1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
ENSAYO
LA CUESTION METODOLOGICA
INTEGRANTE:
VERONICA LOBO
CEDULA: 26556890
BARQUISIMETO, ENERO 2021
2. INTRODUCCIÓN
en el proceso de este ensayo observaremos la finalidad de varios Puntos sobre La
Cuestion metodológica; la cual tendremos aquellas como: la importancia de la
codificación del Derecho Internacional Privado y sus principios rectores, la teoría
de la Norma, su estructura, clases y elementos de la norma; la cual llegaramos a
concluir el objetivo de cual es la norma de conflicto y como conocer los
mecanismos que la componen e implementar la aplicación practica de los factores
e conexión.
3. Es de mucha importancia saber que significa una cuestión metologica, la cual es el
conjunto de medios técnicos que articula una disciplina para alcanzar sus fines,
que pretende aplicar la menor ambigüedad posible, lo cual es un camino necesario
seguir para producir, lo cual es un camino necesario seguir para producir el tipo de
conocimientos mas adecuado a su objeto de análisis según los casos practicos en
el Derecho internacional privado.
De igual manera cabe destacar que la importancia de la codificación internacional,
hace que los estados que intervengan aporten nuevas normas y las adopten a
través de convenios o tratados bilaterales o multilaterales, por la necesidad de
buscar nuevas fuentes internacionales para la regulación positiva de conflictos de
leyes; sobre esto tenemos – El Codigo Bustamante y – Acuerdo Boliviano sobre
ejecución de actos extranjeros.
Los Principios Rectores de la Codificación son las siguientes:
Principio de igualdad: todas personas son iguales ante la ley y ante lo pactado
entre los estados, es decir, que las personas no pueden ser discriminadas en
cuanto a su nacionalidad.
Principio de Reciprocidad: los estados intervinientes deben respetar los derechos
de aquellos extranjeros.
Principio de Territorialidad de leyes: la ley debe ser cumplida y respetada por
todos, tanto para las Nacionales como Extranjeros.
Debido al tema aportado debemos mencionar que regula la teoría de la norma de
Derecho Internacional Privado
Tales principios ya mencionados hacen referencia a la codificación del derecho
internacional privado.
En cuanto a la teoría de la norma de Derecho internacional Privado Regula la
Norma jurídica de un estado la cual es una situación de hecho (elemento
extranjero), se traspasa la norma jurídica territorial a otro estado competente en el
cual podemos encontrar un ejemplo en el Articulo 993 del código civil venezolano.
La cual podemos decir que la teoría de norma considera al derecho Internacional
Privado de naturaleza especial, es decir, como una norma formal distributiva en
donde la metodología utilizada esta relacionada con el tipo de norma que se
emplea para solucionar casos con elementos de extranjería donde entran en
conflictos dos o mas ordenamientos jurídicos.
Dicha teoría de la norma, consta de una estructura la cual se divide en dos la cual
es 1. Formal : sus normas son distributivas, respecto a que señala la ley
competente, en esta se debe aplicar la Ley del Codigo de Bustamante. 2. Material:
es Dispositivo porque, dispone en si, lo que debe hacerse un ejemplo lo podemos
encontrar en el articulo 11 del código civil venezolano vigente.
4. La norma de Derecho Internacional Privado es de una estructura formal, es decir,
se opone a la norma de Derecho material, que si da la solución al problema
planteado en una forma directa, ya que la consecuencia jurídica indica lo que debe
aplicarse a la relación de derecho planteada, por eso se ha llamado a la norma de
Derecho internacional privado, indirecta, porque en razón del factor de conexión
que contiene, soluciona el problema jurídico indirectamente igualmente se ha
llamado a esta norma distributiva en razón de que por su características especial
distribuye competencia, pues siempre esta referida a un conflicto de leyes, caso
este en el cual no se encuentra la norma de derecho material, la cual siempre es
dispositiva.
Resaltamos las clases de normas en cuanto consta de dos clasificaciones la
primera es:
Normas de importación: es aquella norma la cual indica que hay que aplicar en un
país.
Normas de Exportacion: son aquellas que se aplica incluso en los extranjeros, las
normas internas fueron creadas para aplicárselas a los nacionales.
La segunda clasificación:
Normas Unilaterales; regulan un solo lado de la situación.
Normas Bilaterales o multilaterales: regulan la situación en general sin distinguir
entre nacionales y extranjeros.
En cuanto a los elementos de la norma en el Derecho Internacional Privado consta
de tres: Saber de hecho, Conexión y Consecuencia jurídica.
En el análisis especial de los Factores de Conexión, Radica, en que estos tienen
por Objeto vincular la norma de Conflicto con el derecho aplicable, es decir,
vincular: Persona, Cosa, Relacion jurídica, ect ; con un ordenamiento jurídico
nacional especifico que los regule.
Dichas clasificaciones de los Factores de Conexión son por 1.Contenido: -
Personales: nacionalidad de una persona o Domicilio -
Reales: situación jurídica de la cosa o lugar de de un bien mueble o inmueble (lex
rei sitae) -Lugar de
ejecución de un acto jurídico: lugar donde se celebro el contrato (locus regis
actum). –Voluntario:
las partes pueden determinar a que ordenamiento jurídico van a someterse.
2.Por su Naturaleza:
-Hechos Reales: la situación de un bien inmueble
-Conceptos Juridicos: Nacionalidad o el domicilio de las personas naturales o
jurídicas.
3. De acuerdo por el Carácter de Conexión:
5. -Conexión Unica: supone el empleo de un solo factor de conexión
-Conexión Multiple: implica el uso de varios factores, ejemplo los requisitos de
fondo de un contrato y la celebración del mismo en otro lugar (extranjero)
4. Conexión Alternativa y Acumulativa:
-Conexión Alternativa: se encuentran varios factores e conexión, con la
particularidad de que se va a emplear uno de ellos, debido a que este, es
suficiente para que produzca los efectos jurídicos necesarios.
–Conexión Acumulativa: se toman en cuenta dos o mas factores, los cuales se
hacen depender la aplicación de varios Derechos.
los conflictos que Platean los Factores de Conexión, los cuales son:
° La ley aplicable de un país competente: (Conexión Multiple)
° Nacionalidad: ejemplo aquellos venezolanos por Naturalizacion, donde estos
adquieran dicha nacionalidad, teniendo una.
° Domicilio: esta sujeto a cambios de domicilio o residencia de una persona, este
cambio, determina la aplicación de un ordenamiento jurídico distinto.
Para culminar el ensayo debemos recordar que en todo sistema legislativo se
encuentran las normas de Derecho Internacional Publico, comprendidas dentro de
las leyes de derecho material, pero, dentro de estas, ellas se diferencian por sus
especiales.