Mantener la afiliación a la Seguridad Social del país de residencia habitual.
• Respetar la legislación de higiene y de seguridad del país de acogida.
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A. Desplazamiento de trabajadores intracomunitarios
11. • Cierre de las fronteras exteriores europeas y del espacio Schengen para los extracomunitarios durante
30 días desde el 17 de marzo, con posibilidad de prolongación.
• Solo ciertos sectores autorizados a continuar con la actividad (Decreto n° 2020-249 del 14 de marzo de
2020):
• El trabajador desplazado debe probar el motivo de cada salida del domicilio mediante un permiso de
desplazamiento derogatorio « Attestation de déplacement dérogatoire» bajo pena de multa de 135€.
• El empleador debe proveer al asalariado los documentos probando el carácter imprescindible de la
actividad salarial mediante un justificante de desplazamiento profesional “justificatif de déplacement
professionnel”.
• Respetar las medidas sanitarias del estado de acogido.
• Regreso al país de residencia en un contexto de cierre de las fronteras españolas:
• Autorización de regreso en el país de residencia para los ciudadanos de los EEUU y espacio Schengen.
• El trabajador debe probar la efectivad de su residencia habitual en España.
• El trabajador debe probar su estatuto de trabajador desplazado.
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A. Los efectos del confinamiento en los desplazamientos
intracomunitarios
12. • Autorización de desplazar trabajadores extracomunitarios hacia Francia:
• Las restricciones de circulación no se aplican a las personas con una función o necesidad esencial:
trabajadores desplazados y trabajadores temporales.
• El trabajador debe probar su calidad de trabajador desplazado con los mismos requisitos que se
exigen habitualmente (contrato de trabajo, nominas, calendario) y respetar las normas relativas a la
circulación de personas del estado de acogida.
• Posibilidad de controles sanitarias en las fronteras.
• Respeto de las normas restrictivas de circulación de personas del estado de pertenencia para el regreso
después de la misión.
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B. Desplazamiento a Francia de trabajadores extracomunitarios
14. • En las jurisdicciones mercantiles, se mantienen las audiencias que son consideradas urgentes:
• Apertura de mandato ad hoc o de conciliación.
• Procedimientos concursales para empresas que no puedan pagar sus empleados (suspensión de
pagos, concurso voluntario o necesario).
• Para iniciar un procedimiento de urgencia “Assignation en référé” (recobro de deuda por ejemplo),
es necesario justificar la urgencia de manera previa ante el juez “Requête d’heures à heures”.
• Las audiencias se harán por videoconferencia respetando la prohibición de reuniones de más de 100
personas.
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A. Las audiencias en las jurisdicciones mercantiles
15. • Suspensión de plazos:
• Actos en procedimientos civiles y mercantiles ante cámaras civiles y comerciales.
• Cláusula de vencimiento de plazo al pago de intereses.
• Transmisión de los actos de comunicación:
• Se mantiene la transmisión de actos de comunicación considerados urgentes (agentes judiciales
“Huissiers de justice”).
• Posibilidad de envió de requerimientos por vía digital.
• Cumplimiento del enrolamiento via “Infogreffe”,“RPVA”.
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B. Los actos en el procedimiento judicial
16. Agustín Tizón Gutiérrez
Socio French Desk
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17. Dónde estamos
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