tipos de organización y sus objetivos y aplicación
Derecho laboral
1. DEFINICION:
• Se trata del conjunto de reglas jurídicas que garantizan el cumplimiento de las
obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo.
• El derecho laboral entiende al trabajo como aquella actividad que
un individuo desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y
mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su
subsistencia.
2. PRINCIPIOS BASICOS:
• 1.1 Libertad de Trabajo En Colombia los trabajadores tienen la
libertad de escoger la actividad laboral en la cual se quieran
desempeñar
• 1.2 Obligatoriedad del Trabajo Se refiere a la obligación social
que tiene toda persona en edad y condiciones de
desempeñarse en materia laboral aportando su fuerza, con el
objetivo de contribuir para el desarrollo socioeconómico del
estado, su consagración la tenemos en el artículo 25 de la CP.
• 1.3 Protección del Trabajo Es deber del Estado garantizar la
protección de los derechos mínimos de los trabajadores,
Ley 1636 de 12 de mayo de 2013 “Por medio de la cual se crea
el mecanismo de protección al cesante en Colombia”
3. • 1.4 Igualdad de Derechos En el materia laboral está
establecido que todos los trabajadores deben ser tratados en
condiciones de igualdad, por lo tanto está prohibido Colombia
cualquier tipo de distinción por razón del carácter intelectual,
o material de la labor, su forma o retribución, el género o sexo
con las respectivas excepciones establecidas por la ley.
1.5 Primacía de la Realidad Significa que
siempre que se reúnan los requisitos
esenciales del contrato de trabajo, se presume
que este existe y que no deja de serlo por
razón del nombre que se le dé, ni de otras
condiciones o modalidades que se le agreguen
(art. 23 num.2 CST)
1.6 Estabilidad: Se entiende como la certeza que asiste al trabajador en el
sentido que, mientras de su parte haya observancia de las condiciones
fijadas por la ley en relación con su desempeño, no será removido del
empleo.
4. • 1.7 Favorabilidad Se refiere al evento que cuando exista una
norma con diversas apreciaciones para dar solución a un
conflicto laboral, se tendrá en cuenta la que sea más favorable
para el empleado.
• 1.8 Irrenunciabilidad de beneficios mínimos
El principio de irrenunciabilidad de beneficios mínimos toma en
consideración que el derecho del trabajo se construye sobre
normas de orden público, lo cual implica que se imponga la
irrenunciabilidad de los derechos otorgados por imperio de la
ley, máxime cuando los mismos se caracterizan por constituir las
prerrogativas mínimas a las cuales tienen derecho las personas
como fruto de su trabajo.
5. MECANISMOS DE GARANTIA:
Derecho de Petición : Es un derecho fundamental, consiste en la facultad que
tiene toda persona de presentar peticiones respetuosas a las autoridades, por
motivos de interés general o particular, y de obtener pronta resolución
Acción de Tutela: procede cuando un derecho fundamental haya sido vulnerado
o amenazado por la acción u omisión de cualquier autoridad pública.
Conciliación: mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más
personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con ayuda de
un tercero neutral y calificado, denominado conciliador
Transacción : Es un contrato por medio del
cual las partes finalizan extrajudicialmente un
litigio pendiente o evitan uno eventual. Tal
acuerdo debe referirse sobre derechos
inciertos y discutibles que las partes crean
tener. Por lo tanto, los intervinientes deben
realizar recíprocas concesiones, en otras
palabras, que cada una ceda.