4. DERECHO LABORAL
El trabajo, según el artículo 5 del código sustantivo del trabajo, “es toda actividad
humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una
persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea
su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo”.
La legislación laboral considera trabajo a toda actividad humana, siempre y
cuando se realice con la existencia de un contrato de trabajo, por tanto, para
la legislación laboral, si no hay un contrato de trabajo de por medio. Es
importante también anotar la claridad que hace la ley en el sentido de
considerar trabajo únicamente a las actividades desarrolladas por
las personas naturales, por lo que no es posible que se pueda firmar un
contrato de trabajo entre dos personas jurídicas.
5. PRINCIPIO FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL FUNDAMENTO
LEGAL
Libertad de Trabajo -> C.P.17, 26 y 84. -> C.S.T.Artículo8° y 11.
Obligatoriedaddel Trabajo -> C.P. 25 -> C.S.T. Artículo 7°.
Proteccióndel Estado -> C.P. 25, 53, 54, 86, 215, 334, 336. -> C.S.T. Artículo 9°
Igualdad enmateria laboral -> Artículo 13, 25, 43 y 54. -> C.S.T. Artículo 10°, 143,
Ley 361 de 1997, Ley 931 de
2004, Ley 982 de 2005.
Primacía de la Realidad -> C.P. Artículo53 -> C.S.T.Artículo 23, 127.
Estabilidad C.P.Artículo 43 y 53. C.S.T. 239, Ley361 de
1997,
Ley 931 de 2004, Ley 982 de
2005.
Favorabilidad(Inescindibilidad) C.P. Artículo53 C.S.T. Artículo 21.
6. 1. PRINCIPIO DE LIBERTAD DE TRABAJO
Este principio se refiere a la posibilidad de los trabajadores de
desempeñarse en la actividad laboral que a su libre albedrío escoja
desempeñar
2. PRINCIPIO DE OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO Este principio
encuentra su pilar en la necesidad de colaboración que debe existir entre
los miembros de una sociedad para llegar a un desarrollo competitivo
internacional y a su vez, mantener un equilibrio social acorde con las
necesidades de los ciudadanos, este objetivo implica que cada uno de los
individuos aporte su fuerza laboral, conviertiéndose esto en una obligación
social adquirida por el individuo en pro de la comunidad..
3. PRINCIPIO DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO Se define este principio
como la garantía ofrecida por parte del Estado a fin de salvaguardar el
desarrollo del trabajo, en el marco del establecimiento de determinadas
garantías, dentro de las cuales encontramos la organización institucional
creada a fin de “prestar a los trabajadores una debida y oportuna
protección para la garantía y eficacia de sus derechos”
4. PRINCIPIO DE IGUALDAD DE DERECHOS En desarrollo de este
principio debemos empezar por recordar que todas las personas nacen
libres e iguales ante la ley.
5. PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD Como claramente lo indica
su nombre, de acuerdo con este principio se desplazan a un segundo
plano las formas o apariencias a través de las cuales las partes hayan
pretendido regular su relación de trabajo para dar preponderancia a las
reales circunstancia fácticas que rodean la prestación de los servicios por
parte del trabajador, haciendo que sean tales circunstancias las que
produzcan efectos jurídicos dentro de la relación de trabajo
6. PRINCIPIO DE ESTABILIDAD El principio de la estabilidad supone que el
trabajador, en desarrollo de su contrato de trabajo tiene derecho a que
mientras se mantengan las causas que dieron origen al vínculo laboral,
puede continuar prestando sus servicios, salvo que el empleador de por
terminado el contrato de trabajo, en cuyo caso el trabajador tendrá derecho
al reconocimiento de una indemnización.
7. 7. PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD Este principio permite dilucidar el
conflicto suscitado a raíz de la posibilidad de aplicación de dos o más
normas a un caso concreto, entendiendo que un conflicto de normas puede
presentarse en dos situaciones, ya sea, en el evento en que dos o más
artículos regulen una misma materia, otorgándole efectos divergentes
como consecuencia de su aplicación; o bien, en el caso en que un mismo
artículo permita interpretaciones diferentes.