1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Ediwson Apostol
C.I. 21.048.427
SAIA-A
Derecho Civil Obligaciones
Prof. Marolyn Montilla
2. Es la extinción de los mismos, es decir, cuando los contratos
dejan de producir sus efectos jurídicos normales, dejan de
cumplir los fines para los cuales habían sido celebrados.
Este medio de terminación es la forma normal de
terminación voluntaria de los contratos y requiere del
consentimiento de las partes contratantes; por cuanto si el
contrato se perfecciona con el mutuo consentimiento,
también pueden deshacerse por el mutuo consentimiento
en contrario de las partes.
La Disolución de los
Contratos
Consiste en aquella terminación del contrato en virtud del
incumplimiento culposo de una de las partes contratantes.
Es exclusivo de los contratos bilaterales.
3. Consiste en la terminación del contrato por voluntad
unilateral de una de las partes.
Es la ineficacia o insuficiencia de un contrato
para producir los efectos deseados por las
partes y los que le atribuye la ley; con respecto
a las propias partes como respecto de los
terceros.
Es cuando el contrato no puede producir
los efectos atribuidos por las partes, los
cuales son reconocidos por la ley; bien
sea porque carezca de alguno de los
elementos esenciales a su existencia, o
porque vaya contra el orden público o las
buenas costumbres.
Llamada también anulabilidad; se
produce cuando un contrato no puede
producir los efectos atribuidos por las
partes y reconocidos por la ley, ya que
viola determinadas normas destinadas a
proteger intereses particulares de uno de
los contratantes.
4. Es un acto unilateral de voluntad mediante el
cual una persona, que tiene derecho de alegar
la nulidad relativa de un contrato, renuncia
expresa o tácitamente a ejercer dicho derecho.
1. Confirmación Expresa: aquella efectuada directa y especialmente para rehabilitar el
contrato afectado de nulidad.
2. Confirmación Tácita: aquella que se deduce de determinada actividad o conducta
desarrollada por la persona y que sea apta para efectuar la convalidación.
3. Confirmación Total: como su nombre lo indica, es aquella que abarca todo el acto o
contrato objeto de la convalidación.
4. Confirmación Parcial: es aquella que comprende parte del acto o contrato que se
desea convalidar; o que se refiere a algunas de las estipulaciones del contrato.
5. Nulidad Absoluta Nulidad Relativa
Se fundamenta en los intereses generales de la
comunidad y es la sanción que se le impone a los
contratos que violan dichos intereses, que violan el
orden público.
Se fundamenta en la protección de los intereses
particulares de uno de los contratantes.
Puede pedirla cualquier interesado que tenga un
interés legítimo en obtenerla.
Solo puede solicitarla la persona en cuyo favor o
protección se establece, o por sus representantes
legales, o por sus causahabientes a titulo universal.
El acto afectado de nulidad absoluta no puede ser
confirmado; lo que significa que el acto no puede
jamás ser convalidado por las partes, solamente
deberán realizar un nuevo contrato.
El acto afectado si puede ser subsanado mediante
la confirmación.
La acción para solicitar la nulidad absoluta es
imprescriptible.
La acción para la declaratoria de nulidad relativa
prescribe a los cinco años, luego de cesar la
incapacidad o la violencia, o de descubrirse el error
o el dolo.
La declaratoria de nulidad relativa puede ser hecha
de oficio por el Juez.
La declaratoria de nulidad relativa solo se declara
por el Juez a petición de parte interesada.
6. Aguilar G., J. L. (2009). Contratos y Garantías, Derecho Civil IV. Caracas, Venezuela:
Universidad Católica Andrés Bello.
Osorio, M. (2006). Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales. Buenos Aires,
Código civil Comentado (en cinco volúmenes) Volumen V. Ediciones, Juan Garay y Miren
Garay Abogados. Impreso Caracas – Venezuela. Argentina: Editorial Heliasta.
Fuentes Electrónicas
http://www.monografias.com/trabajos74/todo-sobre-contratos/todo-sobre- contratos2.shtml
http://es.wikipedia.org/wiki/Contrato
webdelprofesor.ula.ve/economía/frankrivas/Tema5.pps
http://temasdederecho.wordpress.com/2012/06/04/nocion-de-contrato-en- venezuela/