La teoría del caso es la estrategia más importante en el proceso penal para organizar la presentación de los hechos que cada parte va a probar. Una buena teoría del caso debe ser sencilla, lógica, creíble y estar sustentada en la ley. Incluye tres elementos: los hechos relevantes del caso, su encuadre legal y la prueba que los sustenta. El momento ideal para presentar la teoría del caso es en el alegato de apertura, donde se captará la atención del juez resumiendo brevemente los hech
2. La teoría del caso es el instrumento más
importante, para organizar nuestro
desempeño en el Proceso Penal. La teoría
del caso se define como la estrategia, plan o
visión que tiene cada parte sobre los hechos
que va a probar
3. Sencilla. Debemos
presentarla con
elementos claros.
Lógica. Se debe guardar
coherencia lógica en
cada proposición.
Creíble. Debe ser
presentado como un
acontecimiento real.
Debe estar sustentada
en el Principio de
Legalidad.
Amena y realista.
4. FÁCTICO. Es la identificación de los
hechos penalmente relevantes que
forman parte de nuestro relato y que
tienen por objetivo comprobar la
responsabilidad o no del procesado.
JURÍDICO. Consiste en el
encuadramiento jurídico de los hechos
dentro de las disposiciones legales
tanto sustantivas como procesales.
PROBATORIO. Es el sustento que valida
mi versión de los hechos; los
elementos que corroboran mi relato.
5. El momento de presentación de la
teoría del caso es el alegato de
apertura.
Es la primera información que el Juez
recibe de las partes. Al hacer la
exposición de la teoría se debe captar
la atención y el interés de los jueces al
exponerle un resumen objetivo de los
hechos y la prueba con que cuentan.
Se presenta el caso que se va a
conocer, señalando lo que va a
demostrar y desde que punto de vista
debe ser apreciada.
En el alegato de apertura se hará una
“promesa” de lo que se presentara en
el juicio