El documento describe el derecho financiero como la disciplina que regula los recursos económicos que utiliza el Estado. Explica que existen dos corrientes principales sobre el derecho financiero: la corriente administrativista, que lo considera parte del derecho administrativo, y la corriente autonomista, que sostiene que se resuelve mediante principios propios. También analiza las principales fuentes del derecho financiero, incluyendo la constitución, las leyes, los tratados internacionales, la doctrina y la jurisprudencia. Finalmente, concluye que
El liderazgo en la empresa sostenible, introducción, definición y ejemplo.
Ensayo tributario
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
SAN FELIPE- ESTADO YARACUY
ENSAYO
DERECHO FINANCIERO
Alumno: Enso Hernández
C.I V-12.286.522
Asignatura: Derecho Tributario
Profesora: Emily Ramírez
SAIA A – SF 2019/A
Independencia, Octubre de 2019
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SAN FELIPE- ESTADO YARACUY
DERECHO FINANCIERO
La disciplina que se encarga de estudiar lo inherente a la regulación de
los recursos económicos que utiliza el Estado y los entes públicos para
el cumplimiento de sus fines se le conoce como Derecho financiero. A propósito de
su definición, Pugliese (1939) sostiene que el Derecho Financiero es “La disciplina
que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de normas que reglamentan la
recaudación, la gestión y la erogación de los medios económicos que necesita el
Estado y los otros órganos públicos…”
Vista la descripción anterior, en cuyas premisas básicas convergen diversos
autores, resulta lógico suponer entonces que dentro de sus funciones, el Derecho
Financiero regula tanto la obtención, como la administración y la ejecución del
patrimonio público.
Para la corriente Administrativa el Derecho Financiero es solo una parte, del
Derecho Administrativo pues los seguidores de esta corriente afirman que se trata de
una función administrativa que despliega el Estado para obtener recursos. La
Corriente Autonomista por su ´parte sostiene que los inconvenientes legales que
surgen de la Actividad Financiera del Estado se resuelven mediante principios
propios de carácter unitario.
Para el constitucionalista De Otto (S/F) las fuentes del Derecho de las cuales
emanan las normas jurídicas que lo rigen son diversas, en el caso del Derecho
Financiero prevalece la noción de la fuente escrita y la presencia de otra variedad de
fuentes que constituyen un procedimiento unitario. En ese sentido la Constitución de
la República de Venezuela deja en claro que la Hacienda Pública está sometida a la
Ley y al derecho, de lo que se desprende que en el ámbito del Derecho Financiero
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venezolano no existe una sola fuente, sino que existen varias fuentes entre las que
destacan las Escritas, la Doctrinaria y la Jurisprudencia.
Dentro de las Fuentes Escritas hallamos como primera la Constitución
Nacional: siendo esta es la primitiva norma del ordenamiento jurídico, asimismo
destaca en segundo orden la Ley, la cual es definida como la fuente principal del
derecho y que tiene entre sus características la Supremacía que no es otra cosa que la
posición más alta del sistema normativo, igualmente se distingue en su elaboración,
la cual es realizada por parte el Poder Legislativo, lo que le confiere la formalidad de
Ley, igualmente destaca como característica la Fuerza o carácter de la ley que
involucra, no el impedimento de discusión de su contenido, sino la imposibilidad de
negación a su aplicación o cumplimiento, asimismo el valor de la Ley es un carácter
que posee para su enjuiciamiento, el cual corresponde exclusivamente al Tribunal
Supremo de Justicia en Sala Constitucional. Entre la clasificación encontramos
Leyes Ordinarias, Leyes Orgánicas, Decretos Leyes, Decretos Legislativos,
Reglamentos.
Cabe señalar que entre las Fuentes No Escritas hallamos la Costumbre la cual
aplica en defecto de Ley, siempre que no sea contrarié la moral y al orden público,
como Fuentes Indirectas del Derecho Financiero se cuentan los Tratados
Internacionales, cuya definición es entendida po la Convención de Viena de 1969
como “… un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por
el Derecho Internacional…” y son considerados como fuente indirecta del Derecho
Financiero.
Por su parte la Doctrina que agrupa a los entendidos y estudiosos del Derecho,
reconocidos en ese ámbito por sus publicaciones y opiniones también es considerada
como fuentes ene el derecho financiero. Finalmente en la Jurisprudencia que es el
conjunto de sentencias relacionadas, establecidas por los jueces en casos similares
encontramos igualmente fuentes del Derecho Financiero.
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Podemos concluir que el impacto del Derecho Financiero en la administración
eficiente del Estado viene dado por su derivación en el uso apropiado de la normativa
jurídica que permite al Estado usar de manera legal, correcta y eficiente su
patrimonio logrando así la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos que lo
habitan. En este sentido la actividad financiera del mismo, bien sea de
administración, distribución, erogación o captación de recursos debe estar dirigida
fundamentalmente a proporcionar bienestar a su población. El presupuesto público
encuentra su utilidad en la correcta inversión de los recursos
financieros que realiza el Estado en el cumplimiento de sus funciones, es
gracias al correcto uso de este gasto público, que el estado y sus organismos cumplen
con sus fines y realizan la redistribución de la renta y la riqueza del país y el Derecho
Financiero ayuda decididamente a que esta acción se haga sin contrariar la normativa
jurídica de la nación preservando de esta manera el erario público, garantía del estado
eficiente. .
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FUENTES CONSULTADAS
DERECHO FINANCIERO
http://www.enciclopedia-juridica.com/d/derecho-financiero/derecho-financiero.htm
FERRARI, Romina. LOS GASTOS PÚBLICOS
Disponible en: https://www.monografias.com/trabajos30/gasto-publico/gasto-
publico.shtml
GIMENEZ, Adriana. ACTIVIDAD FINANCIERA DELESTADO
Disponible en https://www.monografias.com/trabajos82/actividad-financiera-del-
estado/actividad-financiera-del-estado2.shtml
¿QUÉ ES EL GASTO PÚBLICO?
Disponible; https://enciclopediaeconomica.com/gasto-publico/
ROLDÁN, Paula. MULTIPLICADOR DEL GASTO
Disponible: https://economipedia.com/definiciones/multiplicador-del-gasto.html
DERECHO TRIBUTARIO
https://estudiosjuridicos.wordpress.com/derecho-tributario/
VARELA, Edgar LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
EN GENERAL
Disponible en: https://aquisehabladerecho.com/2017/04/23/la-actividad-
financiera-del-estado/