El documento define varios términos clave relacionados con el derecho laboral y de la seguridad social como trabajador, patrono, empresa, tercerización, entre otros. Explica que un trabajador es quien presta servicios bajo dependencia de otro, mientras que un patrono es quien tiene bajo su mando a uno o más trabajadores. Prohíbe la tercerización con el fin de evadir obligaciones laborales.
2. Se refiere a las personas naturales que prestan sus
servicio a procesos de trabajo, bajo la dependencia de
otra personal bien sea natural o jurídica siendo así su
prestación de servicio, remunerada.
Son aquellos individuos que trabajan por cuenta
propia, es decir, la actividad de su trabajo no
depende de un patrono pero aun así están
protegidos por la Seguridad Social.
3. Es todo aquel que interviene en la toma de
decisiones de una entidad de trabajo y así
cuenta con carácter de representante del
patrono frente a otros trabajadores.
El trabajador de Inspección es aquel que se encarga de revisar
periódicamente el trabajo de otros trabajadores.
El trabajador de Vigilancia tiene como función el resguardar bienes.
4. Es aquel que tiene bajo su a uno o
varios trabajadores en vista de una
relación laboral.
Toda personal natural que en
nombre del patrono ejerza
funciones administrativas
ante terceros.
5. La empresa o unidad de producción de bienes o
servicios.
El establecimiento de medios materiales y de
trabajadores permanentes que laboran en un
mismo lugar.
Toda actividad que envuelva la prestación del
trabajo en cualquiera condiciones.
Los órganos y entes del Estado prestadores de
servicio.
6. Es importante saber que se considera la
existencia de grupos de entidades trabajo,
cuando estos se encuentren sometidos al
accionar de personas jurídicas.
7. La tercerización es el fraude
cometido por todos aquellos
que son considerados
patronos con el único
propósito de obstaculizar la
aplicación correcta y
concreta de la legislación
penal.
No se permitirá:
La contratación de entidad de trabajo para ejecutar
obras.
La contratación de trabajadores o trabajadoras a través
de para evadir las obligaciones derivadas de la relación
laboral del contratante.
Entidades de trabajo creadas por el patrono para evadir
las obligaciones con los trabajadores y trabajadoras.
Los contratos fraudulentos destinados a simular la
relación laboral.
Tercerización: Prohibición de tercerización
8. Son todas aquellas personas bien
sean naturales o jurídicas que gracia
a un contrato ejecutan servicios
propios.
Ciertas leyes especiales, las cuales fueron creadas y
elaboradas con total responsabilidad, son las que
determinaran las modalidades especiales de los
trabajadores que ameriten de las mismas.